Contract
Contrato de Apertura de Línea de Crédito, Regulación de Uso de Tarjeta de Crédito y Servicios Adicionales. Condiciones Particulares.
Datos del Titular de la Tarjeta
Nombre Completo: [Nombre cliente, Variable] RUT: [Rut cliente, Variable]
Domicilio: [Dirección particular cliente, Variable]
Fecha Nacimiento: [Fecha nacimiento cliente, Variable]
Teléfono Celular: [Indicar teléfono inscrito en clave dinámica durante la venta, Variable]
Email: [Indicar Email del Cliente, Variable]
Características de la Línea y Tarjeta
Línea de Crédito: Monto mínimo en pesos [Cupo en pesos ofertado , variable ]. El monto indicado quedará restringido momentáneamente a un tercio del monto señalado hasta que se realice la verificación telefónica y de domicilio del USUARIO, la que no podrá tardar más de 7 días hábiles siguientes a la fecha de esta Contrato.
Monto mínimo en Dólares [Cupo en Dólares ofertado, variable ], el monto indicado estará disponible para el USUARIO dentro de 1 día hábil siguiente a la fecha de este Contrato, y tendrá un control de uso conforme lo indicado en la cláusula décimo cuarto del Contrato.
Monto máximo: [Banda asociada a cliente, variable] U.F.*
Tipo de Tarjeta: [Lider BCI Internacional ] Modalidad de Uso de la Línea: [Refundido ] Desde la fecha del presente Contrato, queda habilitada la utilización por parte del USUARIO TITULAR únicamente del monto mínimo antes señalado, y restringida de la forma indicada previamente, el que podrá ser modificado de acuerdo a lo establecido en el Contrato. La mención del monto máximo establecida para la LINEA, que considera tanto los créditos en pesos chilenos como los en dólares de Estados Unidos de América, no concede al USUARIO TITULAR el derecho a utilizarlo, en tanto ello no haya sido autorizado por EL EMISOR.
Comisiones y Otros Cargos
Plan de Cobros y Estructura de Comisiones Vigentes al [Fecha en que firma el contrato, Variable] (1)
CONCEPTO | COMISIÓN/COSTO | MODALIDAD DE COBRO |
Administración/Mantención | 0,083 UF** | Mensual |
Avance en Efectivo en una o más cuotas (2) | 0,0947 UF*** | Por transacción |
Avance en Efectivo internacional (3) | 1,2% | % aplica sobre monto avance |
Comisión por compras internacionales (3) | 1,2% | % aplica sobre monto compra |
SúperAvance (3) | 0,1423 UF*** | Por transacción |
Comisión Pre-Pago créditos no reajustables inferiores a 5.000 UF | 1 mes de intereses pactados, calculados sobre el capital que se prepaga. | Por cada prepago al momento de realizarlo. |
Reemisión de TARJETA con CHIP (4) | 0,1 UF **** | Por evento |
(1) El Plan de Cobros y Estructura de Comisiones, conforme las cláusulas sexto y octavo de las condiciones generales del Contrato tendrá la vigencia de al menos seis meses contados desde la fecha de celebración del presente Contrato, o el plazo mayor o menor que disponga la normativa legal vigente. Vencido el plazo indicado, se entenderán renovadas automáticamente las tarifas de las comisiones informadas, por periodos iguales y sucesivos de seis meses, o por el plazo mayor o menor que disponga la normativa legal vigente. La modificación de estas comisiones al vencimiento del plazo original o cualquiera de sus prórrogas, sea por modificación de sus tarifas o por el establecimiento de una nueva base de cálculo, deberán basarse en condiciones objetivas susceptibles de ser verificadas. La modificación de las comisiones vigentes, deberá contar con el consentimiento previo del USUARIO TITULAR, o en la forma que cualquier norma legal que rija en el futuro sobre esta materia; salvo que se trate de cambios que signifiquen una disminución a la tarifa de la comisión vigente. El silencio del USUARIO TITULAR no constituirá aceptación. EL EMISOR, por medio del ESTADO DE CUENTA u otro medio escrito, informará al USUARIO TITULAR las nuevas tarifas, solicitándoles su consentimiento a ellas, con a lo menos dos meses de anticipación a la fecha en que comenzarán a regir las nuevas comisiones. En el evento que el USUARIO TITULAR no acepte la modificación de las comisiones informadas, cualquiera de las partes podrá poner término al Contrato, conforme se indica en la cláusula décima, punto 10.1. El término de Contrato, en este caso, no afectará los plazos y montos de las cuotas fijadas que estén pendientes a la fecha de término.
(2) Desde la fecha del presente Contrato, y hasta el 30 xx Xxxxx de 2019, la comisión de Avance en uno o más cuota será de 0,05 UF. Vencido el plazo indicado, EL EMISOR podrá renovar esta rebaja por periodos iguales y sucesivos de 6 meses, lo que informará al USUARIO a través del ESTADO DE CUENTA o su página web.
(3) Desde la fecha del presente Contrato, y hasta el 30 xx Xxxxx de 2019, EL EMISOR otorgará al USUARIO una exención del 100% en el cobro de las comisiones de Avance en Efectivo internacional, Compras internacionales y SuperAvance. Vencido el plazo indicado, EL EMISOR podrá renovar estas rebajas por periodos iguales y sucesivos de 6 meses, lo que informará al USUARIO a través del ESTADO DE CUENTA o su página web.
(4) Este cobro se generará a partir de la tercera remisión de plástico que contenga CHIP y que haga el USUARIO en un año calendario. Dicho cobro no se generará en la medida que la reemisión se deba a caducidad del plástico. Desde la fecha del presente Contrato y hasta el 30 xx Xxxxx de 2019, el EMISOR otorgará una exención del 100% en el cobro de este concepto. Vencido el plazo indicado, EL EMISOR podrá mantener esta exención por periodos iguales y sucesivos de 6 meses, lo que informará al USUARIO a través del ESTADO DE CUENTA o su página web.
* El valor de la Unidad de Fomento (UF) que se utilizará para el cálculo del monto máximo será el de la UF del día en que EL EMISOR modifique el monto mínimo o el CUPO VIGENTE.
**El valor de la Unidad de Fomento (UF) que se utilizará para el cálculo de estas comisiones será el de la UF del día anterior a la Fecha de Emisión del Estado de Cuenta más adelante indicada.
*** El valor de la Unidad de Fomento (UF) que se utilizará para el cálculo de estas comisiones será el de la UF del último día del mes anterior al de la transacción.
**** El valor de la Unidad de Fomento (UF) que se utilizará para el cálculo de este cobro será el de la UF del día que se efectuó la reemisión.
Tipo de Cambio y Conversión de Monedas
El tipo de cambio para transacciones en el extranjero se informará al USUARIO a través de la página web de EL EMISOR. La conversión de otras monedas extranjeras a dólares de Estados Unidos de América será definida por Mastercard Internacional.
Sello Sernac
El presente Contrato no cuenta con Sello Sernac vigente.
Otros
Fecha de Facturación (o Emisión) Estado de Cuenta: [Día del mes, Variable]
Fecha Pago Estado de Cuenta: [Día del mes, Variable]
Envío de Estado de Cuenta:
Deseo que se me envíe por: [correo electrónico Cliente en el caso que el cliente opte por esta opción, Variable ]
Papel [Dirección de Cliente en el caso que el cliente opte por esta opción, Variable]
Honorarios y Gastos de Cobranza
Las deudas que permanezcan impagas por más de 1 día corrido, podrán ser gestionadas para cobranza extrajudicial o judicial por EL EMISOR, o bien por un tercero, según las normas vigentes.
Cobranza Prejudicial: En conformidad con la Ley 19.496, los gastos de cobranza son los siguientes: Transcurridos los primeros 20 días de atraso, se generan honorarios de cobranza que se aplicarán a la deuda en xxxx según la tabla siguiente:
9% | Sobre el monto en xxxx que no exceda de UF 10 |
6% | Sobre el monto en xxxx entre UF 10 y UF 50 |
3% | Sobre el monto en xxxx que exceda de UF 50 |
La cobranza extrajudicial podrá efectuarse por vía telefónica, por correo electrónico o postal, en terreno, y/o a través de mensajes telefónicos. Si la cobranza es encomendada a terceros, EL EMISOR podrá revelar a éstos toda la información relativa al crédito otorgado, especialmente, la que diga relación con los datos que permitan identificar y contactar efectivamente al USUARIO y aquella referida al crédito cuya cobranza se encomienda. El USUARIO acepta expresamente que EL EMISOR revele ésta información y cualquier otra que sea necesaria para la gestión efectiva de la cobranza.
Las visitas o llamados telefónicos de cobranza sólo se podrán realizar los días hábiles, es decir, los días Lunes a Sábado, excluyendo los feriados, entre las 08:00 y 20:00 horas
Las modificaciones a las modalidades y procedimientos de cobranza extrajudicial, serán notificadas al USUARIO con una anticipación mínima de dos períodos de pago a través de sucursales o en la página de internet de EL EMISOR.
Cobranza Judicial: Todos los gastos de cobranza judicial son de cargo del USUARIO.
La modificación de las tarifas indicadas será comunicada en la forma que corresponda, según la normativa vigente.
TARJETAS ADICIONALES OTORGADAS A LAS SIGUIENTES PERSONAS
Nombre | RUT |
Acepto las condiciones generales y particulares del Contrato y sus anexos, los que he tenido a la vista y ratifico mi consentimiento en relación con los mandatos y las autorizaciones contenidas en las condiciones generales.
Declaro además recibir conforme las TARJETAS físicas del USUARIO TITULAR y/o USUARIO ADICIONAL (es) descritas en este contrato, según corresponda, y, haber realizado conforme a procedimiento activación de mi clave secreta y de mi II clave de seguridad, autorizando al Emisor y la Administradora a asociar a mi cuenta y número de tarjeta, el número de celular y correo electrónico individualizado anteriormente con el fin de recibir en éstos, mensajes con II clave de autentificación, para realizar compras con mi tarjeta Lider BCI en comercio electrónico no presencial nacional. Asimismo me obligo en todo momento a adoptar todas las medidas de resguardo necesarias para evitar la divulgación de mi clave secreta y de mi II clave de seguridad.
Previa lectura, se suscribe el presente contrato en dos ejemplares originales de idéntico tenor, quedando uno en poder del USUARIO TITULAR y otro en poder de EL EMISOR.
Servicios Financieros y Administración Administradora de Tarjetas de Créditos Comerciales S.A. Servicios Financieros Limitada
USUARIO TITULAR
[Ciudad, Variable], [Fecha, Variable]
El texto de las condiciones generales del presente Contrato, se encuentran publicada en xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx .
Anexo Servicio de Atención al Cliente
del Contrato de Apertura de Línea de Crédito, Afiliación a Sistema de Tarjeta de Crédito Regulación de Uso de Tarjeta de Crédito y Servicios Adicionales
EL EMISOR pone a disposición de los USUARIOS un servicio de atención al cliente, en adelante, “SAC”, para atender las consultas y reclamos relacionadas al uso de la TARJETA, y en general a todo lo regulado en el presente Contrato.
El USUARIO podrá formular sus consultas y reclamos al SAC a través de los siguientes canales:
(ii) en la página de internet del EMISOR xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx., de lunes x xxxxxxx, las 24 horas del día.
(iii) por vía telefónica a través del fono 000 000 0000, de lunes a viernes de 8:00 a 22:00 horas y xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos de 09:00 a 22:00 horas. En estos casos, y con el objeto de verificar la atención, la conversación telefónica podría ser grabada, lo que el USUARIO acepta desde ya.
Las respuestas a las consultas y reclamos serán informadas al USUARIO a través de estos mismos canales u otros similares.
Adicionalmente, y para efectos del bloqueo de la Tarjeta por extravío, robo o hurto y de lo dispuesto en la cláusula quinta del Contrato, el USUARIO podrá dar aviso por vía telefónica al número 000 000 0000, de lunes x xxxxxxx, las 24 horas del día.