SELLO SERNAC Cláusulas de Ejemplo

SELLO SERNAC. Sin perjuicio de que este contrato ha sido redactado conforme a la ley, Banco Santander Chile no ha solicitado respecto del mismo el sello que otorga el Servicio Nacional del Consumidor conforme al procedimiento establecido en el artículo 55 de la Ley 19.496. En consecuencia, este contrato no cuenta con Sello SERNAC.
SELLO SERNAC. Este contrato NO cuenta con sello Sernac.
SELLO SERNAC. Sin perjuicio de que todos nuestros Contratos han sido redactados conforme a la ley, Banco Santander no ha solicitado respecto de este Contratos, el Sello que otorga el Servicio Nacional del Consumidor conforme al procedimiento establecido en el artículo 55 de la Ley 19.496, en consecuencia, el Contrato no cuenta con Sello SERNAC.
SELLO SERNAC. Este Contrato no cuenta con Sello Sernac.
SELLO SERNAC. Sin perjuicio de que todos nuestros Contratos han sido redactados conforme a la ley, Banco Santander no ha solicitado respecto de estas Condiciones Comunes al Contrato de Cuenta Corriente y del Contrato de Cuenta Corriente, el Sello que otorga el Servicio Nacional del Consumidor conforme al procedimiento establecido en el artículo 55 de la Ley 19.496, en consecuencia, estas condiciones comunes y el Contrato de Cuenta Corriente no cuentan con Sello SERNAC.
SELLO SERNAC. Sin perjuicio de que todos nuestros Contratos han sido redactados conforme a la ley, Banco Santander no ha solicitado respecto de este Contrato el Sello que otorga el Servicio Nacional del Consumidor conforme al procedimiento establecido en el artículo 55 de la Ley 19.496; en consecuencia, el Contrato no cuenta con Sello SERNAC. 18.-SISTEMA DE COBRANZA EXTERNA: Al final de este Contrato, en un Anexo y en cumplimiento a las disposiciones impartidas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, se adjunta la tabla de honorarios de las cobranzas externas, los que, en el evento de utilizarse por el Banco, serán de cargo del Cliente. 19.-
SELLO SERNAC. Sin perjuicio de que todos nuestros Contratos han sido redactados conforme a la ley, Banco Santander no ha solicitado respecto de de estas Condiciones Comunes al Contrato de Plan de Servicios Financieros y respecto de los contratos de servicios y productos financieros que integran el Plan, el Sello que otorga el Servicio Nacional del Consumidor conforme al procedimiento establecido en el artículo 55 de la Ley 19.496, en consecuencia, estas condiciones comunes y los contratos que integran el Plan no cuentan con Sello SERNAC.
SELLO SERNAC a) El presente contrato no cuenta con Xxxxx XXXXXX.
SELLO SERNAC. Este contrato no cuenta con sello Sernac. <.. image(Imagen que contiene Cuadrado Descripción generada automáticamente) removed ..> CAT Administradora de Tarjetas S.A. CAT Administradora de Tarjetas S.A. <.. image(Imagen que contiene alambre, tabla, llenado, montón Descripción generada automáticamente) removed ..> CAT Corredores de Seguros y Servicios S.A. CAT Corredores de Seguros y Servicios S.A. La Compañía pone a disposición de los CLIENTES un servicio de atención al cliente, en adelante “SAC”, para atender las consultas y reclamos relacionados con los seguros suscritos, y en general todo lo regulado en el presente contrato, nuestros clientes pueden utilizar el Servicio de Atención al Cliente BNP Paribas Cardif Seguros de Vida S.A. llamando al: 000 000 000, de Lunes a Viernes de 09:00 hrs. a 18:00 hrs, excepto festivos o vía correo electrónico al correo: xxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxx.xx y para consultas de siniestros escribir a xxxxxxxxxx@xxxxxx.xx. Además, se puede comunicar al teléfono 000 000 0000 o acercarse a cualquiera de los módulos de seguros y servicios que se encuentran en las Tiendas Paris habilitados. En virtud de la Circular N° 2131 de 28 de Noviembre de 2013, las compañías de seguros, corredores de seguros y liquidadores de siniestros, deberán recibir, registrar y responder todas las presentaciones, consultas o reclamos que se les presenten directamente por el contratante, asegurado, beneficiarios o legítimos interesados o sus mandatarios. Las presentaciones pueden ser efectuadas en todas las oficinas de las entidades en que se atienda público, presencialmente, por correo postal, medios electrónicos, o telefónicamente, sin formalidades, en el horario normal de atención. Recibida una presentación, consulta o reclamo, ésta deberá ser respondida en el plazo más breve posible, el que no podrá exceder de 20 días hábiles contados desde su recepción. El interesado, en caso de disconformidad respecto de lo informado, o bien cuando exista demora injustificada de la respuesta, podrá recurrir a la Comisión para el Mercado Financiero, Área de Protección al Inversionista y Asegurado, cuyas oficinas se encuentran ubicadas en Xx. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx X´Xxxxxxx 1449, piso 1°, Santiago, o a través del sitio web xxx.xxxxxxxx.xx. La liquidación tiene por fin establecer la ocurrencia de un siniestro, determinar si el siniestro está cubierto en la póliza contratada en una compañía de seguros determinada, y cuantificar el monto de la pérdida y de la indemnización a pa...
SELLO SERNAC. Este seguro no cuenta con Sello Sernac.