CARÁTULA del pliego de cláusulas administrativas particulares Tipo de contrato: CONTRATO DE SERVICIOS
Expediente nº: C02/015/2013
CARÁTULA xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares Tipo de contrato: CONTRATO DE SERVICIOS
Procedimiento: ABIERTO
I.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN.
1.- OBJETO DEL CONTRATO: servicio de limpieza de superficie terrestre y lámina de agua de los puertos de Gipuzkoa indicados en la cláusula 10 de esta carátula, en los términos que figuran en el pliego de prescripciones técnicas.
1.1.- División por lotes: no
1.2.- Código de la clasificación estadística CPA-2008 (Reglamento (CE) nº 451/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 xx xxxxx de 2008): 39.00.1 servicios de saneamiento y limpieza
1.3.- Código nomenclatura CPV (Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV)): 90910000-9 Servicios de limpieza
2.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL.
Los indicados en la cláusula 2ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
3.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN (las ofertas no pueden superar los importes totales señalados).
El presupuesto máximo de licitación asciende a 3.020.000,00 euros + 302.000,00 euros de IVA (10%), resultando un importe total de 3.322.000,00 euros.
Distribuidos, en su caso, en las siguientes anualidades:
- Año 2014: 1.258.333,33 euros + 10% euros de IVA.
- Año 2015: 1.510.000,00 euros + 10% euros de IVA.
- Año 2016: 251.666,67 euros + 10% euros de IVA.
Dentro del presupuesto se incluyen las tasas o cánones de vertido que se deban pagar para depositar los residuos en los lugares autorizados al efectos, incluidas las tasas referentes a los residuos tóxicos y contaminantes. Dichas tasas y cánones serán a cuenta del contratista.
4.- PRECIO Y PAGOS.
4.1.- Sistema de determinación del precio: tanto alzado
4.2.- Modalidad de pago del precio: pago mensual (por el importe resultante de dividir entre 24 el precio por el que se adjudica el contrato)
4.3.- Abonos a cuenta: no se prevén por operaciones preparatorias
4.4.- Revisión de precios: sí, exclusivamente para las prórrogas. El precio de la revisión no podrá superar el que resulte de la realización de operaciones que se indican a continuación:
Índice o fórmula oficiales: variación porcentual del IPC para la CAE facilitada por el INE entre las fechas final e inicial a considerar. Las referencias temporales para calcular la variación serán:
Índice final: en la primera prórroga, el índice publicado el primer día del mes inmediatamente anterior a la fecha de finalización del contrato. En la segunda prórroga, será el índice publicado el primer día del mes inmediatamente anterior a la fecha de finalización de la primera prórroga.
Índice inicial:
Para la primera prórroga: el correspondiente al mismo mes del año anterior que el determinado para el cálculo del índice final en la primera prórroga.
Para la segunda prórroga: el correspondiente al mes de la última actualización habida.
Método o sistema para su aplicación: Se aplicará la siguiente fórmula: Pa = Pb {1 + 0,85 C}
Donde:
Pa: Precio actualizado sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Pb: Precio base: último precio vigente en el contrato y sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido.
C: Variación del IPC para la CAE, entre las fechas final e inicial a considerar, facilitada por el INE, dividida por 100
4.5.- Cláusula de variación del precio en función del cumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento: no
5.- PLAZO DE EJECUCIÓN
5.1.- Plazo: 24 meses, a contar desde el día siguiente a la formalización
5.2.- Plazos parciales: no
5.3.- Prórroga del contrato: sí, por un período no superior al plazo inicial
- Número de prórrogas que pueden adoptarse: 2
- Duración de cada una de las prórrogas: 12 meses
6.- GASTOS DE PUBLICIDAD: serán a cargo del adjudicatario.
7.- GARANTÍAS.
7.1.- Garantía provisional: no
7.2.- Garantía definitiva: sí, el 5% del importe de adjudicación (excluido el IVA)
7.3.- Garantía complementaria: no
7.4.- Está permitido acreditar la constitución de la garantía mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos: no
7.5.- Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio: no
7.6.- En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía: no es el caso
Las garantías se constituirán a favor de: Eusko Jaurlaritza-Gobierno Xxxxx NIF: S4833001C
8.- SEGUROS. La empresa adjudicataria deberá tener los seguros obligatorios, los previstos, en su caso, en la cláusula correspondiente xxx xxxxxx.
9.- SUBROGACIÓN EN DETERMINADAS RELACIONES LABORALES:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 120 del TRLCSP, con relación a las condiciones de los contratos de las personas trabajadoras a las que pudiera afectar, en su caso, la subrogación establecida en los correspondientes convenios colectivos, en documento complementario número I (que no reúne la condición de documento contractual) se incluye la información
proporcionada por el contratista que en la actualidad presta el servicio sobre las condiciones de los contratos de las personas trabajadoras a las que afecta la subrogación.
10.- LUGAR DE EJECUCIÓN o realización de las prestaciones objeto del contrato: los puertos de Hondarribia, Donostia, Orio, Getaria, Zumaia, Deba y Mutriku
11.- CONDICIONES LINGÚÍSTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla.
Salvo que xxx xxxxxx del prescripciones técnicas se derive que las características intrínsecas de la prestación objeto del contrato exigen su realización necesaria y exclusivamente en otra u otras lenguas, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
En la ejecución de contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula xxx xxxxxx.
12.- OTRAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
12.1.- De tipo social: La empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución en materia de inserción sociolaboral, de igualdad de mujeres y hombres, de calidad de empleo y derechos laborales básicos, y de seguridad y salud laboral establecidas en las correspondientes cláusulas xxx xxxxxx.
12.2.- De tipo medioambiental: no
12.3.- Otras: La empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato el compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de condiciones especiales de ejecución recogido en el anexo correspondiente suscrito y presentado en el sobre A.
13.- CALIFICACIÓN ESPECIAL DE DETERMINADAS INFRACCIONES: no
14.- PENALIDADES. Podrán imponerse penalidades por los cumplimientos defectuosos e incumplimientos contemplados en el artículo 212 del TRLCSP y en las cláusulas xxx xxxxxx.
15.- SUBCONTRATACIÓN: no
16.- PLAZOS DE RECEPCIÓN Y DE GARANTÍA DE LAS PRESTACIONES.
16.1.- Plazos para la recepción: 1 mes
16.2.- Plazo de Garantía: 2 meses
17.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
17.1.- A efectos de resolución contractual, quedan calificadas como obligación contractual esencial, además de las calificadas en el pliego y normativa contractual, las siguientes:
- El compromiso de adscripción de medios personales y materiales.
17.2.- Se establecen, así mismo, las siguientes causas de resolución adicionales a las contempladas en la normativa y pliego:
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad y salud laboral.
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de subcontratación.
18.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS A LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO: no
18.1.- Medios materiales y personales.
1. La empresa contratista queda obligada a aportar y mantener, para la realización del servicio o prestación, el equipo y medios auxiliares que sean precisos para la buena ejecución en los plazos convenidos en el contrato y, en particular, los medios indicados en su oferta.
2. El personal adscrito a la prestación del servicio dependerá exclusivamente de la empresa contratista, único que ostentará los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empleadora. A tales efectos, la empresa contratista asumirá las siguientes obligaciones:
a) Corresponderá exclusivamente la empresa contratista la selección del personal que formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la Administración del cumplimiento de aquellos requisitos.
b) La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia), informando en todo momento a la Administración.
c) La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a toda empresa. En particular asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones del personal en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre las partes empleada y empleadora.
3. La empresa contratista velará especialmente porque el personal adscrito a la ejecución del contrato desarrolle su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
4. La empresa contratista deberá designar al menos una persona coordinadora técnica o responsable, perteneciente a su plantilla de personal, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a) Actuar como persona interlocutora de la empresa contratista frente a la
«entidad contratante», canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y la «entidad contratante», de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartirle las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tiene encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la «entidad contratante» a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e) Informar a la «entidad contratante» acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
5. Si a consecuencia del incumplimiento por la empresa contratista de las obligaciones asumidas en virtud de esta cláusula, la entidad contratante fuera condenada al pago de cantidades con carácter solidario con la empresa contratista, se repercutirá en ésta la suma satisfecha, a cuyos efectos las entidades contratantes se reservan el ejercicio de cualesquiera acciones, administrativas o judiciales, que sean adecuadas y convenientes hasta la total recuperación de las cantidades pagadas.
19.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN PROPIAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS:
19.1.- PROGRAMA DE TRABAJO. La contratista debe presentar el programa de trabajo previsto en el artículo 198 del RGLCAP: sí
19.2.- VALORACIÓN DE LOS TRABAJOS Y CERTIFICACIONES: no se establece una periodicidad distinta a la mensual prevista en el artículo 199 del RGLCAP.
19.4.- TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL. Se establecen las medidas especiales a que se refiere la cláusula xxx xxxxxx relativa al tratamiento de estos datos: no
II.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL, PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS Y OFERTAS.
20.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN Y PLIEGOS.
20.1.- Entidad adjudicadora: Eusko Jaurlaritza-Gobierno Xxxxx
20.2.- Identificación de Órganos:
20.2.1.- Órgano de contratación: Director de Servicios del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial
20.2.2.- Órgano destinatario del objeto del contrato: Dirección de Infraestructuras del Transporte
20.2.3.- Órgano administrativo competente en materia de contabilidad pública: Oficina del Control Económico
20.3.- Dependencia que tramita el expediente: Comisión Central de Contratación (Dirección de Patrimonio y Contratación)
Domicilio: C/ Donostia-San Xxxxxxxxx, 1 Localidad y código postal: Vitoria-Gasteiz, 01010
20.4.- Número de expediente: C02/015/2013.
20.5.- Central de Contratación. El órgano que adjudica el contrato actúa para otra entidad: no
20.6.- Contacto personal:
Consultas jurídico-administrativas: Persona de Contacto: Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx: 000 000 000
Telefax: 945 018 950
Correo electrónico: xx-xxxxx@xx-xx.xx
Consultas técnicas:
Persona de contacto: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx: 000 00 00 00
Correo electrónico: xxxxx-xxxxxxx@xx-xx.xx
20.7.- Acceso al perfil de contratante, pliegos y documentación complementaria en Internet: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
20.8.- Lugar donde se puede obtener información sobre las obligaciones relativas a fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables durante la ejecución del contrato: Véase la cláusula 4ª xxx xxxxxx.
20.9.- Fecha límite de obtención de documentos e información: 8 de enero de 2014.
21.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO A EFECTOS DE LA LEY DE CONTRATOS DEL
SECTOR PÚBLICO (artículo 88 del TRLCSP): 6.004.000,00 euros
22.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: sí
Categoría del servicio: 16
23.- CONTRATO CUBIERTO POR EL ACUERDO SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (ACP): sí
24.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA: 14.0.1.09.31.0102.2.238.11.51510.003-J
24.1.-El gasto está cofinanciado: no
24.2.-Tramitación anticipada: sí, la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo.
25.- TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
25.1.- Tramitación: ordinaria
25.2.- Procedimiento: abierto
25.3.- Forma: existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas
26.- SISTEMA DE LICITACIÓN Y CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA. Se autoriza su utilización:
no
27.- CONTRATO RESERVADO: no
28.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.
28.1.-Fecha y hora límite de presentación: 9 de enero de 2014 hasta las 10:00 horas.
28.2.-Documentación a presentar con anterioridad a la fecha límite:
SOBRE A: REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA
SOBRE B: OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS.
SOBRE C: CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR.
28.3.-Lugar de presentación:
Entidad: Registro de la Dirección de Patrimonio y Contratación Domicilio: C/ Donostia-San Xxxxxxxxx, 1
Localidad y código postal: Xxxxxxx-Xxxxxxx, 00000
28.4.-En el caso de que esté autorizada la contratación electrónica, puede presentarse a través de la página Web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
28.5.-Medios para anunciar, en su caso, el envío de la oferta por correo postal:
- Fax: 000 000 000 // 000 000 000. Deberá realizarse hasta las 10:00 horas del 9 de enero de 2014.
- Correo electrónico: xx-xxxxx@xx-xx.xx
28.6.-Plazo durante el cual la licitadora está obligada a mantener su oferta: Dos meses, a contar desde la apertura de la oferta económica, ampliado en quince días hábiles más cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP (valores anormales o desproporcionados).
28.7.-Admisión de variantes: no
28.8.-Apertura pública de las ofertas: sí Lugar de apertura de sobres C y B:
- Entidad: Comisión Central de Contratación
- Domicilio: C/ Donostia-San Xxxxxxxxx nº 1 (sala de reuniones nº 1 de Lakua II)
- Localidad: 00000 Xxxxxxx-Xxxxxxx La apertura de sobres C se realizará:
- Fecha: 17 de enero de 2014.
- Hora: 12:00
La apertura de sobres B se realizará:
- Fecha: 31 de enero de 2014.
- Hora: 12:00
En el supuesto de que resulte necesario alterar las fechas, horas o lugares indicados, se informará de ello a través del perfil del contratante.
29.- SOBRE A- REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA (Véanse las cláusulas
correspondientes xxx xxxxxx. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el anexo correspondiente)
29.1.- Clasificación exigida:
Grupo: U Subgrupo: 1 Categoría: D
En defecto de dicha clasificación, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea acreditarán por lo medios fijados a continuación, los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica conforme a los artículos 75 y 78 del TRLCSP, sin perjuicio de la presunción a que se refiere el anexo xxx xxxxxx relativo a las empresas extranjeras:
- Solvencia económica y financiera: se acreditará mediante una declaración sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividad de la limpieza, referidos a los tres últimos ejercicios (2013, 2012 y 2011), igual o superior a 1.500.000,00 euros (sin IVA).
- Solvencia técnica o profesional: se aportará una relación de los principales servicios o trabajos de servicios de limpieza realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para acreditar solvencia se deberá haber realizado al menos un trabajo por un importe de igual o superior a 750.000,00 €.
29.2.- Las empresas acreditarán, por lo medios fijados a continuación, los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional: no, solamente las empresas extranjeras no españolas de estados miembros de la Unión Europea acreditarán su solvencia por los medios fijados en la cláusula 29.1. El resto de empresas lo harán a través de la clasificación exigida en la cláusula 29.1
29.3.- En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipos técnicos de que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación. Entre otros, el Real Decreto 1435/1992 y demás derivados de la Directiva europea de máquinas y el Real Decreto 1215/1997 sobre utilización de equipos de trabajo.
29.4.- Habilitación empresarial o profesional exigida: Las exigidas por la normativa que regula la realización de la actividad o prestación contractual
29.5.-Registros oficiales de licitadores o empresas contratistas:
a) Efectos de la presentación del certificado de inscripción:
- Los certificados de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Administración del Estado eximen de la presentación de los documentos que se señalan en el pliego, siempre que se acredite en la forma en él indicada.
- Otros Registros oficiales: no
b) Admisión de certificados electrónicos: Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi
c) Autorización de la incorporación de oficio de los certificados: no
29.6.-Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación: no
29.7.- Otra documentación: anexos VII y VIII xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares
30.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
30.1.- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas: no
30.2.- Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas: sí
30.2.1.- Supuesto general: si
Criterios de valoración de las ofertas relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye. Puntuación total: 100,00 puntos (la suma de las ponderaciones de los grupos correspondientes a las letras
a) y b) siguientes debe ser siempre igual a la puntuación total):
a) Criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas:
Precio
PBL PrOX
PBL PrOMB
Ponderación: 55,00 %
Fórmula:
Puntuación 55
Siendo:
PBL: presupuesto base de licitación
PrOX: precio de la oferta X
PrOMB: precio de la oferta más baja de las admitidas
b) Criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor:
Programa de trabajo
Ponderación: 35,00 %
Se valorarán los siguientes aspectos:
a) Procedimiento para la ejecución de los trabajos objeto del presente contrato en el que se deberá compatibilizar la ejecución de dichos trabajos con el desarrollo de las diferentes actividades portuarias y con los usos relacionados con el esparcimiento que se dan en las diferentes zonas de los distintos puertos
b) Presentación pormenorizada de todas y cada una de las obligaciones que se describen en el pliego de prescripciones técnicas, mediante la realización xx xxxxxxx resúmenes que ayuden al seguimiento del cumplimiento del servicio de limpieza.
c) La adecuación del dimensionamiento de los medios humanos y maquinaria propuestos a la prestación del servicio.
Mejoras
Ponderación: 10,00 %
Sin incremento de precio en relación a los aspectos indicados en la cláusula 31.3.
Cada una de las mejoras se valorarán hasta un máximo del 1% (1 punto).
30.2.2.- Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general: no
31.- OTROS SOBRES- DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR LA LICITADORA AL OBJETO DE EVALUAR LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS (Véanse las cláusulas
correspondientes del xxxxxx xxx xxxxxx).
31.1.- Supuesto general: sí
Sobres que deben presentarse para la aplicación de los criterios de valoración de las ofertas:
- SOBRE C “CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR”. Debe incluirse los siguientes documentos:
- Programa de trabajo: documento en el que se describa el procedimiento que se propone seguir para la ejecución de todas y cada una de las prestaciones que forman parte del presente contrato, de conformidad con el pliego de prescripciones técnicas. Se debe describir y justificar el dimensionamiento de los medios humanos y maquinaria necesarios para la limpieza de los puertos, siempre teniendo en cuenta que se trata de un contrato de resultados.
- Mejoras: en el caso de que se oferten, se incluirá en este sobre, debidamente cumplimentado, el Anexo IX xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares
No se valorarán aquellas mejoras que se indiquen fuera de este Anexo IX.
SOBRE B “OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS”: Debe incluirse:
Precio: Anexo VI xxx xxxxxx de cláusulas administrativas (modelo de proposición económica) debidamente cumplimentado.
La presentación en el sobre C de documentos o datos relativos a la oferta económica u otros criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas conllevará el rechazo de la oferta presentada por la licitadora.
31.2.- Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general: no
31.3.- Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración: sí. Se estará a lo previsto en la cláusula y anexo correspondientes xxx xxxxxx, teniendo en cuenta, los siguientes límites y condiciones:
Número total no superior a: 10 (una por cada uno de los elementos que se señalan a continuación)
Sobre los siguientes elementos y en las condiciones que se señalan:
Grupo 1 de mejoras:
1. Barreras anticontaminación
2. Vallas de obra y cinta de balizamiento
3. Boyas con señal luminosa
4. Papeleras adicionales del modelo que apruebe el Servicio Territorial
5. Señalización horizontal
6. Aseos portátiles en fechas determinadas Respecto a estas mejoras se valorará:
cantidad ofertada
fechas para su materialización
calidad de los elementos ofertados Datos a indicar:
número
fechas
descripción del elemento ofertado (salvo en la mejora nº4)
Grupo 2 de mejoras:
7. Servicio xx xxxx profesional para recuperación de elementos y objetos
8. Servicio xx xxxx para mover embarcaciones abandonadas y vehículos que obstaculicen la prestación del servicio
9. Campañas de comunicación a los usuarios de los puertos
10. Recogida de residuos de locales abandonados en los puertos Respecto a estas mejoras se valorará:
frecuencias
calidad de los servicios ofertados Datos a indicar:
frecuencia
número y fechas para la mejora nº 9
descripción del servicio ofertado
31.4.- A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras: no
32.- ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR: no
33.- VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS:
En cuanto al precio: bajas superiores a 10 puntos porcentuales respecto a la baja media
34.- SUBASTA ELECTRÓNICA: no
35.- PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en la cláusula 23.2 xxx xxxxxx.
36.- PLAZO PARA ACORDAR LA ADJUDICACIÓN. Se establece un plazo distinto al general indicado en el pliego: no
37.- ACREDITACIONES QUE DEBE PRESENTAR EL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA (Artículo 151.2 del TRLCSP).
37.1.- Se permite que sean expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos los siguientes certificados:
- Emitidos por las Administraciones tributarias, en relación con el cumplimiento de estas obligaciones.
- Emitidos por la Seguridad Social en relación con el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
37.2.- Se permite la incorporación de oficio de los certificados telemáticos o la transmisión telemática de datos, previa autorización de la empresa: no
38.- RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL
PROCEDIMIENTO POR LA ADMINISTRACIÓN. Se rige por lo previsto en el artículo 155 del TRLCSP
39.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO:
El medio de comunicación que la Administración utilizará será el correo electrónico
en los siguientes casos:
o Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada en el sobre A. Dicha documentación deberá presentarse en la dirección indicada al efecto en dicha comunicación antes del término del plazo máximo concedido.
o Petición de aclaraciones. El licitador deberá presentar la documentación en la dirección que se indique al efecto.
o Audiencia al licitador que haya presentado oferta con valores anormales o desproporcionados. El licitador deberá presentar la documentación en la dirección que se indique al efecto.
o Los requerimientos a los que se refieren las cláusulas 25.2 y 27.1.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. La documentación para atender a dichos requerimientos deberá presentarse en la dirección que se indique al efecto.
La empresa adjudicataria debe presentar antes de la formalización del contrato los siguientes documentos:
1. Declaración responsable de estar en posesión de los códigos NIMA (número de identificación medioambiental) y EGD (entidad gestora delegada) del sistema de gestión integral de la información medioambiental del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Xxxxx.
2. Certificado de gestor de los siguientes residuos:
RESIDUOS NO PELIGROSOS
- Residuos de limpieza viaria. Código CER (Catálogo europeo de residuos) 200303
- Mezcla de residuos municipales (papeleras) 200301
- Madera 200138
- Voluminosos (redes) 200307
- Papel y cartón 200101
- Metal y chatarra 150104
- Envases xx xxxxxx 150107
- Envases de plástico 150102
- Residuos orgánicos 000000
- Xxxxx sucias 200304
RESIDUOS PELIGROSOS
- Aceites usados de motor 1302 08
- Envases metálicos contaminados 150110
- Envases de plástico contaminados 150110
- Baterías usadas de plomo 160601
- Baterías de Ni-Cd 160602
- Absorbentes, filtros y trapos contaminados 150202
- Aceites de sentinas 130402
- Filtros de aceite 160107
- Filtros de combustible 160121
- Restos de revestimientos de pinturas 080117
3. Compromiso de recepción o conformidad de la entidad receptora para el depósito por parte de la adjudicataria (deberá expresarse el nombre de ésta) de cada uno de los residuos contemplados en el punto anterior (deberán indicarse expresamente dichos residuos).
III.- OTRAS ESPECIFICACIONES.
41.- OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO.
42.- CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES Y MEDIOMABIENTALES EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO.
Cuadro a rellenar por la Administración:
Criterios | Inserción laboral | Igualdad de mujeres y hombres | Prevención de Riesgos Laborales | Ambientales |
Objeto del contrato | ||||
Criterios de solvencia técnica y profesional | ||||
Especificaciones técnicas | ||||
Criterios de valoración de las ofertas | ||||
Condiciones especiales de ejecución | SI | SI | SI |