TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL Cláusulas de Ejemplo

TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL. Se establecen las medidas especiales a que se refiere la cláusula xxx xxxxxx relativa al tratamiento de estos datos (sí/no): NO.
TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL. Los datos aportados por los licitadores formarán parte de un fichero de datos de carácter personal responsabilidad del Servicio de Contratación del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, con domicilio en xxxxx Xxxxxxxxxxxx, xx 0 0x xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx (Xxxxx), con la finalidad de llevar a cabo la gestión de los trámites administrativos derivados de la presente licitación en los términos previstos en la legislación vigente. Para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición el interesado deberá dirigir una comunicación escrita a la dirección indicada anteriormente, adjuntando copia de su Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente a los referidos efectos, con la referencia “Protección de datos – licitaciones”. Asimismo, y toda vez que como consecuencia de la ejecución del objeto del contrato, el adjudicatario podría tener acceso a datos de carácter personal integrados en ficheros responsabilidad del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera; ambas partes suscribirán un contrato de tratamiento por cuenta de terceros cuyo ámbito material de aplicación abarcará la totalidad de ficheros objeto del tratamiento, determinando en cada supuesto la finalidad que justifique el acceso a los datos personales permitido al encargado del tratamiento, así como las restantes directrices contenidas en la Ley Orgánica de Protección de Datos. La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxx=X00000x0000x0x00xxx00x00x00x0x00x Pliego Administrativo Suministro 3 vehículos por Renting para la Policía Local – Expte. 16/2016 Pag. 27 Documento firmado por: Fecha/hora: XXXXXXXX XXX XXXXXXX 15/11/2016 14:08:41 XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX SANTOS 11/11/2016 11:05:49 Z00671a1472b0f06aee07e01c70b0e08v Xxx/Doña mayor de edad, con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., titular del DNI nº , en nombre propio (o en representación de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,y C.I.F./ N.I.F. nº . . . . . . . ., conocida la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera para la contratación del “Suministro de tres vehículos mediante el sistema de renting para la Policía Local xx Xxxxxxxx ” al objeto de participar en la misma DECLARA: ...
TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL. Se establecen las medidas especiales a que se refiere la cláusula xxx xxxxxx relativa al tratamiento de estos datos (si/no, en caso afirmativo, indicarlas) se aplica lo dispuesto en el punto 29 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL. Los datos personales de las personas físicas que, en nombre propio o en representación de entidades jurídicas, contraten con esta agencia se incorporaran y trataran en un fichero automatizado propiedad de , notificado a la Agencia española de Protección de Datos con el número (......) y que cumple las medidas de seguridad necesarias para garantizar la total seguridad de los datos. En cumplimiento de la normativa, el titular de los datos puede ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición que reconoce la Ley Orgánica de protección de datos poniéndose en contacto con: ..............(razón social completa de la agencia), calle ..........., C.P. La agencia queda facultada para utilizar llos datos durante la vigencia del contrato y para la información de sus servicios. Estas cláusulas de condiciones generales han sido redactadas con fecha y tienen una vigencia indefinida.
TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL. Se establecen las medidas especiales a que se refiere la cláusula 34.2 xxx xxxxxx relativa al tratamiento de estos datos (sí/no,): Sí.
TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL. El otorgamiento de las licencias objeto de estos Pliegos no implica la comunicación ni el tratamiento de datos personales contenidos en los Ficheros responsabilidad del Ayuntamiento (en adelante, Ficheros). Pliego Administrativo explotación cafetería-bar Centro Mayores “Santa Xxx” - Expte. 01/2017 Pág. 22 de 30 Documento firmado por: Fecha/hora: XXXXXXXX XXX XXXXXXX 24/04/2017 12:58:04 XXXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX 21/04/2017 09:25:48 Contratación y Patrimonio. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 83 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, relativo a las prestaciones de servicio sin acceso a datos personales, quedará expresamente prohibido el acceso de la entidad adjudicataria a los Datos Personales contenidos en los Ficheros del Ayuntamiento. N00671a14708180447107e120e040c3ar En caso de que, por cualquier motivo, se produjese un acceso por parte del adjudicatario a los Ficheros, éste se compromete a guardar absoluta confidencialidad y secreto sobre los mismos, subsistiendo esta obligación aún después de finalizar la prestación del servicio. Si fuera necesario el acceso a datos de carácter personal contenidos en los Ficheros del Ayuntamiento para cumplir con sus obligaciones, será considerado como encargado del tratamiento respecto a dichos Datos Personales, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. En ese caso, el adjudicatario del servicio asumiría las siguientes obligaciones en relación con los Datos Personales respecto de los que sea considerado como encargado del tratamiento:
TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL. Se establecen las medidas especiales a que se refiere la cláusula 34 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, relativa al tratamiento de estos datos, y la cláusula VI xxx Xxxxxx de Bases Técnicas, relativa al secreto estadístico.
TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL. En cumplimiento de lo dispuesto en la vigente Ley de Protección de Datos de Carácter Personal y el Reglamento General de Protección de Datos le informamos que la información personal recabada será utilizada con la finalidad de prestar todos los servicios vinculados al arrendamiento de los bienes contratados; con arreglo a lo dispuesto en la Condición General 17 de las unidas a este contrato.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.