PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EN EL CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SUMINISTRO DE MATERIALES HIDRÁULICOS POR LA SOCIEDAD AGUAS DEL ARCO MEDITERRÁNEO S.A..”
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EN EL CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SUMINISTRO DE MATERIALES HIDRÁULICOS POR LA SOCIEDAD AGUAS DEL ARCO MEDITERRÁNEO S.A..”
Índice
2.- DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN 2
3.- ÁMBITO TERRITORIAL DEL CONTRATO 3
4.- NORMAS APLICABLES Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 4
6.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 4
7.- DOCUMENTACIÓN QUE HABRÁN DE PRESENTAR LOS LICITADORES 4
10.- ERRORES EN LAS PROPOSICIONES 8
11.- APERTURA DE PLICAS, VALORACIÓN, Y COMUNICACIÓN DE ADJUDICACIÓN 8
12.- CRITERIOS BÁSICOS DE ADJUDICACIÓN 9
13.- OFERTA CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS 10
15.- DAÑOS Y PERJUICIOS. PÓLIZA DE SEGURO 11
16.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 12
18.- FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO 12
19.- CLÁUSULA DE REVISIÓN DE PRECIOS 13
20.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN 13
22.- PRESTACIONES DEL CONTRATISTA 14
23.-DISPONIBILIDAD Y GARANTÍA DE CALIDAD 14
25.- RECURSOS HUMANOS AFECTOS A LA PRESTACIÓN 14
27. OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES 17
28. EL “COMITÉ DE SEGUIMIENTO” 19
29. RESPONSABILIDAD CORPORATIVA 19
30. REGISTRO DE PROVEEDORES 20
31.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. 20
32.- RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO 21
33.-SOLICITUD DE ACLARACIONES A LOS PLIEGOS 21
34.- RECLAMACIONES Y RECURSOS 21
ANEXOS
ANEXO NUM 1: Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx XXXXX XXX 0: Modelo de Declaración Responsable
ANEXO NUM 3: Modelo de proposición de criterios evaluables mediante fórmulas ANEXO NUM 4: Listado de Referencias con importe unitario ofertado
ANEXO NUM 5: Modelo de Garantía Definitiva. Modalidad aval. ANEXO NUM 6: Clausulas Ambientales
ANEXO NUM 7: Penalizaciones por incumplimientos en materia de seguridad y salud laboral en servicios contratados
1.1 El objeto del presente concurso se encuentra detallado en el Cuadro de Características del Concurso, en el que figura el tipo de licitación.
Es decir, constituye el objeto del presente pliego la regulación del procedimiento de selección de un proveedor para la prestación del servicio de “Aprovisionamiento del material hidráulico” que AGUAS DEL ARCO MEDITERRÁNEO S.A. (en lo sucesivo, AGAMED o la “Empresa”) pudiera precisar durante la vigencia del contrato.
En el Anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas de esta licitación (en adelante, PPT), se detalla la totalidad de los materiales a ofertar.
1.2 Consideraciones sobre el objeto
A) En la presente licitación, AGAMED no se compromete a adquirir una cantidad determinada ni volumen anual de material, el cual dependerá de las necesidades de aprovisionamiento durante la vigencia del contrato, sin que el adjudicatario pueda exigir peticiones de cantidades determinadas o de importes mínimos como condición de suministro.
B) Para la ejecución de contrato, el adjudicatario vendrá obligado a constituir y mantener actualizados regularmente depósitos logísticos de materiales de uso habitual de los cuales se abastecerá la Empresa según las necesidades de consumo periódicas que tenga. El objeto de los citados depósitos logísticos es que en todo momento AGAMED pueda tener a su disposición y con inmediatez los materiales hidráulicos de uso más frecuente que se indican en el Anexo II del PPT.
La propiedad de los materiales que conforman estos depósitos logísticos será siempre del adjudicatario y el stock mínimo que vendrá obligado a mantener es el que se regula al efecto en el anexo II del PPT de este Expediente. Los licitadores podrán mejorar al alza los niveles de stock mínimos exigidos.
Al inicio del contrato, el adjudicatario vendrá obligado a ubicar los depósitos logísticos con los materiales especificados en el Anexo II del PPT en los almacenes especificados en el Anexo III del PPT, asumiendo en relación a dichas edificaciones los deberes y derechos que igualmente se reseñan en el PPT. Durante el periodo de duración del contrato, y siempre que exista un acuerdo entre ambas partes, el número de depósitos, su ubicación y la composición de materiales de los mismos, podrá modificarse para adaptar el modelo logístico a las necesidades efectivas de la Empresa.
La Empresa podrá disponer de los materiales que conforman los depósitos logísticos. Desde el momento en que realice cualquier acto de disposición al respecto, se entenderá perfeccionada la compraventa del material que en consecuencia pasará a ser de su propiedad. Para el suministro de materiales hidráulicos diferentes de los incluidos en los depósitos logísticos se procederá conforme se establece en el presente Pliego.
AGAMED podrá solicitar del adjudicatario que se le suministren materiales no incluidos en el Anexo I del PPT. En estos casos se determinará el precio contradictorio del artículo o artículos solicitados conforme se regula al respecto en el presente Xxxxxx.
C) El adjudicatario deberá aportar los medios humanos y sistemas informáticos, compatibles con los de la Empresa, necesarios para gestionar el servicio de manera eficaz y eficiente.
D) El adjudicatario ejecutará el contrato en los términos previstos en los Pliegos de esta licitación, realizando de manera competente y profesional el objeto del mismo, cumpliendo los niveles de calidad exigidos y cuidando diligentemente de los bienes e instalaciones propiedad de AGAMED que la misma pone a su disposición.
E) El licitador, como máximo en dos meses desde la formalización del contrato, deberá aportar el stock de seguridad de conformidad con lo establecido en este Pliego y en el Pliego técnico. En el momento en que se produzca la finalización del contrato, bien sea por resolución anticipada del mismo o por finalización del periodo de duración, el adjudicatario consultará, fehacientemente a La Empresa, con una antelación mínima de dos meses si ésta tiene voluntad, o no, de adquirir el stock de seguridad, y solo si La Empresa manifiesta su voluntad de no adquirirlo, el adjudicatario estará autorizado para disponer libremente del stock de seguridad a la finalización del contrato.
La venta a La Empresa del stock de seguridad, se realizará según los precios de los materiales que en el momento de su adquisición estuvieran inventariados.
Respecto a los materiales de stock de seguridad que tengan riesgo de obsolescencia técnica, La Empresa se obliga a comprarlos a la finalización del contrato, en el plazo máximo de un mes tras la finalización del mismo, o durante la vigencia de éste, a los precios establecidos en la actualización vigente en cada momento del Anexo I del PPT.
2.- DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
2.1 DURACIÓN
El plazo de ejecución máximo del contrato será el establecido en el Cuadro de Características del Concurso.
No obstante lo anterior, al término del plazo de vigencia definido, en función de la naturaleza del contrato y a criterio y decisión exclusiva de AGAMED, el adjudicatario vendrá obligado a continuar prestando el contrato hasta un máximo de tres (6) meses más, hasta que el nuevo adjudicatario se haga cargo del mismo, debiendo comunicar AGAMED al adjudicatario tal circunstancia, con una antelación mínima de un (1) mes a la fecha de finalización del contrato. Durante este período adicional se aplicarán los precios vigentes en ese momento.
En ningún caso, se procederá a la renovación tácita del contrato.
2.2 PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
El presupuesto base de licitación es el establecido en el Cuadro de Características del Concurso.
El importe se ha obtenido como resultado de aplicar sobre la estimación de consumo anual los precios unitarios de cada artículo.
Los licitadores ofertarán los precios unitarios de cada uno de los artículos que se indican en el Anexo I del PPT. Los precios unitarios ofertados por el adjudicatario pasarán a ser precios contractuales a los que se abonará el suministro. En dichos precios se incluirán todos los factores de valoración y gastos que para la correcta y total ejecución del contrato debe tener en cuenta y realizar a su xxxxx el adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole a excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.)
Los anuncios, las licencias, permisos o impuestos municipales, autonómicos y estatales necesarios para la ejecución y puesta en marcha del suministro y servicio, serán por cuenta del adjudicatario, siendo igualmente de su cuenta y cargo los costes financieros y de cualquier otra índole derivados del cumplimiento de los condicionantes de esta contratación, costes todos ellos que estarán incluidos en los precios ofertados, no teniendo derecho el contratista a otra retribución que la correspondiente a los precios contractuales y la que en su caso pueda derivarse de lo que se establece en los apartados siguientes de esta cláusula.
PRECIOS CONTRADICTORIOS DEL SUMINISTRO DE MATERIALES
Cuando por razones del servicio resulte preciso el suministro de algún artículo no previsto inicialmente en la relación incluida en el Anexo I del PPT, el adjudicatario vendrá obligado a realizar las gestiones precisas para su suministro bien por sus medios propios si dispusiera del referido material o bien a través de otro proveedor o fabricante. En dichos casos, previo al suministro del material, deberá aprobarse por el/la “Responsable del Contrato” de la Empresa Y posteriormente quedará recogido, en el acta de la reunión más próxima del Comité de Seguimiento (tal y como se define en el apartado 28 de este pliego), estos precios contradictorios se incorporarán de forma definitiva a los referenciados en el Anexo I. Este precio deberá ser siempre inferior al precio PVP publicado por el fabricante en su tarifa oficial.
PRECIOS UNITARIOS SINGULARIZADOS O XX XXXXXXX DEL SUMINISTRO DE MATERIALES PARA OBRAS
Cuando por La Empresa se requiera el aprovisionamiento de materiales para la ejecución de obras o actuaciones diferentes a las propias de mantenimiento y conservación, la Empresa podrá solicitar al adjudicatario una oferta mejorada singularizada del material precisado.
Para este tipo de suministros podrán no resultar de aplicación los precios ofertados por el adjudicatario conforme el Anexo I del PPT y la Empresa quedará liberada de la obligación de aprovisionamiento con aquel, pudiendo solicitar ofertas de este material a otros proveedores o fabricantes.
PRECIO POR EL MANTENIMIENTO DE STOCK DE SEGURIDAD
El adjudicatario considerará en su oferta el coste financiero asumido por el mantenimiento del stock de seguridad, por lo que La Empresa no estará obligada a ninguna contraprestación económica al adjudicatario por este concepto.
El adjudicatario asume igualmente el riesgo de obsolescencia física de este stock de seguridad, por lo que La Empresa no estará obligada a ninguna contraprestación económica al adjudicatario por este concepto.
CIERRE DEL DEPÓSITO LOGÍSTICO
En el supuesto que se produzca el cierre de uno o varios depósitos logísticos contratados, bien sea por resolución anticipada del Contrato o por finalización del periodo de duración de éste, La Empresa decidirá unilateralmente la compra o no compra del stock hidráulico existente en ese momento según lo establecido en la Disposición General 1 del presente pliego de condiciones administrativa.
Para aquellos materiales que la Empresa decida no comprar, se establece un plazo de 15 días hábiles para que el adjudicatario proceda a su retirada, a contar desde la finalización del contrato. Todos los gastos de transporte y demás que se ocasionen con motivo de la retirada serán de cuenta del adjudicatario.
3.- ÁMBITO TERRITORIAL DEL CONTRATO
El ámbito geográfico en el que se realizará la entrega de los materiales se extiende al Término Municipal de Torrevieja, en el que AGAMED gestiona los servicios relacionados con el Ciclo Integral del Agua.
De manera general, las entregas y reposiciones de material se efectuarán en los depósitos logísticos indicados en el correspondiente Anexo xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas (en adelante PPT). No obstante, en el caso de obras, instalaciones, etc., el adjudicatario vendrá obligado a realizar las entregas en las localizaciones donde tengan lugar dichos trabajos
AGAMED comunicará, con la debida antelación, cualquier modificación que se pueda producir en lo relativo al ámbito territorial de aplicación del presente contrato, sin que ello pueda dar lugar a ninguna modificación en los precios a abonar al Adjudicatario.
4.- NORMAS APLICABLES Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará por procedimiento abierto (artículo 58 Ley 31/2007) siguiendo el criterio de la oferta económicamente más ventajosa de conformidad a lo establecido en el art. 60 b) de la Ley 31/2007.
. Para determinados aspectos se hará referencia para su aplicación a disposiciones previstas en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
Pueden participar en este procedimiento abierto, de tramitación ordinaria, todas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que no estén incursas en prohibición de contratar y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica en los términos establecidos en el pliego de Cláusulas administrativas particulares.
Cada licitador sólo podrá presentar una única propuesta, individualmente o formando parte de una Unión Temporal de Empresas (en adelante, también “UTE”). Una vez entregada, solo se podrá retirar por motivos justificados.
La adjudicación se hará apreciando discrecionalmente y de manera motivada cual sea la proposición que según los criterios que rigen la adjudicación de este contrato se considere más adecuada, sin que necesariamente tenga que recaer en la proposición con el precio más bajo, pudiendo incluso quedar desierto el procedimiento y todo ello según los criterios de adjudicación que se recogen en el presente pliego.
La licitación será anunciada en el “Perfil del Contratante” de Aguas del Arco Mediterráneo S.A. alojado en su página web apartado Conócenos. xxx.xxxxxx.xx en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el BOE y Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.
6.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones se presentarán directamente en las Oficinas en la calle Xxxxxxxxx xx Xxxxx nº 43, planta 1ª
C.P. 00000 Xxxxxxxxxx (Xxxxxxxx)., teniendo como límite el día y hora señalado en el correspondiente anuncio de licitación.
También podrán enviarse las ofertas por correo, en cuyo caso deberá justificarse la fecha de imposición del envío en Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta dentro del límite de plazo, mediante correo electrónico a la dirección Xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx en el mismo día de finalización del plazo de presentación de ofertas. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo.
7.- DOCUMENTACIÓN QUE HABRÁN DE PRESENTAR LOS LICITADORES
Las proposiciones se presentarán contenidas en TRES SOBRES cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente. En cada portada de sobre se hará constar su respectivo contenido y el nombre del licitador.
Toda la documentación incluida en cada uno de los sobres deberá aportarse en formato papel y digital (CD, memoria USB), aun cuando a lo largo xxx xxxxxx no se especifique formato. En caso de discrepancia entre el
contenido de ambos formamos, AGAMED tendrá la facultad de desechar la oferta, o considerar que prima lo indicado en papel.
Con la presentación de la licitación se entenderá que el contenido del formato digital es copia fiel de lo expresado en papel, para lo cual el licitador deberá presentar en el Sobre A la siguiente declaración debidamente completada y firmada:
MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE LA EXACTITUD DE LA DOCUMENTACIÓN EN FORMATO DIGITAL Y PAPEL
Xxx ……………………..……………………, con D.N.I. nº ………………..en representación de la empresa ……………..…………………., según escritura pública otorgada en fecha ….. de ………….
de …………., ante el Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de …………….., con residencia en ,
D. ……………………………………………., número de su protocolo.
DECLARA RESPONSABLEMENTE
Que el contenido de la documentación presentada en formato digital en cada uno de los sobres es copia fiel de la correspondiente presentada en soporte papel.
En Alicante, a…. de……………… de………
Fdo. ………………………………………….
La documentación presentada por los licitadores no adjudicatarios, les será devuelta a los mismos una vez formalizada la adjudicación, siempre que los licitadores así lo soliciten y pongan los medios necesarios para su devolución. Transcurridos tres meses desde la adjudicación definitiva del contrato sin que los licitadores hayan retirado la documentación, AGAMED podrá proceder a su destrucción.
SOBRE 1. "DOCUMENTACIÓN GENERAL"
CONTENIDO.- Deberá contener los siguientes documentos:
1) Datos del licitador, dirección, CIF (NIF), número de teléfono y correo electrónico.
2) Declaración responsable de cumplimiento de las condiciones requeridas para contratar con AGAMED, , siguiendo para ello el modelo que se adjunta como Anexo 2 del presente PCAP. AGAMED podrá requerir al licitador en cualquier momento para que acredite la veracidad de las declaraciones responsables que éste haya presentado. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo que se señale se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y AGAMED podrá reclamarle una indemnización por los perjuicios que le ocasionare, por importe de hasta el 3% del presupuesto de licitación. A estos efectos, se habrá de tener en cuenta que las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar que se exigen, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas, además de subsistir en el momento de perfección del contrato.
3) ESPECIALIDADES A PRESENTAR POR LOS EMPRESARIOS EXTRANJEROS. Las empresas extranjeras deberán presentar, además de la documentación señalada anteriormente, la documentación específica que a continuación se detalla.
Todas las empresas no españolas deben aportar:
Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, renunciando en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Las empresas de Estados que no sean miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán aportar:
Informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
Informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 68 LCSP
SOBRE 2. "PROPOSICIÓN TÉCNICA. CRITERIOS EVALUABLES POR JUICIO DE VALOR"
Los licitadores presentarán en el “SOBRE NÚMERO 2, CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR”, la documentación que dependa de un juicio de valor.
En el sobre número 2, se incluirán los documentos que a continuación se reseñan, relativos al baremo de puntuación y con el alcance y contenido que se indica para cada uno de ellos, los cuales deberán presentarse además en el orden señalado:
1) Índice de documentos en el que se hará constar en hoja independiente el contenido del sobre enunciado numéricamente.
2) Aquella documentación que permita valorar la oferta de acuerdo con los criterios de adjudicación no cuantificables mediante la aplicación de fórmulas y cuya ponderación dependa de un juicio de valor, fijados en este Pliego.
Documentación técnica
1.- Memoria técnica de la oferta.
Los licitadores detallarán en este apartado la forma en que pretenden llevar a cabo la prestación del servicio contratado, plazos de entrega de los materiales, los medios humanos, materiales, red logística de abastecimiento, medios auxiliares de apoyo, uso y en general cualquier otro aspecto que a juicio del licitador resulte interesante para un mejor conocimiento de su propuesta.
Dentro de este apartado se valorarán, entre otros, las infraestructuras propias con las que cuente el proveedor para la verificación de contadores y la reutilización y reciclado de materiales; así como los sistemas de aseguramiento de la calidad que aplicará el proveedor.
2.- Sistemas informáticos de gestión y facturación electrónica:
Los licitadores incluirán en este apartado los medios informáticos de gestión de los depósitos logísticos y de registro de consumos que permitan llevar el control de los consumos de material. Detallarán las características principales de los aplicativos informáticos de gestión y en su caso la posibilidad de disponer de accesos on-line desde las oficinas de La Empresa. Igualmente en el caso de incluir en sus propuestas sistemas de facturación electrónica, deberán especificar las características del sistema y aplicativos a emplear.
En ningún caso se incluirá en este sobre la documentación relativa a los criterios valorables mediante la mera aplicación de fórmulas.
SOBRE 3: "PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULA"
Contendrá los documentos que a continuación se reseñan relativos al baremo de puntuación y con el alcance y contenido que se indica para cada uno de ellos, los cuales deberán presentarse además en el orden señalado:
1) Índice de documentos en el que se hará constar en hoja independiente el contenido del sobre enunciado numéricamente.
2) La documentación que permita valorar la oferta de acuerdo con los criterios de adjudicación cuantificables mediante la aplicación de fórmulas, fijados en el presente Pliego. Para ello los licitadores cumplimentarán el Anexo incluido en este pliego, “Modelo de proposición de criterios evaluables mediante fórmulas” que obra en la documentación anexa, junto con el listado de materiales contenidos en el Anexo 4 del PCAP indicando los precios unitarios ofertados para cada uno de los artículos.
El Licitador deberá ofertar al menos el 90% de las referencias, siendo causa de rechazo de la oferta si se ofertara menos del 90 % de las referencias incluidas en el listado de materiales correspondiente.
Se deberá indicar el número de días de rebaja al plazo máximo de constitución de los depósitos logísticos y almacén de materiales con nivel de Sotck de Seguridad (establecido como máximo de referencia en 60 días).
No procede.
La presentación de proposiciones por parte del licitador determina la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y de las particulares de cada contratación, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de los trabajos.
10.- ERRORES EN LAS PROPOSICIONES
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan errores, omisiones o tachaduras que impidan conocer claramente lo que se estime fundamental en la oferta.
11.- APERTURA DE PLICAS, VALORACIÓN, Y COMUNICACIÓN DE ADJUDICACIÓN.
1) El trámite de apertura, examen y calificación de la documentación administrativa incluida en el sobre número 1, de las proposiciones presentadas en tiempo y forma, se realizará en acto no público, rechazándose aquellas que no lo hubiesen efectuado en la forma debida. Se podrá conceder un plazo de subsanación de al menos tres días hábiles contados a partir de la notificación que se practique en el caso que se detecten defectos subsanables y admitiendo provisionalmente las que reúnan los requisitos exigidos.
2) Después de la calificación de la documentación administrativa se publicará el resultado de la clasificación de la documentación general con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de estas últimas y se procederá a la apertura de los sobres número 2 que contienen las documentaciones técnicas relativas a los criterios no cuantificables automáticamente, de los licitadores admitidos.
La Mesa de Contratación, en base a los criterios objeto de ponderación y valoración establecidos en la presente licitación redactará un informe técnico, con las valoraciones de las propuestas técnicas, que motivará la propuesta de adjudicación o en su caso, propuesta de declaración de procedimiento desierto.
3) Únicamente se procederá a la apertura de las proposiciones económicas (Sobre 3) cuando el Comité de contratación tenga en su poder el informe del Director Técnico de AGAMED que incluirá la puntuación que merezcan las proposiciones presentadas por aplicación de los criterios no evaluables mediante fórmulas.
En el lugar día y hora señalados en el anuncio que se publique en el perfil del contratante, con al menos tres días naturales de antelación, se procederá a la apertura, en acto público, del Sobre 3. En dicho acto se comunicará en primer lugar, la relación de los licitadores definitivamente admitidos y los rechazados en su caso, así como las puntuaciones obtenidas por los admitidos, procediéndose después a la apertura y lectura del sobre 3.
Serán rechazadas las proposiciones cuya oferta económica exceda del “precio máximo” indicado en el Cuadro Resumen, sí como superen el precio unitario máximo del producto en cuestión indicados en el Anexo I del PPT.
Finalizado el acto público de apertura y salvo en el supuesto de ofertas anormalmente bajas, se procederá a elaborar la propuesta de adjudicación teniendo en consideración la puntación económica y técnica alcanzada por las distintas proposiciones.
Dicha propuesta no crea derecho alguno a favor del licitador mientras el Órgano de Contratación no adopte el acuerdo de adjudicación.
12.- CRITERIOS BÁSICOS DE ADJUDICACIÓN
a) "PROPOSICIÓN TÉCNICA. CRITERIOS EVALUABLES POR JUICIO DE VALOR"
Se establece un total de 40 puntos para la proposición técnica.
Los criterios que servirán de base para la adjudicación del contrato que dependen de juicios de valor serán los siguientes:
1.- Memoria Técnica de la Oferta: se valorará con hasta un máximo de 25 puntos, con la siguiente distribución:
1.1.-Propuesta organizativa de la forma en que pretenden llevar a cabo la prestación del servicio contratado, los medios humanos, materiales, red logística de abastecimiento, medios auxiliares de apoyo, uso y en general cualquier otro aspecto que a juicio del licitador resulte interesante para un mejor conocimiento de su propuesta: Se valorará con una puntuación máxima de 10 puntos.
1.2.-Infraestructura propia que permita la verificación de contadores: Se valorará con una puntuación máxima de 5 puntos.
1.3.-Infraestructura propia que permita la reutilización y reciclado de materiales: Se valorará con una puntuación máxima de 5 puntos.
1.4.- Sistemas de aseguramiento de la calidad en los procesos operativos que aplicará el contratista en la ejecución de los trabajos objeto de Contrato: Se valorará con una puntuación máxima de 5 puntos.
2.- Sistemas informáticos de gestión y facturación electrónica: se valorará con un máximo de hasta 15 puntos, con la siguiente distribución:
2.1.- Capacidad de trasladar de forma “on-line” al adjudicatario las cantidades a facturar a La Empresa agrupadas y desglosadas por hoja de trabajo y/o número de parte.
Gestión de albaranes de recogida y entrega de materiales: Propuesta de gestión digital, vía email, de los albaranes de entrega y devolución de materiales mediante aplicación que genere albaranes digitales que reciba el Responsable de AGAMED y contratista en el día de los movimientos de material. Se valorará con una puntuación máxima de 3 puntos.
2.2.- Capacidad para gestionar movimientos de material con los códigos propios de La Empresa: Se valorará con una puntuación máxima de 3 puntos.
2.3.- Posibilidad para que el personal autorizado de La Empresa pueda hacer consultas de stocks y precios xx xxxxxxx, de forma “on-line”, desde el sistema de la Empresa: Se valorará con una puntuación máxima de 3 puntos.
2.4.- Comunicación de forma “on-line” con los sistemas de gestión de la Empresa: Se valorará con una puntuación máxima de 3 puntos.
2.5.- Posibilidad de gestión de facturación electrónica: Se valorará con una puntuación máxima de 3 puntos.
b) CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS.
Se establece un total de 60 puntos para la valoración mediante la aplicación de fórmulas.
b.1.- Oferta económica del suministro: se valorará con un máximo de hasta 45 puntos. La puntación se determinará conforme la siguiente fórmula:
. . = 00 x 000
(. . +1,7)1.5
Siendo:
P.ofer.: Puntuación de la oferta considerada. B.ofer.: Baja porcentual de la oferta considerada
Cuando un artículo de la lista del Anexo 4 del PCAP no hubiese sido ofertado, para la determinación del “valor de la oferta” de cada licitador se le asignará el precio unitario más elevado de entre los ofertados por el resto de los licitadores. Si dicho artículo no ha sido ofertado por ninguno de los licitadores, se le asignará el valor cero (0) al importe unitario de este artículo a efectos de cálculo de la oferta total.
b.2.- Alcance del suministro: se valorará con un máximo de hasta 10 puntos. Para su ponderación se determinará el porcentaje (%X) de artículos del Anexo 4 del PCAP ofertados por cada licitador. Las proposiciones se valorarán conforme los siguientes criterios de ponderación:
Se asignarán 10 puntos a la proposición que oferte el 100% de los artículos incluidos en el Anexo 4 del PCAP y 0 puntos a la si alguna proposición ofertase el 90% de los artículos. Los valores intermedios se calcularán mediante interpolación lineal.
b.3.- Disminución del plazo máximo de constitución de los depósitos logísticos: Se asignará un punto por cada 6 días de rebaja al plazo máximo de constitución de depósitos logísticos y almacén de materiales con nivel de Sotck de Seguridad (60 días), hasta un máximo de 5 puntos. No se considerará rebajas de plazo mayores a los 30 días (sobre el máximo de 60)
12.1 Criterios de desempate
En caso de empate se aplicarán los criterios sociales establecidos en el artículo 147.2 LCSP, por lo que en tal caso, la Mesa de Contratación solicitará a los licitadores empatados que presenten la documentación acreditativa de tales criterios.
12.2 Causas de rechazo de las ofertas
Serán rechazadas aquellas proposiciones que incumplan uno cualquiera de los siguientes condicionantes:
a) Aquellas proposiciones que minoren la cuantía del stock mínimo (100% de los materiales del stock de seguridad hidráulico) de los depósitos logísticos indicado en el Anexo II del PPT.
b) Aquellas ofertas que superen el plazo máximo de constitución de los almacenes.
c) Aquellas proposiciones que no oferten al menos el 90% de los artículos de compra objeto de la licitación incluidos en el Anexo I del PPT, así como cualquier otro porcentaje referido en el PPT.
d) Las proposiciones cuya oferta económica exceda del presupuesto base de licitación.
13.- OFERTA CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS.
Si una oferta económica resulta incursa en presunción de anormalidad por su bajo importe en relación con la prestación, se deberá recabar de todos los licitadores supuestamente comprendidos en ella, las aclaraciones necesarias para poder estar en disposición de determinar si, efectivamente, la oferta resulta anormalmente baja en relación con la prestación y por ello debe ser rechazada o, si por el contrario la citada oferta no resulta anormalmente baja y por ello ha de ser tomada en consideración para adjudicar el contrato.
Para determinar si una oferta se encuentra en presunción de anormalidad se estará a lo previsto en el artículo 85 del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas.
Para ello, se solicitará al licitador por escrito las precisiones que considere oportuno, concediendo al licitador un mínimo de 5 días naturales a contar desde la fecha en la que se reciba la notificación para justificar o precisar por escrito lo que le haya sido solicitado Si en el citado plazo no se hubieran recibido dichas justificaciones, se acordará lo que el Órgano de Contratación estime oportuno sobre la admisión o rechazo de la oferta de acuerdo con los datos que posea.
Si se recibieran en el plazo las justificaciones, y a propuesta razonada del equipo técnico designado, se decidirá la aceptación de la oferta o el rechazo de la misma.
Decidida la admisión o rechazo de las ofertas incursas en temeridad se procederá a valorar las ofertas admitidas (incluidas aquellas que hayan dejado de estar incursas en anormalidad).
La propuesta de adjudicación efectuada no crea derecho alguno a favor del licitador.
La garantía definitiva responderá de las penalizaciones impuestas al contratista, de la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato y de los daños y perjuicios ocasionados a AGAMED con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, así como de la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato, y será devuelta cuando se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato, o en caso de resolución de éste sin culpa del contratista.
Se constituirá por el importe que se indica en el cuadro resumen en un plazo de 10 días desde su requerimiento, por cualquiera de los medios establecidos en el art. 108 LCSP; y en el supuesto de aportarse mediante AVAL, éste deberá ajustarse obligatoriamente al modelo establecido como Anexo 5.
A partir de la adjudicación y durante la vigencia del contrato, AGAMED podrá exigir al contratista la reposición y reajuste de la garantía en caso de que se hagan efectivas sobre la misma las penalizaciones o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, o cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, de forma que la garantía guarde la debida proporción con el nuevo precio.
15.- DAÑOS Y PERJUICIOS. PÓLIZA DE SEGURO.
El contratista, se responsabiliza de todos los daños que se ocasionen durante el desempeño del contrato, cualquiera que sea su naturaleza y volumen.
Por ello, el contratista vendrá obligado a contratar un Seguro de Responsabilidad Civil que cubra, para todo el periodo que dure la ejecución y en su caso, el plazo de garantía, la responsabilidad derivada de los daños y perjuicios causados. En dicho seguro, tendrá condición de asegurado el adjudicatario, el personal del mismo, sus posibles subcontratistas y en general, todas las personas intervinientes. El importe mínimo que debe ser objeto de cobertura por el referido seguro será de:
Importe mínimo de cobertura | |
Material Hidráulico | 300.000,00 € |
La Póliza de Xxxxxx a que se refiere el apartado anterior, deberá suscribirse antes del inicio del contrato por el contratista como tomador del seguro.
Dicha Póliza deberá incluir la correspondiente cláusula de exoneración de responsabilidad a favor de AGAMED y de expresa renuncia de los derechos de subrogación y repetición contra AGAMED y el personal a su servicio por parte de las compañías aseguradoras y de los asegurados.
El importe total del seguro, incluido todo tipo de recargos e impuestos, será asumido íntegramente por el adjudicatario, con independencia del coste del mismo, debiendo incluirlo en el cálculo de sus costes indirectos. Asimismo serán por cuenta del contratista el importe de las franquicias del seguro, así como el importe de los siniestros en la cuantía que supere los límites que se establezcan en la Póliza de Seguro. Igualmente, serán por su cuenta, las indemnizaciones a terceros y daños producidos no cubiertos en la Póliza de Seguro.
Si se produjera una modificación en el contenido, importe o duración de los trabajos descritos en el contrato, el adjudicatario estará obligado a proceder a su cargo, a solicitar las prórrogas o ampliaciones del Seguro que sean precisas.
Durante la vigencia del contrato, AGAMED podrá pedir al contratista que le exhiba la documentación correspondiente al Seguro recibido, o que le entregue copia de la misma y, de verificarse la no existencia de dicho seguro, o la alteración del mismo respecto de lo establecido en este Pliego, dicha actuación constituirá causa de resolución del contrato o, a elección de AGAMED, causa de infracción grave.
Acusado recibo de la notificación de la adjudicación, el contratista, dentro del plazo de 10 días, deberá acreditar la contratación de las citadas pólizas.
16.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se otorgará una vez recibida la documentación a aportar por el adjudicatario, y siempre a requerimiento de AGAMED, una vez transcurridos 15 días hábiles desde la comunicación de la adjudicación.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato en el plazo indicado se producirá la resolución del mismo, debiendo abonar el adjudicatario a AGAMED una indemnización equivalente al 3% del presupuesto global contractual base de la licitación.
Si por el incumplimiento por parte del adjudicatario de lo establecido en este Pliego o restantes documentos contractuales o por cualquier otra causa imputable al adjudicatario no pudiera procederse a la firma del contrato en la fecha señalada, AGAMED podrá acordar la revocación de la adjudicación, y se le exigirán al adjudicatario, en su caso, los daños y perjuicios adicionales que su incumplimiento haya producido a AGAMED.
Dada las características del contrato no se establece un plazo específico de garantía.
18.- FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
Mensualmente, del día 1 al 5, se facturará conforme a los albaranes de producto recibido en las instalaciones durante el mes inmediatamente anterior. Los albaranes únicamente serán válidos si cuentan con firma de personal de AGAMED autorizado para la recepción de productos y contará en todo caso con la aprobación del Técnico Designado por AGAMED para la Dirección del contrato.
No podrá emitirse factura alguna y en su consecuencia realizarse ningún pago hasta que se haya acreditado la constitución a favor de AGAMED de la fianza definitiva y haberse suscrito el correspondiente contrato.
Los pagos se realizarán de conformidad a la legislación aplicable, si bien, AGAMED tiene implantado un circuito de aceptación de facturas cuyo único objetivo es verificar la conformidad de los bienes o servicios con lo dispuesto en los expedientes de contratación, su duración no puede exceder de treinta días naturales. El plazo máximo de pago será de treinta (30) días después de la fecha en que tiene lugar la aceptación de la factura y, de no producirse la aceptación expresa de la misma por parte de AGAMED, dentro de los 30 días siguientes a la fecha máxima en que AGAMED debió manifestar la aceptación expresa, o el rechazo, de cada factura.
19.- CLÁUSULA DE REVISIÓN DE PRECIOS
Según lo indicado en el cuadro resumen.
20.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN.
20.1. Cesión del contrato.
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero, siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido determinantes de la adjudicación del contrato.
En todo caso, para que el contratista pueda ceder sus derechos y obligaciones, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
1. Que AGAMED autorice expresamente y con carácter previo la cesión
2. Que el cedente tenga ejecutado al menos un veinte por ciento 20% del importe del contrato.
3. Que el cesionario, tenga personalidad y capacidad para contratar con AGAMED y reúna los requisitos de solvencia exigidos para la adjudicación, no estando incurso en causa de prohibición para contratar.
4. Que se formalice la cesión entre el contratista y el cesionario en escritura pública en la que el cesionario deberá aceptar, expresa e incondicionadamente, todas las obligaciones derivadas del contrato y oferta formulada por el contratista inicial.
En el supuesto de que se autorice la cesión, AGAMED podrá establecer al cesionario, garantías adicionales o estipulaciones contractuales singulares al objeto de asegurar el buen fin del contrato.
20.2. Subcontratación.
Las ofertas a presentar por los licitantes, no podrán proponer la subcontratación de la actividad principal objeto de la presente prestación licitada. No obstante, y bajo causas excepcionales, AGAMED podrá autorizar la citada subcontratación durante el desarrollo de la prestación, en cuyo caso concurrirán las siguientes obligaciones:
- El contratista debe obligarse a abonar a los subcontratistas el precio pactado y en los plazos acordados.
- El contratista principal asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a AGAMED.
- En ningún caso podrá concertarse por el contratista la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para contratar o que estén incursas en la suspensión de las clasificaciones pertinentes.
Todos los gastos, impuestos, tasas, precios públicos, publicación de los anuncios de la licitación, arbitrios, autorizaciones, derechos, exacciones parafiscales y tributos de cualquier clase o naturaleza, creados por el Estado, Comunidad Autónoma o Municipio y cualesquiera otros conceptos análogos que origine el presente Contrato y todos aquéllos que se causen hasta la total terminación del contrato, serán tramitados y satisfechos por el Contratista.
22.- PRESTACIONES DEL CONTRATISTA
Las prestaciones se realizarán en idénticas condiciones a las ofertadas por el adjudicatario. De no ser así, AGAMED podrá rescindir el contrato, como en cualquier otro caso de incumplimiento del mismo, con las responsabilidades para el contratista que legalmente se deriven.
23.-DISPONIBILIDAD Y GARANTÍA DE CALIDAD
El Contratista se compromete a garantizar en todo momento el cumplimiento de las labores objeto del presente contrato, tomando las medidas oportunas para la continuidad del mismo incluso en los periodos vacacionales.
El contratista adjudicatario garantizará a AGAMED que la prestación será conforme con las especificaciones, características del Servicio u otras descripciones establecidas que le sean aplicables.
Para el desarrollo y buena ejecución de la prestación objeto de la licitación, el contratista dispondrá de forma ininterrumpida de personal con capacidad, competencia y práctica necesaria para la buena realización de los mismos, además deberán ir correctamente uniformados e identificados.
Cualquier variación en la plantilla, con la que se inicie el contrato, ya sea por jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez permanente, etc., o siempre que se produzca una variación por necesidades de la prestación, que tenga lugar en el periodo de vigencia del contrato, deberá ser comunicada previamente a la ejecución de los trabajos y por escrito a AGAMED, de tal forma que, en ningún caso y bajo ninguna circunstancia, se dedicará a la prestación menos personal del que figure en la oferta.
Todo el personal que trabaje en el objeto de este contrato deberá estar asegurado y dado de alta en la Seguridad Social, conforme a los preceptos legales vigentes, extremo éste que podrá ser verificado por AGAMED en cualquier momento.
Sin perjuicio de las demás obligaciones laborales y sociales del contratista, éste deberá cubrir las contingencias de Accidentes de Trabajo, o enfermedad profesional, en su caso, del personal a su servicio, en la Mutualidad correspondiente de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente sobre la materia.
25.- RECURSOS HUMANOS AFECTOS A LA PRESTACIÓN.
Para la prestación objeto del contrato, la empresa adjudicataria podrá utilizar tanto medios propios como subcontratados, el cual realizará sus funciones siguiendo las instrucciones que reciba de la misma en consonancia con las obligaciones asumidas por ésta frente a AGAMED en el ámbito del contrato comprometiéndose a que todo el personal y colaboradores afectos a los Servicios contratados conozcan las necesidades de AGAMED en relación con el mismo.
Los recursos humanos de la empresa adjudicataria quedarán, por tanto, sometidos a la única y exclusiva dependencia y directrices del Proveedor, y por consiguiente solamente recibirá órdenes e instrucciones de los mandos de éste, pero nunca del personal de AGAMED.
Todas las instrucciones genéricas que sea necesario impartir por parte de AGAMED para la correcta ejecución de la prestación objeto de contratación serán dirigidas al correspondiente Coordinador/a Responsable del Servicio designado por la empresa adjudicataria.
La empresa adjudicataria se compromete a que el equipo de trabajo asignado a la realización de la prestación disponga en todo momento de la cualificación, formación y competencias necesarias en todos los aspectos (incluidos los de prevención de riesgos laborales) y del número de miembros necesario y suficiente para el adecuado cumplimiento de los niveles de calidad.
En el supuesto que los resultados de la prestación contratada no sean los esperados, AGAMED podrá solicitar a la empresa adjudicataria que adopte las medidas que sean necesarias para asegurar una óptima ejecución del objeto del contrato.
En todo momento la empresa adjudicataria asume la función de empleador/a o empresario/a respecto de los trabajadores/as asignados o contratados para el cumplimiento del contrato, perteneciendo íntegramente a su ámbito de organización y dirección empresarial.
Consecuentemente, ni durante la vigencia del contrato ni cuando el mismo finalice, AGAMED asumirá ninguna responsabilidad sobre los trabajadores/as mencionados anteriormente. Por tanto, queda obligado el adjudicatario a asumir cualquier coste laboral o de seguridad social que pudiera generarse en cualquier momento incluido aquellos que tienen su causa en la finalización del contrato.
A este respecto, la empresa adjudicataria mantendrá indemne a AGAMED frente a cualquier reclamación laboral que se formulara contra la misma por el personal de la empresa adjudicataria o de las empresas subcontratadas por éste, y que derivaran del presente contrato.
Este compromiso de indemnizar será igualmente de aplicación respecto de las eventuales sanciones que pueda imponer la Inspección de Trabajo, así como las Autoridades Tributarias y de la Seguridad Social en relación con los empleados del Proveedor o de las Empresas subcontratadas por ésta.
En tal sentido, AGAMED podrá retener de las cantidades pendientes de pago, aquellas que por los citados conceptos le sean exigidas.
El contratista se obliga a cumplir todas las disposiciones legales aplicables en materia de prevención de riesgos laborales y las medidas propias de AGAMED, siendo responsable de la puesta en práctica de las acciones necesarias a dichos efectos, siendo el contratista el único responsable de cualquier incumplimiento de las mismas o del que pudieran generar las personas a su cargo.
El contratista hará llegar a AGAMED la documentación y las acreditaciones, que se les soliciten, en cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguridad y Salud Laboral.
La documentación y la acreditación prevista en el párrafo anterior debe exigirlas el contratista a sus subcontratistas, cuando subcontratara la realización de la totalidad o parte de la prestación.
El contratista, así como cualquiera de sus subcontratistas, deberán utilizar la aplicación informática “Coordinaqua”, que regula la coordinación de las actividades entre XXXXXX., el contratista y sus subcontratistas, de acuerdo al R.D. 171/2004, de 30 de enero. La documentación requerida, deberá estar introducida en los plazos indicados para ello.
El personal cualificado en materia de seguridad y salud de AGAMED podrá realizar inspecciones de seguridad a las tareas contratadas y dar instrucciones a las empresas contratistas para la prevención de los riesgos,
mediante indicaciones verbales, entrega de evaluaciones de riesgos de las instalaciones donde prestan sus servicios, entrega de instrucciones de trabajo o cualquier otro medio que estime adecuado.
Los responsables de las diferentes empresas informarán a los trabajadores que intervengan en los trabajos, sobre las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud.
Será necesaria la presencia de recursos preventivos en los supuestos establecidos en la legislación vigente.
Los equipos de trabajo no deberán utilizarse en operaciones o en condiciones contraindicadas por el fabricante ni podrán utilizarse sin los elementos de protección previstos para la realización de la operación de que se trate.
El contratista adoptará cuantas medidas sean precisas, además de las que está obligado por imperativo legal, para garantizar la máxima seguridad de sus trabajadores y del resto de personal concurrente en el lugar de prestación de los Servicios.
Así mismo, la empresa contratista deberá suministrar a su personal los equipos de protección necesarios para el desarrollo de los trabajos, así como adiestrarles en su uso.
Ni durante la vigencia del Contrato ni cuando el mismo finalice AGAMED asumirá responsabilidad alguna sobre los trabajadores, obligándose el contratista a correr con cualesquiera costes laborales o de Seguridad Social que pudieran generarse en cualquier momento incluidos aquellos que tienen su causa en la finalización del presente Contrato, o la imposición de sanciones o recargos relativos a eventuales incumplimientos de la normativa laboral en general, y de Seguridad y Salud Laboral en especial. En consecuencia, en caso de que AGAMED se viese obligada a hacer frente a algún tipo de responsabilidad laboral, de Seguridad Social o en materia de Prevención de Riesgos Laborales en relación con los referidos trabajadores, AGAMED podrá repercutir íntegramente contra el contratista en virtud de lo expuesto anteriormente. Se exceptúan de la previsión anterior los supuestos de responsabilidad solidaria dispuesta por el artículo 42.3 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, respecto a las obligaciones de prevención de riesgos laborales previstas en el artículo 24.3 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
De conformidad con lo expresado, AGAMED podrá, en cualquier momento, exigir que el contratista, y las empresas por ella subcontratadas, prueben documentalmente hallarse al corriente de sus obligaciones con respecto a las personas asignadas de la prestación. En particular el contratista, tanto respecto de ella misma como de las empresas que subcontrate, se compromete a facilitar a AGAMED:
• Certificado específico de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias emitido a estos efectos por la Administración tributaria durante los 12 meses anteriores al pago de cada factura correspondiente a la contratación o subcontratación. Anualmente.
• Copias de TC-1 y TC-2. Mensualmente.
• Certificado de pago de nóminas sellado y firmado por gerente o representante legal del adjudicatario. Mensualmente.
• Certificado de estar al corriente de los pagos con la Seguridad Social. Mensualmente.
• Copia del parte de alta en la Seguridad Social de las personas adscritas a la contrata. Mensualmente.
El contratista responderá directamente de los daños y perjuicios derivados de cualquier accidente sufrido o producido por él o por su personal, ya sea a AGAMED o a terceros, como consecuencia de incumplimiento de cualquier normativa aplicable.
Se incluye en la documentación anexa del presente pliego, la identificación de las faltas y el sistema de penalizaciones a aplicar por incumplimientos en materia de seguridad y salud laboral.
27. OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES.
1.- El incumplimiento de las obligaciones contenidas en este Pliego o en el PPT, así como en el contrato, llevará consigo el devengo automático de las penalizaciones establecidas en el PPT y de las que a continuación se detallan, todo ello sin perjuicio de la obligación de resarcimiento de los daños y perjuicios que se hubieren ocasionado a AGAMED.
El régimen de penalizaciones se aplicará complementaria e independientemente de que los hechos que den lugar a la infracción puedan ser causa de resolución del contrato. En tal supuesto, el órgano de contratación podrá iniciar el procedimiento de resolución del contrato por incumplimiento.
La firma del contrato por parte del adjudicatario implica la aceptación del régimen de penalizaciones recogidas en los pliegos.
Este régimen de incumplimientos y penalizaciones es independiente de las infracciones y sanciones que sean ajenas al vínculo propiamente contractual, previstas en la normativa sectorial reguladora de la actividad objeto de contratación, que se regirán por sus propios principios y normas.
La existencia de dos incumplimientos graves de los recogidos a continuación en un mismo año, o cuatro leves, facultará al órgano de contratación a la resolución del contrato.
2.- Graduación de los incumplimientos. Los incumplimientos del adjudicatario a los efectos del presente régimen de penalizaciones, se clasifican en graves y leves.
A.1) Incumplimientos graves. Constituyen incumplimientos graves del adjudicatario:
a) Ceder, arrendar, subarrendar o traspasar la totalidad o parte de las prestaciones integrantes del contrato, bajo cualquier modalidad o título, sin cumplir previamente con los requisitos exigidos por el presente Xxxxxx y sin autorización expresa de AGAMED.
b) El incumplimiento de las obligaciones relativas a la garantía definitiva, en los términos dispuestos por el presente Xxxxxx.
c) Ser sancionado por infracción grave o muy grave en materia de protección de datos de carácter personal.
d) Ser sancionado por infracción grave o muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
e) Ser sancionado por infracción grave o muy grave en materia social, de acuerdo con lo dispuesto en el RDL 5/2000, de 4 xx xxxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
f) Ser sancionado por infracción grave o muy grave por incumplimiento de obligaciones fiscales y tributarias.
g) La no solicitud por el contratista, o denegación a éste, de las licencias y autorizaciones necesarias para la ejecución del presente contrato.
h) Falsear la información que el adjudicatario debe proporcionar de acuerdo con el presente Xxxxxx y el de prescripciones técnicas particulares.
i) El incumplimiento sustancial de cualquier otra obligación establecida en el presente Pliego o el de prescripciones técnicas (PPT) de la licitación, así como el incumplimiento sustancial de los compromisos contenidos en la oferta adjudicataria
j) La persistencia de la adjudicataria en el incumplimiento de sus obligaciones, siempre que hubiera sido requerido previamente y no las hubiera cumplido en el plazo fijado.
k) El Incumplimiento grave de las normas que rigen la subcontratación y cesión, según lo dispuesto en los Pliegos.
l) La reiteración de tres faltas leves, de las indicadas a continuación, en un período de seis meses consecutivos o doce discontinuos.
m) El Incumplimiento del plazo de presentación de las previsiones contenidas en el presente Xxxxxx en relación con la prevención de riesgos laborales.
n) La situación xx xxxx del contratista en relación a los pagos que aquel deba hacer a sus proveedores o subcontratistas.
o) Las reiteraciones xx xxxxxx leves contenidas en el presente pliego.
A.2) Constituyen incumplimientos leves del adjudicatario los siguientes:
a) La Desobediencia de las instrucciones del Director, o coordinador del contrato por parte de AGAMED, cuando la misma no afecte a los resultados del mismo.
b) La falta de respeto de los empleados de la adjudicataria para con el personal del adjudicatario o sus subcontratas.
c) Los retrasos o deficiencias en la entrega de documentación de Coordinación de Actividades Empresariales, así como la no actualización de la misma cuando corresponda debido a la caducidad de alguno de los documentos contenidos en la misma.
d) Cualquier incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario establecida en el presente Xxxxxx, así como el incumplimiento de los compromisos contenidos en la oferta adjudicataria, siempre que no esté calificado como falta grave conforme apartado A.1 anterior.
B) Devengo de las penalizaciones. Los incumplimientos del adjudicatario darán lugar al devengo automático de las penalizaciones por los importes que a continuación se detallan:
1. Los incumplimientos leves del presente apartado darán lugar al devengo de penalizaciones de hasta entre ciento cincuenta [150] y quinientos [500] euros por cada infracción.
2. Los incumplimientos graves dará lugar al devengo de penalizaciones entre quinientos [500] y mil quinientos [1.500] euros por cada infracción.
Cuando las penalizaciones o multas devengadas por incumplimientos según lo dispuesto en este pliego o en el PPT superen el cinco por ciento (5%) del presupuesto total del contrato AGAMED estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalizaciones.
El límite máximo de las penalizaciones a imponer no podrá exceder del veinte por ciento (20%) del presupuesto total del contrato.
AGAMED comunicará al adjudicatario el incumplimiento identificándolo y la penalización devengada correspondiente.
C) Abono de las penalizaciones. Comunicada la comisión de cualquiera de los incumplimientos recogidos en los pliegos que rigen la presente licitación, en caso de falta de abono de la penalización correspondiente en un plazo de 5 días, las penalizaciones y multas por demora devengadas podrán ser deducidas, en su caso, de las cantidades pendientes de pago en los términos previstos en este Pliego al regular el régimen económico del contrato.
En todo caso, sólo podrá realizarse dicha deducción cuando AGAMED hubiera comunicado previamente al adjudicatario la identificación del incumplimiento x xxxx acaecidos.
D) Facultad de AGAMED de atemperar el importe de las penalizaciones. AGAMED podrá atemperar el importe de las penalizaciones y multas devengadas automáticamente conforme a lo expuesto con anterioridad, o incluso dispensar al adjudicatario de la obligación de abonar su importe, a la vista de las circunstancias del caso.
Esta facultad corresponderá exclusivamente a AGAMED, que podrá ejercerla con carácter graciable y operará, en su caso, con posterioridad al devengo automático de la penalización o multa, debiendo AGAMED comunicarlo al adjudicatario dentro de los 15 días siguientes a aquél en que le hubiera comunicado el incumplimiento detectado y el devengo automático de la penalización o multa, conforme a lo previsto en este Pliego.
En caso de ausencia de comunicación relativa al atemperamiento de la penalización por parte de AGAMED se entenderá que procede el abono del importe íntegro de la penalización devengada automáticamente.
28. EL “COMITÉ DE SEGUIMIENTO”.
AGAMED designará un/una “Responsable del Suministro” (también denominado Director/a del Contrato) responsable de la comprobación, coordinación, vigilancia e inspección de la correcta realización del suministro objeto del contrato, que integrará el “Comité de Seguimiento”, ejerciendo como presidente/a del mismo y que estará compuesto de forma paritaria por, al menos, cuatro miembros, dos en representación del contratista y dos de AGAMED.
La finalidad del “Comité de Seguimiento” es la de favorecer y canalizar las relaciones derivadas del contrato, realizar el seguimiento de la relación entre AGAMED y el adjudicatario y reflejar cualquier incidencia o conflicto. Este comité, a petición de cualquiera de las partes, se reunirá con periodicidad mínima semestral.
Las reuniones tendrán como objetivo el seguimiento, comprobación, coordinación, vigilancia e inspección de la correcta realización del suministro objeto de este pliego y se tratarán, entre otros asuntos, los siguientes:
1. Seguimiento de los reportes de información de la actividad realizada y aquellos relacionados con la “Calidad del Suministro”.
2. Análisis de las incidencias habidas en la prestación.
3. Aspectos relacionados con las incidencias acaecidas en este ámbito.
4. Cualquier necesidad propuesta o tema específico que ambas partes consideren oportuno.
El adjudicatario emitirá, previamente a cada reunión, un informe que contendrá un resumen de la actividad realizada, los rendimientos obtenidos, los medios empleados, la enumeración de los hechos más destacables y la información de tipo estadístico que previamente se haya considerado oportuna.
Al final de cada una de las reuniones del “Comité de Seguimiento” el adjudicatario redactará un acta del contenido de las mismas que remitirá a AGAMED, para su aprobación por parte del “Responsable del suministro”; una vez aceptada la redacción de las decisiones y acuerdos tomados en dichas reuniones, dichas decisiones y acuerdos formarán parte de las acciones a cumplir para la correcta realización del suministro objeto de este pliego.
29. RESPONSABILIDAD CORPORATIVA
Será responsabilidad del adjudicatario conocer y cumplir los principios del Pacto Mundial, el Código de conducta de AGAMED así como las políticas y demás normativa interna que lo desarrollan, además de respetar los Derechos
Humanos en el ejercicio de su actividad, tal como se recoge en los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos de las Naciones Unidas.
El adjudicatario podrá acceder al citado principio del Pacto Mundial en xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx, y a los Principios Rectores en xxxx://xxx.xxxxxxxx-xxxxxxxxxxx.xxx/XXXxxxxxxXxxxxxxxxxXxxxxx; la Política de Desarrollo Sostenible y al Código de Conducta en la página web de AGAMED.
El adjudicatario deberá asegurar a AGAMED que su actuación se realizará en consonancia con los principios establecidos en estos cuatro documentos citados.
El contratista quedará obligado a estar registrado en el registro de proveedores ACHILLES, con la modalidad de RePro Estandard.
Para ello se puede acceder a través de la dirección web: xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx.xxxx?Xxxxxx
Donde ha de cumplimentar un cuestionario sobre información acerca de su empresa (datos identificativos, información económico-financiera o sobre equipos y materiales, certificaciones de que disponga [ISO’s OHSAS,...], etc.). Cuando así sea requerido, deberá aportar a la mayor brevedad la documentación que se le solicite (p.ej. certificaciones ISO, Seguro de Responsabilidad Civil, documentación relativa a Prevención de Riesgos Laborales (PRL), certificado negativo de Seguridad Social o deudas con AEAT, datos financieros, etc.) a fin de completar o justificar la información facilitada.
La información contenida en el registro debe mantenerse actualizada por parte del contratista durante la vigencia del Acuerdo.
AGAMED realizará la evaluación del contratista basándose en aspectos como el grado de cumplimiento de plazos y condiciones comerciales pactadas, calidad del producto o servicio prestado, incidencias y reclamaciones registradas, grado de cumplimiento de la documentación CAE/PRL.
Si tras la evaluación citada, el contratista no alcanzara un nivel satisfactorio en el cumplimiento de los requisitos establecidos que pueda ser razonablemente considerado correcto, AGAMED podrá iniciar los pasos que considere necesarios prescindir del mismo, pasando éste a la situación de no apto y sin que ello pueda ser considerado un incumplimiento contractual por parte de AGAMED.
31.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
El objeto del contrato no requiere el tratamiento de datos de carácter personal responsabilidad de AGAMED. No obstante, para la ejecución del mismo, el contratista debe acceder a los locales de trabajo de AGAMED, donde se encuentran los ficheros y sistemas de información que contienen los datos de carácter personal de los que AGAMED es responsable.
En caso de que, por error o accidente, un empleado del contratista tenga acceso a dichos datos personales, la empresa contratista deberá informar a la mayor brevedad posible a AGAMED.
La contratista se obliga a comunicar a todos los empleados asignados al presente contrato su obligación de guardar secreto profesional y notificar cualquier acceso indebido a datos de carácter personal que se produzca. La contratista será en todo caso responsable de las posibles infracciones que pudieran derivarse del uso de dichos datos por parte de sus empleados.
32.- RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del Contrato las recogidas en el artículo 211 de la LCSP, así como las siguientes:
- El mutuo acuerdo entre AGAMED y el contratista.
- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con AGAMED.
- La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.
- El incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales.
- La obstrucción por parte del contratista a las facultades de control e inspección de AGAMED.
- El incumplimiento de las obligaciones establecidas en materia de subcontratación, sin perjuicio de las penalizaciones que, si procede, se pudieran imponer, conforme al establecido en este Pliego.
- El incumplimiento de la obligación del contratista de respetar el carácter confidencial respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del Contrato y de los cuales tenga conocimiento con ocasión del mismo.
- La demora grave en la ejecución de la prestación.
- Por la extinción de la personalidad jurídica de cualquier de las Partes, salvo que la misma sea consecuencia de fusión, escisión, transmisión de unidad productiva autónoma, o cualquier otra operación de reestructuración societaria, siempre que éstas fueren las entidades supervivientes continúe llevando a cabo las actividades que la Parte en cuestión realizaba antes de la conclusión de dichas operaciones, y siempre que la entidad superviviente asuma todos los derechos y obligaciones derivados de este Contrato.
- El incumplimiento de cualquier obligación legalmente establecida en materia de prevención de riesgos laborales, seguridad social o fiscales por parte de El CONTRATISTA o de su subcontrata.
- La falta De entrega por parte de El CONTRATISTA de la documentación que en este Contrato se establece transcurridos 30 días naturales desde su requerimiento, excepto que se establezca un plazo menor en la Cláusula en concreto.
Si por cualquiera de estas causas AGAMED adoptaran el acuerdo de rescindir el Contrato, este acuerdo tendrá efecto ejecutivo, lo que le permitirá hacerse cargo inmediatamente de la ejecución de la prestación, sean cuales sean los derechos o acciones que invoque o ejercite EL CONTRATISTA. A estos efectos se levantará la correspondiente acta en presencia de EL CONTRATISTA y se procederá a la liquidación de la prestación realizados con reserva expresa para AGAMED de exigir indemnización por daños y perjuicios, si corresponde.
En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, este tendrá que indemnizar a AGAMED los daños y perjuicios ocasionados.
Para la aplicación de las causas de resolución se estará al que se dispone en los artículos 212 de laLCSP y 110 del RGLCAP, y para sus efectos la que se dispone en el artículo 213 de la LCSP.
33.-SOLICITUD DE ACLARACIONES A LOS PLIEGOS.
Los interesados en el procedimiento de licitación podrán solicitar las aclaraciones que estimen pertinentes sobre el contenido de los pliegos, siempre y cuando éstas se formulen por escrito presentado en la dirección o correo electrónico de AGAMED designados al efecto dentro del plazo máximo de cinco (5) días naturales antes a la fecha máxima fijada para la presentación de ofertas.
Las aclaraciones que tengan lugar podrán ser contestadas dentro del plazo máximo de tres (3) días naturales antes a la fecha de finalización de presentación de ofertas.
34.- RECLAMACIONES Y RECURSOS.
Las reclamaciones que puedan producirse en relación con el procedimiento de licitación y adjudicación del contrato se tramitarán y resolverán de conformidad con lo establecido en el Título VII, Capítulo I y II de la Ley 31/2007 de 30 de octubre.
Las restantes cuestiones litigiosas que no deriven del Procedimiento de Preparación y Adjudicación del contrato, y en especial las relacionadas con la ejecución o modificación del contrato y su extinción, serán resueltas por los Juzgados y Tribunales del lugar de celebración de mismo, a cuya jurisdicción se someten las partes, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
El ÓRGANO DE CONTRATACIÓN