OBLIGACIONES SOCIALES. Las obligaciones sociales, como las cuotas de la Seguridad Social, el IRPF o cualquier otro impuesto que pudiera corresponder al trabajador/a, serán de su cargo conforme a la normativa vigente en esta materia.
OBLIGACIONES SOCIALES. Todo el personal que trabaje en la prestación de los servicios objeto de este contrato deberá estar asegurado y dado de alta en la Seguridad Social, conforme a los preceptos legales vigentes, extremo éste que podrá ser verificado por AIGÜES I SANEJAMENT D’ELX en cualquier momento. Sin perjuicio de las demás obligaciones laborales y sociales del contratista, éste deberá cubrir las contingencias de Accidentes de Trabajo, o enfermedad profesional, en su caso, del personal a su servicio, en la Mutualidad correspondiente de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente sobre la materia.
OBLIGACIONES SOCIALES. 1. Verificar el cumplimiento de la gestión social del CONTRATO DE OBRA objeto de INTERVENTORÍA por parte del CONTRATISTA DE OBRA.
2. Revisar el estado de avance del programa de información, comunicación y divulgación a los municipios en coherencia con el cronograma de obra desarrollado por el CONTRATISTA DE OBRA.
3. Revisar los alcances del Plan de Gestión Social del proyecto, en relación con la situación del municipio y proponer las acciones necesarias para minimizar los posibles impactos causados.
4. Realizar Seguimiento y acompañamiento en los siguientes aspectos por cada proyecto: (i). Del proceso de información, promoción y divulgación del proyecto en el municipio de tal forma que no se genere conflicto con las comunidades. (ii). Del estado de las reclamaciones presentadas por las organizaciones comunitarias, juntas de acción comunal, juntas administradoras locales de los municipios, en relación con las obligaciones establecidas en el Plan de Manejo Ambiental y/o PAGA respecto del componente social. (iii). Propender y hacer seguimiento de la obra a:
5. Brindar información clara, veraz y oportuna a las comunidades del área de influencia de los municipios.
6. Crear escenarios de participación comunitaria que amplíen y mejoren la comunicación con las comunidades.
7. La comunicación e interrelación del CONTRATISTA DE OBRA, la INTERVENTORÍA, la GERENCIA y el CONTRIBUYENTE con las administraciones municipales y fuerzas vivas de los municipios del área de influencia del proyecto.
8. Verificar el cumplimiento por parte del CONTRATISTA DE OBRA de todos los aspectos del Plan de Adaptación de Guías Ambientales - PAGA relacionados con las capacitaciones, socializaciones y demás aspectos sociales del proyecto objeto de la INTERVENTORÍA.
9. Las demás establecidas en el Manual de Interventoría del INVIAS, adoptado mediante Resolución 9337 del 30 de Diciembre de 2016, o el que lo reemplace.
OBLIGACIONES SOCIALES. Tech manifiesta que todos sus empleados están debidamente dados de alta como empleados en el correspondiente régimen de la Seguridad Social. A solicitud expresa del Cliente, y cuando sea obligatorio según la legislación laboral y social, Xxxxx Tech proporcionará un certificado de estar al corriente de pago en sus obligaciones con la Seguridad Social.
OBLIGACIONES SOCIALES a. Una vez suscrita el acta de inicio y dentro de los primeros cinco (5) días hábiles siguientes, se deberá realizar la reunión cero entre FINDETER y el contratista, para definir el contenido y alcance del Plan de Gestión Social y Reputacional a cargo del contratista, el cual debe incluir la(s) actividades de relacionamiento, la(s) estrategia(s) metodológica(s), los soportes, informes, cronograma, entre otros; que se requieran para evidenciar el desarrollo del componente social del proyecto y/o iniciativa.
OBLIGACIONES SOCIALES. Las funciones sociales comprenden, entre otras, las siguientes actividades, pero sin limitarse a ellas:
OBLIGACIONES SOCIALES. Dentro de los treinta (30) días posteriores a la recepción de la obra, como máximo, EL CONTRATISTA entregará a LA ENTIDAD copia autenticada del Libro de Planillas de la Obra y las copias de las boletas de pago, en cumplimiento de lo previsto en los Artículos 17° y 18° del Decreto Supremo N° 001-98-TR y Decreto Supremo N° 017-2001-TR. La Supervisión dará su conformidad al cumplimiento de las obligaciones de pago de EL CONTRATISTA a ESSALUD, CONAFOVICER, SENCICO, etc, como condición previa para la tramitación y pago de las valorizaciones. La Supervisión actuará en nombre y representación de LA ENTIDAD, en obras, verificando los trabajadores en obras y en planilla, la veracidad del pago de los jornales, tributos y beneficios sociales a los trabajadores de EL CONTRATISTA. La garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, también cubrirá los riesgos de incumplimiento de las obligaciones sociales de EL CONTRATISTA. En aplicación del D.S. N° 009-2005-TR, EL CONTRATISTA, se obliga a dar cumplimiento a su normatividad en cuanto a Seguridad y Salud en el centro de trabajo, debiendo dar cuenta periódicamente a LA ENTIDAD de los incidentes que se originen con motivo del cumplimiento del presente contrato.
OBLIGACIONES SOCIALES. En ningún caso o circunstancia, la existencia de este contrato supondrá relación laboral habitual con el adjudicatario o el personal de él dependiente. El adjudicatario adquiere los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empresario respecto al personal que utilice para la prestación de los trabajos contratados, con las facultades de organización del trabajo y disciplina de su personal, quedando la APB libre de toda responsabilidad en este aspecto. Asimismo, el adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales. Sin perjuicio de las obligaciones que el adjudicatario contrae de vigilar durante las horas laborales la labor que realiza su personal, la APB se reserva, asimismo, la facultad de supervisión e inspección, si bien cualquier observación o recomendación se dirigirá al Responsable del Servicio designado por el adjudicatario, sin que la APB tenga ninguna autoridad sobre el personal de aquel. La deficiente actuación o falta de adecuación del personal que el adjudicatario utilice para la realización de los trabajos contratados, autoriza a la APB a interesar que se le retire de la ejecución de los trabajos objeto del presente contrato y se proceda a su inmediata sustitución, lo que solicitará del adjudicatario por escrito y de forma razonada, debiendo proceder el adjudicatario a su inmediata sustitución. Además de cuantas obligaciones corresponden al adjudicatario en su calidad de empresario con respecto a su personal, se indica específicamente que será de su cargo el pago de la Seguridad Social, el seguro de los riesgos derivados de posibles accidentes de trabajo y toda clase de seguros sociales creados o que en lo sucesivo se crearan, a cuyo efecto deberá tener siempre a disposición de la APB los documentos que justifiquen el cumplimiento de dichas obligaciones. En este sentido, la empresa adjudicataria quedará obligada a entregar sucesivamente una copia diligenciada de los modelos TC1 y TC2, boletines de cotización justificantes de haber liquidado mensualmente los seguros sociales.
OBLIGACIONES SOCIALES a. Verificar y garantizar el desarrollo e implementación en su totalidad del Plan de Gestión Social y Reputacional por parte del CONTRATISTA DE OBRA.
OBLIGACIONES SOCIALES a. Garantizar el desarrollo de un plan de gestión social y reputacional (PGSR), el cual debe seguir las indica- ciones respecto a componentes, actividades y productos entregables descritos en los lineamientos anexos.
b. Definir y detallar en el PGSR para cada componente: 1) actividades de interacción con los correspondientes actores y/o grupos; 2) propuestas metodológicas; 3) productos entregables con los correspondientes for- xxxxx de registro; 4) propuesta de posibles momentos y/o fechas de desarrollo.
c. Elaborar el cronograma de actividades (generales, mensuales y/o semanales), el cuál debe presentarse según la programación total del proyecto.
d. Dirigir e implementar cada componente y sus respectivas actividades con los actores y/o grupos poblacio- nales impactados y/o beneficiarios, así como los del área de influencia directa e indirecta, según corres- ponda y cuando se considere necesario.
e. Asistir y participar en cada una de las actividades ciudadanas, comunitarias e institucionales contempladas en el PGSR.
f. Mantener canales de comunicación constantes, con el fin de informar el cumplimiento del PGSR, así como las novedades del proyecto y/o programa.
g. Establecer mecanismos de alerta temprana sobre novedades y conflictividades generadas en y por el pro- yecto y/o programa, así como informarlas inmediatamente.
h. Atender y cumplir todas las solicitudes y requerimientos que se realicen encaminadas a fortalecer el proceso de acompañamiento social que requiera el proyecto.
i. Presupuestar y disponer de los recursos necesarios para la realización de las actividades sociales que se deriven dentro del proceso de acompañamiento comunitario.