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REGLAMENTO DEL FONDO DE INVERSIÓN COLECTIVA CERRADO DENOMINADO: “SURA LIBRANZAS II”May 12th, 2022
FiledMay 12th, 2022CLÁUSULA 1.5. NATURALEZA DE LAS OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA, PATRIMONIO INDEPENDIENTE, Y RIESGO DEL FONDO Y SEGREGACIÓN PATRIMONIAL 7
REGLAMENTO DEL FONDO DE INVERSIÓN COLECTIVA CERRADO (FIC) DENOMINADO “SURA CRÉDITO PRIVADO COLOMBIA”July 30th, 2021
FiledJuly 30th, 2021Las obligaciones de la Sociedad Administradora relacionadas con la administración y la gestión del portafolio respectivamente son de medio y no de resultado. Los aportes entregados por los Inversionistas al FONDO DE INVERSIÓN COLECTIVA CERRADO (FIC) denominado “SURA CRÉDITO PRIVADO COLOMBIA” no son depósitos, ni generan para la Sociedad las obligaciones propias de una institución de depósito y no están amparados por el seguro de depósito del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras FOGAFÍN, ni por ninguno otro de dicha naturaleza. La inversión en el Fondo está sujeta, entre otros, a los riesgos de inversión derivados de la evolución de los precios de los activos, de las inversiones y de los activos mismos que componen el portafolio del Fondo.