LEY DE WARRANTSContrato De Almacenaje • May 5th, 2020
Contract Type FiledMay 5th, 2020ARTICULO 1º.- El contrato de almacenaje es aquel en virtud del cual una persona llamada depositante entrega en depósito a otra denominada almacenista mercancías de su propiedad de cualquier naturaleza, para su guarda o custodia, las que pueden ser enajenadas o pignoradas mediante el endoso de los documentos representativos de las mismas emitidos por el almacenista, ésto es, del certificado de depósito o del vale de prenda, en su caso, todo de conformidad a las disposiciones de la presente ley.
CONTRATO DE USUARIO DIRECTO E INDIRECTOContrato De Almacenaje • May 5th, 2020
Contract Type FiledMay 5th, 2020Entre INTERNATIONAL CHARGE S.A., CUIT 33-71044642-9 con domicilio en Las Acacias y Los Fresnos Sector II Manzana 8 Ensenada Provincia de Buenos Aires, en adelante “USUARIO DIRECTO”, representada en este acto por el señor MIGUEL ANGEL DI GENNARO en su condición de presidente, quien acredita personería suficiente y Haga clic aquí para escribir texto. CUIT Haga clic aquí para escribir texto. con domicilio en la calle Haga clic aquí para escribir texto., representada en este acto por el Señor Haga clic aquí para escribir texto. , en su condición de Haga clic aquí para escribir texto. , en adelante “USUARIO INDIRECTO”, quien acredita personería de donde surge el cargo que invoca, en forma conjunta denominadas PARTES, se conviene el presente contrato de almacenaje, de acuerdo a los siguientes términos y condiciones: