CONDICIONES GENERALES SEGURO DE CREDITO POR INSOLVENCIA DE DEUDORES A CAUSA DE DESEMPLEO INVOLUNTARIO. ACREEDOR ASEGURADO Inscrita en los Registros de Pólizas bajo el Código POL 1 91 008Seguro De Crédito Por Insolvencia De Deudores • May 5th, 2020
Contract Type FiledMay 5th, 2020ART.1º.‑ COBERTURA.‑ En virtud de este contrato, y con arreglo a las Condiciones Generales y Particulares de la presente póliza, la COMPAÑIA ASEGURADORA, en adelante la compañía, se obliga a indemnizar al Asegurado, hasta la concurrencia del monto máximo asegurado, la pérdida neta definitiva que experimente por el hecho del no pago por el o los deudores señalados en las Condiciones Particulares del número de cuotas mensuales aseguradas que se especifican para cada deudor en dichas Condiciones, a causa, única y exclusivamente, de insolvencia del deudor por despido involuntario del mismo producido una vez transcurrido el período de carencia que se indica en las mismas Condiciones Particulares.