Definición de CAPITAL ASEGURADO

CAPITAL ASEGURADO. Valor de Adjudicación de la obra (IVA no incluido).
CAPITAL ASEGURADO. Es la cantidad, expresadas en moneda de la póliza, que tanto para la cobertura de fallecimiento, como para las coberturas adicionales contratadas, se especifican en las Condiciones Particulares de ésta póliza.
CAPITAL ASEGURADO. Es la suma de dinero que el asegurador pagará al beneficiario cuando se produzcan los hechos cuyos riesgos son objeto de cobertura.

Examples of CAPITAL ASEGURADO in a sentence

  • Sin embargo, el importe del Capital asegurado por cada crédito o servicio queda limitado, para cada Asegurado, a los respectivos capitales máximos para cada clase de crédito o servicio que figuran en las Condiciones Particulares.

  • El mecanismo de determinación del Capital asegurado para cada Asegurado individual, será el establecido en las Condiciones Particulares de esta póliza.

  • Capital asegurado en caso de muerte 21.000 euros, capital asegurado en caso de invalidez permanente 33.000 euros.

  • Sin embargo en ambos casos, podrá convenirse en las Condiciones Particulares de póliza y/o en los respectivos certificados individuales, que la cobertura sea otorgada a cada titular del crédito asegurado por: • Un importe igual al que resulte de dividir el Capital asegurado por la cantidad de titulares asegurables del aludido crédito.

  • En el caso que un Asegurado tuviera cubiertos bajo esta póliza varios créditos o servicios, la obligación de la Compañía en caso de fallecimiento del Asegurado, estará limitada al importe de cada Capital asegurado sin exceder el Capital Xxxxxx Xxxxxxxxx por esta póliza para cada clase de crédito o servicio, no pudiendo superar en conjunto el Capital Asegurado Máximo Total que se especifica en las Condiciones Particulares de ésta póliza.


More Definitions of CAPITAL ASEGURADO

CAPITAL ASEGURADO. Cantidad fijada para cada una de las coberturas de la Póliza, como límite máximo de indemnización a pagar por el Entidad Aseguradora por todos los conceptos en caso de Siniestro.
CAPITAL ASEGURADO. La cantidad fijada por el Tomador del seguro y/o Asegurado, que representa el límite máximo de indemnización para el conjunto de la garantías de la póliza, incluidos todos los gastos, de manera que en ningún caso la indemnización podrá exceder de los capitales asegurados para el Continente, Contenido y Vehículos en garaje, salvo en el caso de la garantía de Responsabilidad Civil cuyo capital será considerado de forma independiente.
CAPITAL ASEGURADO. El importe especificado en las Condiciones Particulares como beneficio de la Cobertura Básica de Muerte cubierta por estas Condiciones Generales.
CAPITAL ASEGURADO. Es el importe máximo a pagar por el Asegurador en caso de Siniestro, y que figura en las Condiciones Particulares de esta Póliza.
CAPITAL ASEGURADO. El Capital Asegurado durante la vigencia de Póliza corresponderá para la cobertura de Fallecimiento o Invalidez Total y Permanente de la Póliza de Seguro de Desgravamen Hipotecario, al Valor de Saldo Insoluto de la deuda.
CAPITAL ASEGURADO. En caso de muerte: Dieciocho mil euros. En caso de invalidez permanente: Treinta mil euros. Las ausencias debidamente justificadas por motivo de incapacidades temporales derivadas de contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral) no serán computadas a efectos de lo dispuesto en el Artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores, en redacción dada por el RD ley 3/2012, de 10 de febrero de Medidas urgentes para la reforma xxx xxxxxxx laboral.
CAPITAL ASEGURADO. Cantidad establecida en las Condiciones Particulares de la póliza, que representa el límite máximo de la indemnización para cada una de las garantías.