Definición de Con Causa

Con Causa significará la violación o incumplimiento por parte del Contratista, con cualquier condición, término, pacto o cualquier otra disposición de este Contrato, incluyendo, de manera enunciativa mas no limitativa, el incumplimiento del Contratista a continuar el trabajo con diligencia, en tiempo, dentro del presupuesto o en cumplimiento con todas las leyes aplicables o la insolvencia del Contratista. A la terminación del Contrato, el Comprador podrá tomar la posesión de todos los materiales, herramientas y equipos que pertenezcan exclusivamente a la Obra, terminar la Obra por cualquier medio que el Comprador considere conveniente o corregir en cualquier otra forma la deficiencia y deducir los costos en los que incurra el Comprador de cualquier pago adeudado al Contratista. Si el saldo insoluto excede el gasto del Comprador para la terminación de la Obra o para la corrección de las deficiencias, el Comprador pagará la diferencia al Contratista dentro de 10 (diez) días hábiles después de la terminación de la Obra. Si dicho gasto excede el saldo insoluto, el Contratista pagará la diferencia al Comprador a solicitud. En el supuesto de que el Comprador incumpliere con las obligaciones derivadas de la Orden de Compra, el Contratista tendrá igual derecho para dar por terminada la misma, siempre que se cumpla con lo indicado en el párrafo anterior.

Related to Con Causa

  • Caso Fortuito Acontecimiento que no ha podido preverse, o que previsto no ha podido evitarse, por ser extraño a la voluntad de las personas. Circular: Aclaración que el Comité de Compras y Contrataciones emite de oficio o para dar respuesta a las consultas planteadas por los Oferentes/Proponentes con relación al contenido ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Condiciones, formularios, otra Circular o anexos, y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes.

  • Causa “▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ c/Lapacho L.T. 88 TV ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ s/Acción Común” -Fallo Nº 11/09- de fecha 20/04/09; voto de los Dres. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. El art. 80 de la L.C.T según arts. 43 y 45 de la ley 25.345, la cual establece que si el empleador intimado a la entrega de la constancia o del certificado a que hace referencia el art. 80 en los apartados segundo y tercero, no la hiciera dentro de los dos (2) días siguientes hábiles computados desde la recepción de la intimación, debe pagar una indemnización equivalente a tres veces la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida por el trabajador durante el último de prestación de servicios si éste fuere menor. El Dec. Regl. 146/01 establece por su parte que “El trabajador quedará habilitado para remitir el requerimiento fehaciente al que se hace alusión en el artículo que se reglamenta, cuando el empleador no hubiere hecho entrega de las constancias o del certificado previsto en los apartados segundo y tercero del art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo nro. 20.744 y sus modificatorias, dentro de los treinta (30) días corridos de extinguido, por cualquier causa, el contrato de trabajo”. Es decir que, para ser acreedor a esta indemnización el trabajador deberá cumplir la carga de intimar a su empleador respetando los plazos que surgen del texto legal y del Dec. 146/01, tal exigencia no fue cumplida por el actor, en tanto no dio cumplimiento con la notificación que dispone el decreto reglamentario, desde el momento que no se arrimó prueba alguna al respecto, por lo que no cabe más que rechazar sus pretensiones. Voto de la Dra. ▇▇▇▇▇▇.

  • Consulta Comunicación escrita, remitida por un Oferente/Proponente conforme al procedimiento establecido y recibida por el Comité de Compras y Contrataciones, solicitando aclaración, interpretación o modificación sobre aspectos relacionados exclusivamente con el Pliego de Condiciones Específicas.

  • Tarjeta La credencial que se entrega al Titular antes de su viaje, y que contiene su nombre completo y el número, vigencia y tipo de tarjeta ASSIST CARD contratada.

  • FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ - ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇.▇▇ - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC24638BBCD9CA5674B98