TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE LA ORDEN DE SERVICIO
TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE LA ORDEN DE SERVICIO
LA ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA ADJUNTA IMPLICA LA ACEPTACIÓN DE LOS SIGUIENTES TÉRMINOS Y CONDICIONES:
1 ASPECTOS GENERALES. Estos Términos y Condiciones de la Orden de Servicio se incluyen por este acto en y forman parte de la Orden de Compra a la cual se anexan. Para efectos de esta Orden de Compra, también conocida como el "Contrato", la compañía ordenante de la compra cuya razón social y RFC se estipula en la Orden adjunta a este documento se le denominara como el "Comprador" y el término "Contratista" se utilizará para hacer referencia a cualquier parte que, mediante este Contrato, contrate con el Comprador el suministro de materiales y la prestación de servicios. Este Contrato será un contrato vinculante entre el Comprador y el Contratista cuando el Comprador acepte la propuesta y/o la cotización de los materiales y servicios que ofrezca el Contratista al Comprador a través de este Contrato. La aceptación del presente documento únicamente podrá ser bajo los términos que se estipulan en el presente, excepto según lo autorice específicamente de otra forma por escrito el Comprador.
2 ACEPTACIÓN. La entrega de la aceptación o confirmación por escrito por parte del Contratista, o su ejecución, constituirá la aceptación de esta Orden de Compra por parte del Contratista, y el mismo será considerado un contrato, y ninguna disposición adicional o inconsistente en la aceptación o confirmación del Contratista será efectiva a menos que sea aceptada por escrito por el representante autorizado del Comprador.
3 OBRA Y CONTRAPRESTACIÓN. El Contratista llevará a cabo ciertos servicios (la "Obra") que el Comprador especificará por escrito durante el periodo (la "Vigencia") que se especifica en el contrato. La Obra se describirá en una o más órdenes de compra que celebre el Comprador durante la Vigencia ("Órdenes de Compra"). Según se utiliza en el presente, el término "Contrato" incluirá todas las Órdenes de Compra o cambios de órdenes que realice el Comprador de acuerdo con este Contrato. El Contratista se obliga a proporcionar la mano de obra, materiales y equipo y a realizar la Obra de conformidad con los términos de este Contrato, por la contraprestación y en la ubicación (el "Sitio") que se establece en la Orden de Compra adjunta. El Contratista se obligará a cumplir con las disposiciones de la Orden de Compra. En el supuesto que las disposiciones previas a la impresión de la Orden de Compra estén en conflicto con lo dispuesto en este Contrato, este Contrato prevalecerá.
A menos que algo diferente se estipule expresamente en la Orden de Compra, todas las facturas adecuadas y completas que se presenten al supervisor del Servicio ("Administrador del contrato") se pagarán de conformidad con los términos de pago que a continuación se describen:
- El pago se realizará dentro de los 30 días calendario, a partir de la recepción de la factura por parte de El Comprador, y la completa aceptación de los servicios a satisfacción del comprador. La aceptación de pago del Contratista por los montos facturados constituirá una renuncia a todas las reclamaciones por parte del Contratista con respecto a la Obra que se incluye en esa factura. Toda la Obra se sujetará a la inspección y aprobación del Administrador del Contrato antes de su pago.
- Es responsabilidad del contratista obtener la aprobación de terminación de los trabajos ejecutados mediante la firma del Administrador del Contrato de El Comprador en el Reporte de Servicio que aplique, así como la aceptación de los servicios en la orden de compra en el sistema el cual emitirá un número..
- El Reporte de Servicio deberá incluir también el número de orden de compra, nombre y firma del Administrador del contrato y fecha en que fue elaborado, además de presentarse en hoja membretada de la compañía contratista.
- EL Reporte de Servicio debe ser elaborado por el contratista, donde debe especificar detalladamente el servicio efectuado, incluyendo cantidades de personal utilizados para la ejecución del servicio, categorías, materiales y/o equipos utilizados, periodo de tiempo en que se llevó a cabo el proyecto (FECHA DE INICIO Y FECHA DE TERMINACIÓN), etc.
- El contratista debe de avisar al Administrador del contrato la conclusión del mismo, y el Administrador del contrato deberá dar la aceptación del servicio para proceder a la programación del pago.
Excepto a que se especifique lo contrario en la orden de compra, el pago se realizará dentro de los 30 días calendario a partir de la recepción de la factura por parte de EL COMPRADOR.
4 REALIZACIÓN DE LA OBRA. El Contratista cumplirá con la normativa de trabajo en sitio de la planta así como reglas de seguridad correspondiente del Comprador y con las reglas de seguridad y todas las leyes federales, estatales, municipales y locales y sus ordenamientos, así como todas las órdenes judiciales, reglas y reglamentos de cualquier autoridad gubernamental.
El Contratista deberá realizar el trabajo de acuerdo con las prácticas, métodos, técnicas y estándares que para el momento de realizar el trabajo: i) son las aceptadas por la industria del sector eléctrico relativo a ingeniería, operación y mantenimiento de las instalaciones de generación eléctricas de igual o similar tamaño y tipo como la planta de
generación eléctrica en la cual se van a realizar los trabajos por parte del contratista de acuerdo a este contrato y ii) de conformidad con todos los materiales respetando los diseños del fabricante de ingeniería, construcción, pruebas, operaciones y instrucciones de mantenimiento del equipo en cuestión.
El Contratista será el único responsable de (a) todos los medios, métodos, técnicas y procedimientos de la Obra; y (b) los actos y omisiones de todos los agentes y empleados del Contratista, todos los subcontratistas y sus agentes, empleados y todas las demás personas que realicen la Obra.
El Contratista hará cumplir una disciplina estricta y el buen orden entre sus empleados en todo momento. El Contratista no empleará a ninguna persona que no cuente con las habilidades o las características adecuadas para llevar a cabo esa parte de la Obra que se le haya asignado. El Contratista se obliga a que si éste o cualquiera de sus subcontratistas o empleados viola cualquier ley o reglamento aplicable, el Comprador tendrá derecho, actuando de buena fe, a terminar este Contrato con Motivo según se estipula en el presente. El Contratista llevará a cabo toda la Obra sin interferencia de los empleados del Comprador u operaciones en áreas alrededor del Sitio donde se llevará a cabo la obra. El Contratista mantendrá el Sitio de trabajo limpio y libre de escombros diariamente. A la terminación de la Obra, el Contratista retirará todos los materiales de desperdicio (ya sean peligrosos o no conforme se estipule en el Contrato), herramientas y materiales del Sitio de trabajo y lo dejará "impecable". Si el contratista incumple con ésta disposición, el comprador le descontará de su factura el costo del servicio de limpieza referente a los trabajos efectuados por el contratista. El contratista se obliga a cumplir con todas las medidas de seguridad del sitio (casco, botas de seguridad, ropa adecuada, guantes, lentes de seguridad), de lo contrario el Comprador podrá interrumpir los servicios del contratista.
5 GARANTÍA. El Contratista declara y manifiesta que (a) todos los materiales y el equipo que se incluye en cada Proyecto será nuevo; (b) sobre toda la Obra será de buena calidad y eficiente, libre xx xxxxxx y defectos y en cumplimiento con los requerimientos de este Contrato, incluyendo cualquier plano o especificación que se incluya en el mismo; c) tiene la titularidad de todos los equipos y materiales suministrados para este contrato y libre de reclamación o/y derecho por terceros y de todo tipo de gravamen (d) la Obra estará libre de defectos en la mano de obra durante un periodo de 1 (un) año a partir de la fecha de su terminación, y si el contratista garantiza su trabajo por un periodo mayor, éste aplicara. Si durante este periodo de garantía, la Obra omite cumplir con esta garantía, el Contratista volverá a realizar oportunamente y a su propio costo y gasto aquella parte en incumplimiento de la Obra en forma tal que cumpla con lo dispuesto en la garantía, incluyendo el reemplazo de equipos defectuosos suministrados por el Contratista y (e) el Contratista y sus subcontratistas tienen todos los permisos, licencias, certificados y otras formas de documentación necesarios, y su personal ha recibido toda la capacitación necesaria, incluyendo, de manera enunciativa mas no limitativa, la capacitación sobre salud y seguridad que se requiera para llevar a cabo la Obra y, a solicitud del Comprador, el Contratista entregará las copias y/o constancias de lo anterior al Comprador.
6 FIANZA DE CUMPLIMIENTO. La fianza de cumplimiento será especificada en cada orden de compra, antes del inicio de la Obra de acuerdo con el presente., eEl Contratista entregará al Comprador una fianza de cumplimiento y de amortización o devolución del anticipo, emitida por una Institución de Fianzas debidamente autorizada para operar en los Estados Unidos Mexicanos, como garantía por el fiel cumplimiento con lo dispuesto en el presente y por el pago de todas los adeudos que puedan existir con personas, empresas o sociedades con las cuales el Contratista pueda llegar a adeudar legalmente por la mano de obra, materiales, herramientas, equipo o servicios de cualquier naturaleza que emplee o utilice para la realización de la obra. El monto de la fianza será por el porcentaje de la Orden de Compra que se especifiqué en la misma. El texto de la fianza deberá ser aceptado por el comprador, por lo que el Contratista deberá enviarla a revisión antes de su emisión oficial.
7 PREVENCIÓN DE RIESGOS Y SEGURIDAD. Los empleados y subcontratistas del Contratista, al entregar los Bienes o ejecutar la obra en el domicilio de EL COMPRADOR, se apegarán a todas las políticas de Seguridad y Salud, Ambientales, Administrativas y de Prevención de Riesgos, los reglamentos OSHA y otras normas Federales, Estatales, Territoriales, Municipales o Locales que tengan injerencia o afecten la entrega de los Bienes o la ejecución de la obra. Los empleados y subcontratistas del Contratista deberán asistir a la Orientación sobre Prevención de Riesgos de EL COMPRADOR antes de comenzar con la ejecución de la obra en algún Sitio del Comprador, donde todos los procedimientos de riesgo y Prevención de Riesgos se expliquen. El contratista acepta que ha leído y conoce el Manual de Prevención de riesgos para empresas contratistas SGT-M-SS-003. El Contratista proporcionará una hoja de datos de seguridad con respecto a ciertos productos químicos, según lo considere relevante (por ejemplo, lubricantes, solventes, pinturas, líquidos para limpieza, inhibidores, etc.), antes de usarse en el Sitio y para cualquier producto que pueda incluirse en cualquier equipo que entregue el Contratista a EL COMPRADOR como parte de los Bienes y/o Servicios. Antes de la llegada de dichos productos químicos al Sitio, el Contratista, deberá y requerirá a todos los subcontratistas,
etiquetar todos los contenedores de materiales peligrosos, conforme se defina en cualquier ley federal, estatal, territorial, municipal o local y cualquier programa OSHA federal o estatal.
7.1 NORMAS DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL.
Se aplicarán todas las normas mexicanas vigentes, además de las estipuladas en el Reglamento de Seguridad para Contratistas, las cuales se deberán entregar en el instante que el Contratista haya aceptado la entrega de los Bienes o la ejecución de la obra y según lo establecido en las especificaciones técnicas de los Bienes o los Servicios.
El Contratista será responsable por todo accidente, daño o perjuicio que durante la entrega de los Bienes o la ejecución de la obra, o a raíz de estos, pudiera ocurrir a su personal, al personal del Comprador, a terceros o a la propiedad de cada uno de ellos, ya sea que los daños ocurran por acción u omisión del Contratista o de su personal, relevando a EL COMPRADOR, a sus representantes y a su personal de todo tipo de responsabilidad.
De la misma manera, el Contratista deberá cumplir con todas las disposiciones legales sobre Salud ocupacional, higiene y seguridad industrial, proporcionando a su personal los elementos de protección necesarios, tales como casco, zapatos, guantes de seguridad, protectores auditivos, etc., según corresponda a la naturaleza de los Bienes y/o los Servicios a ejecutar y supeditados al fiel cumplimiento de las normas de Seguridad.
El Contratista deberá informar a los trabajadores respecto de los riesgos relacionados con la actividad laboral que desarrollen, y en particular acerca de los riesgos que implique el uso o exposición a los contaminantes del medio ambiente; así como capacitarlos respecto a las medidas y programas que deberán observar para su prevención y control.
Todo el personal del Contratista que visite o permanezca en recintos de propiedad de EL COMPRADOR, o donde ella labore, deberá cumplir con las normas y/o reglamentos que ésta tenga establecido o pueda establecer para dichos lugares de conformidad al Reglamento de Seguridad para Contratistas, que se adjunta como Anexo 4 a estos Términos y Condiciones, y que el Contratista deberá conocer bajo registro de firma.
7.2 Reglamento de Seguridad para Contratistas.
En el aspecto legal, EL COMPRADOR exigirá al Contratista y por medio de éste a todos los sus subcontratistas, el cumplimiento de todo lo que exige el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo y sus correspondientes Normas de Seguridad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, además de lo exigido por la Ley Federal del Trabajo, en relación a temas de Seguridad Industrial.
i. El contratista deberá leer y apegarse al Reglamento para contratistas establecido por EL COMPRADOR, así como tomar el curso de inducción de seguridad (DAS - Derecho a Saber), y toma de conocimientos de los procedimientos del seguridad y de protección y vigilancias el SGT (sistema de Gestión Tamuin).
ii. Respetar las Normas de Seguridad establecidas por EL COMPRADOR cuando se encuentre en sitio.
iii. Cuando el servicio o trabajo a efectuar en sitio requiera de más de 20 personas, la compañía contratista deberá tener un supervisor de seguridad por cada 20 personas.
iv. Si el personal del contratista no cumple con el reglamento y normas de seguridad establecidas por EL COMPRADOR, podrá ser retirado del sitio.
v. No se permite el uso de escaleras portátiles xx xxxxxx o aluminio, solo de fibra xx xxxxxx.
7.3 Equipo de Protección Personal
El contratista deberá proporcionar a su personal EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL adecuado al trabajo que va a realizar, en caso de que el personal del contratista no cumpla con este requerimiento deberá ser removido de las instalaciones de EL COMPRADOR:
El equipo mínimo de protección personal es:
- Casco de seguridad tipo visera Mca. MSA.
- Lentes de seguridad anti empañables.
- Zapatos de seguridad dieléctricos con casquillo.
- Uniforme: pantalones largos y camisas con protección a flama y arco eléctrico con protección nominal igual o superior a 8.0 cal/cm2, con franjas reflejantes.
- Las camisas deberán contar con cintas reflectivas en cantidad y calidad que pueda ser visible a simple vista y brinde protección adecuada al trabajador.
- El contratista deberá entregar al Depto. de seguridad y salud ocupacional ficha técnica del la ropa de trabajo que entrega o entregara a su personal en la ejecución de las labores contratadas.
En el caso de que por alguna emergencia y por incumplimiento del contratista, el EPP sea asignado por EL COMPRADOR al personal del contratista, EL COMPRADOR descontará el EPP proporcionado al costo que fije EL COMPRADOR.
7.4 Actividades de Seguridad Industrial
Antes del inicio de las actividades diarias, el supervisor líder de EL COMPRADOR exigirá la junta de inducción en temas de seguridad industrial, salud ocupacional e higiene que la Contratista debe impartir (charlas de 5 minutos) al personal presente en el desarrollo de los trabajos. Esta será formalizada por escrito indicando el nombre del participante, su número de afiliación y su firma; indicando claramente los temas tratados. EL COMPRADOR se reserva el derecho de solicitar el abandono xxx xxxxxxx a todo aquel trabajador que infrinja lo dispuesto en torno a toda materia de seguridad industrial y otras.
El contratista debe programar obligatoriamente algunas actividades mínimas en el área de seguridad industrial, tales como:
a. Inspecciones de seguridad;
b. Charlas diarias de 5 (cinco) minutos;
c. Observaciones planeadas;
d. Creaciones de procedimientos seguros de trabajo;
e. Investigación de incidentes y accidentes;
f. Denuncias de near miss.
Las actividades antes indicadas tienen el carácter de obligatorias para todos aquellos contratos en que EL COMPRADOR y/o la legislación mexicana vigente haga necesario la existencia de un Supervisor de Seguridad en terreno para la entrega de Bienes o la ejecución de la obra.
Será obligatorio para todos el Contratista cumplir con las actividades de charlas de cinco minutos, con listado y firma de asistentes, procedimiento de trabajo seguro y la investigación de incidentes y accidentes.
Además deberá hacer entrega en forma obligatoria de su programa de Seguridad Industrial el primer día del comienzo de la prestación del Servicio, puesto que se basa en el periodo que dure la prestación del Servicio, el cual será fiscalizado mensualmente por el Departamento de Seguridad y Salud Ocupacional de EL COMPRADOR.
7.5 INFORMACION POR EL CONTRATISTA
El Contratista se compromete y obliga a entregar a EL COMPRADOR toda la información que sea necesaria para cumplir cabalmente las funciones del área de Seguridad y Salud ocupacional, en un plazo prudente y razonable, de acuerdo a lo señalado en el acápite anterior.
7.6 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
En caso de que ocurra algún daño a la propiedad de EL COMPRADOR, producido accidentalmente o por el desarrollo normal de las labores del servicio contratado, el contratista deberá reparar el daño causado a la brevedad, asumiendo íntegramente el costo de todos los recursos necesarios para reparar el daño, considerando además la entera satisfacción de EL COMPRADOR.
Al no cumplir el Contratista con lo estipulado en el punto anterior, EL COMPRADOR se reserva el derecho de descontar de cualquiera de las facturas que emita el contratista, los costos asociados a la reparación producto de los daños ocasionados, para lo cual estará expresamente facultada.
1. El contratista deberá realizar los siguientes exámenes médicos a su personal y mostrarlo a EL COMPRADOR cuando sea requerido, estos análisis tendrán validez por un año:
a. Preocupacional Riesgo a Altura Física
i. Encuesta de salud
ii. Audiometría en cámara audiométrica
iii. Optometría
iv. Electrocardiograma de reposo en mayores de 45 años
v. Glicemia en mayores de 45 años
vi. Consulta médica
Se les deberá realizar examen antidoping (mínimo de 3 drogas), los cuales deberán entregarse a EL COMPRADOR exclusivamente al Líder de Seguridad, Salud Ocupacional y Vigilancia, esto se mantendrá en exclusiva confidencialidad y el empleado del contratista podrá o no, ser notificado de este examen, esto último a criterio del contratista.
2. Antes del inicio del contrato, el contratista ganador deberá entregar a EL COMPRADOR la carta de NO ANTECEDENTES administrativos de cada uno de los empleados del contratista.
7.7 MAQUINARIA EN ARRENDAMIENTO (EN GENERAL)
Referente a la maquinaria en arrendamiento, se deberán cumplir con los siguientes requerimientos:
- LUCES DELANTERAS. Altas, bajas, emergencia y direccionales.
- LUCES TRASERAS. Emergencia, direccionales, de freno (stop), reversa, cuartos traseros.
- ACCESORIOS. Botiquín, extintor, neumáticos, alarma de retroceso, espejos laterales, triángulos, parabrisas, limpia parabrisas, ganchos de cierre de tapa.
- Se deberá entregar licencia de conducir vigente del operador antes de entrar a las instalaciones.
- Se deberá entregar copia vigente del seguro del equipo antes de entrar a las instalaciones.
- Si el cobro de la renta del equipo es por hora, el Contratista deberá asegurarse de llevar el reporte de inicio y termino de cada jornada.
8 MEDIO AMBIENTE. Aplican las siguientes políticas en cuestiones de medio ambiente:
- Queda estrictamente prohibido ingresar a las áreas verdes de las instalaciones de "EL COMPRADOR" por cualquier motivo.
Las personas sorprendidas serán retiradas del sitio inmediatamente.
- "EL COMPRADOR", a través del departamento de permisos y cumplimiento, regulará las actividades de "EL CONTRATISTA" en materia de impacto y riesgo ambiental.
- "EL CONTRATISTA" debe respetar la normatividad y reglamentos de jurisdicción municipal, estatal y federal aplicables a la ejecución de la obra, así como respetar y ser participe de la política ambiental de "EL COMPRADOR".
- Ninguna actividad externa relacionada con la obra se debe ejecutar sin la presencia o previa autorización de un responsable de parte de "EL COMPRADOR" que pueda poner en riesgo o significar un impacto al ambiente.
- "EL CONTRATISTA" promoverá el rehúso y reciclaje de residuos sólidos no peligrosos así como garantizará la aplicación de plan de manejo de residuos de la empresa.
- Todas las actividades de "EL CONTRATISTA" deben estar orientadas a la minimización del impacto ambiental y a la minimización de la generación de residuos.
- "EL COMPRADOR" cuenta con almacén temporal de residuos peligrosos para cada unidad, lugar en donde todo el material con características de peligrosidad será depositado, llevando un control de las entradas y salidas del mismo.
- Queda prohibido el uso de herbicidas para control de malezas.
- Cuando se requiera la compra de materiales o sustancias peligrosas a través de "EL CONTRATISTA", éste debe declarar, previa la compra, la MSDS (Material Safety Data Sheet) Hoja de datos de seguridad del producto y formas alternas de almacenamiento.
Queda sujeto a aprobación por parte de "EL COMPRADOR" la compra de los materiales o sustancias peligrosas.
- Para los productos químicos que se pretendan ingresar a las instalaciones de EL COMPRADOR se debe apegar a lo indicado en el procedimiento SGT-P-AM-002 de Manejo de sustancias químicas y pueda ser aprobados por EL COMPRADOR.
Cuando aplique, dependiendo de la obra a realizar:
- El contratista deberá hacer uso de contendedores adecuados para el uso de sustancias químicas, así como hacer uso de protecciones secundarias.
- El contratista debe asegurar y demostrar que sus operadores cuentan con el entrenamiento adecuado en el uso y manejo de productos químicos.
- El contratista queda obligado a proveer a EL COMPRADOR los procedimientos de Recepción y Manejo de sustancias químicas y un Plan de atención a derrames; los anteriores deben estar basados en el formato SGT-R- GG-001 de EL COMPRADOR.
- El contratista esta obligado a fomentar el reciclaje y reuso de sus desechos. Por lo que el contratista debe retirar los contenedores vacíos y estos a sus vez ser rehusados para el mismo fin, debiendo presentar un programa calendarizado de estas actividades.
- Documentar y registrar en bitácoras sus movimientos de contenedores de reuso y apegarse a la normativa local para su gestión.
OTRAS PROHIBICIONES:
- El contratista no debe hacer disposiciones de residuos de forma inadecuada (mezclas de Residuos).
- El contratista no debe hacer uso de materiales contaminados o que usen PCB (Bifenilos policlorados).
- El contratista no debe rebasar la capacidad máxima de almacenamiento de los contenedores o rebasar la capacidad máxima en los equipos de transporte de los productos.
- El contratista no debe tener ningún retraso en la notificación a EL COMPRADOR sobre derrames y/u otras emergencias ambientales potenciales.
- El contratista no debe tener comunicación con agentes municipales, estatales y/o Federales a nombre de EL COMPRADOR y/o que puedan afectar a EL COMPRADOR, sin la autorización previa y por escrito del representante legal de EL COMPRADOR.
- EL contratista no debe compartir información relacionada con proyectos de medioambiente con otras partes interesadas, sin la autorización previa y por escrito del representante legal de EL COMPRADOR.
- El contratista no debe realizar Quema a cielo abierto.
- El contratista no debe utilizar botellas, latas, cubetas u otro tipo de contenedor no adecuado para almacenamiento de sustancias o productos químicos.
- El contratista no debe donar contenedores usados a empleados de EL COMPRADOR o proveedores así como a gente de las comunidades.
9 INSPECCIÓN Y RECONOCIMIENTO. El Contratista declara que ha inspeccionado y verificado minuciosamente el Sitio. El incumplimiento del Contratista a inspeccionar y verificar el Sitio que resulte en una incapacidad posterior a llevar a cabo la Obra en ninguna forma lo exonerará de las obligaciones estipuladas en este Contrato. Por este acto se le notifica al Contratista que el Sitio podrá incluir riesgo que pueden explicarse en su totalidad durante la orientación de seguridad en la planta correspondiente. El Contratista informará a sus empleados y subcontratistas que estos riesgos existen antes de ingresar al Sitio. El Contratista se obliga a notificar en su totalidad a todos sus empleados, subcontratistas y otros que trabajen para éste en el Sitio, de los riesgos y de todos los procedimientos ambientales, de seguridad y de salud necesarios que requiera la ley, reglamento u orden estatal o federal aplicable, o que requiera el Comprador. El Contratista con conocimiento de causa y voluntariamente asume todos los riesgos de lesión y daños al Contratista y a sus bienes, empleados, subcontratistas y terceros que trabajen para el Contratista en relación con la realización de la Obra del Contratista.
10 INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA. En caso que el Contratista omita iniciar la Obra dentro del tiempo que se haya especificado, o habiendo iniciado la Obra, la abandone por cualquier motivo, suspenda o se niega a continuarla, o incumpla en cualquier forma en su realización de conformidad con los términos del Contrato durante un periodo de 5 (cinco) días (a menos que al Contratista se le evite continuar por motivos fuera de su control), el Comprador tendrá derecho a tomar dicha obra y completarla o hacer que la misma sea completada por un tercero en cualquier forma razonable al costo y gasto del Contratista.
11 INDEMNIZACIÓN. El Contratista se obliga a defender, mantener libre de daños y a indemnizar incondicionalmente al Comprador y a cualquier sociedad, asociación o cualquier otra entidad reconocida que controle o sea controlada por o se encuentre bajo el control común directa o indirectamente del Comprador ("Filiales"), y a todos los demás gerentes, directivos y empleados correspondientes de toda responsabilidad, costo, gasto, honorarios (incluyendo honorarios y gastos de abogados e investigación), sanciones, multas, reclamaciones y daños a terceras personas, bienes o al medio ambiente, que el Comprador pueda sufrir o se genere en su contra en cualquier momento en relación con o que surja de la violación del Contratista con respecto a este Contrato, o los actos u omisiones del Contratista o sus empleados, agentes o subcontratistas en la realización de la Obra; tomando las medidas de precaución necesarias, sin embargo, dichas obligaciones a indemnizar, defender y mantener libre de danos no aplicarán a las reclamaciones por pérdida, daño, lesión o defunción en la medida que éste sea provocado por una mala conducta deliberada o negligencia grave del Comprador.
Cualquier herramienta, suministro, equipo o cualquier otro artículo, acreditado o dado en calidad xx xxxxxxxx por el Comprador al Contratista se acreditará únicamente conforme sea conveniente para el Contratista. El Contratista manifiesta su conformidad en que dichos artículos se acreditarán "COMO SE ENCUENTRAN" y el Comprador no realizara ninguna declaración con respecto a la condición, idoneidad de uso, que esté libre de defectos o en cualquier
otra forma, de los mismos. El Contratista, a su propio costo y gasto, defenderá, indemnizará y mantendrá libre de daños al Comprador y sus Filiales, así como a los gerentes , agentes, empleados, cesionarios o sucesores de éstos, de y contra cualesquiera y todas las responsabilidades, daños, pérdidas, reclamaciones, demandas, acciones, causas de acción, costos incluyendo honorarios y gastos de abogados, o cualquier de éstos, que resulten de la defunción o lesión a cualquier persona o daño a cualquier bien, que surja de cualquier uso, entrega o transporte real o supuestos de cualesquiera y de todas las herramientas, suministros, equipo acreditados, dados en calidad xx xxxxxxxx o cualquier otro artículo que tenga defecto o que se reclame esté defectuoso.
12 SEGURO. En todo momento durante la vigencia del presente Contrato, el Contratista mantendrá, y requerirá que cada subcontratista que preste cualquier servicio (excepto las entregas importantes únicamente) en el Sitio mantenga, en todo momento durante la Obra y a su propio costo y gasto, los seguros válidos y que se puedan cobrar conforme lo requiera el Comprador, en los límites (que podrá ser una combinación de la cobertura principal y en exceso) por lo menos lo que se especifica a continuación:
COBERTURAS
- Compensación del trabajador
- Responsabilidad del empleado
- Responsabilidad general, incluyendo lesión corporal, Daños a Propiedad y Responsabilidad Contractual
- Responsabilidad Automovilista, incluyendo Lesión Corporal y Daños a Propiedad LÍMITES DE RESPONSABILIDAD
- De acuerdo a lo establecido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
- De acuerdo a lo establecido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y la Ley Federal del Trabajo (LFT).
- De acuerdo a la documentación presentada con la planilla de cada trabajador indicando el seguro del mismo.
- De acuerdo a la documentación presentada que respalda el seguro del automóvil a ingresara las instalaciones.
Dicho seguro será en todos los aspectos aceptable para el Comprador antes del inicio de la Obra. El Contratista renuncia a todos los derechos de subrogación en contra del Comprador independientemente de si se endosa el seguro del Contratista en consecuencia o no. El Contratista requerirá que cada póliza endose al Comprador como un asegurado adicional y proporcionará una copia original enviada del transportista del seguro al Comprador.
12.1 Es MANDATORIO que el Contratista entregue la siguiente documentación antes de iniciar cualquier servicio al Departamento de Seguridad e HIGIENE de EL COMPRADOR
- Listado de personal que ejecutará el servicio con copia del alta en el IMSS de cada uno.
- Si se da de baja alguna persona debe de notificarse a EL COMPRADOR y entregar copia de la baja ante el Instituto Mexicano del Seguro Social ("IMSS"), además de entregar una copia a EL COMPRADOR sobre la notificación oficial que le entregó el contratista a su trabajador
informándole sobre la baja y la aceptación del empleado.
- Cuando el servicio se ejecute en un periodo mayor a un mes la compañía contratista deberá entregar mensualmente copia de los pagos al IMSS e INFONAVIT por cuotas patronales y obreras junto con el detalle de la determinación de las cuotas de los trabajadores incluidos en ese pago
- Carta de NO ADEUDO vigente emitida por el IMSS, ésta carta deberá presentarse al iniciar los trabajos y al término de los mismos.
Para proveedores que tienen contrato con EL COMPRADOR por servicios recurrentes, si esta carta se entregó en el mes de febrero, xxxxx, xxxxx y/x xxxxxx, solo es deberá entregar:
- Copia del último pago del IMSS cada vez que entreguen factura.
- Copia de la alta del registro Patronal.
- La compañía contratista que contrate personal localmente deberá presentar su Registro Patronal del IMSS localmente de Tamuin x Xxxxxx. Dicho documento deberá ser entregado a EL COMPRADOR
13 RIESGO DE PÉRDIDA. El riesgo de pérdida por la mano de obra, materiales, herramientas, equipo y trabajo realizado seguirá siendo responsabilidad del Contratista hasta que la Obra esté completada y sea aceptada por el Comprador, independientemente de si este último tiene la titularidad del mismo de conformidad con este Contrato. La responsabilidad del Contratista incluirá los materiales y el equipo entregados o arrendados por el Comprador al Contratista de conformidad con este Contrato.
14 PATENTES Y SECRETOS COMERCIALES El Contratista se obliga a mantener la confidencialidad en cualquier momento, ya sea mientras esté contratado de acuerdo con el presente por el Comprador o en lo sucesivo, y no podrá hacer cualquier uso externo de, o divulgará a cualquier otra persona u organización, excepto según lo autorice por escrito el Comprador, cualquier información, ya sea patentable o no, con respecto a los planes, programas, instalaciones, procesos, productos, costos, equipo, operaciones o clientes que sean del conocimiento del Contratista durante el desempeño de la Obra. El Contratista indemnizará, mantendrá libre de daños y defenderá en su totalidad al Comprador de y contra todas las pérdidas que el Comprador pueda sufrir o pagar en lo sucesivo debido a cualquier reclamación, juicio o procedimiento que surjan de los supuestos de violación de cualquier derecho de patente nacional o extranjero, licencias, derechos de autor o cualquier otra propiedad intelectual, derechos patrimoniales o de confidencialidad, con respecto a los materiales, el equipo y la información diseñada, obtenida o recomendada por el Contratista o por cualquier subcontratista en la realización de la Obra.
15 DERECHOS DE AUTOR DEL TRABAJO REALIZADO (PRODUCTO DE TRABAJO). Toda resultado producto del trabajo, propiedad, información, documentación e información sobre los materiales generados, descubiertos, desarrollados o creados por el Contratista de acuerdo a este Contrato (de ahora en adelante Producto del Trabajo) será de propiedad exclusiva de El Comprador. Como prolongación de este contrato, cualquier Producto de Trabajo deberá ser considerado "trabajo hecho por solicitud o por encargo" donde la compañía tiene todos los derechos de autor correspondiente como se define en el Copyright Act de los Estados Unidos de América 17 U.S.C.A. §101 et seq.,). La Contratista incondicionalmente e irrevocablemente transfiere y asigna a el Comprador todos los derechos de autor, títulos y demás intereses o titularidades en o a cualquier Producto del Trabajo.
16 GRAVÁMENES. El Contratista será responsable frente al Comprador por e indemnizará y mantendrá libre de daños al Comprador de todos los gravámenes o reclamaciones que puedan probarse en cualquier momento por los subcontratistas o los encargados de material del Contratista. De así solicitarlo, el Contratista obtendrá de sus subcontratistas y presentará ante el Comprador, una exoneración, en forma aceptable para el Comprador de las reclamaciones de gravámenes y de los mecanismos y las restricciones a los cuales pueda tener derecho en cualquier momento dicho subcontratista. El pago final sólo se producirá cuando el Contratista haya entregado al Comprador una liberación completa de todos los gravámenes que se deriven de este Contrato, o los recibos que cubren en su totalidad toda la mano de obra y los materiales para los cuales se pueda registrar un gravamen, o una fianza satisfactoria para el Comprador indemnizándolo en contra de cualquier gravamen.
17 IGUALDAD DE OPORTUNIDADES. En el cumplimiento del presente Contrato, el Contratista y el Comprador se comprometen a mantener una conducta y práctica comercial, que no viole la ley, orden o reglamentos aplicables que prohíba la discriminación en contra de cualquier persona debido a su raza, religión, nacionalidad, sexo, edad, condición de discapacitado o xxxxxxxx xx xxxxxx. Si este Contrato esta sujeto a la Orden Ejecutiva 11246 de los Estados Unidos de America (Execuive Office 11246 administered the U.S. Department of Labor) y sus modificaciones, el Contratista y el Comprador deberán cumplir el mismo.
18 CONFIDENCIALIDAD. Excepto sea convenido expresamente por escrito por el Comprador, el Contratista tratará como estrictamente confidencial toda la información técnica y comercial, los datos y materiales referentes al Comprador o sus operaciones que se divulguen al Contratista en relación con este Contrato, y toda la información técnica o comercial, datos y materiales que el Contratista pueda aprender, observar o en cualquier otra forma obtener o desarrollar con respecto al Comprador o sus negocios. El Contratista tomará todas las medidas necesarias para prevenir la divulgación de dicha información, los datos y materiales a terceros y así como limitar el uso de dicha información, datos y materiales para los efectos delimitados de este Contrato y para ningún otro efecto. Estas obligaciones de confidencialidad prevalecerán a la terminación del presente Contrato por un período de 5 (cinco) años.
19 ETICA. "AES" y el licitante ganador xxxxxxx su relación en el respeto, honestidad e integridad mutua. Ninguna parte podrá aceptar o solicitar regalos, entretenimiento u otros favores sociales para influenciar las decisiones de negocios
20 FUERZA MAYOR. Excepto por el pago que debe realizarse al momento de su vencimiento, ninguna de las Partes será responsable por la omisión con o la demora en el cumplimiento de alguna de las obligaciones pactadas en la Orden de Compra, si dicho incumplimiento o demora es causado por un caso fortuito o fuerza mayor, incluyendo a título enunciativo los siguientes: explosión; incendio; inundación; sequía; epidemia; terremoto; tormenta; disturbio; insurrección; bloqueo; acto terrorista; guerra u otra hostilidad; huelga, paro laboral u otro disturbio industrial (incluso si el problema laboral puede haberse evitado o pueda conciliarse accediendo a las demandas de las partes bajo disputa); acto o limitación de la autoridad gubernamental; accidentes durante el transporte x xxxxxxx habituales de suministro. De igual forma se incluye cualquier otra causa o evento, ya sea previsto o que no se pueda prever, pero que se encuentre razonablemente fuera del control de la parte que reclama la excusa o demora y que la parte afectada no pueda superarlo
mediante el ejercicio de la diligencia razonable. El incremento en el precio del material no puede considerarse y no se considerará una causa para declara un caso de Fuerza Mayor. Las reclamaciones de Fuerza Mayor por parte del Contratista deberán realizarse por escrito al Comprador dentro de 24 horas posteriores a su conocimiento. La aceptación de una Fuerza Mayor conforme a este numeral no se negará injustificadamente.
21 DIVISIBILIDAD. La invalidez o inejecutabilidad de cualquier disposición de este Contrato no afectará la validez o ejecutabilidad de cualquier otra disposición del presente.
22 TERMINACIÓN.
Con Causa. El Comprador podrá terminar este Contrato con Causa, en su totalidad o en parte, inmediatamente al emitir una notificación por escrito en la fecha que se estipule en esa notificación por escrito. "Con Causa" significará la violación o incumplimiento por parte del Contratista, con cualquier condición, término, pacto o cualquier otra disposición de este Contrato, incluyendo, de manera enunciativa mas no limitativa, el incumplimiento del Contratista a continuar el trabajo con diligencia, en tiempo, dentro del presupuesto o en cumplimiento con todas las leyes aplicables o la insolvencia del Contratista. A la terminación del Contrato, el Comprador podrá tomar la posesión de todos los materiales, herramientas y equipos que pertenezcan exclusivamente a la Obra, terminar la Obra por cualquier medio que el Comprador considere conveniente o corregir en cualquier otra forma la deficiencia y deducir los costos en los que incurra el Comprador de cualquier pago adeudado al Contratista. Si el saldo insoluto excede el gasto del Comprador para la terminación de la Obra o para la corrección de las deficiencias, el Comprador pagará la diferencia al Contratista dentro de 10 (diez) días hábiles después de la terminación de la Obra. Si dicho gasto excede el saldo insoluto, el Contratista pagará la diferencia al Comprador a solicitud.
En el supuesto de que el Comprador incumpliere con las obligaciones derivadas de la Orden de Compra, el Contratista tendrá igual derecho para dar por terminada la misma, siempre que se cumpla con lo indicado en el párrafo anterior.
Por Conveniencia. Las Partes podrá terminar este Contrato en su totalidad o en parte, por mutua conveniencia en cualquier momento durante la vigencia de este instrumento. Cuando se dé una terminación por Conveniencia, el Comprador pagará al Contratista todos los montos adeudados y vencido hasta la fecha de terminación.
A solicitud del Comprador después de cualquier terminación estipulada en esta sección, el Contratista celebrará y entregará todos los documentos y tomará todas las medidas, incluyendo las cesiones legales, que sean necesarias para transferir al Comprador (o a su designatario) todo el derecho, titularidad y participación del Contratista en y respecto a todos los datos técnicos, planos, especificaciones, dibujos y otra información y aspectos que se desarrollen o que obtenga el Contratista para la obra o todos los derechos contractuales del Contratista conforme a todos los subcontratos, órdenes de compra, garantías y otros convenios para la Obra.
23 LIMITACIONES. Ni el Comprador ni el Contratista serán responsables frente al otro por cualquier daño consecuencial o pérdida de ingresos o utilidades anticipadas.
24 GOBERNABILIDAD. Este Contrato se considerará haberse realizado y entregado en los Estados Unidos Mexicanos y Las Partes convienen en que, para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, así como para la resolución de cualquier controversia que por motivo del mismo pudiera surgir, se someten a las leyes federales en materia de comercio. Cualquier controversia que surja con motivo de la Orden de Compra y sus Condiciones Generales será resuelta mediante arbitraje conforme al Reglamento de Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México. El tribunal estará compuesto por un solo arbitro, que será nombrado conforme al mencionado Reglamento. La sede del arbitraje será la ciudad de México, D.F.y se conducirá en idioma español. La legislación aplicable al fondo y por supletoriedad al procedimiento, será la indicada en el presente numeral.
25 NO HABRÁ BENEFICIARIOS TERCEROS. Nada de lo que se incluya en este Contrato, ya sea expreso o implícito, tiene la intención de conferir ningún derecho o recurso a ninguna persona que no sean las Partes y sus sucesores correspondientes y cesionarios permitidos.
26 RELACIÓN ENTRE LAS PARTES. La relación del Comprador frente al Contratista es la de contratista independiente, y nada de lo que se incluya en este Contrato se interpretará que crea ninguna asociación, fideicomiso, sociedad comercial, franquicia, relación laboral o asociación en participación o que imponga un fideicomiso o derecho, obligación o responsabilidad de asociación sobre o con respecto a cada una de las Partes. El Contratista cooperará adecuadamente con cualquier otro contratista que contrate el Comprador. El Contratista no delegará ninguna obligación ni cederá ningún derecho estipulado en este Contrato sin el previo consentimiento por escrito del Comprador. Dicho intento de delegación o cesión será nulo e inválido.
27 SUCESORES Y CESIONARIOS. Este Contrato constituirá una obligación legalmente vinculante para cada una de las Partes y será aceptado y formara parte de las obligaciones para los sucesores correspondientes y cesionarios autorizados.
28 MODIFICACIÓN. Cualquier cambio a este Contrato deberá ser por escrito e ir firmado por las Partes.
29 NOTIFICACIÓN. Cualquier notificación o comunicado que se requiera o que se permita de acuerdo con el presente Xxxxxxxx se considerará entregado si se envía por correo de primera clase con acuse de recibo, con porte pagado por anticipado, a los domicilios que se estipulan en la Orden de Compra, motivo del presente contrato.
30 CONVENIO TOTAL. Este Contrato constituye el convenio total y entendimiento entre las Partes y cancela cualquier convenio o entendimiento previo, ya sea verbal o por escrito, en relación con la materia objeto del presente. En la medida que cualquier otro documento a que se haga referencia en el presente o que se adjunte al mismo y este en conflicto con las disposiciones de este Contrato, este Contrato regirá y prevalecerá.
EL COMPRADOR no se hace responsable por ningún trabajo adicional que no este especificado en la orden de compra, y EL CONTRATISTA no tendrá derecho a ninguna reclamación posterior por trabajos ejecutados sin la previa autorización por escrito por el líder de compras de EL COMPRADOR.
31 NO HABRÁ RENUNCIA. Xxxxxxx renuncia a cualquiera de los términos o condiciones de este Contrato será vinculante para las Partes a menos que sea por escrito y que esté firmada por los representantes autorizados de ambas Partes. Cualquier renuncia a una acción con motivo de una violación a cualquiera de los términos o condiciones de este Contrato no se considerará una renuncia a ninguna otra violación a dichos términos o condiciones o de cualquier otro término o condición. Sin limitación a lo anterior, ninguna aceptación por parte del Comprador de los materiales en incumplimiento o la Obra constituirán la aceptación de materiales en incumplimiento o la Obra en el futuro.
32 CESIÓN. Ni este Contrato ni ninguna participación conforme al mismo se cederá sin el previo consentimiento por escrito del Comprador, consentimiento que podrá negar el Comprador a su sola y absoluta discreción. Cualquier cesión o delegación en violación de esta sección será nula e inválida.
33 FACTURACIÓN. Las facturas netas y las facturas con descuentos en efectivo que reciba el Comprador sin los documentos de respaldo completos a la satisfacción del Comprador no se pagarán hasta que se completen conforme se especifica en las mismas. La fecha de recepción por parte del Comprador de los papeles de respaldo finales y completos en todos los casos regirá las fecha de pago.
REQUISITOS DE FACTURACION
Se deberá entregar:
a. Factura Original que especifique el No. de Orden de Compra y datos correctos de facturación de acuerdo a la Orden de Compra,
b. El Reporte de Servicio firmado por el Administrador del contrato de EL COMPRADOR.
c. La Carta de NO ADEUDO vigente emitida por el Seguro Social.
d. Entregar mensualmente copia de los pagos al IMSS e INFONAVIT
por cuotas patronales y obreras junto con el detalle de la determinación de las cuotas de los trabajadores incluidos en ese pago.
e. La Carta de NO ADEUDO emitida por el Sindicato "SUTERM".
Las facturas junto con la documentación requerida deberán ser depositadas por el contratista en el buzón de CXP ubicado en la oficina de Vigilancia de EL COMPRADOR, y serán revisadas en Cuentas por Xxxxx, se verificará que cuenta con la documentación requerida anteriormente, si todo es correcto se programará el pago según el crédito otorgado a EL COMPRADOR.
De no cumplir con los requisitos anteriormente mencionados la factura no será programada para pago y el Departamento de Cuentas por Pagar o el Comprador se comunicará con el proveedor para notificarle los documentos o información faltante. La factura se pagará en cuanto el proveedor cumpla con todos los requisitos aquí establecidos, y los días de crédito establecidos en la Orden de compra empezarán a contar a partir de la recepción de los documentos faltantes.
34 ENVÍO DE DOCUMENTOS. Los conocimientos de embarque, los recibos expresos, facturas, listas de envío y otros documentos correspondientes relacionados con este Contrato, deberán enviarse al Comprador en el día en que se haga el envío. Todos aquellos documentos deberán llevar el número de Orden de Compra del Comprador. Todos los
envíos deberán realizarse a nombre del Contratista y todos los requerimientos de envío y de facturación deberán completarse dentro de cada envío específico.
34 SINDICATO
34.1 Una vez que el Contratista cuente con el Contrato debidamente firmado, deberá presentarse con el Sindicato SUTERM para la realización de un servicio, para que registre con ellos el trabajo a realizar y el personal a utilizar en ese trabajo (cantidad de personas y categorías) y el sindicato les otorgue CARTA DE ACEPTACIÓN.
El Contratista deberá cubrir el pago de cuota al sindicato SUTERM que corresponde a:
34.2.1 El 2% (dos por ciento) sobre la mano de obra (Salario base y tiempo extra), Este porcentaje se le retiene al trabajador.
34.2.2 El 2% (dos por ciento) sobre la mano de obra (Salario base y tiempo extra). Este porcentaje lo cubre la compañía contratista.
Los porcentajes antes mencionados se calculan única y exclusivamente sobre la mano de obra que se deriva de las altas de los trabajadores en el IMSS.
Una vez que las cuotas antes mencionadas sean cubiertas, el sindicato SUTERM emitirá los RECIBOS como comprobante para la Contratista sobre sus obligaciones, los cuales deberá entregar a EL COMPRADOR cada mes al Departamento de Seguridad. Una vez que la Contratista termine los trabajos en planta deberá tramitar con el sindicato la carta de NO ADEUDO, la cual se deberá incluir al momento de entregar su factura a EL COMPRADOR.
35 TRANSPORTE DE PERSONAL. La compañía contratista deberá de proporcionar TRANSPORTE cerrado y de manera segura a sus trabajadores en donde cada trabajador pueda ir sentado. Esta PROHIBIDO transportar personal en la caja de las camionetas, si se sorprende a un contratista en esta situación, podrá ser removido del Sitio inmediatamente.
36 COMIDA AL PERSONAL DEL CONTRATISTA. El contratista debe proporcionar la COMIDA a sus trabajadores. En temporadas de mantenimiento mayor a las unidades (OUTAGE) la compañía contratista para el comedor será asignado por entre EL COMPRADOR y el sindicato SUTERM, y los costos serán transmitidos a los contratistas para que formalicen los acuerdos con el comedor. El personal del contratista deberá utilizar el comedor asignado para contratistas y queda terminantemente prohibido tomar sus alimentos en cualquier otra área dentro de la empresa.
37 TECNOLOGÍA DE INFORMACION. El contratista debe informar en la oficiana de Vigilancia si se requiere accesar a las instalaciones de El comprador con cualquier equipo de computo, dispositivos de almacenamiento masivo o equipo de redes y comunicaciones, por ejemplo laptops, switches, módems inalámbricos o radios UHF o VHF. En caso de requerir el ingreso de estos equipos, deberán solicitar al Administrador de contrato del Comprador, que trámite la autorización de ingreso ante el departamento de IT, para lo cual se requiere una inspección de los mismos. Queda prohibido conectar cualquier equipo a la red local o utilizar los canales de radio sin la debida autorización.
38 PENALIZACION. Se penalizará a "EL CONTRATISTA" en los siguientes casos y con los siguientes porcentajes:
- Con un 10% (diez por ciento) sobre el monto total de la Obra, en caso de que "EL CONTRATISTA" utilice personal que no sean aptos para su categoría. Dicha penalización también será aplicable en caso de que el personal de "EL CONTRATISTA" no cuente con las herramientas necesarias, y el equipo de protección personal ("EPP") requerido para cada categoría, o no cumplan con los requerimientos establecidos en este Contrato. Adicionalmente a la penalización y en el caso del EPP En el caso de que por alguna emergencia y por incumplimiento del contratista, el EPP sea asignado por AES al personal del contratista, AES descontará el EPP proporcionado al costo que fije AES
- Con el 1% (uno por ciento) diario, por cada día de retraso en la realización de los servicios. El monto total de esta penalización será de un 15% (Quince por ciento) sobre el total de la obra.
39 SUBCONTRATACIÓN. El Contratista no podrá subcontratar cualquiera de sus obligaciones contenidas en el presente Contrato.
40 LEYES Y DISPOSICIONES.
Además de sus obligaciones estipuladas en estas Condiciones el contratista deberá cumplir con las siguientes leyes listadas y, si el Contratista o cualquiera de sus empleados viola cualquiera de las leyes y reglamentos que se mencionan, el Comprador tendrá derecho, actuando de buena fe, declarar esta Orden de Compra, en su totalidad o en parte, nula e inválida, y no tendrá ninguna responsabilidad adicional con relación a lo anterior:
Disposiciones sobre Cumplimiento
1) El contratista cumplirá acabadamente con todas las leyes aplicables de los países en donde deban cumplirse las obligaciones establecidas en la presente Orden de Compra, así como con todas las leyes aplicables de los Estados Unidos en materia de corrupción, lavado de dinero, terrorismo, sanciones económicas y boicots, inclusive, entre otras, la
U.S. Foreign Corrupt Practices Act (Ley de Estados Unidos sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero, "FCPA").
2) En el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de esta Orden de Compra, el contratista y sus ejecutivos, directores, empleados, agentes y representantes convienen en que se han abstenido y se abstendrán de:
a) directa o indirectamente, ofrecer, dar, hacer, prometer, pagar o autorizar el pago de una suma de dinero, regalo u objeto de valor a cualquier persona que actúe como funcionario o empleado de un gobierno o a un funcionario o empleado de un departamento, ministerio, secretaría, organismo o repartición del mismo, o de una organización pública internacional, o cualquier persona que actúe en carácter oficial en nombre de dicho gobierno, departamento, ministerio, secretaría, organismo o repartición, o un candidato o la persona designada para ocupar un cargo político o gubernamental, o a un partido político; o
b) recibir, transferir, retener, utilizar u ocultar fondos provenientes de un actividad delictiva, o contratar o de cualquier otra manera negociar con una "persona designada", es decir, una persona o entidad cuyo nombre está incluido en alguna de las listas emitidas por los Estados Unidos u organizaciones internacionales tales como las Naciones Unidas por estar involucrada en lavado de dinero, terrorismo o narcotráfico o por haber violado embargos económicos o de armas.
3) Todas las solicitudes de pago en virtud de esta Orden de Compra deberán estar acompañadas por facturas detalladas y precisas que describan específicamente los trabajos, servicios o equipos por los cuales se solicita el pago.
4) El contratista reconoce haber recibo una copia del Código de Conducta y Ética Comercial de AES.
5) En el caso de que el contratista tome conocimiento o advierta que ha tenido lugar una violación de las Cláusulas 1 y 2 precedentes, el contratista deberá informar de inmediato a AES acerca de dicha violación.
6) Cualquier violación a estas disposiciones constituirá causa suficiente para que el comprador, actuando de buena fe, declare que la Orden de Compra es nulo en todo o en parte, en cuyo caso el contratista perderá todo derecho a reclamar pagos adicionales que correspondan en virtud de esta Orden de Compra, excepto los pagos por servicios previamente prestados en virtud de esta Orden de Compra, además de ser considerado responsable por los daños y perjuicios causados o estar sujeto a los recursos disponibles en virtud de la ley aplicable.
Versión: Agosto 2020