Consulta Comunicación escrita, remitida por un Oferente/Proponente conforme al procedimiento establecido y recibida por el Comité de Compras y Contrataciones, solicitando aclaración, interpretación o modificación sobre aspectos relacionados exclusivamente con el Pliego de Condiciones Específicas.
Consultor es el oferente adjudicatario.
Caso Fortuito Acontecimiento que no ha podido preverse, o que previsto no ha podido evitarse, por ser extraño a la voluntad de las personas. Circular: Aclaración que el Comité de Compras y Contrataciones emite de oficio o para dar respuesta a las consultas planteadas por los Oferentes/Proponentes con relación al contenido xxx Xxxxxx de Condiciones, formularios, otra Circular o anexos, y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes.
Supervisor Persona natural o jurídica, competente responsable de dirigir o supervisar la ejecución de acuerdo con el diseño, planos, tiempo de ejecución, presupuestos y especificaciones técnicas y de construcción del Contrato de Obra.
Franquicia aquella suma de dinero, expresada en términos fijos o porcentuales, que en el momento de los desembolsos correspondientes a una Reclamación, corresponde al Asegurado, de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del presente seguro, y cuya cuantía se determina en las Condiciones Particulares del mismo.
Datos Personales es cualquier información relativa a un Titular protegido por la Ley de Protección de Datos. En el contexto con este DPA, incluye únicamente los datos personales (i) introducidos por el Cliente o sus Usuarios Autorizados durante o a partir de su uso del Servicio Cloud, o (ii) suministrados a o accedidos por SAP o sus Subencargados para prestar soporte bajo el Contrato. Los Datos Personales son un subconjunto de Datos del Cliente (conforme a lo definido en el Contrato).
Empleados Es el personal que por sus conocimientos y/o experiencia realiza tareas administrativas, comerciales, organizativas, de informática, de laboratorio y, en general, las específicas de puestos de oficina, que permiten informar de la gestión, de la actividad económico-contable, coordinar labores productivas o realizar tareas auxiliares que comporten atención a las personas.
Legislación Aplicable significa las leyes y cualquier otro instrumento que tenga fuerza xx xxx en el país del Cliente, o en el país que se indique en la Hoja de Datos, que sean expedidas y se encuentren vigentes de cuando en cuando.
LOSNCP Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Salud – Calidad – Humanización FORMULARIO No.10
INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX La verificación de la existencia de bienes, arrendamientos o servicios, de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que se obtenga en la propia dependencia o entidad, de organismos públicos o privados, de fabricantes de bienes o prestadores del servicio, o una combinación de dichas fuentes de información.
Grupo Asegurable Conjunto de personas físicas que poseen alguna característica común extraña al propósito de asegurarse y que cumplan cada una de las condiciones para poder ser Asegurados.
Indicador de desempeño Programa de capacitación elaborado e implementado. Registro de asistencia del personal en base a la nómina vigente. Plazo: mes 11
Enmienda Comunicación escrita, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones, con el fin de modificar el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas, formularios, anexos u otra Enmienda y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes.
Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.
Solicitante Olinda María Mendoza Cedeño. Número Expediente: 6280/2008. Procedimiento: Diligencias previas ‑ 627/2008. Juzgado: Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Pamplona. Resolución: Estimatoria confirmando.
Hospitalización Registro de una persona como paciente en un hospital, permaneciendo ingresada un mínimo de 24 horas o que pernocte y realice una comida principal en el centro.
Familiares Tendrá la consideración de familiar del asegurado, su cónyuge, pareja de hecho o persona que como tal conviva con él, y los ascendientes o descendientes de cualquier grado de consanguinidad (padres, hijos, abuelos, nietos) de ambos miembros de la pareja, y en línea colateral únicamente tendrán la consideración de familiar del asegurado los hermanos o hermanas, hermanos o hermanas sin vínculo de sangre, cuñados o cuñadas, yernos, nueras o suegros de ambos miembros de la pareja.
Secretaría Secretaría de Administración.
Vehículo Medio de transporte terrestre impulsado o no por su propio motor, provisto o no de remolque, destinado al transporte de personas, materiales o equipos utilizados para labores agrícolas, o de construcción, etc.
Hurto Es el apoderamiento de las cosas sin intimidación ni violencia sobre las personas o los bienes.
Usuario no residencial Es la persona natural o jurídica que produce residuos sólidos derivados de la actividad comercial, industrial y los oficiales que se beneficia con la prestación del servicio público de aseo.
Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.
Hace saber Que intentada la notificación de baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes, en el domicilio especificado en dicho Registro, ha sido imposible la misma a: - DOUDOU SOW. - XXXXXX XXXXX. - XXXXXX XXXXX. Por lo que mediante el presente anuncio se le emplaza para que en virtud de lo establecido en el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, se persone en este Ayuntamiento a los efectos de examen del expediente referido en un plazo máximo de quince días, desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia xx Xxxx. Los Xxxxxxxx, a 16 de Diciembre de 2013.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXXXX XXXX XXXXXXXX XXXX. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de Mancha Real (Jaén) Que por esta Alcaldía se ha dictado resolución aprobando el siguiente padrón: 02/12/2013 TASAS GUARDERÍA MUNICIPAL PERMANENTE NOVIEMBRE 2013 3.618,47 € El periodo voluntario de cobro será de dos meses contados a partir de la fecha de publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. El cobro se realizará en las dependencias del Servicio de Recaudación Tributaria de este Ayuntamiento, en horario de oficina de lunes a viernes de 7,45 a 15,15 horas. El padrón se encuentra en el Negociado de Tesorería de este Ayuntamiento por plazo de un mes, durante el cual los interesados podrán examinarlo. Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. De conformidad con el Art. 102.3) de la Ley General Tributaria, el presente Edicto tendrá carácter de notificación colectiva de las liquidaciones comprendidas en los citados padrones. Los recibos cuyos titulares tengan realizada domiciliación bancaria se cargarán directamente en la cuenta corriente o de ahorro designada por el contribuyente. Contra el mismo, los interesados podrán interponer Recurso de Reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización del período de exposición pública, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 14.2) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, como previo al Contencioso-Administrativo. Mancha Real, a 02 de Diciembre de 2013.- La Alcaldesa, XXXXXXX XXXXXXXX XXXX. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Alcalde-Presidente de este Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. Que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.4) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación a xxx XXXXX XXXXXXXXX XXXX, cuyo último domicilio conocido es XXXXX XXXXXX XXXXX, 00, xx XXXXXXXXXXXXX (JAÉN). Para su conocimiento y efectos oportunos, le comunico que el Alcalde-Presidente de este Excmo. Ayuntamiento, ha dictado la Resolución núm. 1339/2013, de fecha 28/10/2013. Acordando Resolución de Expediente Sancionador como responsable de una infracción administrativa a la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, por la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas careciendo de autorización para ello. Que en la Resolución de Expediente Sancionador JEFXC019 al que se hace referencia, el cual podrá ser examinado en la oficina de Sanciones de este Ayuntamiento, constan los hechos que se imputan, así como las consideraciones fácticas y de derecho que han determinado adoptar dicha resolución, acordando imponerle una sanción de 350,00 Euros, concediéndole un plazo de 1 mes, a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó. Con la publicación del presente edicto, esta Administración le considera a xxx XXXXX XXXXXXXXX XXXX notificado. Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa legal vigente antes citada. Martos, a 02 de Diciembre de 2013.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX.
Proyecto significa el Programa o Proyecto para el cual se otorga el Financiamiento.
Hospital Establecimiento destinado al cuidado y tratamiento de personas enfermas o lesionadas, con facilidades organizadas para diagnóstico, cirugía mayor, servicio médico con profesionales legalmente titulados y servicio de enfermeras o enfermeros graduados. Todo ello operando legalmente de acuerdo con las normas legales vigentes aplicables.