Definición de Debido Proceso

Debido Proceso. Sometimiento de las actuaciones de las autoridades judiciales y administrativas, a las formalidades preestablecidas por las normas jurídicas, que en materia contractual se rige por las estipulaciones pactadas en el contrato. Tiene como finalidad la protección de las garantías consignadas en la normatividad.
Debido Proceso. Siguiendo los lineamientos del artículo 29 de la Constitución Política de 1991, el debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Al tenor del artículo 17 de la ley 1150 de 2007, será un principio rector en materia sancionatoria de las actuaciones contractuales. Por lo tanto, corresponde a la Corporación, velar por su estricta observancia en el ejercicio de sus funciones.
Debido Proceso. Principio fundamental cuya finalidad primordial es la obtención de decisiones justas y adecuadas, y en virtud del cual le asisten al usuario las garantías de defensa que permiten la protección de sus derechos en la relación con la empresa. • Derivación fraudulenta, irregular o ilegal. Conexión realizada a partir de una acometida, o de una instalación interna o de los tanques de un inmueble independiente, que no ha sido autorizada por la entidad prestadora del servicio.

Examples of Debido Proceso in a sentence

  • En desarrollo del procedimiento para la aplicación de multas, sanciones por retardo en la entrega, efectividad de la cláusula penal pecuniaria, declaración de caducidad, declaraciones de siniestro contractual, y en general para todas aquellas actuaciones que generen sanción con ocasión de la actividad contractual, será precepto rector para la Entidad el respeto y la garantía del Debido Proceso consagrado en la Carta Constitucional.

  • En virtud del Principio del Debido Proceso, todo Oferente que interponga recurso de impugnación o de nulidad, deberán notificar a esta Entidad Contratante.

  • Durante la ejecución del Contrato, EL HOSPITAL podrá hacer uso de las acciones sancionatorias previstas en el presente Contrato, las cuales se adelantarán respetando el derecho al Debido Proceso consagrado en el Artículo 29 de la Constitución Política.

  • Durante la ejecución del contrato, la CONTRATANTE podrá hacer uso de las acciones sancionatorias previstas en el contrato, las cuales se adelantarán respetando el derecho al Debido Proceso consagrado en el Artículo 29 de la Constitución Política.

  • En desarrollo del procedimiento para la aplicación de las multas, efectividad de la cláusula penal pecuniaria, declaración de caducidad, declaraciones de siniestro contractual, y en general para todas aquellas actuaciones que generen sanción con ocasión de la actividad contractual, será precepto rector para la Entidad el respeto y la garantía del Debido Proceso consagrado en la Carta Constitucional.


More Definitions of Debido Proceso

Debido Proceso. Derecho fundamental constituido por una serie de principios particularmente dirigidos a tutelar la intervención plena y eficaz de las personas que intervienen en las actuaciones administrativas y judiciales.
Debido Proceso. Principio según el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo y a permitirle tener oportunidad de ser oído.
Debido Proceso. Consiste en el debido proceso reconocido en materia sancionatoria de la actividad contractual, en desarrollo del principio rector del deber de control y vigilancia que poseen los entes estatales sobre los contratos que se celebren, donde tendrán la facultad de imponer multas que hayan sido pactadas con el objeto de que el contratista continúe cumpliendo con sus obligaciones. Celeridad: El Fondo de Valorización del Municipio de Medellín deberá realizar en forma oficiosa todos los actos conducentes a la celebración del contrato en los términos y condiciones señaladas en la ley, en aras de evitar la dilación innecesaria, en procura de garantizar eficacia y celeridad en los procesos de selección.
Debido Proceso. Es un principio rector en materia sancionatoria de las actuaciones contractuales. Toda actuación administrativa que se vincule con la actividad contractual de la entidad debe observar el debido proceso. Los participantes en los procesos contractuales y los contratistas en general deben conocer y tener la posibilidad de controvertir todas las decisiones tomadas por la administración. Calidad. Los funcionarios de la Región Central que intervienen en su gestión contractual controlarán la calidad de los procesos de selección y de los bienes, obras o servicios obtenidos como resultado de la ejecución de los contratos. En todo caso, deberán atender los procesos y procedimientos definidos en el SIG y el MECÍ de la entidad.
Debido Proceso. Derecho Fundamental: Llevar a cabo una actuación sin violar los derechos de las personas -Consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política. • Declaratoria de incumplimiento: Consiste en la manifestación de la administración y/o su declaratoria en sede judicial, respecto al incumplimiento de las obligaciones del contratista, de manera total o parcial o por su cumplimiento irregular o imperfecto, el cual puede ser declarado durante el plazo de ejecución o una vez vencido dicho plazo dentro del término establecido para su liquidación la cual puede ser declarada en sede administrativa. • Etapa probatoria: Fase del proceso en la cual las partes tienen la oportunidad de acreditar su dicho ante el Juez, correspondiéndole al actor hacerlo respecto a los hechos constitutivos de su acción y al demandado en relación con sus defensas y excepciones. • Incumplimiento del Contrato: Violación de cualquiera de los términos o condiciones de un contrato sin excusa legal.
Debido Proceso. Es un derecho fundamental constituido por una serie de principios particularmente dirigidos a tutelar la intervención plena y eficaz de las personas que intervienen en las actuaciones admi- nistrativas y judiciales. Declaratoria desierta Acto administrativo en el que se señalarán en forma expresa y detallada las razones que motivan a la no adjudicación de un contrato. Ley 80 de 1993, en desarrollo del principio de economía (artículo 25 y n.° 9 del artículo 30), prevé que la declaratoria de desierta únicamente procederá por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva Desequilibrio Económico Supone la alteración del sinalagma funcional (correlación o equivalencia en las prestaciones) pac- tada al inicio de la relación negocial bien sea por la expresión del poder soberano del Estado, capaz de afectar el vínculo jurídico a través de decisiones con relevancia jurídica, bien por la voluntad de la parte que dentro de la relación contractual ostenta posición de supremacía frente a su con- tratante, bien por situaciones imprevistas, imprevisibles e irresistibles que impactan la economía del contrato, o por hechos previsibles en cuanto a su ocurrencia, pero con efectos imprevistos e irresistibles no imputables a las partes Documentos del Proceso Son: (a) los estudios y documentos previos; (b) el aviso de convocatoria; (c) los pliegos de condi- ciones o la invitación; (d) las Adendas; (e) la oferta; (f) el informe de evaluación; (g) el contrato; y cualquier otro documento expedido por la Entidad Estatal durante el Proceso de Contratación.
Debido Proceso es la aplicación de los previsto en el Artículo 29 de la Constitución Política, por parte de las autoridades administrativas, en sus actuaciones, del debido proceso, para controvertir de ser necesario, las actuaciones o actos que le sean concernientes a los participantes o interesados dentro de un proceso de selección. Equidad: está consagrado en la constitución política en los artículos 95 núm. 9 y 363, se entiende como el desarrollado del principio de igualdad. Legalidad: el principio de legalidad, tal como lo ordena la Constitución Política en sus artículos 4, 6, 121 y 122, lo cual impone que toda actuación de los órganos del Estado se encuentre sometida al imperio del derecho, presupuesto indispensable para la validez de los actos administrativos