Definición de Garantía Prendaria

Garantía Prendaria. Consiste en la pignoración de bienes muebles de propiedad del asociado o de un tercero a favor de la Cooperativa para respaldar una o varias obligaciones. El valor comercial de los bienes objeto de prenda no debe ser, en ningún caso, inferior al ciento treinta por ciento (130%) del valor de la obligación que garantizan, salvo que existan otra(s) garantía(s). Cuando se trate de prenda sobre vehículo el valor comercial del mismo debe representar por lo menos el doble del monto del crédito que garantiza, salvo que existan otras garantías adicionales que en su conjunto respalden el doble del crédito otorgado.
Garantía Prendaria. Consiste en la pignoración de bienes muebles de propiedad del asociado o de un tercero a favor de FONQUIMICAS para respaldar una o varias obligaciones. El valor comercial de los bienes objeto de prenda no debe ser, en ningún caso, inferior al cien por ciento (100%) del valor de la obligación que garantizan. Si la garantía del crédito es de prenda sobre vehículo, el modelo de éste no puede superar ocho (8) años.
Garantía Prendaria significa el vehículo otorgado como garantía ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ por “EL/LA PRESTATARIO(A)” a favor de “EL BANCO”, el cual se describe más adelante en el presente Contrato;

Examples of Garantía Prendaria in a sentence

  • GARANTÍAS De $100,001 a $250,000: Garantía Prendaria 1.5 a 1 sobre automóviles nacionales, más un Aval en caso de ser necesario con comprobante de ingreso y capacidad de pago.

  • El Cliente reconoce y acepta que la terminación de este Contrato no produce la cancelación del Contrato de Productos y Servicios Bancarios ni la del Contrato de Apertura de Crédito Simple con Garantía Prendaria o cualquier otro contrato que pudiera tener celebrado con VW Bank, por lo que los efectos jurídicos de éstos no se verán afectados por la terminación de este Contrato.

  • Una vez que el CLIENTE haya liquidado el CRÉDITO y sus accesorios en su totalidad, y VWB confirme dicha liquidación, se dará por terminado y cancelará este CONTRATO, posteriormente se entregará la factura del(os) VEHÍCULO(S) al CLIENTE, con la cancelación del endoso en PRENDA mencionado en las Cláusulas Décima Tercera (Comprobación) y Décima Cuarta (Garantía Prendaria) de este CONTRATO.

  • El CLIENTE podrá solicitar el aumento de la Línea de Crédito de su Tarjeta Garantizada, para ello el CLIENTE deberá otorgar, en favor de LA ENTIDAD COMERCIAL una Garantía Prendaria sin resguardo para garantizar las obligaciones a su cargo en este instrumento.

  • Las líneas de créditos alcanzadas por las Circulares del BCRA "A" 2563 (Préstamos con Garantía Hipotecaria sobre vivienda, "A" 2586 (Préstamos con Garantía Prendaria sobre Automotor) y "A" 2645 (Préstamos con garantía Hipotecaria y Prendaria - Modific.) En caso de existir más de un asegurado en un mismo préstamo, la cobertura será aplicada de acuerdo con lo normado por el BCRA en forma proporcional en relación con los ingresos de cada integrante y su contribución a los ingresos computables del conjunto.

  • De $250,001 a $1, 000,000 Hipotecaria 1 a 1 De $100,001 a $250,000: Garantía Prendaria 1.5 a 1 sobre automóviles nacionales, más un Aval en caso de ser necesario con comprobante de ingreso y capacidad de pago.

  • GARANTÍAS De $50,000 a $250,000: Garantía Prendaria 1.5 a 1 sobre automóviles nacionales, más un Aval en caso de ser necesario con comprobante de ingreso y capacidad de pago.

  • En caso de que el Banco acepte la restitución de la Garantía Prendaria, las Partes convienen expresamente en que la designación ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, estará a cargo del Banco a su sola discreción, corriendo a cargo del Acreditado los gastos, honorarios y cualquier otro pago que se genere por dicha designación.

  • De $50,000 a $250,000: Garantía Prendaria 1.5 a 1 sobre automóviles nacionales, más un Aval en caso de ser necesario con comprobante de ingreso y capacidad de pago.

  • Garantía Prendaria con valor 1.5 a 1 con relación al monto solicitado.