Definición de IRAM CHILE

IRAM CHILE. Es una marca registrada y propiedad exclusiva de IRAM CHILE.

Examples of IRAM CHILE in a sentence

  • La Gerencia General de IRAM CHILE deberá expedirse dentro de los treinta (30) días corridos contados desde que hubiere recibido la apelación debiendo fundamentar su decisión mediante una resolución escrita.

  • En caso en que el Titular presente la renuncia al servicio de Certificación IRAM CHILE y existan causas que lo hagan pasible de una sanción, dicha renuncia será considerada por la Gerencia General de IRAM CHILE la que decidirá sobre la aceptación de la renuncia o la aplicación de la sanción.

  • IRAM CHILE no transmitirá a terceras partes sin el consentimiento escrito del Titular, la información obtenida durante el proceso de certificación, salvo que sea requerido por la autoridad de aplicación que regula esta certificación o por la justicia.

  • IRAM CHILE tiene una política y disposiciones para preservar la confidencialidad de la información obtenida o creada en el curso de las actividades de certificación a todos los niveles de su estructura.

  • En el caso en que el Titular no adopte las medidas correctivas necesarias en tiempo y forma para resolver la causa de la suspensión, el presente Acuerdo ▇▇▇▇▇ será resuelto por IRAM CHILE conforme lo previsto en este Acuerdo Marco.

  • Estudiada la queja, la Gerencia General de IRAM CHILE deberá informar a quien resulte reclamante la resolución tomada respecto del tema objeto de la queja.

  • El Solicitante o Titular debe declarar a la Gerencia General de IRAM CHILE, en el caso que, el Inspector designado para evaluar su proceso de certificación tiene o haya tenido alguna relación de consultoría u otro vínculo laboral durante los últimos dos (2) años.

  • IRAM CHILE permitirá al Titular hacer referencia a la certificación IRAM CHILE en publicaciones, material de promoción y venta del Producto certificado bajo las condiciones previstas por IRAM CHILE.

  • La Gerencia General de IRAM CHILE es responsable de identificar y analizar las fuentes potenciales de conflicto de interés que ponen en riesgo la imparcialidad de las actividades de certificación y la puesta en marcha de las medidas pertinentes para su eliminación o minimización.

  • El uso controlado de las unidades de Producto certificado, almacenadas por el Titular en el momento de la renuncia del servicio de Certificación IRAM CHILE, se acordará entre la Gerencia General de IRAM CHILE y el Titular para asegurar el correcto uso del Documento de Certificación y la marca IRAM CHILE cuando corresponda asociados a los mismos.

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  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Salud – Calidad – Humanización novedades que considere son irregulares. Para que el Supervisor expida el acta de recibo final del contrato, deberá verificar que todas las obligaciones contractuales se hayan cumplido a cabalidad y que puede procederse a su respectivo pago final. j) Elaborar el proyecto de acta de liquidación del contrato inmediatamente finalice el plazo de ejecución del mismo. K) De conformidad con lo estipulado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, debe exigir al CONTRATISTA el cumplimiento a sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de sus empleados cuando a ello haya lugar mediante certificación suscrita por el Representante Legal y/o Revisor Fiscal, acompañada de la respectiva planilla de pago, antes de realizar cualquier pago y con anterioridad a la elaboración de la respectiva acta de liquidación, en la que se establezca una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, debe informar al Ordenador del Gasto para que se retengan las sumas adeudadas al sistema en el momento de la liquidación y el HOSPITAL le efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes sistemas con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, conforme lo define el reglamento. 2) EN EL ASPECTO LEGAL.

  • Hace saber Que el Ayuntamiento Pleno por mayoría absoluta de sus miembros presentes, en sesión extraordinaria celebrada el día 26 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2014, se ha acordado aprobar definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ 1/2013 “Ampliación del acceso público al colegio SNA ▇▇▇▇▇▇ en ▇/ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇”, redactada por la Unidad Técnica de Asistencia a los Municipios de la Excma. Diputación Provincial ▇▇ ▇▇▇▇. Así mismo el expediente ha sido inscrito y depositado en el registro autonómico de instrumentos urbanísticos con el núm. de registro 6221, libro de registro ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Sección instrumentos de Planeamiento y en el registro municipal ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, sección instrumentos de planeamiento núm. registro 33/2014, por lo que se procede a publicar el acuerdo de aprobación y el instrumentos de planeamiento aprobado, todo ello de conformidad con el Art. 40 de la Ley 7/2002 de ordenación urbanística de Andalucía y 21.1 del D 2/2004, de 7 de enero: Visto el expediente de Innovación Puntual del Planeamiento General ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, redactado por el Área técnica de Infraestructuras y equipamientos municipales de la Excma. Diputación Provincial ▇▇ ▇▇▇▇, cuyo objeto es ampliar el acceso público al Colegio Público San ▇▇▇▇▇▇ sito en C/ Maestro ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, mediante la calificación de dotacional de una parcela de aproximadamente 20,86 m² que pasarán a integrarse en el suelo dotacional público de sistemas generales afecto educación y que sirve de acceso al colegio. Visto que por acuerdo plenario de fecha 27 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2013, se aprobó inicialmente la Modificación Puntual del Planeamiento General ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, 1/2013. Considerando que por acuerdo plenario de fecha 26 de diciembre de 2013 fue aprobada provisionalmente dicha Innovación puntual, incluyendo una rectificación de errores en planimetría Resultando que dicho error en la planimetría, referido al límite del dotacional publico con el colegio San ▇▇▇▇▇▇, determina también la modificación en la memoria de dicha innovación. Visto el documento de modificación rectificado y remitido por la Excma. Diputación Provincial con fecha 14 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2014. Visto el informe emitido por la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, por el que se informa favorablemente dicha Modificación Puntual, debiendo el Ayuntamiento realizar la Corrección de las contradicciones entre los diferentes planos del documento técnico, al no concordar el perímetro y la ubicación del Sistema General Escolar, en el que se sitúa el colegio, en el plano núm. 3 y los núm. 5 del documento técnico presentado. Visto el informe emitido por el Arquitecto municipal en el que se señala que dicho documento aclara las contradicciones. Resultando que dicha modificación según el informe emitido por la Consejería ha sido tramitada adecuadamente, considerándola como no estructural y solicitado por tanto su aprobación definitiva Resultando que las modificaciones introducidas en el documento urbanístico son de tal índole que no exigen nuevo periodo de información pública, conforme al Art. 32.3º de la LOUA al tratarse de un rectificación de un error gráfico y su aclaración en la memoria. Considerando que de conformidad con lo establecido en el art. 105 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del procedimiento administrativo común “Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos“. Vistos los artículos 10 apartado 1º, artículos 31 al 35 y artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y el Decreto 292/1995, por el que se aprueba el Reglamento de Impacto Ambiental, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente

  • BMV Significa la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V.

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