Definición de Nivel Salarial

Nivel Salarial. Es la retribución asignada a cada uno de los niveles de adscripción dentro de los puestos profesionales de conformidad con las tablas salariales vigentes en cada momento.
Nivel Salarial. Este grupo profesional comprende los siguientes niveles salariales:
Nivel Salarial. Este grupo profesional comprende los siguientes niveles salariales: Criterios Generales Formación.- Titulación equiparable a Enseñanza Secundaria Obligatoria, ciclo formativo de grado medio o conocimientos equivalentes reconocidos por la empresa y/o formación en el puesto de trabajo o conocimientos adquiridos en el desempeño de la profesión. Tareas:

Examples of Nivel Salarial in a sentence

  • La retribución del trabajador en formación y aprendizaje será la del 80, 85 y 95 por 100 xxx xxxxxxx establecido en este Convenio Colectivo para el Nivel Salarial 9 durante el primero, segundo y tercer año de vigencia del contrato, respectivamente.

  • Tiene carácter consolidable y forma parte xxx xxxxxxx computable a efectos del Plan de Pensiones, siendo absorbible y compensable por incremento de nivel y se incrementará a futuro en igual porcentaje que el Nivel Salarial.

  • La cuantía de las tres Gratificaciones Extraordinarias, queda establecida para cada devengo en el importe de una mensualidad y se calculará de acuerdo con el Nivel Salarial, más el Complemento de Desarrollo Profesional.

  • Su importe anual se percibe, al igual que el Nivel Salarial, entre las 12 pagas ordinarias y las dos gratificaciones extraordinarias.

  • La cuantía de las tres Gratificaciones Extraordinarias, queda establecida para cada devengo en el importe de una mensualidad y se calculará de acuerdo con el Nivel Salarial, más el Complemento de Desarrollo Profesional: La gratificación extraordinaria xx xxxxxx se abonará proporcionalmente al número de días de trabajo desde el 1 de enero al 30 xx xxxxx del año en curso, y se abonará en la nómina xx xxxxx.

  • No podrá haber un Grupo Profesional y Nivel Salarial sin función ni viceversa.

  • Anticipos: Todo el personal podrá solicitar un anticipo de su Nivel Salarial y Complemento de Desarrollo Profesional, reintegrable mediante retención en todas las pagas ordinarias y extraordinarias, por iguales cantidades, hasta la total amortización del mismo, de acuerdo con la siguiente tabla: Cantidad solicitada Periodo de devolución 1 mensualidad.2 mensualidades.3 mensualidades.

  • Para 2011 se aplicará al personal directo la Paga Única xx Xxxxx definida en Anexo 4, con la Categoría y Nivel Salarial que el trabajador tuviera en abril de 2011.

  • Se entiende por Nivel Salarial el intervalo de clasificación profesional que permite agrupar horizontalmente los diferentes grados de responsabilidad dentro del contenido organizativo de cada Grupo Profesional, y determinar los distintos grados de promoción profesional y la equivalencia retributiva a las tablas salariales.

  • Las retribuciones brutas de carácter fijo a las que se refiere el párrafo primero del presente artículo serán exclusivamente las que en cada caso correspondan por los siguientes conceptos retributivos: Nivel Salarial, Complemento de Desarrollo Profesional y complementos personales regulados en el artículo 32 del presente convenio, así como los pluses de turno para el personal que los devengue.


More Definitions of Nivel Salarial

Nivel Salarial. Grupo profesional primero Jefe/a restaurante x xxxx. 1 2.º Jefe/a restaurante x xxxx. 1 Jefe/a operaciones de catering. 1 Gerente de centro. 1 Grupo profesional segundo Jefe/a sector. 2 Camarero/a. 2 Pinchadiscos (Diskjockey) 2 Xxxxxx/Barwoman. 2 Sumiller/a. 2 Jefe/x xxxx catering. 2 Supervisor/a catering. 2 Supervisor/a colectividades. 2 Supervisor/a restauración moderna. 2 xxx.xxxxxxxx.xx/xxx BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA XX XXXXXXXXX D.L.: S 1-1958 N.º 244 • Miércoles 21 de Diciembre de 2016 Pág. 23 NIVEL SALARIAL Grupo profesional segundo Preparador/a montador/a catering. 3 Conductor/a equipo catering. 3 Preparador/a restauración moderna. 3 Grupo profesional tercero Ayudante/a camarero. 4 Ayudante cajero de comedor 4 Ayudante/a equipo catering. 4 Monitor/a o cuidador/a colectividades. 4 Asistente/a colectividades. 4 Asistente/a preparador/montador catering. 4 Asistente/a restauración moderna. 4 Grupos profesionales del área funcional cuarta. Pisos y Limpieza. NIVEL SALARIAL Grupo profesional primero. Gobernante/a o Encargado/a general. 2 Subgobernante/a o Encargado/a sección. 2 Grupo profesional segundo. Camarero/a pisos. 3 Grupo profesional tercero. Auxiliar pisos y limpieza. 4 Grupos profesionales del área funcional quinta. Servicios de mantenimiento y Servicios au- xiliares. NIVEL SALARIAL Grupo profesional primero. Jefe/a servicios catering. 1 Encargado/a mantenimiento y servicios auxiliares. 2 Encargado/a mantenimiento y servicios técnicos catering (flota o instalaciones y edificios). 2 Grupo profesional segundo. Encargado/a sección. 2 Especialista mantenimiento y servicios auxiliares. 3 Especialista mantenimiento y servicios técnicos catering (flota o instalaciones y edificios). 3 Grupo profesional tercero. Auxiliar mantenimiento y servicios auxiliares. 4
Nivel Salarial. Este grupo profesional comprende los siguientes niveles salariales: Criterios Generales Formación.- Titulación equiparable a Bachillerato, ciclo formativo de grado medio o conocimientos equivalentes reconocidos por la empresa y/o formación en el puesto de trabajo o conocimientos adquiridos en el desempeño de la profesión. Tareas: Nivel Salarial: Este grupo profesional comprende los siguientes niveles salariales: Criterios Generales Formación.- Titulación equiparable a ciclo formativo de grado medio o Tareas: Nivel Salarial: Este grupo profesional comprende los siguientes niveles Criterios Generales Formación.- Formación equiparable a Enseñanza Secundaria Obligatoria, así como a conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión. Tareas: Nivel Salarial: Este grupo profesional comprende los siguientes niveles salariales: Criterios Generales Formación.- Enseñanza secundaria obligatoria (ESO) o certificado de Escolaridad o equivalente. Tareas:
Nivel Salarial. Este grupo profesional comprende los siguientes niveles salariales: Criterios Generales Aquellos trabajadores y trabajadoras que realizan tareas que consisten en la ejecución de trabajos que, aunque se realizan bajo instrucciones precisas, requieren adecuados conocimientos profesiona- les y aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada por una supervisión sistemática. Formación.- Titulación equiparable a Enseñanza Secundaria Obligatoria, ciclo formativo de grado medio o conocimientos equivalentes reconocidos por la empresa y/o formación en el puesto de trabajo o conocimientos adquiridos en el desempeño de la profesión. Este grupo profesional comprende las siguientes divisiones funcionales y niveles salariales: Este grupo profesional comprende la división funcional de <Empleados de Estructura>, a título orientativo, los siguientes: - Contable, cajero/a, Oficial 1ª admvo./a - Operador/a de ordenador - Jefe/a de sección - Practicante / ATS - Dependiente/a Mayor - Viajante - Conductor/a “D” y “E” - Encargado/a de establecimiento - Xxxxxxxx xx xxxxx - Xxxxxxx Xxxxx./x 0x - Xxxxxxxxxxx/x 00 años Tareas: Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que, por analogía, son asimilables a las siguientes:
Nivel Salarial. Este grupo profesional comprende los siguientes niveles salariales: BOCM-20190722-33 LUNES 00 XX XXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 172 El límite de edad máximo para esta ocupación será de hasta 21 años, no pudiendo extenderse la actividad en este puesto de trabajo más allá de los dos años. Para esta ocupación se establece el siguiente sistema de retribución mensual en la tabla anexa: 01/04/2018 01/04/2019 01/04/2020 Aprendiz de primer año 641,35 € 654,18 € 667,26 € Aprendiz de segundo año 680,16 € 693,76 € 707,63 € Aspirante hasta 18 años 738,91 € 753,69 € 768,76 € (*) La retribución salarial fijada equivale al 100% del tiempo de trabajo efec- tivo. No obstante esta cantidad se podrá reducir en proporción al tiempo dedi- cado a la formación teórica. Dado que el Salario Mínimo Interprofesional para el año 2019 se ha establecido en 12.600 Euros anuales (900 euros mes por 14 mensualidades) a tiempo completo, se establece que el conjunto de las percepciones por conceptos salariales percibidas por los aprendices no pueden ser en ningún caso inferiores al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento. De esta manera sí el salario del trabajador en su conjunto, resulta ser inferior al SMI, se deberá establecer un complemento denominado “garantía SMI” por la diferencia entre el salario establecido para los aprendices y aspirantes y el SMI. Si los trabajadores aprendices o aspirantes perciben o percibiesen retribuciones a través de con- ceptos o complementos salariales superiores a lo establecido en las tablas, estos complementos o conceptos podrán ser absorbidos, si son susceptibles de ello, hasta llegar al SMI. Además percibirán en concepto de plus de transportes urbanos (once pagas) un importe de: • 58,43 € para el periodo 01/04/2018 a 31/03/2019 • 59,60 € para el periodo 01/04/2019 a 31/03/2020 • 60,79 € para el periodo 01/04/2020 a 31/03/2021 BOCM-20190722-33 A 01/04/2021 todos los aprendices percibirán una retribución de 14.000 € como salario de convenio anual manteniéndose durante todo el año 2021. BOCM X.X.X.X. Xxx. 000 LUNES 00 XX XXXXX XX 0000 I TECNICOS DE ESTRUCTURA 1 1.825,50 27.382,50 85,64 95,20 II TECNICOS 2.1 1.641,36 24.620,40 70,63 95,20 III TECNICOS 3.1 1.338,80 20.082,00 62,02 95,20

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  • Consulta Comunicación escrita, remitida por un Oferente/Proponente conforme al procedimiento establecido y recibida por el Comité de Compras y Contrataciones, solicitando aclaración, interpretación o modificación sobre aspectos relacionados exclusivamente con el Pliego de Condiciones Específica.

  • Hospital Establecimiento destinado al cuidado y tratamiento de personas enfermas o lesionadas, con facilidades organizadas para diagnóstico, cirugía mayor, servicio médico con profesionales legalmente titulados y servicio de enfermeras o enfermeros graduados. Todo ello operando legalmente de acuerdo con las normas legales vigentes aplicables.

  • Concepto Es la interpretación que hace el Proponente de la problemática que se pretende solucionar con el servicio (estudio, supervisión, asesoramiento, etc.), demostrando el conocimiento que tiene del proyecto en particular. Contiene una interpretación y análisis de los Términos de Referencia, estableciendo y justificando claramente las coincidencias y desacuerdos con los mismos.

  • MIPYMES Las micro, pequeñas y medianas empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Consumo Cantidad de metros cúbicos de gas, recibidos por el suscriptor o usuario en un período determinado, leídos en los equipos de medición respectivos, o calculados mediante la metodología establecida por la autoridad regulatoria.

  • Pérdida Total Se entenderá como pérdida total cuando el monto del daño sufrido al vehículo asegurado, incluyendo mano de obra, refacciones y materiales necesarios para su reparación conforme a presupuesto elaborado y/o autorizado por la Compañía, exceda del 75% de la suma asegurada contratada y establecida en la carátula de la póliza.

  • Supervisor Persona natural o jurídica, competente responsable de dirigir o supervisar la ejecución de acuerdo con el diseño, planos, tiempo de ejecución, presupuestos y especificaciones técnicas y de construcción del Contrato de Obra.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Directorio significa el Directorio Ejecutivo del Banco.

  • Programa significa el proyecto o programa que se identifica en las Estipulaciones Especiales y consiste en el conjunto de actividades con un objetivo de desarrollo a cuya financiación contribuyen los recursos xxx Xxxxxxxx.

  • Consultor es el oferente adjudicatario.

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que con el Asegurador suscribe este contrato, y a la que corresponden las obligaciones que del mismo deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el Asegurado.

  • Proyecto significa el Programa o Proyecto para el cual se otorga el Financiamiento.

  • POBALINES POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE CORPORACIÓN MEXICANA DE INVESTIGACIÓN EN MATERIALES, S.A. DE C.V. G) PRECIO CONVENIENTE. ES AQUEL QUE SE DETERMINA A PARTIR DE OBTENER EL PROMEDIO DE LOS PRECIOS PREPONDERANTES QUE RESULTEN DE LAS PROPOSICIONES ACEPTADAS TÉCNICAMENTE EN LA LICITACIÓN, Y A ÉSTE SE LE RESTA EL PORCENTAJE QUE DETERMINA COMIMSA EN SUS POBALINES, EL CUAL NO PODRÁ SER INFERIOR AL CUARENTA POR CIENTO, ATENTO A LO SEÑALADO EN LA FRACCIÓN III DEL INCISO B. DEL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 51 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. H) PRECIO NO ACEPTABLE: ES AQUÉL QUE DERIVADO DE LA INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX REALIZADA, RESULTE SUPERIOR EN UN DIEZ POR CIENTO AL OFERTADO RESPECTO DEL QUE SE OBSERVA COMO MEDIANA EN DICHA INVESTIGACIÓN O EN SU DEFECTO, EL PROMEDIO DE LAS OFERTAS PRESENTADAS EN LA LICITACIÓN.

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • SHCP Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

  • Salud – Calidad – Humanización prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres a tres (3) meses.  El retiro de la oferta después de vencido el plazo para la presentación de las ofertas.  La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.  La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento del contrato. Cuando la propuesta la presente un Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura, la Garantía de Seriedad debe ser otorgada por todos sus integrantes y especificando el nombre del proponente plural (NO A NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL). Artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015. Esta garantía debe ser expedida o constituida a favor del HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de acuerdo con lo establecido a continuación: El proponente acepta que el HOSPITAL MILITAR CENTRAL le solicite ampliar el término de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, en caso de resultar este insuficiente. El pago de la garantía de seriedad de la oferta, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter de indemnización, excepto cuando haya renuencia para la firma del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado, evento en el cual la póliza se hará exigible como sanción de conformidad con el numeral 12 del artículo 30 la Ley 80 de 1993, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste al HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. En caso de presentarse garantía bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda: "La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente".

  • Tema (asunto de la convocatoria sobre el que versa su pregunta) Xxxxxxx de la Convocatoria: Inciso: Pagina No. Anexo No. (En caso de que aplique) Detallar el cuestionamiento o duda en función de los datos indicados anteriormente del punto específico de la convocatoria sobre los que se tenga duda Numeral de la Convocatoria: 11.3 Inciso: N/a Pagina No. 20 Anexo No. N/a

  • Ingresos Incrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo contable, en forma de entradas o incrementos de valor de los activos, o bien como decrementos de los pasivos, que dan como resultado aumentos en el patrimonio, y no están relacionados con las aportaciones de los propietarios.

  • Interés Asegurable Por interés asegurable se entiende la relación lícita de valor económico sobre un bien. Cuando esta relación se halla amenazada por un riesgo, es un interés asegurable.

  • Hospitalización Registro de una persona como paciente en un hospital, permaneciendo ingresada un mínimo de 24 horas o que pernocte y realice una comida principal en el centro.

  • Cronograma Desarrollo en el tiempo de cada etapa del proyecto representado gráficamente según las C.A.L.P. y E.T.

  • Concesionario Es la persona jurídica preexistente o una nueva constituida por el Adjudicatario bajo las Leyes y Disposiciones Aplicables que suscribe el Contrato con el CONCEDENTE. En cualquiera de los casos, el objeto social del CONCESIONARIO será desarrollar actividades de transmisión eléctrica y en la que el Operador Calificado es titular de la Participación Mínima.

  • Grupo Asegurable Conjunto de personas físicas que poseen alguna característica común extraña al propósito de asegurarse y que cumplan cada una de las condiciones para poder ser Asegurados.

  • Clase Única Nacional Modalidad: Sin modalidad Expediente N°: EX-2020-51605212- -APN-DACMYSG#HNDBS Objeto: QUÍMICA AUTOMATIZADA COMODATO POR UN AÑO Y/O HASTA AGOTAR STOCK Retiro xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Lugar y dirección: El pliego se puede adquirir participando del proceso en XXXXX.XX. Plazo y horario: De 18/08/2020 11:00:00 a 18/09/2020 10:00:00 Consulta xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Lugar y dirección: Las consultas, deben efectuarse a través de XXXXX.XX. Plazo y horario: Hasta 17/09/2020 14:00:00 Presentación de Ofertas Lugar y dirección: Las ofertas se deberán presentar a través de XXXXX.XX utilizando el formulario electrónico que suministre el sistema. Plazo y horario: Hasta 18/09/2020 10:00:00 Acto de Apertura Lugar y dirección: La apertura de ofertas se efectuará por acto público a través de XXXXX.XX. En forma electrónica y automática se generará el acta de apertura de ofertas correspondiente. Plazo y horario: 18/09/2020 10:00:00 UOC: 96 - Dirección General de Administración Ejercicio: 2020