Definición de SEGURO DE VIDA

SEGURO DE VIDA. Fallecimiento del asegurado 14.442,30 €. Accidente del asegurado 28.884,58 €. Accidente de circulación 43.272,88 €. SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES: Muerte por accidente de Trabajo 14.442,30 €. Invalidez total por accidente de Trabajo 28.884,58 €.
SEGURO DE VIDA. EL CLIENTE acepta contratar un seguro de vida individual sobre el saldo de la línea de sobregiro. Dicha póliza de seguro debe ser contratada con una compañía de seguros reconocida y aceptada por el BANCO. El BANCO será el único beneficiario de la póliza, por lo que en caso de muerte, recibirá directamente el importe de la indemnización del seguro correspondiente, para aplicarlo al pago de las obligaciones que queden pendientes de pago por parte de EL CLIENTE.
SEGURO DE VIDA. (Venta Individual)

Examples of SEGURO DE VIDA in a sentence

  • EL ASEGURADO PODRÁ POTENCIAR SU SEGURO DE VIDA A LA SUMA QUE CONVENGA LIBREMENTE CON LA ASEGURADORA, PARA LO CUAL TENDRÁ 30 DÍAS (TREINTA DÍAS) A PARTIR DEL INICIO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA O DE SU INGRESO AL GRUPO ASEGURADO PARA EJERCER ESTE DERECHO.

  • PARTIDA 2 – SEGURO DE VIDA PARA CIATEC.- 12:00 HORAS DEL DÍA 1 DE ENERO DE 2012 A LAS 12:00 HORAS DEL DÍA 1 DE ENERO DE 2013, CON RENOVACIÓN AUTOMÁTICA DE LAS 12:00 HORAS DEL DÍA 1 DE ENERO DE 2013, A LAS 12:00 HORAS DEL DÍA 1 DE ENERO DE 2014.

  • EN CASO DE QUE EL PENSIONISTA REINGRESARA AL SERVICIO ACTIVO, LE SERÁ CANCELADO EL SEGURO DE VIDA DE JUBILADO.

  • SEGURO DE VIDA POR SALDO DE DEUDA: El Tarjeta-Habiente pagará al Emisor por Seguro de Vida por Saldo de Deuda el monto fijado a tal efecto en el Anexo y acepta que, en caso de fallecimiento por muerte natural o accidental del titular de este contrato, se cancele el saldo adeudado que haya al día y la hora del deceso.

  • SEGURO DE VIDA POR CONCEPTO DE ACCIDENTES AUTOMÓVILISTICOS AL CONDUCTOR.


More Definitions of SEGURO DE VIDA

SEGURO DE VIDA. TDE establece para el personal activo en Plantilla un Seguro de Vida, de acuerdo con las condiciones establecidas en la póliza del Asegurador que la empresa estime. Los riesgos asegurados son: CIE: BOPT-I-2014-05535 - Fallecimiento (CAP): Mediante estas condiciones y las Generales de los seguros para caso de muerte, se pagará al Beneficiario/a el capital convenido (equivalente al 100% del Salario Anual correspondiente, más la Antigüedad), en caso de que el Asegurado/a fallezca durante la vigencia del Seguro por cualquier causa y en cualquier lugar, salvo que la muerte ocurriere:
SEGURO DE VIDA. Para todo el personal de la industria metalúrgica se concertará un seguro de vida colectivo, de carácter obligatorio, con la Caja Nacional de Ahorro y Seguro por un capital uniforme de $10.000 .-(diez mil pesos) por persona, cuya prima estará a cargo del empleador y del trabajador por partes iguales. El beneficio establecido por este artículo es independiente de cualquier otro régimen de previsión, seguro o subsidio que las empresas tengan en vigor. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente las partes signatarias de esta convención sustituir el sistema de contratación expresado.
SEGURO DE VIDA. ES EXCLUSIVO DE LOS BENEFICIARIOS QUE EL TRABAJADOR DESIGNA. Dicho seguro es una prestación que emana del contrato colectivo de trabajo; tienen derecho a recibir el importe de la póliza respectiva únicamente los beneficiarios que haya designado el trabajador y sólo se hace efectivo a su fallecimiento. Por consiguiente, para establecer el derecho de beneficiarios al seguro en referencia, no rige la teoría de la dependencia económica a que se contrae el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, sino solamente la designación que al respecto haya realizado el trabajador”. RELACIÓN LABORAL, PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS, SE DEBEN TOMAR EN CUENTA LAS NORMAS DEL DERECHO DEL TRABAJO Y NO LAS DEL DERECHO CIVIL. El artículo 115 de la Ley Federal del Trabajo dispone que los beneficiarios del trabajador fallecido tendrán derecho a percibir las prestaciones e indemnizaciones pendientes de cubrirse, ejercitar las acciones y continuar los litigios, sin necesidad de juicio sucesorio. Por su parte, el artículo 501 señala quiénes son las personas que tienen derecho a recibir la indemnización en los casos de fallecimiento del trabajador, disposición que, si bien forma parte del Título Noveno de la ley citada, referente a riesgos de trabajo, se debe considerar aplicable para efectos de determinar a los beneficiarios en los casos de muerte no originada por riesgo profesional, ya que se trata de un caso semejante o análogo. En el caso específico, lo anterior permite establecer que cuando fallece un trabajador la determinación de los beneficiarios de las prestaciones derivadas de la relación de trabajo se rige por las disposiciones propias del derecho laboral, con exclusión de las de la legislación civil, encontrándose dentro de aquéllas las normas contenidas en los contratos colectivos de trabajo, las cuales se aplican tratándose de prestaciones laborales de carácter extralegal, es decir, de las que tienen su fuente en las propias convenciones colectivas”
SEGURO DE VIDA. Muerte e incapacidad permanente, total, absoluta o gran invalidez por cualquier causa: 6.010 €. Jornada de trabajo: 1.810 horas de trabajo efectivo (40 horas semanales). Permisos: Además de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores:
SEGURO DE VIDA. Es aquel contrato en el que la prestación del asegurador consiste en el pago al asegurado o al beneficiario de una suma, de una o varias veces, cuando se produzca un evento que se refiere a la duración de la vida humana. Modalidades: para caso de muerte para caso de vida mixto. En este seguro de vida la cobertura se realiza para el caso de muerte del asegurado, de forma que la obligación del asegurador depende de este hecho.
SEGURO DE VIDA. Muerte por cualquier causa $5.000 $10.000 $15.000 Incapacidad Total y Permanente $5.000 $10.000 $15.000 Muerte y desmembración accidental (MyDA) $5.000 $10.000 $15.000 BENEFICIOS GENERALES (Aplica para titulares y sus dependientes) SILVER GOLD PLATINIUM Cobertura Territorial Solo Local Mundial Mundial Máximo Año Calendario $100.000 $125.000 $150.000 Máximo Año Calendario se reduce a los 65 años $35.000 $40.000 $50.000 Máximo Vitalicio para SIDA $15.000 $30.000 $45.000 Deducible Local año calendario $100 $150 $200 Deducible Internacional año calendario N/A $1.000 $1.500 Cobertura ambulatoria libre elección con aplicación de deducible 80% 80% 80% Cobertura ambulatoria Red Paligmed sin aplicación de deducible 80% 80% 80% Cobertura hospitalaria libre elección 80% 80% 80% Cobertura hospitalaria Red Paligmed 80% 80% 80% Cobertura hospitalaria Red Paligmed Preferencial 90% 90% 90% Cobertura ambulatoria y hospitalaria Internacional (En EEUU al 70% fuera de Red) N/A 80% 80% Límite de Coaseguro año calendario hasta: N/A $12.500 $15.000 Cuarto y Alimento Local ( Sin Límite de Días) al 100% sin aplicación de deducible, hasta: $120 $160 $220 Cuarto y Alimento Internacional ( Sin Límite de Días) al 100% sin aplicación de deducible, hasta: N/A $250 $350 Terapia Intensiva (Sin Límite de Días): 80% 80% 80% Tope de Consulta $50 $60 $70 Ambulancia Terrestre local e internacional Hasta: $200 $200 $200 Emergencia Médica por Accidente (Al 100% y no sujeto a deducible) hasta: $250 $300 $350 Control Niño Sano SI APLICA SI APLICA SI APLICA Beneficio de Maternidad: Parto normal, Cesárea y Aborto no provocado al 100% sin deducible (aplica periodo de carencia 9 meses) $1.300 $1.800 $2.200 Servicio Exequial con proveedor designado por Palig SI APLICA SI APLICA SI APLICA Cobertura de Accidentes Bajo Efectos del Alcohol SI APLICA SI APLICA SI APLICA Cobertura de Lesiones Autoinflingidas SI APLICA SI APLICA SI APLICA Cobertura de Enfermedades Congénitas para dependientes nacidos bajo la póliza SI APLICA SI APLICA SI APLICA SEGURO DE VIDA SILVER GOLD PLATINIUM BENEFICIOS (Solo para titulares) Monto Monto Monto
SEGURO DE VIDA. El seguro de vida es un mecanismo que permite proteger la estabilidad económica de la familia, reemplazando el ingreso que se perdería en el evento de la muerte prematura de alguno de los miembros que la sustenta.