Definición de SUBROGACIÓN

SUBROGACIÓN. Son los derechos que correspondan al Asegurado contra un tercero, que en razón del siniestro, se transfieren a la Compañía hasta el monto de la indemnización pagada.
SUBROGACIÓN. Es el acto por el cual la Compañía sustituye al Asegurado en el ejercicio de todos sus derechos y obligaciones en contra de Terceros causantes del Siniestro en los términos del artículo 111 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.
SUBROGACIÓN. Es la transmisión o adquisición de derechos que tiene la Aseguradora sobre el bien asegurado, hasta por la cantidad pagada al beneficiario con motivo del Siniestro.

Examples of SUBROGACIÓN in a sentence

  • INFORMACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES DE LOS CONTRATOS DE LOS TRABAJADORES A LOS QUE AFECTE LA SUBROGACIÓN AL OBJETO DE PERMITIR UNA EXACTA EVALUACIÓN DE LOS COSTES LABORALES.

  • SAMPLE SUBROGACIÓN: USTED acepta que NOSOTROS, después de realizar un pago de reclamación en SU nombre, tenemos todos los derechos de subrogación contra otros que puedan ser responsables de la AVERÍA CUBIERTA que resulte en dicho pago.

  • CLÁUSULA DE NO SUBROGACIÓN EN CONTRA DE FILIALES Y/O SUBSIDIARIAS Y/O EMPLEADOS Y/O PERSONAL Y/O TERCEROS, UNA VEZ PAGADA LA INDEMNIZACIÓN CORRESPONDIENTE, EL ASEGURADO NO SE VERÁ OBLIGADO A SUBROGAR LOS DERECHOS A LA COMPAÑÍA ASEGURADORA CUANDO LA, EL O LOS RESPONSABLES DE LOS DAÑOS HAYA O HAYAN SIDO FILIALES, SUBSIDIARIA, EMPLEADOS Y TERCEROS.

  • En caso de SUBROGACIÓN POR CAMBIO DE DEUDOR se aplicará la comisión del 0,5 por ciento de la cifra de capital pendiente de amortizar.

  • LA COMPAÑÍA DE SEGUROS PODRÁ LIBERARSE EN TODO O EN PARTE DE SUS OBLIGACIONES, SI LA SUBROGACIÓN ES IMPEDIDA POR EL ASEGURADO.


More Definitions of SUBROGACIÓN

SUBROGACIÓN. Adquisición de derechos y acciones por la Aseguradora, frente a los terceros responsables del daño.
SUBROGACIÓN. Es la sustitución de una relación de derecho de una persona por otra distinta que ejercitará los derechos y acciones de aquella cuando haya interés en que la obligación se cumpla.
SUBROGACIÓN. Es el acto por el cual la Compañía sustituye al Asegurado y/o Contratante que acredite la propiedad del vehículo en el ejercicio de todos sus derechos y obligaciones en contra de terceros causantes del siniestro en los términos del artículo 111 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.
SUBROGACIÓN. Son los derechos que correspondan al
SUBROGACIÓN. ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y ACCIONES POR LA ASEGURADORA, FRENTE A LOS TERCEROS RESPONSABLES DEL DAÑO.
SUBROGACIÓN. Derecho por parte del asegurador de proceder, en nombre del asegurado, contra terceros; así como de exigirle al asegurado la devolución del importe correspondiente si él o ella recuperaran los gastos de terceras partes.
SUBROGACIÓN. Son (i) los derechos que correspondan al Asegurado contra un tercero, que en razón del siniestro se transfieren a la Compañía hasta el monto de la indemnización pagada; y (ii) los derechos que corresponden a la Compañía con motivo del reemplazo parcial o total de los bienes asegurados, que en razón del siniestro se transfieren a la Compañía con relación a los bienes reemplazados.