CONDICIONES PREEXISTENTES. Las condiciones preexistentes se clasifican en dos categorías:
(a) Declaradas al llenar la solicitud:
i. Libre de signos, síntomas y tratamiento durante un período de cinco
CONDICIONES PREEXISTENTES. Las condiciones preexistentes se clasifican en dos categorías:
(a) Declaradas al llenar la solicitud:
i. Libre de signos, síntomas y tratamiento durante un período de cinco (5) años anteriores a la fecha efectiva de la póliza, están cubiertas al expirar el período de espera de noventa (90) xxxx, a menos que estén específi- camente excluidas por una enmienda a la póliza.
ii. Con signos, síntomas o tratamiento en cualquier momento dentro de un período de cinco (5) años anteriores a la fecha efectiva de la póliza, serán cubiertas después de dos (2) años de la fecha efectiva de la póliza, a menos que estén específi- camente excluidas por una enmienda a la póliza.
(b) No declaradas al llenar la soli- citud: Condiciones preexistentes no declaradas al llenar la soli- citud nunca tendrán cobertura durante el tiempo de efecti- vidad de la póliza. Además, el Asegurador retiene el derecho de rescindir, cancelar o modificar la póliza basado en la omisión de dichas condiciones.
CONDICIONES PREEXISTENTES. Las condiciones preexistentes se clasifican en dos categorías:
(a) Declaradas al llenar la solicitud: Las condiciones pre-existentes decla- radas, a menos que estén específicamente excluidas por una enmienda a la póliza o al Certificado serán cubiertas después de dos (2) años a partir de la fecha efectiva del Certificado, hasta una cobertura máxima de por vida de veinticinco mil dólares ($25,000) por asegurado.
(b) No declaradas al llenar la solicitud: Condiciones preexistentes no decla- radas al llenar la solicitud nunca tendrán cobertura durante el tiempo de efectividad de la póliza. Además, el Asegurador retiene el derecho de rescindir, cancelar o modificar la póliza o el Certificado basado en la omisión de dichas condiciones por el Asegurado.