TRANSPORTACIÓN DE EMERGEN- CIA. La transportación de emer- gencia (por ambulancia terrestre o aérea) solamente es cubierta si está relacionada con una condición cubierta para la cual el tratamiento no puede ser proporcionado local- mente y la transportación por cual- xxxxx otro medio pueda resultar en la pérdida de la vida o de la integridad física. La transportación de emer- gencia xxxxxx ser provista hasta la instalación médica más cercana por una compañía de transporte licenciada y autorizada. El vehículo o aeronave usada debe contar con personal con entrenamiento médico y estar equipado para tratar emer- gencias médicas. (a) Transportación por Ambulancia Aérea: i. Toda transportación por ambulancia aérea debe ser previamente aprobada y coordinada por USA Medical Services.
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Samples: Insurance Policy, Insurance Policy, Insurance Policy