ACEPTACIÓN Y ADHESIÓN AL PRESENTE REGLAMENTO. El primer uso que haga EL CLIENTE de cualquiera de los productos y servicios objeto de este reglamento, constituirá un hecho inequívoco de la aceptación del mismo y de las condiciones generales aplicables a cada uno de los respectivos productos y servicios por parte de EL CLIENTE. Igual consecuencia se predicará respecto de cambios en los términos y condiciones y/o tarifas aplicables a los productos y servicios ofrecidos por EL BANCO, cuando EL CLIENTE hace uso de estos, después que EL BANCO haya comunicado la modificación respectiva. Para efectos del presente reglamento se entiende por uso el mero hecho de beneficiarse de cualquiera de los productos y/o servicios que EL BANCO le haya aprobado o le preste a EL CLIENTE o su utilización.
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Samples: Cup (Contrato Unificado De Productos), Cup (Contrato Unificado De Productos), Tarjeta De Crédito