ACTA DE FALLO. El evento de fallo deberá quedar comprendido dentro de los veinte días naturales siguientes al establecido para el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas y podrá diferirse las veces que la convocante estime necesario, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. El evento de Fallo se llevará a cabo a través de CompraNet, y sin la presencia de los Licitantes, esto de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la Ley, y se realizará el once xx xxxxxx de dos mil diecisiete a las doce horas, conforme a lo siguiente: 1. El servidor público del Instituto facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto. 2. Se dará a conocer el contenido del fallo de la Licitación, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP, consistente en lo siguiente: I. La relación de Xxxxxxxxxx cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla; II. La relación de Xxxxxxxxxx cuyas proposiciones resultaron solventes, describiendo en lo general dichas proposiciones. Se presumirá la solvencia de las proposiciones, cuando no se señale expresamente incumplimiento alguno; III. Nombre del o los Licitantes a quien se adjudica el contrato, indicando las razones que motivaron la adjudicación, de acuerdo a los criterios previstos en la convocatoria, así como la indicación de las partidas, los conceptos y montos asignados a cada Licitante; IV. Fecha, lugar y hora para la firma del contrato, la presentación de garantías y, en su caso, la entrega de anticipos, y V. Nombre, cargo y firma del servidor público que lo emite, señalando sus facultades de acuerdo con los ordenamientos jurídicos que rijan a la convocante. Indicará también el nombre y cargo de los responsables de la evaluación de las proposiciones. 3. Adicionalmente a lo establecido en el numeral que antecede, el Instituto al momento de comunicar el fallo, hará del conocimiento del Licitante a quien se le haya adjudicado el contrato, el resultado de la verificación de su historial en materia de contrataciones y su cumplimiento y, en su caso, el porcentaje de reducción que fuere aplicable al monto de la garantía de cumplimiento. 4. El Acta de Fallo se emitirá de conformidad a lo establecido en el precepto normativo referido, con los requisitos, fundamentación y motivación que establece, sin que pueda exigirse mayor amplitud o abundancia que la expresión de lo estrictamente necesario para que de manera sustancial se comprenda la resolución del Instituto. 5. El Instituto levantará el Acta de Fallo de la Licitación la cual será firmada por los servidores públicos presentes, así mismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes. 6. A los Licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta se encuentra a su disposición en CompraNet.
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ACTA DE FALLO. El evento de fallo deberá quedar comprendido dentro de los veinte días naturales siguientes al establecido para el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas y podrá diferirse las veces que la convocante estime necesario, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. El evento de Fallo se llevará a cabo a través de CompraNet, y sin la presencia de los Licitantes, esto de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la Ley, y se realizará el once xx xxxxxx doce de octubre de dos mil diecisiete a las doce horas, conforme a lo siguiente:
1. El servidor público del Instituto facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto.
2. Se dará a conocer el contenido del fallo de la Licitación, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP, consistente en lo siguiente:
I. La relación de Xxxxxxxxxx cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla;
II. La relación de Xxxxxxxxxx cuyas proposiciones resultaron solventes, describiendo en lo general dichas proposiciones. Se presumirá la solvencia de las proposiciones, cuando no se señale expresamente incumplimiento alguno;
III. Nombre del o los Licitantes a quien se adjudica el contrato, indicando las razones que motivaron la adjudicación, de acuerdo a los criterios previstos en la convocatoria, así como la indicación de las partidas, los conceptos y montos asignados a cada Licitante;
IV. Fecha, lugar y hora para la firma del contrato, la presentación de garantías y, en su caso, la entrega de anticipos, y
V. Nombre, cargo y firma del servidor público que lo emite, señalando sus facultades de acuerdo con los ordenamientos jurídicos que rijan a la convocante. Indicará también el nombre y cargo de los responsables de la evaluación de las proposiciones.
3. Adicionalmente a lo establecido en el numeral que antecede, el Instituto al momento de comunicar el fallo, hará del conocimiento del Licitante a quien se le haya adjudicado el contrato, el resultado de la verificación de su historial en materia de contrataciones y su cumplimiento y, en su caso, el porcentaje de reducción que fuere aplicable al monto de la garantía de cumplimiento.
4. El Acta de Fallo se emitirá de conformidad a lo establecido en el precepto normativo referido, con los requisitos, fundamentación y motivación que establece, sin que pueda exigirse mayor amplitud o abundancia que la expresión de lo estrictamente necesario para que de manera sustancial se comprenda la resolución del Instituto.
5. El Instituto levantará el Acta de Fallo de la Licitación la cual será firmada por los servidores públicos presentes, así mismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes.
6. A los Licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta se encuentra a su disposición en CompraNet.
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ACTA DE FALLO. El evento de fallo deberá quedar comprendido dentro de los veinte días naturales siguientes al establecido para el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas y podrá diferirse las veces que la convocante estime necesario, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. El evento de Fallo se llevará a cabo a través de CompraNet, y sin la presencia de los Licitantes, esto de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la Ley, y se realizará el once xx xxxxxx veintiocho de enero de dos mil diecisiete diecinueve a las doce trece horas, conforme a lo siguiente:
1. El servidor público del Instituto facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto.
2. Se dará a conocer el contenido del fallo de la Licitaciónlicitación, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP, consistente en lo siguiente:
I. La relación de Xxxxxxxxxx licitantes cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla;
II. La relación de Xxxxxxxxxx licitantes cuyas proposiciones resultaron solventes, describiendo en lo general dichas proposiciones. Se presumirá la solvencia de las proposiciones, cuando no se señale expresamente incumplimiento alguno;
III. Nombre del o los Licitantes licitantes a quien se adjudica el contrato, indicando las razones que motivaron la adjudicación, de acuerdo a los criterios previstos en la convocatoria, así como la indicación de las partidas, los conceptos y montos asignados a cada Licitantelicitante;
IV. Fecha, lugar y hora para la firma del contrato, la presentación de garantías y, en su caso, la entrega de anticipos, y
V. Nombre, cargo y firma del servidor público que lo emite, señalando sus facultades de acuerdo con los ordenamientos jurídicos que rijan a la convocante. Indicará también el nombre y cargo de los responsables de la evaluación de las proposiciones.
3. Adicionalmente a lo establecido en el numeral que antecede, el Instituto al momento de comunicar el fallo, hará del conocimiento del Licitante licitante a quien se le haya adjudicado el contrato, el resultado de la verificación de su historial en materia de contrataciones y su cumplimiento y, en su caso, el porcentaje de reducción que fuere aplicable al monto de la garantía de cumplimiento.
4. El Acta de Fallo se emitirá de conformidad a lo establecido en el precepto normativo referido, con los requisitos, fundamentación y motivación que establece, sin que pueda exigirse mayor amplitud o abundancia que la expresión de lo estrictamente necesario para que de manera sustancial se comprenda la resolución del Instituto.
5. El Instituto levantará el Acta de Fallo de la Licitación licitación la cual será firmada por los servidores públicos presentes, así mismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes.
6. A los Licitantes licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta se encuentra a su disposición en CompraNet.
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ACTA DE FALLO. El evento de fallo deberá quedar comprendido dentro de los veinte días naturales siguientes al establecido para el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas y podrá diferirse las veces que la convocante estime necesario, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. El evento de Fallo se llevará a cabo a través de CompraNet, y sin la presencia de los Licitanteslicitantes, esto de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la Ley, y se realizará el once xx xxxxxx 18 de dos mil diecisiete febrero de 2016 a las doce 13:00 horas, conforme a lo siguiente:
1. El servidor público del Instituto facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto.
2. Se dará a conocer el contenido del fallo de la Licitación, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP, consistente en lo siguiente:
I. La relación de Xxxxxxxxxx licitantes cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla;
II. La relación de Xxxxxxxxxx licitantes cuyas proposiciones resultaron solventes, describiendo en lo general dichas proposiciones. Se presumirá la solvencia de las proposiciones, cuando no se señale expresamente incumplimiento alguno;
III. En caso de que se determine que el precio de una proposición no es aceptable o no es conveniente, se deberá anexar copia de la investigación de precios realizada o del cálculo correspondiente;
IV. Nombre del o los Licitantes licitantes a quien se adjudica el contrato, indicando las razones que motivaron la adjudicación, de acuerdo a los criterios previstos en la convocatoria, así como la indicación de la o las partidas, los conceptos y montos asignados a cada Licitantelicitante;
IV. V. Fecha, lugar y hora para la firma del contrato, la presentación de garantías y, en su caso, la entrega de anticipos, y
V. VI. Nombre, cargo y firma del servidor público que lo emite, señalando sus facultades de acuerdo con los ordenamientos jurídicos que rijan a la convocante. Indicará también el nombre y cargo de los responsables de la evaluación de las proposiciones.
3. Adicionalmente a lo establecido en el numeral que antecede, el Instituto al momento de comunicar el fallo, hará del conocimiento del Licitante a quien se le haya adjudicado el contrato, el resultado de la verificación de su historial en materia de contrataciones y su cumplimiento y, en su caso, el porcentaje de reducción que fuere aplicable al monto de la garantía de cumplimiento.
4. El Acta de Fallo se emitirá de conformidad a lo establecido en el precepto normativo referido, con los requisitos, fundamentación y motivación que establece, sin que pueda exigirse mayor amplitud o abundancia que la expresión de lo estrictamente necesario para que de manera sustancial se comprenda la resolución del Instituto.
5. El Instituto levantará el Acta acta de Fallo notificación del fallo de la Licitación la cual Licitación. Ésta será firmada por los servidores públicos presentes, así mismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes.
64. A los Licitantes licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta se encuentra a su disposición en CompraNet.
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ACTA DE FALLO. El evento de fallo deberá quedar comprendido dentro de los veinte días naturales siguientes al establecido para el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas y podrá diferirse las veces que la convocante estime necesario, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. El evento de Fallo se llevará a cabo a través de CompraNet, y sin la presencia de los Licitantes, esto de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la Ley, y se realizará el once xx xxxxxx veintitrés de febrero de dos mil diecisiete a las doce horas, conforme a lo siguiente:
1. El servidor público del Instituto facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto.
2. Se dará a conocer el contenido del fallo de la Licitación, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP, consistente en lo siguiente:
I. La relación de Xxxxxxxxxx cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla;
II. La relación de Xxxxxxxxxx cuyas proposiciones resultaron solventes, describiendo en lo general dichas proposiciones. Se presumirá la solvencia de las proposiciones, cuando no se señale expresamente incumplimiento alguno;
III. En caso de que se determine que el precio de una proposición no es aceptable o no es conveniente, se deberá anexar copia de la investigación de precios realizada o del cálculo correspondiente;
IV. Nombre del o los Licitantes a quien se adjudica el contrato, indicando las razones que motivaron la adjudicación, de acuerdo a los criterios previstos en la convocatoria, así como la indicación de la o las partidas, los conceptos y montos asignados a cada Licitante;
IV. V. Fecha, lugar y hora para la firma del contrato, la presentación de garantías y, en su caso, la entrega de anticipos, y
V. VI. Nombre, cargo y firma del servidor público que lo emite, señalando sus facultades de acuerdo con los ordenamientos jurídicos que rijan a la convocante. Indicará también el nombre y cargo de los responsables de la evaluación de las proposiciones.
3. Adicionalmente a lo establecido en el numeral que antecede, el Instituto al momento de comunicar el fallo, hará del conocimiento del Licitante a quien se le haya adjudicado el contrato, el resultado de la verificación de su historial en materia de contrataciones y su cumplimiento y, en su caso, el porcentaje de reducción que fuere aplicable al monto de la garantía de cumplimiento.
4. El Acta de Fallo se emitirá de conformidad a lo establecido en el precepto normativo referido, con los requisitos, fundamentación y motivación que establece, sin que pueda exigirse mayor amplitud o abundancia que la expresión de lo estrictamente necesario para que de manera sustancial se comprenda la resolución del Instituto.
5. El Instituto levantará el Acta de Fallo de la Licitación la cual será firmada por los servidores públicos presentes, así mismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes.
6. A los Licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta se encuentra a su disposición en CompraNet.
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ACTA DE FALLO. El evento de fallo deberá quedar comprendido dentro de los veinte días naturales siguientes al establecido para el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas y podrá diferirse las veces que la convocante estime necesario, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. El evento de Fallo se llevará a cabo a través de CompraNet, y sin la presencia de los Licitantes, esto de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la Ley, y se realizará el once día veintiséis xx xxxxxx xxxxx de dos mil diecisiete diecinueve a las doce trece horas, conforme a lo siguiente:
1. El servidor público del Instituto facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto.
2. Se dará a conocer el contenido del fallo de la Licitaciónlicitación, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP, consistente en lo siguiente:
I. La relación de Xxxxxxxxxx licitantes cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla;
II. La relación de Xxxxxxxxxx licitantes cuyas proposiciones resultaron solventes, describiendo en lo general dichas proposiciones. Se presumirá la solvencia de las proposiciones, cuando no se señale expresamente incumplimiento alguno;
III. Nombre del o los Licitantes licitantes a quien se adjudica el contrato, indicando las razones que motivaron la adjudicación, de acuerdo a los criterios previstos en la convocatoria, así como la indicación de las partidas, los conceptos y montos asignados a cada Licitantelicitante;
IV. Fecha, lugar y hora para la firma del contrato, la presentación de garantías y, en su caso, la entrega de anticipos, y
V. Nombre, cargo y firma del servidor público que lo emite, señalando sus facultades de acuerdo con los ordenamientos jurídicos que rijan a la convocante. Indicará también el nombre y cargo de los responsables de la evaluación de las proposiciones.
3. Adicionalmente a lo establecido en el numeral que antecede, el Instituto al momento de comunicar el fallo, hará del conocimiento del Licitante licitante a quien se le haya adjudicado el contrato, el resultado de la verificación de su historial en materia de contrataciones y su cumplimiento y, en su caso, el porcentaje de reducción que fuere aplicable al monto de la garantía de cumplimiento.
4. El Acta de Fallo se emitirá de conformidad a lo establecido en el precepto normativo referido, con los requisitos, fundamentación y motivación que establece, sin que pueda exigirse mayor amplitud o abundancia que la expresión de lo estrictamente necesario para que de manera sustancial se comprenda la resolución del Instituto.
5. El Instituto levantará el Acta de Fallo de la Licitación licitación la cual será firmada por los servidores públicos presentes, así mismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes.
6. A los Licitantes licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta se encuentra a su disposición en CompraNet.
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ACTA DE FALLO. El evento de fallo deberá quedar comprendido dentro de los veinte días naturales siguientes al establecido para el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas y podrá diferirse las veces que la convocante estime necesario, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. El evento de Fallo se llevará a cabo a través de CompraNet, y sin la presencia de los Licitanteslicitantes, esto de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la Ley, y se realizará el once veinticuatro xx xxxxxx xxxxx de dos mil diecisiete dieciséis a las doce horas, conforme a lo siguiente:
1. El servidor público del Instituto facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto.
2. Se dará a conocer el contenido del fallo de la Licitación, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP, consistente en lo siguiente:
I. La relación de Xxxxxxxxxx licitantes cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla;
II. La relación de Xxxxxxxxxx licitantes cuyas proposiciones resultaron solventes, describiendo en lo general dichas proposiciones. Se presumirá la solvencia de las proposiciones, cuando no se señale expresamente incumplimiento alguno;
III. En caso de que se determine que el precio de una proposición no es aceptable o no es conveniente, se deberá anexar copia de la investigación de precios realizada o del cálculo correspondiente;
IV. Nombre del o los Licitantes licitantes a quien se adjudica el contrato, indicando las razones que motivaron la adjudicación, de acuerdo a los criterios previstos en la convocatoria, así como la indicación de la o las partidas, los conceptos y montos asignados a cada Licitantelicitante;
IV. V. Fecha, lugar y hora para la firma del contrato, la presentación de garantías y, en su caso, la entrega de anticipos, y
V. VI. Nombre, cargo y firma del servidor público que lo emite, señalando sus facultades de acuerdo con los ordenamientos jurídicos que rijan a la convocante. Indicará también el nombre y cargo de los responsables de la evaluación de las proposiciones.
3. Adicionalmente a lo establecido en el numeral que antecede, el Instituto al momento de comunicar el fallo, hará del conocimiento del Licitante a quien se le haya adjudicado el un contrato, el resultado de la verificación de su historial en materia de contrataciones y su cumplimiento y, en su caso, el porcentaje de reducción que fuere aplicable al monto de la garantía de cumplimiento.
4. El Acta de Fallo se emitirá de conformidad a lo establecido en el precepto normativo referido, con los requisitos, fundamentación y motivación que establece, sin que pueda exigirse mayor amplitud o abundancia que la expresión de lo estrictamente necesario para que de manera sustancial se comprenda la resolución del Instituto.
5. El Instituto levantará el Acta de Fallo de la Licitación la cual será firmada por los servidores públicos presentes, así mismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes.
6. A los Licitantes licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta se encuentra a su disposición en CompraNet.
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ACTA DE FALLO. El evento de fallo deberá quedar comprendido dentro de los veinte días naturales siguientes al establecido para el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas y podrá diferirse las veces que la convocante estime necesario, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. El evento de Fallo se llevará a cabo a través de CompraNet, y sin la presencia de los Licitantes, esto de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la Ley, y se realizará el once xx xxxxxx veinticinco de febrero de dos mil diecisiete veintidós a las doce trece horas, conforme a lo siguiente:
1. El servidor público del Instituto facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto.
2. Se dará a conocer el contenido del fallo de la Licitaciónlicitación, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP, consistente en lo siguiente:
I. La relación de Xxxxxxxxxx licitantes cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla;
II. La relación de Xxxxxxxxxx licitantes cuyas proposiciones resultaron solventes, describiendo en lo general dichas proposiciones. Se presumirá la solvencia de las proposiciones, cuando no se señale expresamente incumplimiento alguno;
III. Nombre del o los Licitantes licitantes a quien se adjudica el contrato, indicando las razones que motivaron la adjudicación, de acuerdo a con los criterios previstos en la convocatoria, así como la indicación de las partidas, los conceptos y montos asignados a cada Licitantelicitante;
IV. Fecha, lugar y hora para la firma del contrato, la presentación de garantías y, en su caso, la entrega de anticipos, y
V. Nombre, cargo y firma del servidor público que lo emite, señalando sus facultades de acuerdo con los ordenamientos jurídicos que rijan a la convocante. Indicará también el nombre y cargo de los responsables de la evaluación de las proposiciones.
3. Adicionalmente a lo establecido en el numeral que antecede, el Instituto al momento de comunicar el fallo, hará del conocimiento del Licitante licitante a quien se le haya adjudicado el contrato, el resultado de la verificación de su historial en materia de contrataciones y su cumplimiento y, en su caso, el porcentaje de reducción que fuere aplicable al monto de la garantía de cumplimientocumplimiento si el Instituto lo considera conveniente.
4. El Acta de Fallo se emitirá de conformidad a lo establecido en el precepto normativo referido, con los requisitos, fundamentación y motivación que establece, sin que pueda exigirse mayor amplitud o abundancia que la expresión de lo estrictamente necesario para que de manera sustancial se comprenda la resolución del Instituto.
5. El Instituto levantará el Acta de Fallo de la Licitación licitación la cual será firmada por los servidores públicos presentes, así mismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes.
6. A los Licitantes licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta se encuentra a su disposición en CompraNet.
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ACTA DE FALLO. El evento de fallo deberá quedar comprendido dentro de los veinte días naturales siguientes al establecido para el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas y podrá diferirse las veces que la convocante estime necesario, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. El evento de Fallo se llevará a cabo a través de CompraNet, y sin la presencia de los Licitantes, esto de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la Ley, y se realizará el once día veintisiete xx xxxxxx de dos mil diecisiete xxxxx del 2018 a las doce 13:00 horas, conforme a lo siguiente:
1. El servidor público del Instituto facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto.
2. Se dará a conocer el contenido del fallo de la Licitación, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP, consistente en lo siguiente:
I. La relación de Xxxxxxxxxx cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla;
II. La relación de Xxxxxxxxxx cuyas proposiciones resultaron solventes, describiendo en lo general dichas proposiciones. Se presumirá la solvencia de las proposiciones, cuando no se señale expresamente incumplimiento alguno;
III. En caso de que se determine que el precio de una proposición no es aceptable o no es conveniente, se deberá anexar copia de la investigación de precios realizada o del cálculo correspondiente;
IV. Nombre del o los Licitantes a quien se adjudica el contrato, indicando las razones que motivaron la adjudicación, de acuerdo a los criterios previstos en la convocatoria, así como la indicación de la o las partidas, los conceptos y montos asignados a cada Licitante;
IV. V. Fecha, lugar y hora para la firma del contrato, la presentación de garantías y, en su caso, la entrega de anticipos, y
V. VI. Nombre, cargo y firma del servidor público que lo emite, señalando sus facultades de acuerdo con los ordenamientos jurídicos que rijan a la convocante. Indicará también el nombre y cargo de los responsables de la evaluación de las proposiciones.
3. Adicionalmente a lo establecido en el numeral que antecede, el Instituto al momento de comunicar el fallo, hará del conocimiento del Licitante a quien se le haya adjudicado el contrato, el resultado de la verificación de su historial en materia de contrataciones y su cumplimiento y, en su caso, el porcentaje de reducción que fuere aplicable al monto de la garantía de cumplimiento.
4. El Acta de Fallo se emitirá de conformidad a lo establecido en el precepto normativo referido, previamente indicado Artículo 37 de la Ley con los requisitos, fundamentación y motivación que establece, sin que pueda exigirse mayor amplitud o abundancia que la expresión de lo estrictamente necesario para que de manera sustancial se comprenda la resolución del Instituto.
5. El Instituto levantará el Acta de Fallo de la Licitación la cual será firmada por los servidores públicos presentes, así mismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes.
6. A los Licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta se encuentra a su disposición en CompraNet, según lo dispuesto en el Párrafo Quinto del Artículo 37 de la Ley. El Instituto da la explicación de la diferencia entre DICTAMEN DE FALLO y ACTA DE FALLO, siendo que el primero se trata del resultado a la evaluación de los criterios contenidos en el APARTADO 4 de la presente licitación, el cual no será entregado a los licitantes a través de la plataforma CompraNet, sino mediante solicitud escrita que justifique el motivo por el cual requiere dichos documentos; inmediatamente se dará paso al evento de fallo en el que, luego de dar a conocer el contenido de información referida en el artículo 37 de la LAASSP, se procederá al levantamiento o protocolización del ACTA DE FALLO, el cual, es el documento que señala el resultado a la licitación materia de este escrito, incluyendo, entre otras, las razones que motivaron a dicho resultado de acuerdo a los criterios previstos en la convocatoria.
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ACTA DE FALLO. El evento de fallo deberá quedar comprendido dentro de los veinte días naturales siguientes al establecido para el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas y podrá diferirse las veces que la convocante estime necesario, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. El evento de Fallo se llevará a cabo a través de CompraNet, y sin la presencia de los Licitantes, esto de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la Ley, y se realizará el once xx xxxxxx veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete veintitrés a las doce trece horas, conforme a lo siguiente:
1. El servidor público del Instituto facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto.
2. Se dará a conocer el contenido del fallo de la Licitaciónlicitación, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP, consistente en lo siguiente:
I. La relación de Xxxxxxxxxx licitantes cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla;
II. La relación de Xxxxxxxxxx licitantes cuyas proposiciones resultaron solventes, describiendo en lo general dichas proposiciones. Se presumirá la solvencia de las proposiciones, cuando no se señale expresamente incumplimiento alguno;
III. Nombre del o los Licitantes licitantes a quien se adjudica el contrato, indicando las razones que motivaron la adjudicación, de acuerdo a con los criterios previstos en la convocatoria, así como la indicación de las partidas, los conceptos y montos asignados a cada Licitantelicitante;
IV. Fecha, lugar y hora para la firma del contrato, la presentación de garantías y, en su caso, la entrega de anticipos, y
V. Nombre, cargo y firma del servidor público que lo emite, señalando sus facultades de acuerdo con los ordenamientos jurídicos que rijan a la convocante. Indicará también el nombre y cargo de los responsables de la evaluación de las proposiciones.
3. Adicionalmente a lo establecido en el numeral que antecede, el Instituto al momento de comunicar el fallo, hará del conocimiento del Licitante licitante a quien se le haya adjudicado el contrato, el resultado de la verificación de su historial en materia de contrataciones y su cumplimiento y, en su caso, el porcentaje de reducción que fuere aplicable al monto de la garantía de cumplimiento.
4. El Acta de Fallo se emitirá de conformidad a lo establecido en el precepto normativo referido, con los requisitos, fundamentación y motivación que establece, sin que pueda exigirse mayor amplitud o abundancia que la expresión de lo estrictamente necesario para que de manera sustancial se comprenda la resolución del Instituto.
5. El Instituto levantará el Acta de Fallo de la Licitación la cual será firmada por los servidores públicos presentes, así mismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes.
6. A los Licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta se encuentra a su disposición en CompraNet.
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