ALIMENTOS. Para provincias y territorios EXCEPTO Columbia Británica: 9. Cuando el TRABAJADOR y el EMPLEADOR acuerden que este último proporcione comidas al TRABAJADOR: El EMPLEADOR acuerda: a. proporcionar comidas razonables y adecuadas para el TRABAJADOR. El TRABAJADOR acuerda: b. que el EMPLEADOR podrá deducir xxx xxxxxxx del TRABAJADOR una suma que no exceda de $6.50 dólares por día por el costo de las comidas proporcionadas al TRABAJADOR, siempre que el TRABAJADOR acepte recibir este servicio por parte del EMPLEADOR, para lo cual el TRABAJADOR deberá manifestar por escrito su acuerdo, antes de realizar la primera deducción. 10. Cuando el TRABAJADOR prepare sus propias comidas, el EMPLEADOR se compromete a proporcionar utensilios de cocina, combustible e instalaciones sin costo para el TRABAJADOR, y a proporcionar un mínimo de treinta (30) minutos para las pausas para comidas. 11. Cuando el TRABAJADOR y el EMPLEADOR acuerden que este último proporcione comidas al TRABAJADOR: El EMPLEADOR acuerda: a. proporcionar comidas razonables y adecuadas para el TRABAJADOR. El TRABAJADOR acuerda: b. El EMPLEADOR cobrará al TRABAJADOR la suma de $6.00 dólares por día por una comida, $9.00 dólares por día por dos comidas y $12.00 dólares por día por el costo de tres comidas proporcionadas al TRABAJADOR, siempre y cuando las comidas sean preparadas por una empresa de catering externa no relacionada y el plan de comidas sea revisado y aprobado por un nutricionista calificado. El TRABAJADOR tendrá el derecho, antes o durante su empleo, a aceptar o rechazar la deducción de nómina por este servicio. 12. Cuando el TRABAJADOR prepare sus propias comidas, el EMPLEADOR proporcionará utensilios de cocina, combustible e instalaciones, sin costo para el TRABAJADOR, y proporcionará un mínimo de treinta (30) minutos para las pausas para comidas.
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ALIMENTOS. Para provincias y territorios EXCEPTO Columbia Británica:
910. Cuando el TRABAJADOR y el EMPLEADOR acuerden que este último proporcione comidas al TRABAJADOR: El EMPLEADOR acuerda:
a. proporcionar comidas razonables y adecuadas para el TRABAJADOR. El TRABAJADOR acuerda:
b. que el EMPLEADOR podrá deducir xxx xxxxxxx del TRABAJADOR una suma que no exceda de $6.50 dólares 6.86 por día por el costo de las comidas proporcionadas al TRABAJADOR, siempre que el TRABAJADOR acepte recibir este servicio por parte del EMPLEADOR, para lo cual el TRABAJADOR deberá manifestar por escrito su acuerdo, antes de realizar la primera deducción.
1011. Cuando el TRABAJADOR prepare sus propias comidas, el EMPLEADOR se compromete a proporcionar utensilios de cocina, combustible e instalaciones sin costo para el TRABAJADOR, y a proporcionar un mínimo de treinta (30) minutos para las pausas para comidas.
1112. Cuando el TRABAJADOR y el EMPLEADOR acuerden que este último proporcione comidas al TRABAJADOR: El EMPLEADOR acuerda:
a. proporcionar comidas razonables y adecuadas para el TRABAJADOR. El TRABAJADOR acuerda:
b. El EMPLEADOR cobrará al TRABAJADOR la suma de $6.00 dólares 6.36 por día por una comida, $9.00 dólares 9.54 por día por dos comidas y $12.00 dólares 12.72 por día por el costo de tres comidas proporcionadas al TRABAJADOR, siempre y cuando las comidas sean preparadas por una empresa de catering externa no relacionada y el plan de comidas sea revisado y aprobado por un nutricionista calificado. El TRABAJADOR tendrá el derecho, antes o durante su empleo, a aceptar o rechazar la deducción de nómina por este servicio.
1213. Cuando el TRABAJADOR prepare sus propias comidas, el EMPLEADOR proporcionará utensilios de cocina, combustible e instalaciones, sin costo para el TRABAJADOR, y proporcionará un mínimo de treinta (30) minutos para las pausas para comidas.
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ALIMENTOS. Para provincias y territorios EXCEPTO Columbia Británica:
910. Cuando el TRABAJADOR y el EMPLEADOR acuerden que este último proporcione comidas al TRABAJADOR: El EMPLEADOR acuerda:
a. proporcionar comidas razonables y adecuadas para el TRABAJADOR. El TRABAJADOR acuerda:
b. que el EMPLEADOR podrá deducir xxx xxxxxxx del TRABAJADOR una suma que no exceda de $6.50 dólares 6.86 por día por el costo de las comidas proporcionadas al TRABAJADOR, siempre que el TRABAJADOR acepte recibir este servicio por parte del EMPLEADOR, para lo cual el TRABAJADOR deberá manifestar por escrito su acuerdo, antes de realizar la primera deducción.
1011. Cuando el TRABAJADOR prepare sus propias comidas, el EMPLEADOR se compromete a proporcionar utensilios de cocina, combustible e instalaciones sin costo para el TRABAJADOR, y a proporcionar un mínimo de treinta (30) 30 minutos para las pausas para comidas.
1112. Cuando el TRABAJADOR y el EMPLEADOR acuerden que este último proporcione comidas al TRABAJADOR: El EMPLEADOR acuerda:
a. proporcionar comidas razonables y adecuadas para el TRABAJADOR. El TRABAJADOR acuerda:
b. El EMPLEADOR cobrará al TRABAJADOR la suma de $6.00 dólares 6.36 por día por una (1) comida, $9.00 dólares 9.54 por día por dos (2) comidas y $12.00 dólares 12.72 por día por el costo de tres (3) comidas proporcionadas al TRABAJADOR, siempre y cuando las comidas sean preparadas por una empresa de catering externa no relacionada y el plan de comidas sea revisado y aprobado por un nutricionista calificado. El TRABAJADOR tendrá el derecho, antes o durante su empleo, a aceptar o rechazar la deducción de nómina por este servicio.
1213. Cuando el TRABAJADOR prepare sus propias comidas, el EMPLEADOR proporcionará utensilios de cocina, combustible e instalaciones, sin costo para el TRABAJADOR, y proporcionará un mínimo de treinta (30) 30 minutos para las pausas para comidas.
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