AMBITO MATERIAL Cláusulas de Ejemplo
AMBITO MATERIAL. CVE-2013-78 El presente Convenio se enmarca dentro de lo pactado en el V Convenio General del Sector de la Construcción 2012, y por ello regula las condiciones generales de trabajo en todos los ámbitos de los artículos precedentes y, sustituyendo íntegramente en los mismos a la Ordenanza Laboral de la Construcción, Vidrio y Cerámica de 28-8-1970, salvo en materia de clasificación profesional, comprende y desarrolla las materias reservadas a la negociación de ámbito territorial autonómico previstas en el artículo 12 del Convenio General.
AMBITO MATERIAL. Las presentes Condiciones Generales de Prestación del Servicio incluyen las Tarifas para la prestación de los Servicios, los términos y condiciones para el acceso abierto y la prestación de diversas modalidades de servicios, los derechos y obligaciones del Permisionario y del Usuario relativos al Sistema de Almacenamiento y los Servicios, así como el procedimiento arbitral para resolver controversias que surjan de o se relacionen con la prestación de los Servicios. Las presentes CGPS son de aplicación general y se entienden incorporadas como parte integral al Contrato que celebre el Permisionario con el Usuario. Sin embargo, el Permisionario y el Usuario podrán acordar condiciones distintas pero consistentes con las establecidas en las CGPS, mediante un procedimiento negociado, siempre y cuando: (a) las circunstancias del Usuario lo justifiquen; (b) el Permisionario extienda dichas condiciones a cualquier otro Usuario con características similares; (c) dichas condiciones no impongan limitaciones o discriminación indebida con respecto a los compromisos de SABF adquiridas previamente por el Permisionario; y
AMBITO MATERIAL. Las presentes Condiciones Generales y las Tarifas contenidas en el Apéndice A son aplicables a todos los servicios que preste el Permisionario en el Sistema.
AMBITO MATERIAL. Las presentes Condiciones Generales incluyen las Tarifas para la prestación de los Servicios, los términos y condiciones para el acceso abierto, los derechos y obligaciones del Permisionario y del Usuario relativos al Sistema de Almacenamiento y los Servicios, así como el procedimiento arbitral para resolver controversias que surjan de o se relacionen con la prestación de los Servicios. El Permisionario y el Usuario podrán celebrar uno o más Contratos que establezcan condiciones especiales, en el entendido de que dichas condiciones especiales pactadas serán las que rijan su relación contractual, siempre y cuando: (a) las circunstancias del Usuario lo justifiquen; (b) el Permisionario no niegue dichas condiciones a cualquier otro Usuario que se encuentre en igualdad de circunstancias; y (c) dichas condiciones no impongan limitaciones o discriminación indebidas con respecto a los compromisos de SABF adquiridas previamente por el Permisionario. Cuando dichas condiciones especiales constituyan la prestación de una nueva modalidad de Servicio, el Permisionario solicitará a la CRE que apruebe la modificación de su Permiso, a efecto de incorporar dichas condiciones a estas CGPS. Las presentes Condiciones Generales estarán a disposición del Usuario para su consulta tanto en las oficinas del Permisionario como en las oficinas de la CRE. Sin perjuicio de lo dispuesto en esta Sección 2, estas CGPS serán aplicables a todos los Servicios.
