Ampliaciones de Plazos Cláusulas de Ejemplo

Ampliaciones de Plazos. 8.9.1 El CONCESIONARIO podrá solicitar al CONCEDENTE, con copia al OSITRAN, la ampliación o prórroga de los plazos para la ejecución de las Obras. Cuando las ampliaciones sean concedidas por causas justificadas o no imputables al CONCESIONARIO, impedirán la aplicación de penalidades y de las demás medidas previstas para sancionar el incumplimiento contractual por causa de demora en la ejecución de la obra correspondiente. 8.9.2 Cuando las modificaciones del plazo de ejecución de las Obras sean concedidas debido a causas imputables al CONCESIONARIO, según opinión fundada del OSITRAN, no se exceptuarán de la aplicación de las penalidades devengadas desde la fecha en que se produjo el incumplimiento hasta la fecha a partir de la cual se computa la ampliación. 8.9.3 Las solicitudes de ampliación de los plazos a los que se refiere la cláusula anterior serán resueltas por el OSITRAN en el plazo máximo de treinta (30) Días Calendario.
Ampliaciones de Plazos. 7.8.1. El CONCESIONARIO podrá solicitar al SUPERVISOR la ampliación o prórroga de los plazos para la ejecución de las Obras contenidas en la Propuesta Técnica, en el Plan de Inversiones o en el Cronograma de Obras. Cuando las ampliaciones sean concedidas por causas justificadas o no imputables al CONCESIONARIO, impedirán la aplicación de penalidades y de las demás medidas previstas para sancionar el incumplimiento contractual por causa de demora en la ejecución de la obra correspondiente. Cuando las modificaciones del plazo de ejecución de las Obras sean concedidas debido a causas imputables al CONCESIONARIO, según opinión fundada del SUPERVISOR, no se exceptuarán de la aplicación de las penalidades devengadas desde la fecha en que se produjo el incumplimiento hasta la fecha a partir de la cual se computa la ampliación. En caso que este incumplimiento se produzca por más de tres (3) veces durante el período de construcción de determinada Obra, por razones atribuibles al CONCESIONARIO, el CONCEDENTE, además de la aplicación de las penalidades correspondientes podrá proceder a la Resolución del Contrato. 7.8.2. Las solicitudes de ampliación de los plazos a los que se refiere la cláusula anterior serán resueltas por el SUPERVISOR en el plazo máximo de treinta (30) Días Calendario. 7.8.3. Las ampliaciones de plazo que se aprueben producirán la reformulación del Cronograma de Inversiones.
Ampliaciones de Plazos. Serán causales para el otorgamiento de ampliaciones de plazos: ▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ de trabajos adicionales, siempre que la ejecución de éstos determine un incremento del plazo total contractual;
Ampliaciones de Plazos. 8.3.1. El CONCESIONARIO podrá solicitar al CONCEDENTE, con copia al OSITRAN, la ampliación o prórroga de los plazos para la ejecución de las Obras, Obras Nuevas y Adicionales de Obra. Cuando las ampliaciones sean concedidas por causas justificadas o no imputables al CONCESIONARIO, impedirán la aplicación de penalidades y de las demás medidas previstas para sancionar el incumplimiento contractual por causa de demora en la ejecución de la Obra correspondiente. 8.3.2. Cuando las modificaciones del plazo de ejecución de las Obras, Obras Nuevas y Adicionales de Obra sean concedidas debido a causas imputables al CONCESIONARIO, según opinión fundada del OSITRAN, no se exceptuarán de la aplicación de las penalidades devengadas desde la fecha en que se produjo el incumplimiento hasta la fecha a partir de la cual se computa la ampliación.