De La Declaratoria De Desierto O De La Cancelación Del Proceso 1.- De la Declaratoria de Desierto a) Cuando no se presente postulantes al proceso. b) Cuando ninguno de los postulantes cumple los requisitos mínimos. c) Cuando habiendo cumplido los requisitos mínimos, no se obtiene puntaje mínimo en las etapas de la evaluación.
DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].
DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA Se podrá declarar desierta la licitación cuando: 32.1. La totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria de licitación; 32.2. Los precios de todos los bienes, arrendamientos o servicios ofertados no resulten aceptables para CFE o convenientes si así lo considera la convocante; o 32.3. Ninguna proposición sea recibida a través de CompraNet para el acto de presentación y apertura de proposiciones.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES ESTE ACTO SE LLEVARÁ A CABO DE CONFORMIDAD CON LOS NUMERALES III.2 Y III.3 DE ESTA INVITACIÓN Y DE LA SIGUIENTE MANERA: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 35 DE “LA LEY” EL ACTO SE CONTINUARÁ CONFORME A LO SIGUIENTE: LOS LICITANTES ENVIARÁN SUS PROPOSICIONES EN MEDIO ELECTRÓNICO EN FORMATO .PDF, A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRANET, DE CONFORMIDAD A LOS NUMERALES III.2 Y III.3 DE LA PRESENTE INVITACIÓN. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 47 DE “EL REGLAMENTO”, A PARTIR DE LA HORA SEÑALADA PARA EL INICIO DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, SE HARÁ CONSTAR LAS PROPOSICIONES RECIBIDAS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRANET 1.- PREVIO AL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, LA CONVOCANTE VERIFICARÁ LOS AVISOS DE RECEPCIÓN DE PROPOSICIONES, GENERADOS A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRANET 2.- CUANDO POR CAUSAS AJENAS A COMPRANET O A LA CONVOCANTE, NO SEA POSIBLE INICIAR O CONTINUAR CON EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, EL MISMO SE PODRÁ SUSPENDER DE MANERA FUNDADA Y MOTIVADA, HASTA EN TANTO SE RESTABLEZCAN LAS CONDICIONES PARA SU INICIO O REANUDACIÓN; A TAL EFECTO LA CONVOCANTE DIFUNDIRÁ EN COMPRANET LA FECHA Y HORA EN LA QUE INICIARÁ O REANUDARÁ EL ACTO. 3.- “LA CONVOCANTE”. RECABARÁ DE LOS LICITANTES, SU ACEPTACIÓN DE QUE SE TENDRÁN COMO NO PRESENTADAS SUS PROPOSICIONES Y, EN SU CASO, LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LA UNIDAD COMPRADORA, CUANDO EL ARCHIVO ELECTRÓNICO EN EL QUE SE CONTENGAN LAS PROPOSICIONES Y DEMÁS INFORMACIÓN NO PUEDA ABRIRSE POR TENER ALGÚN VIRUS INFORMÁTICO O POR CUALQUIER OTRA CAUSA AJENA A “LA CONVOCANTE”. 4.- UNA VEZ RECIBIDAS LAS PROPOSICIONES QUE HAYAN SIDO ENVIADAS, SE PROCEDERÁ A SU APERTURA, EN FORMA ELECTRÓNICA, HACIÉNDOSE CONSTAR LA DOCUMENTACIÓN ENVIADA, SIN QUE ELLO IMPLIQUE LA EVALUACIÓN DE SU CONTENIDO; POR LO QUE, EN EL CASO DE QUE ALGÚN LICITANTE OMITA EL ENVÍO DE ALGÚN DOCUMENTO O FALTA DE ALGÚN REQUISITO, NO SERÁN DESECHADAS EN ESE MOMENTO, HACIÉNDOSE CONSTAR EN EL FORMATO DE RECEPCIÓN DE LOS DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LA PROPOSICIÓN. 5.- LA CONVOCANTE RUBRICARÁ LAS PROPOSICIONES ECONÓMICA QUE HAYAN SIDO RECIBIDAS E INTEGRARÁ AL ACTA UNA VERSIÓN IMPRESA DE LAS MISMAS. 6.- SE LEVANTARÁ ACTA QUE SERVIRÁ DE CONSTANCIA DE LA CELEBRACIÓN DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES, EN LA QUE SE HARÁN CONSTAR LAS PROPOSICIONES QUE FUERON RECIBIDAS EN TIEMPO Y FORMA PARA SU POSTERIOR EVALUACIÓN Y EL IMPORTE DE CADA UNA DE ELLAS, ASÍ COMO EL LUGAR, FECHA Y HORA EN QUE SE DARÁ A CONOCER EL FALLO DE LA INVITACIÓN AL FINALIZAR EL ACTO SE DIFUNDIRÁ UN EJEMPLAR DEL ACTA EN COMPRANET, PARA EFECTOS DE NOTIFICACIÓN. EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 39 FRACCIÓN III INCISO D) DE “EL REGLAMENTO”, UNA VEZ RECIBIDAS LAS PROPOSICIONES A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRANET, EN LA FECHA Y HORA ESTABLECIDAS, NO PODRÁN SER RETIRADAS O DEJARSE SIN EFECTO, POR LO QUE SE CONSIDERARÁN VIGENTES DENTRO DEL PROCEDIMIENTO DE ESTA INVITACIÓN, HASTA SU CONCLUSIÓN. NO SE ACEPTARÁN OPCIONES, LOS LICITANTES DEBERÁN ENVIAR SOLO UNA PROPOSICIÓN, EN MONEDA NACIONAL Y SE REQUIERE QUE CUMPLA EN SU TOTALIDAD CON LA DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA, ASÍ COMO LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE “LOS SERVICIOS”, SOLICITADOS EN EL ANEXO TÉCNICO, Y LAS PROPOSICIONES ECONÓMICAS REQUERIDAS Y TODOS LOS REQUISITOS Y CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LA INVITACIÓN, CONSIDERANDO LAS ACLARACIONES QUE SE DERIVEN DE LA(S) JUNTA(S) DE ACLARACIONES.
CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA 17.1.- El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar, en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a aquel en que haya sido requerido para ello, la constitución de la garantía definitiva por importe del 5 % del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA, o del presupuesto de licitación, cuando la cuantía del contrato se determine en función de precios unitarios; o del precio máximo fijado, en el caso de los contratos con precios provisionales (letra H.2 del Cuadro de características del contrato). Este porcentaje se calculará en base a dichos importes con exclusión del IVA. 17.2.- Si así se hace constar en la letra H.3 del Cuadro de características del contrato, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 95.2 del TRLCSP, será obligatorio constituir una garantía complementaria de un máximo del 5 % del importe de adjudicación del contrato, por el porcentaje indicado en dicho Cuadro. 17.3.- La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP, en la normativa de desarrollo y en la normativa autonómica que sea de aplicación, y depositarse en la Tesorería General del Ajuntament de Calvià. 17.4.- Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el valor del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99 del TRLCSP. 17.5.- En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. 17.6.- En los supuestos en que la naturaleza del objeto del contrato permita la comprobación inmediata de su correcta ejecución en el momento de su recepción, si así se hace constar expresamente en la letra H.2 del Cuadro de características del contrato, no se exige la prestación de la garantía definitiva.
CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Con independencia de las faltas que puedan causar la resolución del contrato de conformidad con lo establecido en la cláusula anterior, motivarán la resolución del mismo las enumeradas en los arts. 223 y 308 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con los efectos previstos en el art. 309.
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA La carta de presentación de la propuesta se diligenciará conforme al modelo contenido en el Formulario No. 1 “Carta de Presentación de la Propuesta” y será firmada por el proponente, representante legal o su apoderado, si a ello hubiere lugar. Si la propuesta es presentada por una unión temporal o consorcio, debe venir suscrita por el representante debidamente facultado en los términos xx Xxx.
Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento 27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas: (a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la cláusula 4 de las IAO; (b) ha sido debidamente firmada; (c) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta si se solicitaron; y (d) cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación. 27.2 Una Oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras; (b) limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación. 27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente transformarla en una oferta que cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retiro de las desviaciones o reservas.
EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la oferta.
DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA Concluida la vigencia del contrato, y cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de ésta.