DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA. Se podrá declarar desierta la licitación cuando:
32.1. La totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria de licitación;
32.2. Los precios de todos los bienes, arrendamientos o servicios ofertados no resulten aceptables para CFE o convenientes si así lo considera la convocante; o
32.3. Ninguna proposición sea recibida a través de CompraNet para el acto de presentación y apertura de proposiciones.
DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA. Esta Licitación será declarada desierta si sucede alguna de las situaciones siguientes:
A).- Ningún licitante participe en el acto de presentación y apertura de propuestas;
B).- Al analizar la documentación legal y administrativa, ninguno de los participantes cumpla con los requisitos solicitados;
C).- Al analizar las propuestas, no se encuentre alguna que cumpla con todos los requisitos establecidos en esta Convocatoria;
D).- El precio cotizado sea superior al presupuesto disponible para la prestación de los servicios;
E).- Por cualquiera de los supuestos previstos por el artículo 38, primer párrafo, de la LAASSP.
DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA. El HOSPITAL podrá declarar desierta la licitación en algún momento del procedimiento, siempre y cuando se llegará a presentar alguno de los siguientes casos: • Cuando no se reciba por medio remoto de comunicación mediante el sistema compraNet, por lo menos una proposición en el acto de presentación y apertura de proposiciones. • Cuando de todos los licitantes que envíen por medio remoto de comunicación mediante el sistema CompraNet, ninguno de ellos de cumplimiento a los requisitos establecidos para la documentación distinta a la propuesta técnica y económica, proposiciones técnicas o económicas establecidas en la presente convocatoria. • Cuando, al analizar las proposiciones, no se encuentre cuando menos una que cumpla con los requisitos establecidos en la convocatoria de la presente licitación. • Cuando después de haber evaluado las proposiciones, estas no resulten legal, técnica o económicamente aceptables para el HOSPITAL. Al declarar desierta la licitación, el HOSPITAL podrá utilizar las variantes que establecen en los artículos 38 y 41 de la LEY.
DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA. EL INSTITUTO PODRÁ DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN, CUANDO: Ø NINGUNA PERSONA EXPRESE SU INTERÉS EN PARTICIPAR EN LA PRESENTE LICITACIÓN. Ø NO SE PRESENTE ALGUNA PROPUESTA EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES. Ø NINGUNA DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS REÚNA LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN ESTA CONVOCATORIA. Ø LOS PRECIOS PRESENTADOS EN LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS NO FUEREN ACEPTABLES NI CONVENIENTES A LOS INTERESES DEL INSTITUTO, CONFORME A LA INVESTIGACIÓN DE PRECIOS REALIZADA. EN CASO DE DECLARARSE DESIERTA LA LICITACIÓN, EL INSTITUTO OPTARÁ POR EL SUPUESTO DE EXCEPCIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULOS 41, FRACCIÓN VII DE LA LEY.
DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA. Se podrá declarar desierta la licitación cuando:
31.1. La totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria de licitación;
31.2. Los precios de todos los servicios ofertados no resulten aceptables para la API o convenientes si así lo considera la Convocante; o
31.3. Ninguna proposición sea recibida, a través de CompraNet para el acto de presentación y apertura de proposiciones.
DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA. La Autoridad Convocante podrá declarar DESIERTA la presente Licitación, cuando:
1. Vencido el plazo de inscripción, ninguna empresa se inscriba.
2. Sí ninguna empresa se presenta al acto de presentación y apertura de proposiciones.
3. En caso de que se rechace la totalidad de las propuestas presentadas por parte de las empresas.
4. En caso de que las propuestas económicas presentadas, rebasen el presupuesto asignado para la contratación.
5. En el caso de ser licitacion simplificada, cuando en el acto de presentación o apertura no se cuente por lo menos con tres propuestas susceptibles de análisis.
DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA. Se declarará desierta la presente LICITACIÓN cuando:
a) Ningún LICITANTE presente proposiciones en el lugar, fecha y horario establecidos.
b) La totalidad de las proposiciones presentadas no cubran los requisitos solicitados en la presente
c) Las Propuestas Técnicas presentadas sean desechadas porque no reúnen los requisitos señalados en los puntos 4.1, 5.1, 5.2 y ANEXO 1 de la presente CONVOCATORIA.
DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA. Se declarará desierta la presente licitación cuando:
a) Ningún licitante presente proposiciones en el lugar, fecha y horario establecidos.
b) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no cubran los requisitos solicitados en la presente convocatoria que afecten directamente la solvencia.
c) Cuando los precios unitarios presentados en las proposiciones económicas para las partidas no sean aceptables o convenientes si así lo considera la convocante.
DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA. Se podrá declarar desierta una licitación o alguna (s) partida (s) de la misma en los siguientes casos:
a) Cuando ningún licitante hubiere comprado las bases, o si habiéndose registrado no hubieran entregado ofertas en el acto de apertura de propuestas.
b) Cuando ninguna de las propuestas presentadas reúna los requisitos establecidos en las bases de licitación o por determinación del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del H. Ayuntamiento.
c) En caso fortuito o de fuerza mayor.
d) Cuando no se reciba oferta por parte de ninguno de los licitantes participantes o cuando no cumpla con las especificaciones requeridas.
e) En caso de que sean descalificados todos los licitantes participantes.
f) Cuando el importe de la compra sobrepase el techo financiero autorizado.
g) Cuando los precios no fueren aceptables por estar encima de los que rigen en el mercado.
DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA. CESPT PODRÁ DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN, CUANDO:
A) NINGÚN INTERESADO COMPRE ESTAS BASES.