Aspectos funcionales Cláusulas de Ejemplo

Aspectos funcionales. No existe formalmente constituida una comisión de limpieza encargada de velar por la calidad del ser- vicio y de registrar las incidencias. No consta la existencia de un control efectivo acer- ca de los recursos empleados por el adjudicatario, que no dispone de un sistema de control documental de la asistencia al puesto de trabajo del personal. Por parte del Servicio de Medicina Preventiva no se viene efectuando un control sistemático y periódico del estado de limpieza; estando prevista la elabora- ción de un plan de seguimiento y evaluación del cumplimiento del protocolo, extremo que hasta el momento no se efectúa. No obstante, del conoci- miento que tiene de la situación, la valoración de la prestación del servicio es aceptable, aunque se po- nen de relieve ciertas deficiencias que hacen refe- rencia al retraso en el suministro de papel, a la re- cogida de residuos los fines de semana y a la reali- zación apresurada de las técnicas de limpieza en algunos casos. Por lo que respecta a la opinión de determinado personal responsable de las distintas áreas funciona- les sanitarias, se destaca en general que se produce una falta de reposición de papel higiénico y seca- manos y, en algunos casos, se pone de relieve la insuficiencia de la limpieza, la no realización de todas las tareas programadas y con la periodicidad prevista, así como la realización de prácticas inade- cuadas; también se hace referencia a la escasez de personal. Análisis de los recursos ofertados por el adjudi- catario Del análisis de la cobertura de puestos de trabajo en el desarrollo de la prestación del servicio, según el cálculo efectuado en cómputo anual, se desprende que con respecto al número de jornadas teóricamen- te ofertadas por el adjudicatario, las estimadas como realizadas, de acuerdo con la información obtenida, son inferiores en 113. Tal incumplimiento del compromiso adquirido viene a representar un coste de 1.543.046 ptas., circuns- tancia que, con independencia del perjuicio econó- mico, puede tener una incidencia negativa en la calidad del servicio prestado. Efectuado un cálculo de la plantilla necesaria para la cobertura de los puestos ofertados, se aprecia que los efectivos asignados son inferiores en 2 personas, y ello sin considerar las sustituciones derivadas de las vacaciones y del absentismo cuya cobertura me- diante contrataciones equivaldría a 1,7 y 3 efectivos respectivamente. Tomando como referencia el año 1998, se despren- den los siguientes costes: -Por cama: 7...
Aspectos funcionales. Cabe destacar la existencia de normas específicas relativas al desarrollo de la limpieza elaboradas por el propio complejo hospitalario, con independencia de las contenidas en el propio pliego de prescrip- ciones técnicas. Asimismo, se encuentra implantada desde abril de 1994 una comisión de limpieza con representación de los órganos de gestión, del servi- cio de Medicina Preventiva, de la Jefatura de En- fermería y de la propia empresa, si bien en los te- mas abordados apenas se evalúa la calidad del ser- vicio, no reflejándose incidencias con respecto al desarrollo del mismo. No se ha observado la existencia de un registro de contratos de servicios, a efectos de su seguimiento y control. No se observa la existencia de un control efectivo acerca de los recursos empleados por la empresa en el desarrollo de sus cometidos. Por parte del adju- dicatario se vienen facilitando los partes de firma de los trabajadores que son archivados sin más trámite, no efectuándose verificaciones de los medios perso- nales empleados. De las comprobaciones efectuadas se desprende que determinadas personas reflejadas en el parte de firma no aparecen en el TC-2 proporcionado. Por otra parte, en la relación de contrataciones se incluyen trabajadores no recogidos en los partes de firma y otros no registrados en los TC-2.
Aspectos funcionales. De forma general se recogen los aspectos funcionales que deberán cumplir las adaptaciones de hardware y software de los equipos de METRO XX XXXXXXX. - El equipamiento ofertado deberá cumplir los requisitos técnicos establecidos en el documento “Especificaciones técnicas subsistema de cancelación, Referencia CTAS-ETSC_v1.1”, que recoge las características técnicas generales del hardware y software del sistema de billetaje del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área xx Xxxxxxx y de los Consorcios de Transporte Metropolitanos de Andalucía. - El equipamiento deberá seguir permitiendo la gestión de títulos de las tarjetas de memoria sin contacto actuales con tecnología Mifare Classic 1k. - Para validar las tarjetas se dispondrá de una versión de la librería de transporte proporcionada por el CTMAS para Mifare Classic 1k y Desfire 4k EV2. - Los tiempos de validación u operación de las nuevas tarjetas Desfire 4k EV2 no serán superiores a las actuales.
Aspectos funcionales máximo 15 Puntos

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.