Ayuda social. Se concede una asignación para el año 2013, de 253,75 euros brutos/mes y para el año 2014 de 257,56 euros brutos/mes para los/as trabajadores/as en situación de alta en la plantilla con hijos/as disminuidos física, psíquica o sensorialmente, siempre que esta minusvalía haya sido reconocida por el Régimen General de la Seguridad Social. Cuando el padre y la madre trabajen ambos en la Empresa tan solo percibirá esta ayuda uno de ellos. En Fábrica Cornellá y CTS Getafe Producción el personal pensionista que en el momento del retiro del trabajo disfrutara de esta ayuda la seguirá disfrutando a título personal mientras subsistan las restantes condiciones requeridas.
Ayuda social. En el supuesto en que, como consecuencia del ejercicio de su actividad laboral habitual, un trabajador sufriera la rotura de sus gafas graduadas, y previa acreditación al efecto, la Empresa procederá a satisfacerle la cantidad de 71,12 euros para contribuir a su restitución. En años sucesivos se incrementará el valor de la ayuda social en lo establecido en el artículo 15.
Ayuda social. Se establece, en concepto de ayuda social, la cantidad de 87,26 € mensuales para los años 2013, 2014, 2015 y 2016 para aquellos trabajadores y trabajadoras que tengan algún familiar, padres, cónyuge, hermanos o hijos/as discapacitados y que con- vivan con estos.
Ayuda social. 33.1. Por hijo minusválido Los trabajadores que tenga hijos cuyo grado de minusvalía reconocido por el IMAS, sea igual o superior al 33%, percibirán una ayuda mensual de 100€ que se actualizará de acuerdo con las variaciones del I PC
Ayuda social. Durante la vigencia del presente convenio, este artículo cuya anterior redacción era: “Toda prótesis personal que inexcusablemente tenga que utilizar el/la trabajador/a constantemente, como por ejemplo: gafas, aparatos auditivos o similares. En caso de rotura durante la prestación del servicio, el/la trabajador/a lo comunicará al/la encargado/a en el acto, iniciándose los trámites para su reposición. Se tendrá en cuenta que el objeto a reponer será de las mismas características que el original que utiliza y presenta. A la firma del presente Convenio, se creará un registro controlado por la Comisión de Salud Laboral, donde se especificarán los/as trabajadores/as que inexcusablemente tengan que usar constantemente algún tipo de prótesis con sus respectivas características, para tener constancia de ello.”, queda sin contenido y efecto.
Ayuda social. El trabajador que acredite la disminución física de algún hijo, o varios o de su cónyuge, percibirán de la empresa una ayuda de, para los años 2014 y 2015 de 128,33 €. En caso de trabajador soltero, cabeza de familia, que tenga hermanos disminuidos, previa justificación, tendrá derecho a percibir la cantidad reseñada en este artículo.
Ayuda social. El trabajador que acredite la disminución física o psíquica de algún hijo, percibirá de la Empresa la cantidad mensual indicada en las tablas del Anexo I, al margen de lo que pueda corresponderle por la Seguridad Social.
Ayuda social. La Comisión Mixta será quien estudie y proponga a la Dirección, en cada caso individual, la ayuda económica que estime deben percibir los hijos/as o familiares que estén bajo la dependencia de las personas pertenecientes a la empresa, y que siendo física o psíquicamente deficientes deban acudir a escuelas o instituciones especiales. Se considerará que un hijo/a o familiar está bajo la dependencia de un integrante de la empresa, exclusivamente cuando éste se halle percibiendo personalmente por dicho hijo/a o familiar y por el mismo motivo la prestación económica establecida por la Seguridad Social para dichos casos.
Ayuda social. La Empresa concede a todos sus trabajadores en activo una ayuda económica por cada hijo en edad escolar, a partir de los 6 años y hasta finalizar la vigencia de este Convenio. Anualmente se dispondrá de una cantidad de 4.625€, que se repartirán según el Reglamento de régimen interno del Comité.
Ayuda social. La Empresa, durante el período de vigencia del presente Convenio Colectivo, concederá un fondo de 9.015,18 euros anuales, con destino a Ayudas Sociales para todos los trabajadores, cuya concesión será acordada por la Comisión Mixta Paritaria en función de la valoración de las solicitudes recibidas.