Cierre temporal Cláusulas de Ejemplo
Cierre temporal. La demora en los trámites de renovación de la autorización para la apertura y funcionamiento de la sala de juego, la falta de los permisos municipales a que hubiere lugar o cualquier otro permiso gubernativo, así como el cierre gubernativo por incumplimiento conforme a lo previsto en los reglamentos que regulan el desarrollo y funcionamiento de las salas de juego de suerte, envite o azar en cada una de las comunidades autónomas, supondrá para la empresa titular de la autorización o, en su caso, la empresa prestataria del servicio, la obligación de abonar íntegramente una cuantía igual al salario del convenio a los trabajadores y trabajadoras que por no haber sido dados de alta en la Seguridad Social en el día de su incorporación efectiva a su puesto de trabajo, no llevaran el tiempo suficiente de cotización y no pudieran acogerse al Seguro de Desempleo. En todo caso, las empresas en situación de cierre temporal, realizarán todas las gestiones conducentes a conseguir los beneficios de la prestación por desempleo del personal a su cargo, tramitando, en su caso, el correspondiente expediente de regulación temporal de empleo.
Cierre temporal. En caso de cierre temporal, la empresa abonará íntegramente el salario del convenio a los trabajadores que por no haber sido dados de alta en la Seguridad Social en el día de su incorporación efectiva a su puesto de trabajo, no llevaran el tiempo suficiente de cotización, y no pudieran acogerse al subsidio de desempleo. En todo caso, las empresas en situación de cierre temporal, realizarán todas las gestiones conducentes a conseguir los beneficios del subsidio de desempleo del personal a su cargo.
Cierre temporal. En caso de urgente necesidad por alteración de la convivencia ciudadana o de fuerza mayor, el Administrador podrá decidir, por el tiempo imprescindible, el cierre temporal del Centro, advirtiendo a los comerciantes de la medida adoptada al tiempo que interesará de los mismos su colaboración en la ejecución de tal medida. Asimismo podrá el Administrador, por justificadas razones de obras de reparación o conservación o en situaciones de fuerza mayor, proceder al cierre temporal, total o parcial del Centro, previa comunicación a los comerciantes afectados con un plazo mínimo ▇▇ ▇▇▇▇ días, salvo que la urgencia de la situación le impida notificar con dicha antelación.
Cierre temporal. Las empresas en situación de cierre temporal llevarán a cabo todas las gestiones conducentes a conseguir los beneficios del subsidio de desempleo del personal a su cargo, observante, en su caso, aquello establecido en el artículo 47 del Estatuto de los trabajadores y en el RD invocado en el precepto anterior.
Cierre temporal. El CZFV podrá, en cualquier momento, cerrar temporalmente todo o parte de las superficies donde sea necesario o conveniente efectuar trabajos de reparación o modificaciones. Salvo urgencia ineludible, deberá advertir a los arrendatarios afectados con una antelación mínima de ocho (8) días sin que éstos tengan derecho a indemnización alguna por parte del CZFV.
Cierre temporal. En el caso de que se produzcan reformas en los establecimientos de la empresa, que hagan necesarios el cierre temporal al público, la empresa optará entre suspender los contratos de trabajo de los empleados, dar vacaciones ó trasladar a los empleados a otros centros de tra- bajo, durante el tiempo que duren las obras o reformas.
