COMPETENCIA FUNCIONAL Cláusulas de Ejemplo

COMPETENCIA FUNCIONAL. DE DEVOLUCIONES. – Corresponde a la Dirección de Impuestos Municipales, ejercer las competencias funcionales consagradas en el artículo 853 del Estatuto Tributario Nacional.
COMPETENCIA FUNCIONAL. Para exigir el cobro de las deudas por los conceptos referidos en el artículo anterior, es competente el Jefe de la Administración de Impuestos, el jefe de la dependencia encargada del cobro y los funcionarios de la Administración Tributaria a quien se deleguen estas funciones.
COMPETENCIA FUNCIONAL. Para exigir el cobro coactivo de las deudas por los conceptos referidos en el artículo anterior, es competente la Secretaría de Hacienda. Cuando se estén adelantando varios procedimientos coactivos respecto de un mismo deudor, estos podrán acumularse.
COMPETENCIA FUNCIONAL. La comisión de formación del convenio marco estatal para la atención a las personas dependientes y desarrollo de la autonomía personal ejerce las competencias y funciones que tiene asignadas a partir del art. 27 del VI convenio marco estatal de atención a las personas dependientes y desarrollo de la autonomía personal. El ámbito funcional del mismo es el definido en el art. 1 de dicho convenio.
COMPETENCIA FUNCIONAL. Falta de competencia funcional de Alcaldesa que decretó la terminación unilateral de un contrato argumentando vicios en el procedimiento de selección / ACCION DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES - Celebración de contrato de arrendamiento. Adjudicación contrato / ACCION DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES - Celebración de contrato de arrendamiento Terminación unilateral En virtud del numeral 2° del artículo 45 de la ley 80 de 1993 el jefe o representante de la entidad contratante tiene el deber legal de terminar unilateralmente el contrato, cuando en la celebración del mismo se hubiese configurado alguna de las causales de nulidad absoluta previstas en los numerales 1°, 2° y 4° del artículo 44 de la mencionada ley, observa la Sala que la omisión del procedimiento legalmente previsto para la selección del contratista no es constitutiva de la causal de nulidad absoluta contemplada en el numeral 2°, de suerte que no reúne los requisitos para ser catalogada como una expresa prohibición legal. Así las cosas, viene a ser claro para la Sala que la alcaldesa del municipio de Ubaté no tenía competencia para dar por terminado el contrato, bajo el supuesto de “haberse eludido el procedimiento de selección objetiva” impuesto por la ley, esto es por no haberse adelantado el procedimiento administrativo de selección del contratista conforme la modalidad – licitación pública - que correspondía según la naturaleza del contrato – de concesión -, con lo cual los decretos demandados, en efecto, se encuentran viciados de nulidad por falta de competencia funcional, toda vez que los decretos apoyan la decisión de terminar unilateralmente el contrato por fuerza de la circunstancia anotada. FUENTE FORMAL: LEY 80 DE 1993 - ARTICULO 77 / CODIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - ARTICULO 87 / LEY 446 DE 1998 - ARTICULO 30 / CONSTITUCION POLITICA - ARTICULO 77 / CODIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - ARTICULO 136, NUMERAL 10. PRUEBA PERICIAL - Error grave en prueba pericial. Concepto / PRUEBA PERICIAL - Error grave en prueba pericial. Configuración del error grave La finalidad del experticio como medio probatorio es la de verificar hechos que interesan al proceso y requieren especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos (…) cualquiera de las partes de un proceso judicial –también ambas partes- puede hacer manifiesto su desacuerdo con el trabajo del experto y señalar los motivos por los cuales considera que el dictamen se equivocó de manera grave, (…) para que se configure el “error grave”...
COMPETENCIA FUNCIONAL. Serán de aplicación en esta materia las normas establecidas en el Convenio Colectivo para el personal laboral de los centros de trabajo de la provincia xx Xxxxxxxxxx de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León (actualmente el ICE):
COMPETENCIA FUNCIONAL. Falta de competencia funcional de Alcaldesa que decretó la terminación unilateral de un contrato argumentando vicios en el procedimiento de selección / ACCION DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES - Celebración de contrato de arrendamiento. Adjudicación contrato / ACCION DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES - Celebración de contrato de arrendamiento Terminación unilateral
COMPETENCIA FUNCIONAL. COMPETENCIA FUNCIONAL EN MATERIA TRIBUTARIA,
COMPETENCIA FUNCIONAL. La Comisión Paritaria Nacional de Formación de V-2 Complementos Auxiliares, S.A. ejercerá las competencias y funciones que le otorgue el IV Acuerdo Tripartito de Formación en «V-2 Complementos Auxiliares, S.A.»
COMPETENCIA FUNCIONAL. La Comisión Paritaria Nacional de Formación de Ilunion Seguridad. Ejercerá las competencias y funciones que le otorgue el I Acuerdo Tripartito de Formación en Ilunion Seguridad.