Consignación de los Recursos Cláusulas de Ejemplo

Consignación de los Recursos. Es obligación de los Municipios y/o CPGA Beneficiarios del incentivo y que cumplan las condiciones establecidas para acceder a los mismos, consignar en el Encargo Fiduciario el valor COMPLETO de su contrapartida, en los plazos que el MADR establezca para los aportes correspondientes. FINAGRO debe informar al Municipio y/o CPGA el número de cuenta al cual se debe realizar la consignación. La contrapartida será como mínimo el 19% del valor total del PGAT y deberá ser acreditada a FINAGRO por cada Municipio o Asociación de Municipios mediante CDP, por el valor del aporte que realizará el ente territorial y la fuente de la cual provendrán dichos recursos. El Municipio o CPGA deberá consignar adicionalmente a su contrapartida, el valor equivalente al 1% por ciento del valor total del PGAT, el cual corresponderá al valor del encargo fiduciario, que será contratado por FINAGRO mediante invitación pública. Los recursos en efectivo aportados por el Municipio, CPGA, Gobernaciones y entidades privadas, deberán ser transferidos a la Entidad Fiduciaria en los términos y condiciones que determine FINAGRO. Las transferencias correspondientes a los recursos de contrapartida y del porcentaje equivalente al encargo fiduciario, deberán hacerse a más tardar el 30 de abril de 2014, so pena de perder el derecho a acceder al incentivo. La consignación de los recursos en los Encargos Fiduciarios por parte del MADR, se realizará en tres desembolsos de conformidad con lo dispuesto en el Contrato Interadministrativo No. 250 de 2014 así: Un primer desembolso en marzo de 2014 por el 30% del valor del incentivo que le corresponde consignar al MADR (máximo el 81% del valor del PGAT), de los Municipios/CPGAs que cumplan con los requisitos establecidos. Un segundo desembolso en junio de 2014 por el 60% del valor del incentivo que le corresponde consignar al MADR (máximo el 81% del valor del PGAT) de los Municipios/CPGAs que cumplan con los requisitos establecidos. Un tercer desembolso en agosto de 2014 por el 10% del valor del incentivo que le corresponde consignar al MADR (máximo el 81% del valor del PGAT) de los Municipios/CPGAs que cumplan con los requisitos establecidos.