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PRIMER DESEMBOLSO Cláusulas de Ejemplo

PRIMER DESEMBOLSO. En este acto EL CLIENTE, solicita a LA MICROFINANCIERA realice el primer desembolso de forma (Parcial o Total), de la línea de crédito otorgada en la cláusula primera del presente contrato, por la cantidad de (en Letras) (Guarismo), dólares de los Estados Unidos De América o su equivalentes según el tipo de cambio oficial xxx xxxxxxx con respecto al dólar autorizado por el Banco Central de Nicaragua para este día a la cantidad de XXX dólares de los Estados Unidos de América (US$X, XXX.XX), cantidad que destinará para (DESCRIBIR LA ACTIVIDAD).- EL DEUDOR se obliga a pagar AL ACREEDOR la cantidad de (en Letras) (Guarismo), en un plazo de por medio de (cantidad de cuotas) con una periodicidad [semanal, quincenal, mensual], iguales, consecutivas y niveladas, que está conformada por: (Capital, Intereses, Mantenimiento de Valor, Comisiones, Gastos, Seguros y cualquier otro rubro incluido en la cuota, equivalentes a córdobas (C$ ) cada una. El primer pago lo efectuará EL DEUDOR el día . Las fechas de pago subsiguientes de las cuotas, serán las indicadas en el Cronograma de pago.] opción 2 la cantidad de (en Letras) (Guarismo), por
PRIMER DESEMBOLSO. Previo al primer desembolso bajo la Donación, o a la emisión por USAID de documentación para efectuar los desembolsos, con excepción a acciones ejecutadas directamente por USAID relacionados a contratos de personal y de la administración de la Actividad por USAID, de auditoría, supervisión y evaluación, el Donatario, a menos que USAID acuerde lo contrario por escrito, proporcionará lo siguiente a USAID en forma y contenido satisfactorio a USAID: a) Evidencia que este Xxxxxxxx ha sido debidamente autorizado y/o ratificado y firmado por parte del Donatario, y que constituye una obligación válida y legal del Donatario de acuerdo con todos sus términos; y
PRIMER DESEMBOLSO. “El PNIA”, efectuará el depósito correspondiente al primer desembolso luego de recibir la conformidad de la UPMSI, respecto al cumplimiento de la elaboración de la programación de desembolsos y puntos críticos, recibido el informe del “PASANTE”; “El PNIA” se compromete a depositar en la cuenta del pasante, la cantidad de S/ ( Y 00/100 SOLES).
PRIMER DESEMBOLSO. Un primer desembolso correspondiente, al cuarenta por ciento (40%) del valor contenido en la propuesta presentada, contra la aprobación de: a. Guiones y Escaleta: Para el formato de series de ficción deberán entregar guiones completos y dialogados de los tres primeros capítulos. Para las series documentales deberán entregar las escaletas de los tres capítulos Para los unitarios documentales y unitarios de ficción, deberán entregar el guion dialogado o escaleta Para las producciones transmedia la escaleta del capítulo, y la estrategia transmedia completa. b. Plan de rodaje y/o realización: Para documental, ficción y transmedia la presentación del plan de rodaje, para los proyectos de animación el plan de realización; con fechas proyectadas de grabación. (en ningún caso el rodaje puede acabar después de la semana trece (13), después de aprobada la póliza). x. Xxxxxx de títulos de derechos de autor: Corresponde a los documentos soporte que acreditan que el ganador tiene todos los derechos patrimoniales de autor necesarios para producir la obra audiovisual objeto de financiación, el cual está integrado por: i). Certificado del Registro Obra Literaria Inédita, que puede ser: el argumento, sinopsis, guion, expedido por la Dirección Nacional de Derechos de Autor, Unidad Administrativa Especial del Ministerio del Interior; y ii). Contrato de cesión de derechos de autor o de prestación de servicios de obra por encargo celebrado entre el ganador y el autor que obra en el anterior registro, en el cual se evidencie la transferencia de los derechos patrimoniales necesarios para la producción de la obra audiovisual ganadora, autenticada en notaría o consulado colombiano en el exterior,
PRIMER DESEMBOLSO. En este acto EL CLIENTE, solicita a
PRIMER DESEMBOLSO. En este acto EL CLIENTE, solicita a LA MICROFINANCIERA realice el primer desembolso de forma (Parcial o Total), de la línea de crédito otorgada en la cláusula primera del presente contrato, por la cantidad de (en Letras)

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  • TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS Hasta tanto tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de los servicios contratados y de los defectos que en ellos hubiera, sin que sea eximente ni dé derecho alguno la circunstancia de que los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. La Administración, en caso de incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades que se determinen en el apartado 18 del Anexo I al presente pliego.

  • GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

  • AMBITO DE APLICACION Estas condiciones Especiales se aplicarán a todo el servicio de Gas prestado por la Distribuidora al Cliente bajo las presentes Condiciones Especiales.

  • EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO El presente acuerdo causa estado en vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra él se puede interponer recurso contencioso-administrativo en única instancia ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 15 de octubre de 2010

  • DERECHO DE ARREPENTIMIENTO Cuando la oferta de la presente Póliza se haya efectuado por Comercializadores o a través de Sistemas de Comercialización a Distancia, el CONTRATANTE y/o ASEGURADO tiene derecho de arrepentirse de la contratación de la presente Póliza. Para esto, el CONTRATANTE y/o ASEGURADO podrá resolver el Contrato de Seguro, sin expresión de causa ni penalidad alguna, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la fecha en que el CONTRATANTE y/o ASEGURADO haya recibido la Póliza de Seguro o una nota de cobertura provisional, y siempre que no haya hecho uso de las coberturas contenidas en la misma. En caso el CONTRATANTE y/o ASEGURADO ejerza su derecho de arrepentimiento luego de pagada la prima o parte de la misma, la ASEGURADORA procederá a la devolución total del importe pagado. Para estos fines, EL CONTRATANTE y/o EL ASEGURADO deberá presentar una comunicación escrita, junto con la copia del documento de identidad, dentro del plazo señalado en el párrafo precedente, en alguna de las plataformas de Atención al Cliente, cuyas direcciones se encuentran en el resumen de la presente póliza o en el certificado de seguro según corresponda.

  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.

  • MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10% del presupuesto del contrato. 2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o por imponer las penalidades descritas en los párrafos anteriores.

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.

  • CAUSAS DE DESECHAMIENTO Se desecharán las proposiciones de los licitantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos: A. Que no cumplan con alguno de los requisitos establecidos en esta Convocatoria contenidos en los numerales 6, 6.1, 6.2 y 6.3, y sus anexos, así como los que se deriven del Acto de la Junta de Aclaraciones y, que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la proposición. B. Cuando se compruebe que tienen acuerdo con otros licitantes para elevar el costo de los bienes solicitados o bien, cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. C. Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de la LAASSP, a su Reglamento o a cualquier otro ordenamiento legal o normativo vinculado con este procedimiento. D. Cuando omita ofertar la demanda máxima por clave (partida) relacionadas en el Anexo Número 20 (solamente se descalificará la clave/partida). E. Cuando no presente uno o más de los escritos o manifiestos solicitados con carácter de “bajo protesta de decir verdad”, solicitados en las presente convocatoria u omita la leyenda requerida. F. Cuando en su proposición no oferte porcentaje de descuento, sobre el precio máximo de referencia de la clave, cuando el porcentaje de descuento ofertado sea igual a 0% o cuando el porcentaje de descuento ofertado sea negativo. G. Cuando la información contenida en los Registros Sanitarios y, en su caso, en los anexos resulte incompleta o incongruente respecto a las especificaciones ofertadas en la propuesta técnica. H. Cuando no exista correspondencia en los datos asentados en su propuesta técnica- económica Anexo Número 13, entre los documentos presentados por el licitante y los documentos solicitados en el numeral 2.1 CALIDAD. I. Cuando los documentos que exhiban los licitantes no sean legibles imposibilitando el análisis integral de la propuesta, y esto conlleve a un faltante o carencia de información que afecte su solvencia, ésta se considerará insolvente. X. Cuando la Convocante intentara abrir los archivos hasta tres veces, en su caso en presencia del representante del Órgano Interno de Control, con los programas Word, Excel y PDF, en caso de que se confirme que el archivo contiene algún virus informático, o está alterado por causas ajenas a la convocante o a COMPRANET, la proposición se tendrá por no presentada. K. Cuando los documentos que integren las proposiciones presentados por los participantes no estén foliados en su totalidad, será causa de desechamiento de acuerdo al artículo 50 del Reglamento de la LAASSP. L. Cuando la Secretaría de Economía, determine mediante comunicado que alguno de los participantes en esta licitación hubiera contravenido el “Código Antidumping”, del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, así como, el Reglamento contra prácticas desleales de comercio internacional.