Contenido de los informes escritos. Respecto de todo contrato, todo acuerdo marco y todo establecimiento de un sistema dinámico de adquisición, los poderes adjudicadores ela- borarán un informe escrito, en el que se incluirá como mínimo la siguiente información: a) nombre y dirección del poder adjudicador, objeto e importe del contrato, del acuerdo marco o del sistema dinámico de adquisición; b) nombres de los candidatos o licitadores seleccionados y motivos que justifican su selección; c) nombres de los candidatos o licitadores excluidos y motivos que justifican su exclusión; d) motivos por los que se hayan rechazado ofertas que se consideren anormalmente bajas; e) nombre del adjudicatario y motivos por los que se ha elegido su oferta, así como, si se conoce, la parte del contrato o del acuerdo xxxxx que el adjudicatario tenga previsto subcontratar con terceros; f) por lo que respecta a los procedimientos negociados, las circunstan- cias contempladas en los artículos 30 y 31 que justifiquen el recurso a dichos procedimientos; g) por lo que respecta al diálogo competitivo, las circunstancias con- templadas en el artículo 29 que justifiquen el recurso a dicho pro- cedimiento; h) en su caso, los motivos por los que el poder adjudicador haya renunciado a adjudicar un contrato, un acuerdo marco o a establecer un sistema dinámico de adquisición. Los poderes adjudicadores tomarán las medidas adecuadas para docu- mentar el desarrollo de los procedimientos de adjudicación realizados por medios electrónicos. El informe escrito, o sus principales puntos, se comunicará a la Comi- sión cuando ésta así lo solicite.
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Samples: Directiva 2004/18/Ce, Directiva 2004/18/Ce, Directiva 2004/18/Ce
Contenido de los informes escritos. Respecto de todo contrato, todo acuerdo marco y todo establecimiento esta- blecimiento de un sistema dinámico de adquisición, los poderes pode- res adjudicadores ela- borarán elaborarán un informe escrito, en el que se incluirá como mínimo la siguiente información:
a) nombre y dirección del poder adjudicador, objeto e importe del contrato, del acuerdo marco o del sistema dinámico de adquisición;
b) nombres de los candidatos o licitadores seleccionados y motivos que justifican su selección;
c) nombres de los candidatos o licitadores excluidos y motivos que justifican su exclusión;
d) motivos por los que se hayan rechazado ofertas que se consideren anormalmente bajas;
e) nombre del adjudicatario y motivos por los que se ha elegido su oferta, así como, si se conoce, la parte del contrato o del acuerdo xxxxx que el adjudicatario tenga previsto subcontratar con terceros;
f) por lo que respecta a los procedimientos negociados, las circunstan- cias circunstancias contempladas en los artículos 30 y 31 que justifiquen el recurso a dichos procedimientos;
g) por lo que respecta al diálogo competitivo, las circunstancias con- templadas circunstan- cias contempladas en el artículo 29 que justifiquen el recurso a dicho pro- cedimientoprocedimiento;
h) en su caso, los motivos por los que el poder adjudicador haya renunciado a adjudicar un contrato, un acuerdo marco o a establecer un sistema dinámico de adquisición. Los poderes adjudicadores tomarán las medidas adecuadas para docu- mentar documentar el desarrollo de los procedimientos de adjudicación adjudica- ción realizados por medios electrónicos. El informe escrito, o sus principales puntos, se comunicará a la Comi- sión Comisión cuando ésta así lo solicite.
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Samples: Directiva 2004/18/Ce
Contenido de los informes escritos. 1. Respecto de todo contrato, contrato y todo acuerdo marco y todo establecimiento de un sistema dinámico de adquisiciónxxxxx, los las enti dades o poderes adjudicadores ela- borarán elaborarán un informe escritoescrito para confirmar que el procedimiento de selección se ha llevado a cabo de forma transparente y no discriminatoria, en el que se incluirá como mínimo la siguiente información:
a) nombre y dirección del de la entidad o poder adjudicador, objeto e importe del contrato, contrato o del acuerdo marco o del sistema dinámico de adquisiciónmarco;
b) procedimiento de adjudicación elegido;
c) en caso de diálogo competitivo, las circunstancias que justi fiquen la utilización de ese procedimiento;
d) en caso de procedimiento negociado sin publicación previa de un anuncio de licitación, las circunstancias contempladas en el artículo 28 que justifiquen el recurso a dicho procedi miento; en su caso, justificación por superar el plazo fijado en el artículo 28, apartado 3, letra a), párrafo segundo, y en el artículo 28, apartado 4, letra b), párrafo tercero, y por superar el límite del 50 % establecido en el artículo 28, apar tado 4, letra a), párrafo segundo;
e) en su caso, los motivos que justifiquen una vigencia del acuerdo superior a siete años;
f) nombres de los candidatos o licitadores seleccionados y motivos que justifican jus tifiquen su selección;
cg) nombres de los candidatos o licitadores excluidos y motivos que justifican justifi quen su exclusión;
dh) motivos por los que se hayan rechazado ofertas que se consideren anormalmente bajasofertas;
ei) nombre del adjudicatario y motivos por los que se ha elegido haya ele gido su oferta, así como, si se conoce, la parte del contrato o del acuerdo xxxxx marco que el adjudicatario tenga previsto o deba subcontratar con terceros;
f) por lo que respecta a los procedimientos negociados, las circunstan- cias contempladas en los artículos 30 y 31 que justifiquen el recurso a dichos procedimientos;
g) por lo que respecta al diálogo competitivo, las circunstancias con- templadas en el artículo 29 que justifiquen el recurso a dicho pro- cedimiento;
h) en su caso, los motivos por los que el poder adjudicador haya renunciado a adjudicar un contrato, un acuerdo marco o a establecer un sistema dinámico de adquisición. Los poderes adjudicadores tomarán las medidas adecuadas para docu- mentar el desarrollo de los procedimientos de adjudicación realizados por medios electrónicos. El informe escrito, o sus principales puntos, se comunicará a la Comi- sión cuando ésta así lo solicite.
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Samples: Directiva Sobre Procedimientos De Adjudicación De Contratos en Defensa Y Seguridad
Contenido de los informes escritos. Respecto de todo contrato, todo acuerdo marco y todo establecimiento de un sistema dinámico de adquisición, los poderes adjudicadores ela- borarán elaborarán un informe escrito, en el que se incluirá como mínimo la siguiente información:
a) nombre y dirección del poder adjudicador, objeto e importe del contrato, del acuerdo marco o del sistema dinámico de adquisición;
b) nombres de los candidatos o licitadores seleccionados y motivos que justifican su selección;
c) nombres de los candidatos o licitadores excluidos y motivos que justifican su exclusión;; ▼B
d) motivos por los que se hayan rechazado ofertas que se consideren anormalmente bajas;
e) nombre del adjudicatario y motivos por los que se ha elegido su oferta, así como, si se conoce, la parte del contrato o del acuerdo xxxxx que el adjudicatario tenga previsto subcontratar con terceros;
f) por lo que respecta a los procedimientos negociados, las circunstan- cias contempladas en los artículos 30 y 31 que justifiquen el recurso a dichos procedimientos;
g) por lo que respecta al diálogo competitivo, las circunstancias con- templadas contempladas en el artículo 29 que justifiquen el recurso a dicho pro- cedimientoprocedimiento;
h) en su caso, los motivos por los que el poder adjudicador haya renunciado a adjudicar un contrato, un acuerdo marco o a establecer un sistema dinámico de adquisición. Los poderes adjudicadores tomarán las medidas adecuadas para docu- mentar documentar el desarrollo de los procedimientos de adjudicación realizados por medios electrónicos. El informe escrito, o sus principales puntos, se comunicará a la Comi- sión Comisión cuando ésta así lo solicite.
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Samples: Directiva 2004/18/Ce