CONTRATO TEMPORAL Cláusulas de Ejemplo

CONTRATO TEMPORAL. CONTRATO TEMPORAL DEFINICIÓN
CONTRATO TEMPORAL. Cláusulas específicas INTERINIDAD OBJETO, FORMALIZACIÓN, DURACIÓN Y JORNADA
CONTRATO TEMPORAL. Cláusulas específicas PARA TRABAJADORES QUE TENGAN ACREDITADA POR LA ADMINISTRACIÓN COMPETENTE LA CONDICIÓN DE VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO, DOMÉSTICA O VÍCTIMA DEL TE- RRORISMO
CONTRATO TEMPORAL. Cláusulas específicas PARA TRABAJADORES EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL POR EMPRESAS DE INSER- CIÓN REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES
CONTRATO TEMPORAL. El actual contrato “por Acumulación de Tareas o Circunstancias de la Producción” podrá tener una duración máxima de 12 meses (dentro de un período de 16 meses), con indemnización de 12 días por año trabajado, realizable en períodos de 6 meses, con indemnización propor- cional al tiempo del contrato, mínima de 8 días por año trabajado. De estos contratos las empresas deberán “convertir en Indefinidos”, al menos, el 65 % de los mismos. La Cláusula de conversión en indefinidos no será de aplicación en empresas en el caso de que se trate de un solo trabajador, ni en empresas que ya tengan el 65 % de la plantilla de indefinidos. Los trabajadores que en un periodo de 30 meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a 24 meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferen- te puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos
CONTRATO TEMPORAL. El actual Contrato “por Acumulación de Tareas o Circunstancias de la Producción” del art. 15.1 b del Estatuto de os Trabajadores podrá tener una duración máxima de 12 meses, (dentro de un período de 18 meses), con indemnización de 12 días por año trabajado
CONTRATO TEMPORAL. El actual contrato “por Acumulación de Tareas o Circunstancias de la Producción” podrá tener una duración máxima de 12 meses (dentro de un periodo de 16 meses), con indemnización de 12 días por año trabajado, realizable en periodos de 6 meses, con indemnización propor- cional al tiempo del contrato, mínima de 8 días por año trabajado, en este caso. De estos contratos las empresas deberán “convertir en Indefinidos”, al menos, el 65% de los mismos. La Cláusula de conversión en indefinidos no será de aplicación en empresas en el caso de que se trate de un solo trabajador, ni en empresas que ya tengan el 65% de la plantilla de indefinidos.
CONTRATO TEMPORAL. ➢ DEFINICIÓN El contrato temporal, es aquel que tiene por objeto el establecimiento de una relación laboral entre empresario y trabajador por un tiempo determinado. El contrato de trabajo temporal podrá celebrarse a jornada completa o parcial. El contrato de trabajo temporal se formalizará por escrito, podrá ser verbal cuando en la situación de eventual por circunstancias de la producción la duración del mismo sea inferior a cuatro semanas y la jornada completa. ➢ CLÁUSULAS ESPECÍFICAS Se pueden dar como situaciones de temporalidad: •De impulso a la actividad investigadora como la realización de un proyecto específico de investigación científica y técnica • De acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación de personal investigador en formación y la predoctoral o para personal investigador predoctoral en formación. •Incentivo a la contratación temporal para trabajos subvencionados de interés social/Fomento de empleo agrario. •Trabajadores penados en instituciones penitenciarias •Menores y jóvenes en centros de menores sometidos a medidas de internamiento. •temporal de fomento de empleo de personas con discapacidad •temporal de trabajadores en situación de exclusión social • temporal de relevo, jubilación parcial, sustitución por anticipación de la edad de jubilación • temporal para trabajadores que tengan acreditada por la Administración competente la condición de víctima de violencia de género, doméstica o víctima de terrorismo • trabajadores mayores de cincuenta y dos años beneficiarios de los subsidios por desempleo y la situación de vinculación formativa •primer empleo joven •Obra o servicio •Eventual por circunstacias de la Producción. •Interinidad 8 - Los contratos temporales o de duración determinada pueden en algunos casos ser beneficiarios de incentivos a la contratación, cuando se cumplan los requisitos que en cada caso se exijan por la normativa de aplicación, dependiendo de las características de la situación temporal, de la empresa, del trabajador, de la jornada o de la duración. Lo establecido en el párrafo anterior también será de aplicación cuando se produzcan supuestos de sucesión o subrogación empresarial conforme a lo dispuesto legal o convencionalmente. ➢ FORMALIZACIÓN Su formalización puede ser verbal o escrita. Deberán constar por escrito, los acogidos al programa de fomento del empleo y cuando así lo exija una disposición legal y, en todo caso, los de relevo, los contratos para la realización de una obra o servicio dete...