AMBITO TEMPORAL. Las prestaciones posteriormente definidas serán válidas con carácter anual, siempre que el tiempo de permanencia fuera de la residencia habitual no sea superior a 90 días consecutivos, por viaje o desplazamiento. Esta limitación no regirá cuando el desplazamiento sea dentro del territorio español.
AMBITO TEMPORAL. La cobertura del Seguro se circunscribe a amparar las reclamaciones que se formulen al Asegurado o, en su caso, al Asegurador en ejercicio de la acción directa, por siniestros ocurridos durante el período de vigencia de la Póliza y reclamados hasta 24 meses después de la cancelación de la misma sin perjuicio de los plazos de prescripción legalmente establecidos.
AMBITO TEMPORAL. El contrato de seguro surtirá efecto por daños ocurridos por primera vez durante su vigencia, cuyo hecho generador haya tenido lugar después de la fecha de efecto del contrato y cuya reclamación sea comunicada al Asegurador de manera fehaciente en el periodo de vigencia de la póliza o en el plazo de 24 meses a partir de la fecha de extinción del contrato.
AMBITO TEMPORAL. El Convenio Colectivo de la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Valencia, tendrá vigencia desde 1º de Enero de 2.012 hasta 31 de Diciembre de 2.016 en consonancia con lo dispuesto en el artículo 7 del Convenio General del Sector de la Construcción. Su entrada en vigor, a todos los efectos, será a partir de su publicación en el "Boletín Oficial de la Provincia de Valencia" y con efecto re- troactivo a 1º de Enero de 2.012.
AMBITO TEMPORAL. El presente Xxxxxxxx, sea cual fuere la fecha de su publicación, tendrá una vigencia desde el 1 enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2011 retrotrayéndose a aquella fecha todos los efectos del mismo. DENUNCIA Y PRORROGA DEL CONVENIO:
AMBITO TEMPORAL. El presente Xxxxxxxx entrará en vigor al día siguiente de su firma, con independencia de su publicación en el Boletín Oficial, salvo que en el redactado del mismo se establezca una fecha distinta en según qué materia de entrada en vigor. Tendrá una vigencia hasta el 31 de Diciembre del 2023
AMBITO TEMPORAL. 1. La duración del presente convenio colectivo será de tres años, iniciando su vigencia en materia salarial, así como respecto del plus de convenio, una vez registrado y publicado, el 1 de enero de 2004, el 1 de enero de 2005 y el 1 de enero de 2006, respectivamente, para los mismos conceptos indicados anteriormente. Las restantes materias iniciarán su vigencia el día de la publicación del convenio en el “Boletín Oficial del Estado”, salvo para las que se especifique otra fecha distinta.
2. Su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2006, con las excepciones previstas en el último párrafo del artículo 1.2 y en el artículo 48.2, prorrogándose anualmente por tácita reconducción, en sus propios términos, en tanto no se solicite su revisión y se formule su necesaria denuncia en los términos del artículo 5.
AMBITO TEMPORAL. El presente convenio colectivo entrará en vigor el 1 de enero de 2017, manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020
AMBITO TEMPORAL. El presente Convenio Colectivo tendrá un período de vigencia de 4 años, desde el 1 de enero de 2.009 hasta el 31 de diciembre de 2.012. A los efectos previstos en el art. 86.2 del Estatuto de los Trabajadores, el presente Convenio Colectivo se entiende denunciado desde el día de su firma.
AMBITO TEMPORAL. El presente Xxxxxxxx tendrá una vigencia desde el 1 de diciembre de 2008 y finalizará el 31 de Diciembre de 2011. Este Convenio se entenderá denunciado el 1 de Diciembre de 2011, comprometiéndose ambas partes a iniciar las deliberaciones en el plazo de 15 días a contar de la fecha de entrega de la plataforma. Todos los artículos del presente Convenio seguirán vigentes hasta la firma del siguiente.