Common use of Criterios para la selección de candidatos Clause in Contracts

Criterios para la selección de candidatos. 1. Con carácter previo al anuncio de la licitación, el órgano de contratación deberá haber establecido los criterios objetivos de solvencia, de entre los señalados en los artículos 75 a 79, con arreglo a los cuales serán elegidos los candidatos que serán invitados a presentar proposiciones. 2. El órgano de contratación señalará el número mínimo de empresarios a los que invitará a participar en el procedimiento, que no podrá ser inferior a cinco. Si así lo estima procedente, el órgano de contratación podrá igualmente fijar el número máximo de candidatos a los que se invitará a presentar oferta. En cualquier caso, el número de candidatos invitados debe ser suficiente para garantizar una competencia efectiva. 3. Los criterios o normas objetivos y no discriminatorios con arreglo a los cuales se seleccionará a los candidatos, así como el número mínimo y, en su caso, el número máximo de aquellos a los que se invitará a presentar proposiciones se indicarán en el anuncio de licitación.

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Samples: Real Decreto Legislativo 3/2011, Real Decreto Legislativo 3/2011, Ley De Contratos Del Sector Público

Criterios para la selección de candidatos. 1. Con carácter previo al anuncio de la licitación, el órgano de contratación deberá haber establecido los criterios objetivos de solvencia, de entre los señalados en los artículos 75 64 a 7968, con arreglo a los cuales serán elegidos los candidatos que serán invitados a presentar proposiciones. 2. El órgano de contratación señalará el número mínimo de empresarios a los que invitará a participar en el procedimiento, que no podrá ser inferior a cinco. Si así lo estima procedente, el órgano de contratación podrá igualmente fijar el número máximo de candidatos a los que se invitará a presentar oferta. En cualquier caso, el número de candidatos invitados debe ser suficiente para garantizar una competencia efectiva. 3. Los criterios o normas objetivos y no discriminatorios con arreglo a los cuales se seleccionará a los candidatos, así como el número mínimo y, en su caso, el número máximo de aquellos a los que se invitará a presentar proposiciones se indicarán en el anuncio de licitación.

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Samples: Ley 30/2007, De 30 De Octubre, De Contratos Del Sector Público, Ley 30/2007, De 30 De Octubre, De Contratos Del Sector Público, Ley De Contratos Del Sector Público

Criterios para la selección de candidatos. 1. Con carácter previo al anuncio de la licitación, el órgano de contratación deberá haber establecido los criterios cri- terios objetivos de solvencia, de entre los señalados en los artículos 75 64 a 7968, con arreglo a los cuales serán elegidos elegi- dos los candidatos que serán invitados a presentar proposicionespropo- siciones. 2. El órgano de contratación señalará el número mínimo de empresarios a los que invitará a participar en el procedimiento, que no podrá ser inferior a cinco. Si así lo estima procedente, el órgano de contratación podrá igualmente fijar el número máximo de candidatos a los que se invitará a presentar oferta. En cualquier caso, el número de candidatos invitados debe ser suficiente para garantizar una competencia efectiva. 3. Los criterios o normas objetivos y no discriminatorios discriminato- xxxx con arreglo a los cuales se seleccionará a los candidatoscandida- tos, así como el número mínimo y, en su caso, el número máximo de aquellos a los que se invitará a presentar proposiciones pro- posiciones se indicarán en el anuncio de licitación.

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Samples: Ley De Contratos Del Sector Público

Criterios para la selección de candidatos. 1. Con carácter previo al anuncio de la licitación, el órgano de contratación deberá haber establecido los criterios objetivos de solvencia, de entre los señalados en los artículos 75 a 7979 del TRLCSP, con arreglo a los cuales serán elegidos los candidatos que serán invitados a presentar proposiciones. 2. El órgano de contratación señalará el número mínimo de empresarios a los que invitará a participar en el procedimiento, que no podrá ser inferior a cinco. Si así lo estima procedente, el órgano de contratación podrá igualmente fijar el número máximo de candidatos a los que se invitará a presentar oferta. En cualquier caso, el número de candidatos invitados debe ser suficiente para garantizar una competencia efectiva. 3. Los criterios o normas objetivos objetivas y no discriminatorios discriminatorias con arreglo a los cuales se seleccionará a los candidatos, así como el número mínimo y, en su caso, el número máximo de aquellos a los que se invitará a presentar proposiciones se indicarán en el anuncio de licitación.

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Samples: Instrucciones De Contratación

Criterios para la selección de candidatos. Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público 1. Con carácter previo al anuncio de la licitación, el órgano de contratación deberá haber establecido los criterios objetivos de solvencia, de entre los señalados en los artículos 75 a 79, con arreglo a los cuales serán elegidos los candidatos que serán invitados a presentar proposiciones. 2. El órgano de contratación señalará el número mínimo de empresarios a los que invitará a participar en el procedimiento, que no podrá ser inferior a cinco. Si así lo estima procedente, el órgano de contratación podrá igualmente fijar el número máximo de candidatos a los que se invitará a presentar oferta. En cualquier caso, el número de candidatos invitados debe ser suficiente para garantizar una competencia efectiva. 3. Los criterios o normas objetivos y no discriminatorios con arreglo a los cuales se seleccionará a los candidatos, así como el número mínimo y, en su caso, el número máximo de aquellos a los que se invitará a presentar proposiciones se indicarán en el anuncio de licitación.

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Samples: Ley De Contratos Del Sector Público