Common use of Custodia del Gas por parte de EL TRANSPORTADOR Clause in Contracts

Custodia del Gas por parte de EL TRANSPORTADOR. Desde que el Gas Natural es entregado a EL TRANSPORTADOR en el Punto de Entrada hasta que EL REMITENTE PRIMARIO o los Remitentes o Clientes lo toman en el Punto de Transferencia de Custodia (Punto de Salida), se considerará que EL TRANSPORTADOR estará en exclusivo control y posesión del Gas Natural y, por consiguiente, tendrá la responsabilidad completa del mismo. Por lo tanto, EL TRANSPORTADOR responderá por los daños a terceros, reclamaciones o acciones basadas en hechos que hayan tenido lugar durante el tiempo en que el Gas Natural se encuentre o se considere que está bajo su control y posesión. EL TRANSPORTADOR mantendrá indemne y exonerará por completo a EL REMITENTE PRIMARIO, sus sucesores y cesionarios, de todas y cualquiera de tales reclamaciones, demandas o acciones, cualquier responsabilidad, costos, gastos, daños o pérdidas en relación con tales ocurrencias que puedan reclamarse por esos terceros por actos u omisiones de EL TRANSPORTADOR o de sus empleados, agentes o cesionarios, por causa de lesiones personales o muerte, o por razón de daños a la propiedad, a menos que éstos puedan atribuirse a la negligencia, impericia o imprudencia, comprobadas de cualquier empleado, agente u otro representante de EL REMITENTE PRIMARIO, sus Remitentes o Clientes.

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Samples: Contrato De Transporte De Gas Natural, Contrato De Transporte De Gas Natural, Contrato De Transporte De Gas Natural

Custodia del Gas por parte de EL TRANSPORTADOR. Desde que el Gas Natural es entregado a EL TRANSPORTADOR en el Punto de Entrada hasta que EL REMITENTE PRIMARIO o los Remitentes o Clientes lo toman en el Punto de Transferencia de Custodia (Punto de Salida), se considerará que EL TRANSPORTADOR estará en exclusivo control y posesión del Gas Natural y, por consiguiente, tendrá la responsabilidad completa del mismo. Por lo tanto, EL TRANSPORTADOR responderá por los daños a terceros, reclamaciones o acciones basadas en hechos que hayan tenido lugar durante el tiempo en que el Gas Natural se encuentre o se considere que está bajo su control y posesión. EL TRANSPORTADOR mantendrá indemne y exonerará por completo a EL REMITENTE PRIMARIO, sus sucesores y cesionarios, de todas y cualquiera de tales reclamaciones, demandas o acciones, cualquier responsabilidad, costos, gastos, daños o pérdidas en relación con tales ocurrencias que puedan reclamarse por esos terceros por actos u omisiones de EL TRANSPORTADOR o de sus empleados, agentes o cesionarios, por causa de lesiones personales o muerte, o por razón de daños a la propiedad, a menos que éstos puedan atribuirse a la negligencia, impericia o imprudencia, comprobadas de cualquier empleado, agente u otro representante de EL REMITENTE PRIMARIO, sus Remitentes o ClientesRemitentes.

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