DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO Cláusulas de Ejemplo

DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO. Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones.
DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO. Si el contenido de la Póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el Asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la Póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la Póliza o de sus modificaciones.
DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO. La presente póliza se ha celebrado con base en las declaraciones y datos proporcionados en la solicitud o propuesta de aseguramiento que formuló el Asegurado a la Aseguradora, las cuales se entenderán parte integrante de la presente póliza. No obstante lo anterior, la Aseguradora ha aceptado el riesgo estrictamente a los términos y condiciones de la presente Póliza, sin que el contenido de la propuesta vincule a la Aseguradora para otorgar cobertura si ello no corresponde con lo estipulado en la presente póliza. Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, la Compañía podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 días naturales que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la Póliza o de sus modificaciones.
DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO. Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el Asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de Ios 30 (treinta) días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones. MAPFRE México, S.A. pone a su disposición el anexo denominado “REFERENCIAS LEGALES” que contiene los artículos de la Ley sobre el Contrato de Seguro y Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas a los que se hace referencia en el presente texto, mismo que podrá ser consultado en la página de internet xxx.xxxxxx.xxx.xx. ubica en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, Ciudad de México, C. P. 03100 Tel. (00) 0000 0000 y (00 000) 000 0000, correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx MAPFRE México, S.A. pone a su disposición, la Unidad Especializada de Atención a Usuarios (UNE), donde le atenderán de Lunes a Jueves de 8:00 a 17:00 horas y Viernes de 8:00 a 14:00 horas, con número de teléfono: 0000 0000 y domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxx Xxxxx xx los Pinos, Delegación Xxxxxx Xxxxxx, C.P. 03800, Ciudad de México, con correo electrónico xxx@xxxxxx.xxx.xx
DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO. Si el contenido de este contrato o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el Asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 días que sigan al día en que reciba el contrato. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones del contrato o de sus modificaciones.
DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO. “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el Asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan, al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. En términos del Artículo 19 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, cualquier modificación al presente contrato deberá hacerse constar por escrito y previo acuerdo entre las partes. En caso de que las modificaciones al contrato sean solicitadas a la Compañía por medio de un intermediario autorizado por la misma, en la solicitud deberá constar la autorización explícita del Asegurado.
DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO. Si el contenido del seguro o sus modificaciones no concordaran con la oferta, “LICONSA” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza; transcurrido este plazo, se considerarán aceptadas las disposiciones de la póliza de seguro o de sus modificaciones.
DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO. FOLLETO DE LOS DERECHOS BÁSICOS DE LOS CONTRATANTES, ASEGURADOS Y BENEFICIARIOS
DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO. Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaran con la oferta, “LA ASEGURADORA” deberá respetar y realizar los cambios necesarios a las pólizas emitidas, ajustándose a lo estipulado en la Convocatoria, y a la correspondiente Junta de Aclaraciones, de conformidad con lo estipulado en el Artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público.
DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO. 26 DEFINICIONES 26 Cláusula Complementaria de Agravación del Riesgo 27 Consultas y Reclamaciones: 27 CLÁUSULAS ESPECIALES 29 COBERTURA XX XXXXXX 29 COBERTURA DE HUELGAS Y ALBOROTOS POPULARES 33 CLÁUSULA DE CLASIFICACIÓN DEL INSTITUTO INGLÉS (DEL 01/01/01) CL.354 34 CLÁUSULA DE ISM (INTERNATIONAL SAFETY MANAGEMENT CODE) 36 CLÁUSULA DE INCOTERMS 38 CLÁUSULA DE DIFERENCIA EN CONDICIONES 39 CLÁUSULA DE MARCAS Y ETIQUETAS 40 CLÁUSULA DE ETIQUETAS Y ENVOLTURAS 41 CLÁUSULA DE PAR Y JUEGO 42 CLÁUSULA DE MAQUINARIA 43 CLÁUSULA DE RENUNCIA DE SUBROGACIÓN DE DERECHOS 44 CLÁUSULA DE SALVAMENTOS 45 CLÁUSULA DE DESTRUCCIÓN DE SALVAMENTOS 46 CLÁUSULA XX XXXXXX EN EL SISTEMA DE REFRIGERACIÓN Y/O CALEFACCIÓN .47 CLÁUSULA DE DEVOLUCIONES 49 CLÁUSULAS DE ERRORES U OMISIONES 50 CLÁUSULA DE MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA 51 CLÁUSULA DE DESEMPAQUE DIFERIDO 52 CLÁUSULA DE LÍQUIDOS A GRANEL 53 CLÁUSULA ESPECÍFICA PARA FALTANTES EN MERCANCÍA A GRANEL 20 COBERTURA PARA GANADO 21 CLÁUSULA PARA MUESTRARIOS 22 CLÁUSULA PARA UNIDADES DE REPARTO 23 CLÁUSULA DE ESTADÍA 24 CLÁUSULA DE ACTOS DE AUTORIDAD 25 CLÁUSULA DE BODEGA A BODEGA 26 CLÁUSULA DE VALOR INCREMENTADO 27 COBERTURA DE SERVICIOS DE ASESORÍA POR POSIBLE RECLAMACIÓN 28 CLÁUSULA DE COASEGURO ENTRE COMPAÑÍAS 29 CLÁUSULA DE AJUSTE POR SINIESTRALIDAD 31 CLÁUSULA DE DIVIDENDO O BONIFICACIÓN XX XXXXXX POR BUENA SINIESTRALIDAD 32 CONDICIONES GENERALES SEGURO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS CLÁUSULA 1.- PRELACIÓN‌ Sujeto a las Condiciones Generales y a las Condiciones Particulares del Seguro de Transporte de Mercancías, teniendo prelación estas últimas sobre las primeras, Zurich Compañía de Seguros, S.A., denominada en lo sucesivo “la Compañía”, asegura los bienes especificados en las Condiciones Particulares de la Póliza a favor de la persona física o moral denominada como “el Asegurado” en la carátula de la Póliza, siempre y cuando demuestre tener algún interés asegurable, contra la pérdida o daño físico directo que sufran éstos a consecuencia de los riesgos que aparezcan cubiertos en Condiciones Particulares, siempre que tales eventos sean súbitos e imprevistos y ocurran durante el curso normal del viaje entre el origen y destino establecidos en dichas Condiciones Particulares.