Códigos de conducta. 1. En los contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio, los empresarios informarán a los consumidores con los que contraten de los códigos de conducta que hubieran suscrito para facilitar el ejercicio de sus derechos. 2. Las asociaciones profesionales de empresarios instarán a sus asociados a promover códigos de conducta e informarán de los mismos a los consumidores que lo soliciten.
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Samples: Real Decreto Ley 8/2012, Real Decreto Ley 8/2012, Real Decreto Ley 8/2012
Códigos de conducta. 1. En los contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio, los empresarios informarán a los consumidores con los que contraten contraten, de los códigos de conducta que hubieran suscrito para facilitar el ejercicio de sus derechos.
2. Las asociaciones profesionales de empresarios instarán a sus asociados a promover códigos de conducta e informarán de los mismos a los consumidores que lo soliciten.
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Samples: Ley De Contratos De Aprovechamiento Por Turno De Bienes De Uso Turístico, Ley 4/2012
Códigos de conducta. 1. En Los empresarios en los contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio, los empresarios informarán a los consumidores con los que contraten de los códigos de conducta que hubieran suscrito en la materia, siendo de aplicación lo dispuesto en la legislación general para facilitar el ejercicio de sus derechos.
2. Las asociaciones profesionales de empresarios instarán a sus asociados a promover códigos de conducta e informarán la defensa de los mismos a los consumidores que lo soliciteny usuarios y de competencia desleal.
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Samples: Ley De Protección De Consumidores en Contratos De Aprovechamiento Por Turno
Códigos de conducta. 1. En los contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio, los empresarios informarán a los consumidores con los que contraten contraten, de los códigos de conducta que hubieran suscrito para facilitar el ejercicio de sus derechos.. cve: BOCG_D_10_64_503
2. Las asociaciones profesionales de empresarios instarán a sus asociados a promover códigos de conducta e informarán de los mismos a los consumidores que lo soliciten.
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Samples: Proyecto De Ley De Contratos De Aprovechamiento Por Turno De Bienes De Uso Turístico
Códigos de conducta. 1. En los contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambiointer- cambio, los empresarios informarán a los consumidores consumido- res con los que contraten contraten, de los códigos de conducta que hubieran suscrito para facilitar el ejercicio de sus derechos.
2. Las asociaciones profesionales de empresarios instarán a sus asociados a promover códigos de conducta con- ducta e informarán de los mismos a los consumidores que lo soliciten.
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Samples: Proyecto De Ley De Contratos De Aprovechamiento Por Turno De Bienes De Uso Turístico
Códigos de conducta. 1. En los contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio, los empresarios informarán a los consumidores con los que contraten contraten, de los códigos de conducta que hubieran suscrito para facilitar el ejercicio de sus derechos.
2. Las asociaciones profesionales de empresarios instarán a sus asociados a promover códigos de conducta e informarán de los mismos a los consumidores que lo soliciten.. [Bloque 28: #a20]
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Samples: Ley 4/2012, De 6 De Julio, De Contratos De Aprovechamiento Por Turno De Bienes De Uso Turístico