Common use of De la Tarjeta de Débito Clause in Contracts

De la Tarjeta de Débito. 1. EL BANCO entrega al CLIENTE, en sobre cerrado, una tarjeta numerada, para su exclusivo uso personal e intransferible, que cuenta con elementos electrónicos y/o digitales que identifican a su titular como tal (la “Tarjeta”). La Clave Secreta correspondiente a la Tarjeta sustituye a la firma gráfica o manuscrita del CLIENTE, con igual validez que la firma gráfica o manuscrita conforme a los arts. 141 y 141-A del Código Civil. 2. El CLIENTE acepta que la Tarjeta le permite realizar las diversas transacciones que admiten los diversos canales de atención de EL BANCO que se indican en la cláusula Tercera, así como acceder a otros servicios prestados por redes de bancos corresponsales y otros establecimientos comerciales afiliados a la Tarjeta, inclusive vía Internet, de acuerdo a los procedimientos y condiciones establecidos por EL BANCO. El CLIENTE podrá solicitar la supresión o reactivación de los mencionados servicios en cualquier Oficina de EL BANCO, en el Call Center o en cualquier otro medio que EL BANCO ponga a su disposición y comunique al CLIENTE. 3. EL CLIENTE declara conocer que los servicios prestados a través de bancos corresponsales o entidades asociadas del país o del exterior, se rigen por los límites y otras condiciones que establezcan dichos bancos o entidades para sus propios canales y las condiciones de cada país, de las mismas que el CLIENTE deberá informarse antes de su uso. 4. Toda operación efectuada con la Tarjeta (físicamente o con su numeración) y la Clave Personal se considera indubitablemente efectuada por el CLIENTE en la fecha en que se realice. El cliente no será responsable por las operaciones no reconocidas que no hayan sido autenticadas y registradas, considerando lo establecido en el artículo 23 del Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito. 5. El CLIENTE se obliga a mantener a buen resguardo y bajo su posesión física la Tarjeta; así como en total reserva la Clave Personal, la misma que podrá modificar directamente las veces que considere conveniente , especialmente cuando presuma que ésta pudiera haber trascendido a terceros. Salvo las excepciones expresamente establecidas por la legislación aplicable, el CLIENTE asume la responsabilidad total por las transacciones que se efectúen utilizando la Clave Personal. El CLIENTE debe adoptar las siguientes medidas de seguridad: (i) antes de realizar la primera operación, el CLIENTE debe cambiar su Clave Personal, (ii) la Clave Personal debe ser de fácil recordación, asimismo deberá procurarse que la misma no incluya datos de fácil asociación con EL CLIENTE (como cumpleaños, documento de identidad, o similares), (iii) cuando digite su Clave Personal, el CLIENTE deberá taparla para evitar que terceros tengan acceso a la misma, y (iv) la Tarjeta es personal e intransferible, por tanto el CLIENTE no deberá entregarla a ningún tercero. 6. La Tarjeta permite el acceso en la secuencia establecida por EL BANCO, a las distintas cuentas o depósitos, en moneda nacional o extranjera, que el CLIENTE hubiera afiliado; así como a otros servicios que EL BANCO ofrece bajo las respectivas condiciones. La utilización de la Tarjeta dentro o fuera del país procederá solamente si las cuentas o depósitos tienen saldos existentes que EL BANCO está obligado a conceder. 7. El tipo de cuenta, operaciones y servicios a los que se puede acceder con la Tarjeta, así como las modalidades y restricciones de su empleo, pueden ser modificados o suprimidos por EL BANCO, lo que será previamente informado al CLIENTE de forma directa, en caso dichos cambios generen un perjuicio a EL CLIENTE conforme a lo señalado en la cláusula Décimo Segunda de este contrato. El CLIENTE se obliga a seguir las normas y condiciones aplicables a cada servicio. 8. EL BANCO no asume responsabilidad en caso los establecimientos afiliados a los sistemas de tarjetas de débito se negasen a aceptarlas. Tampoco se responsabiliza por la negativa a la devolución, ni por la calidad, cantidad y otras características de las mercaderías y/o servicios que adquiera el CLIENTE en los puntos de venta y/o prestación de servicios adquiridos con el uso de la Tarjeta. 9. El CLIENTE debe comunicar de inmediato a EL BANCO, la pérdida, extravío o sustracción de la Tarjeta aún en los casos en que la Tarjeta haya sido retenida en un cajero electrónico de la red de bancos corresponsales del país o del exterior, a través del Call Center del Banco el cual está disponible los 365 días del año y las 24 horas, así como otros medios electrónicos que el Banco pueda poner a disposición para tal efecto; oportunidad en la que se le proporcionará un código de bloqueo registrando el día y la hora de dicha comunicación. A petición de EL BANCO, esta comunicación deberá ser confirmada por escrito. Salvo las excepciones expresamente establecidas por la legislación aplicable, las consecuencias por la falta de observancia de la obligación antes descrita, son de exclusiva responsabilidad del CLIENTE. 10. Podrán emitirse tantas Tarjetas como titulares tengan las cuentas, las cuales operarán con las Claves Personales que cada usuario establezca, siempre y cuando las cuentas sean de titularidad solidaria/indistinta "o". 11. Cuando las transacciones que realice el CLIENTE usando la Tarjeta, o por otros medios autorizados por EL BANCO, sean en monedas distintas a las de la cuenta, EL BANCO podrá cargar su importe según la secuencia cambiaria que tenga establecidas, por el equivalente al monto de la moneda pertinente y al tipo del cambio venta (o compra si se carga una cuenta de moneda extranjera) que tenga vigente EL BANCO en el momento del cargo para el canal en que se realiza la operación, y cuyo resultado se abonará al beneficiario, quedando liberado de toda responsabilidad por eventuales diferencias de cambio. 12. En casos de suspensión de servicios o de cierre de cuentas conforme a lo establecido en las Condiciones Generales, EL BANCO puede exigir al CLIENTE devolver de inmediato la Tarjeta; en cuyo caso el CLIENTE asumirá todas las responsabilidades por el uso irregular de la misma. EL BANCO está autorizado a retener, directamente aquellas Tarjetas que le sean presentadas para cualquier transacción y cuya vigencia haya expirado o caducado por cualquier causa. 13. Las condiciones para el uso de la Tarjeta y de la Clave Personal podrán ser modificadas por EL BANCO, bastando para ello que lo comunique al CLIENTE en la forma y plazo señalados en las cláusulas Tercera y Quinta de las Condiciones Generales de este documento. La continuación en la realización de operaciones a través de los distintos canales puestos a disposición por EL BANCO y que requieran el uso de la Tarjeta o Clave Personal significará la total aceptación de las nuevas condiciones por el CLIENTE.

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De la Tarjeta de Débito. 1. EL BANCO entrega Únicamente para el Producto Mis Ahorros se expedirá al CLIENTE, en sobre cerrado, Cliente una tarjeta numeradaplástica de débito con la vigencia estipulada y un número único impreso en el anverso de la misma, para su exclusivo uso personal e intransferible, que cuenta con elementos electrónicos y/o digitales que identifican a su titular según dicho término ha quedado definido como tal (la “Tarjeta”). La Clave Secreta correspondiente a la Tarjeta sustituye de Débito en virtud de la cual el Cliente podrá hacer uso a la firma gráfica o manuscrita del CLIENTE, con igual validez que la firma gráfica o manuscrita conforme a los arts. 141 y 141-A del Código Civil. 2. El CLIENTE acepta que la Tarjeta le permite realizar las diversas transacciones que admiten los diversos canales de atención de EL BANCO que se indican en la cláusula Tercera, así como acceder a otros servicios prestados por redes de bancos corresponsales y otros establecimientos comerciales afiliados a la Tarjeta, inclusive vía Internetnivel nacional e internacional, de acuerdo a los procedimientos términos y condiciones establecidos establecidos, conforme las siguientes operaciones y disposiciones: a) Consulta de saldos y movimientos. b) Retiro de efectivo en cajeros automáticos que integren las redes nacionales o mundiales, con las que Compartamos al efecto tenga convenios por EL BANCO. El CLIENTE podrá solicitar el monto acumulado diario o el máximo que para tales efectos determine la supresión Comisión Nacional Bancaria y de Valores y/o reactivación el Banco de México, dentro de los mencionados servicios límites de saldo disponible que aparezca en la Cuenta respectiva. En caso de que el Cliente digite erróneamente en 3 (tres) ocasiones continúas su NIP, el Cajero Automático retendrá la Tarjeta de Débito, por lo que el Cliente tendrá que acudir a cualquier Oficina de EL BANCO, en el Call Center Servicios y/o en cualquier otro medio que EL BANCO ponga a su disposición y comunique al CLIENTE. 3. EL CLIENTE declara conocer que los servicios prestados a través Sucursal de bancos corresponsales o entidades asociadas del país o del exterior, se rigen por los límites y otras condiciones que establezcan dichos bancos o entidades Compartamos para sus propios canales y las condiciones solicitar la reposición de cada país, de las mismas que el CLIENTE deberá informarse antes de su uso. 4. Toda operación efectuada con la Tarjeta (físicamente o con su numeración) y la Clave Personal se considera indubitablemente efectuada por el CLIENTE en la fecha en que se realice. El cliente no será responsable por las operaciones no reconocidas que no hayan sido autenticadas y registradas, considerando lo establecido en el artículo 23 del Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito. 5c) Pago en Comercios Afiliados al sistema de tarjetas con el que opere Compartamos con cargo al saldo disponible en la Cuenta del Producto correspondiente, para la adquisición de bienes y servicios. d) Retiro de efectivo en Comercios Afiliados que así lo permitan con cargo al saldo disponible en la Cuenta del Producto contratado; el Cliente, no podrá solicitar una cantidad superior a la autorizada por Compartamos al Comercio Afiliado. El CLIENTE Los Comercios Afiliados a Compartamos no podrán hacer entregas de efectivo al Cliente, por ajustes de precios o devolución de los bienes o servicios, salvo que cuenten con autorización por escrito por parte de Compartamos. En tal virtud, el abono que, en su caso proceda efectuarse a la Cuenta respectiva del Cliente, será solicitado por el Comercio Afiliado, en la inteligencia de que en tanto esa solicitud no se obliga haya generado, el cargo realizado a mantener a buen resguardo y bajo su posesión física la Tarjeta; Cuenta respectiva del Cliente permanecerá en firme. e) Realizar operaciones permitidas en Comercios Afiliados, así como en total reserva la Clave Personal, la misma que podrá modificar directamente las veces que considere conveniente , especialmente cuando presuma que ésta pudiera haber trascendido a terceros. Salvo las excepciones expresamente establecidas por la legislación aplicable, el CLIENTE asume la responsabilidad total por las transacciones que se efectúen utilizando la Clave Personal. El CLIENTE debe adoptar las siguientes medidas Sucursales y Oficinas de seguridad: (i) antes de realizar la primera operación, el CLIENTE debe cambiar su Clave Personal, (ii) la Clave Personal debe ser de fácil recordación, asimismo deberá procurarse que la misma no incluya datos de fácil asociación con EL CLIENTE (como cumpleaños, documento de identidad, o similares), (iii) cuando digite su Clave Personal, el CLIENTE deberá taparla para evitar que terceros tengan acceso a la misma, y (iv) la Tarjeta es personal e intransferible, por tanto el CLIENTE no deberá entregarla a ningún terceroServicios d Compartamos. 6. La Tarjeta permite el acceso en la secuencia establecida por EL BANCO, a las distintas cuentas o depósitos, en moneda nacional o extranjera, que el CLIENTE hubiera afiliado; así como a otros servicios que EL BANCO ofrece bajo las respectivas condiciones. La utilización de la Tarjeta dentro o fuera del país procederá solamente si las cuentas o depósitos tienen saldos existentes que EL BANCO está obligado a conceder. 7. El tipo de cuenta, operaciones y servicios a los que se puede acceder con la Tarjeta, así como las modalidades y restricciones de su empleo, pueden ser modificados o suprimidos por EL BANCO, lo que será previamente informado al CLIENTE de forma directa, en caso dichos cambios generen un perjuicio a EL CLIENTE conforme a lo señalado en la cláusula Décimo Segunda de este contrato. El CLIENTE se obliga a seguir las normas y condiciones aplicables a cada servicio. 8. EL BANCO no asume responsabilidad en caso los establecimientos afiliados a los sistemas de tarjetas de débito se negasen a aceptarlas. Tampoco se responsabiliza por la negativa a la devolución, ni por la calidad, cantidad y otras características de las mercaderías y/o servicios que adquiera el CLIENTE en los puntos de venta y/o prestación de servicios adquiridos con el uso de la Tarjeta. 9. El CLIENTE debe comunicar de inmediato a EL BANCO, la pérdida, extravío o sustracción de la Tarjeta aún en los casos en que la Tarjeta haya sido retenida en un cajero electrónico de la red de bancos corresponsales del país o del exterior, a través del Call Center del Banco el cual está disponible los 365 días del año y las 24 horas, así como otros medios electrónicos que el Banco pueda poner a disposición para tal efecto; oportunidad en la que se le proporcionará un código de bloqueo registrando el día y la hora de dicha comunicación. A petición de EL BANCO, esta comunicación deberá ser confirmada por escrito. Salvo las excepciones expresamente establecidas por la legislación aplicable, las consecuencias por la falta de observancia de la obligación antes descrita, son de exclusiva responsabilidad del CLIENTE. 10. Podrán emitirse tantas Tarjetas como titulares tengan las cuentas, las cuales operarán con las Claves Personales que cada usuario establezca, siempre y cuando las cuentas sean de titularidad solidaria/indistinta "o". 11. Cuando las transacciones que realice el CLIENTE usando la Tarjeta, o por otros medios autorizados por EL BANCO, sean en monedas distintas a las de la cuenta, EL BANCO podrá cargar su importe según la secuencia cambiaria que tenga establecidas, por el equivalente al monto de la moneda pertinente y al tipo del cambio venta (o compra si se carga una cuenta de moneda extranjera) que tenga vigente EL BANCO en el momento del cargo para el canal en que se realiza la operación, y cuyo resultado se abonará al beneficiario, quedando liberado de toda responsabilidad por eventuales diferencias de cambio. 12. En casos de suspensión de servicios o de cierre de cuentas conforme a lo establecido en las Condiciones Generales, EL BANCO puede exigir al CLIENTE devolver de inmediato la Tarjeta; en cuyo caso el CLIENTE asumirá todas las responsabilidades por el uso irregular de la misma. EL BANCO está autorizado a retener, directamente aquellas Tarjetas que le sean presentadas para cualquier transacción y cuya vigencia haya expirado o caducado por cualquier causa. 13. Las condiciones para el uso de la Tarjeta y de la Clave Personal podrán ser modificadas por EL BANCO, bastando para ello que lo comunique al CLIENTE en la forma y plazo señalados en las cláusulas Tercera y Quinta de las Condiciones Generales de este documento. La continuación en la realización de operaciones a través de los distintos canales puestos a disposición por EL BANCO y que requieran el uso de la Tarjeta o Clave Personal significará la total aceptación de las nuevas condiciones por el CLIENTE.

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