TARJETA Cláusulas de Ejemplo

TARJETA. .-Para la prestación de los SERVICIOS, el BANCO podrá, a solicitud del CLIENTE, entregar una o varias tarjeta(s) de Débito o xx Xxxxxx Automático principales o como adicionales (en adelante la “Tarjeta”) que servirá para que el CLIENTE o las personas autorizadas por él y bajo su exclusiva responsabilidad, puedan tener acceso a los SERVICIOS objeto de este contrato, a través de cajeros automáticos u otros medios electrónicos, o telefónicos, y a realizar consumos en locales comerciales afiliados o a nivel nacional e internacional, sea a través de POS, Swich transaccional y/o a través de los servicios VISA, el número de la TARJETA podrá servir como identificador del CLIENTE en los casos en que el MEDIO AUTORIZADO no requiera el uso físico de la TARJETA, sin embargo de lo señalado el BANCO podrá desarrollar nuevas maneras o accesos a los SERVICIOS los cuales serán notificados al CLIENTE cuando puedan ser utilizados. Con la adquisición de laTARJETA, el CLIENTE, podrá automáticamente realizar consumos en locales comerciales afiliados, dentro del país o en el exterior, ya sea vía POS, SWITCH TRANSACCIONAL o por medio de la WEB; adicionalmente, el CLIENTE podrá realizar retiros de cajeros automáticos de propiedad del BANCO, Cajeros Automáticos de la red BANRED y en el exterior a través de la red de servicios VISA; adicionalmente utilizando la tarjeta, el CLIENTE podrá realizar consulta de saldos, pagos de servicios públicos y privados (luz, agua, teléfono, entre otros) y cambiar su CLAVE de seguridad, a través de los medios electrónicos que el BANCO ponga a su disposición. El CLIENTE reconoce y acepta que, en la ejecución de las transacciones que integran los SERVICIOS, el uso de esta(s) TARJETA(S) adicional(es) estará sujeto a los mismos términos y condiciones contemplados en el presente contrato, con las restricciones que el CLIENTE instruya y que el BANCO considere factibles. El BANCO podrá retener, bloquear o cancelar, lo que fuere del caso, la TARJETA, en cualquier tiempo, si lo considera necesario o conveniente para los derechos y seguridades del CLIENTE y del BANCO. El CLIENTE autoriza expresamente al BANCO para debitar de su cuenta corriente y/o ahorros que mantiene en el BANCO el valor de emisión de la (s) TARJETA (s) de débito o xx xxxxxx automático, así como los costos que por mantenimiento de la misma deban ser debitados, y que reconoce serán publicados e informados periódicamente por el BANCO a sus CLIENTES, de acuerdo a lo establecido por la legislac...
TARJETA. “PRETECH” entregará la Tarjeta como medio de disposición de los FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO al “CLIENTE TARJETAHABIENTE”, la cual estará desactivada. Por lo anterior el “CLIENTE TARJETAHABIENTE”, deberá realizar la suscripción del presente Contrato en la “PLATAFORMA”, así como la consecuente activación, para poder hacer uso de esta. EL “CLIENTE TARJETAHABIENTE” realizará la activación dentro de la “PLATAFORMA”, proporcionando los datos que se le solicitan en términos de las NORMAS APLICABLES EN MATERIA DE PLD/FT, que PRETECH tenga implementadas. Una vez que la tarjeta se encuentre activada, “PRETECH” podrá realizar la TRANSFERENCIA DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO a las mismas y por tanto el “CLIENTE TARJETAHABIENTE” podrá hacer uso de estos. En virtud de lo anterior, el “CLIENTE TARJETAHABIENTE” acepta que no podrá realizar el uso de la tarjeta que no se encuentre activada de acuerdo con los procedimientos determinados en la “PLATAFORMA”. Adicionalmente, el “CLIENTE TARJETAHBIENTE” como titular de la tarjeta podrá bloquear y desbloquear para su uso la Tarjeta que tenga a su nombre. Lo anterior, lo podrá realizar siempre que el “CLIENTE EMPRESA” no haya generado un bloqueo para la disposición del saldo de la Tarjeta de que se trate.
TARJETA. La credencial (física o electrónica) que se entrega al Titular antes de su viaje, en el Porta Documentos, y que contiene su nombre completo, número, vigencia y tipo de producto MAPFRE ASISTENCIA contratado. Durante el viaje debe llevarla siempre con usted.
TARJETA. Para disponer de la LÍNEA, EL EMISOR entrega al USUARIO una TARJETA, personal e intransferible, cuyo plazo de vigencia está impreso en ella y habilita al USUARIO a adquirir bienes o servicios y a realizar cualquiera de las otras transacciones permitidas por EL EMISOR. Con todo, en situaciones excepcionales y debidamente calificadas, EL EMISOR podrá aceptar que un tercero realice determinadas transacciones o utilice la TARJETA como apoderado o mandatario del respectivo USUARIO, en las condiciones que la ley permita. EL EMISOR, sin alterar los derechos del USUARIO, podrá modificar algunas características de la TARJETA, lo que informará a los USUARIOS, mediante el envío de una nueva TARJETA.
TARJETA. La credencial que se entrega al Titular antes de su viaje, y que contiene su nombre completo y el número, vigencia y tipo de tarjeta WORLDWIDE TRAVELLERS ASSISTANCE contratada.
TARJETA. El BANCO proporcionará al CLIENTE una Tarjeta de Débito que tendrá asignado un número único, será intransferible y deberá ser firmada por el CLIENTE en el panel de firma que se encuentra al reverso de la misma.
TARJETA instrumento financiero que facilita la adquisición y consumo de bienes y/o servicios a nivel nacional o internacional en Puntos de Venta. Esta puede ser tarjeta de crédito, débito, prepagada y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico.
TARJETA. Es la Tarjeta de Crédito MasterCard Internacional “Carta Automática”. La tarjeta es personal, de uso exclusivo, intransferible y extendida a nombre del Titular /Adicional. El Titular /Adicional declara conocer y aceptar que la tarjeta es propiedad del Emisor y que, en cualquier caso en que la misma quede fuera de vigencia por cualquier motivo, procederá su devolución al Emisor o a quien éste designe, dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas de ser requerida.

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  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL

  • SUMA ASEGURADA La cantidad fijada en cada una de las partidas de la póliza, que constituye el límite máximo de la indemnización a pagar por todos los conceptos por el asegurador.

  • OTROS SEGUROS El Asegurado tiene la obligación de dar aviso por escrito a La Compañía, sobre todo Seguro que contrate o tenga contratado cubriendo los mismos bienes contra los mismos riesgos que se cubren en esta Póliza, indicando además el nombre de las Compañías Aseguradoras y las sumas aseguradas y La Compañía, hará la anotación correspondiente.

  • MONTO AFIANZADO La institución de fianzas, en los términos de la legislación aplicable a la materia, se compromete a pagar al beneficiario, hasta el monto de esta póliza, que representa el ____ % (señalar el porcentaje con letra) del valor del contrato indicado en la carátula de esta póliza, más la indemnización por xxxx que, en su caso proceda de conformidad con el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

  • APROPIACIÓN PRESUPUESTAL El pago de las sumas de dinero que el INSTITUTO queda obligado en razón de éste contrato, se subordina a la apropiación presupuestal que de ellas se haga en el respectivo presupuesto.

  • Jornada 1. La jornada ordinaria anual durante la vigencia del presente convenio general será de 1.736 horas. cve: BOE-A-2023-19903 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx 2. La jornada ordinaria semanal será de cuarenta horas durante toda la vigencia del presente Convenio general. 3. Aquellos convenios provinciales que a la entrada en vigor del presente tengan una jornada inferior, la mantendrán como condición más beneficiosa hasta ser alcanzados por éste. 4. Las empresas que, de acuerdo con la representación legal de las personas trabajadoras, establezcan un calendario distribuyendo la jornada laboral pactada antes del día 30 de enero de cada año en los centros estables y en las obras con objeto de coordinar las actividades en la empresa, se regirán por el mismo. En dicho calendario se establecerán los días laborables y las horas diarias, que no podrán ser más de nueve. En ausencia de calendario pactado en los centros de trabajo en los plazos previstos se observará el calendario establecido en el convenio provincial o, en su caso, autonómico aplicable. 5. Cada convenio colectivo provincial o, en su caso, autonómico, establecerá un calendario laboral distribuyendo la jornada anual pactada. Dicho calendario, operará siempre que no se pacte entre la empresa y los representantes legales de las personas trabajadoras una readaptación distinta en los diferentes centros de trabajo. 6. Teniendo en cuenta las diferentes condiciones climatológicas que inciden sobre las diversas ubicaciones de los centros de trabajo se pactará, en su caso, en cada convenio provincial la distribución variable de la jornada máxima anual, sin que en ningún caso se puedan sobrepasar nueve horas ordinarias de trabajo efectivo diarias. Cuando se proceda a una distribución variable de la jornada se pactará la distribución variable correspondiente xxx xxxxxxx global. 7. En cada centro de trabajo la empresa expondrá en lugar visible el calendario laboral pactado en el convenio provincial o, en su caso, autonómico, o para el propio centro de trabajo. 8. La empresa garantizará el registro diario de jornada de sus personas trabajadoras que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo. A tal fin, la empresa organizará el registro diario de jornada de sus personas trabajadoras a través de medios, tales como anotaciones en papel con firma de la persona trabajadora, aplicaciones informáticas, tarjetas de identificación electrónica o cualquier otro medio o soporte que acredite la conformidad de la persona trabajadora con el registro efectuado. Dichos medios deberán identificar de manera suficiente los registros obligatorios que correspondan a la presencia de las personas trabajadoras en el centro de trabajo en cada día laborable, festivo o no laborable, teniendo en consideración las distintas modalidades posibles que tienen las empresas en relación al establecimiento de las distintas fórmulas de prestación del trabajo, entre otras, horario fijo, jornada flexible, teletrabajo, jornada parcial, jornada reducida, jornada partida, jornada continuada, jornada intensiva, etc. Las personas trabajadoras deberán hacer uso de los medios organizados por la empresa a efectos de registro de jornada. 9. Se considerará tiempo de trabajo efectivo de acuerdo con la Directiva 2003/88/CE, y el artículo 34.1 del E.T., aquél en que la persona trabajadora se encuentre a disposición de la empresa y en el ejercicio efectivo de su actividad y funciones para las que fue contratada. A fin de cuantificar el tiempo de trabajo efectivo con carácter generalizado, en el Tablón de Anuncios de cada centro de trabajo donde figure el correspondiente calendario laboral y como información de la empresa se podrán recoger las pausas que, previa consulta con la representación legal de las personas trabajadoras, si la hubiere, o con las propias personas trabajadoras, no se consideren como tiempo de trabajo efectivo. 10. Cada empresa implementará su propio registro diario de jornada respecto de sus personas trabajadoras. cve: BOE-A-2023-19903 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx No obstante, en los supuestos de subcontratación previo acuerdo entre la empresa contratista o principal y la empresa subcontratista, ésta última podrá utilizar los medios de registro diario de jornada de la contratista o principal, siempre que se identifique a cada persona trabajadora y a su respectiva empresa a los efectos de poder deducir posibles responsabilidades en caso de incumplimiento de la obligación de registro diario de jornada. Del posible acuerdo de utilización de los medios de registro de jornada de la empresa principal por el subcontratista, se dará cuenta a la representación legal de las personas trabajadoras de ambas empresas. 11. De acuerdo con lo previsto en el artículo 34.9 del E.T. los registros permanecerán a disposición de las personas trabajadoras y de sus representantes legales para su consulta. Para ello se facilitará la consulta a las personas trabajadoras respecto de su propio registro cuando éstas lo consideren necesario, así como a la representación legal de las personas trabajadoras (evitando los datos de identificación personal) dentro de su respectivo ámbito de competencia (empresa o centro de trabajo) cuando existan controversias o diferencias concretas en relación con los registros de alguna persona trabajadora, pudiéndose fijar entre la empresa y la citada representación, a los efectos de racionalizar la consulta, en el ámbito de la empresa o centro de trabajo, plazos periódicos para el ejercicio de este derecho. Los representantes legales de las personas trabajadoras deberán guardar la oportuna reserva y proteger los datos consultados de acuerdo con la normativa vigente de protección de datos personales, así como con lo establecido en el artículo 64 y 65.2 del E.T. 12. Todo lo anterior, sin perjuicio de las opciones que, con independencia de lo establecido a través de la negociación colectiva, puedan complementar las empresas de acuerdo a lo fijado en el párrafo segundo del artículo 34.9 del E.T.

  • CESIÓN EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante.

  • Señalización INCISO: 2.1 Protocolo de señalización.

  • ASEGURADO De la misma forma, el asegurado podrá poner término anticipado al contrato, salvo las excepciones legales, comunicándolo al asegurador en la forma establecida en el artículo 23. En caso de quiebra del asegurador, el asegurado podrá exigir alternativamente la devolución de la prima o que el concurso le afiance el cumplimiento de las obligaciones del fallido. Por último, en caso de término, la prima se reducirá en forma proporcional al plazo corrido.

  • Xxxxxxx Santiago Xxxxxxx Directora de Recursos Materiales Secretaría de Administración Presente El suscrito representante legal del Proveedor denominado (Nombre o Denominación / Razón Social), manifiesto mi interés en participar en la (Procedimiento de Contratación y número del procedimiento), relativa al (Objeto de la Contratación), aceptando los términos y condiciones establecidas en las Bases de este concurso, y en consecuencia, presentar mi propuesta técnica y económica, sujetándome estrictamente a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamiento, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Para lo cual, bajo protesta de decir verdad, proporciono la siguiente información: Datos Generales del interesado: Nombre: Registro Federal de Contribuyentes: Descripción del giro del contribuyente: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Así como, en su caso, los de su apoderado o representante legal. Denominación social / Razón social: Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Descripción del objeto social: Constitutiva: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público). Nombre de su representante legal: Poder del representante legal: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público)