Defensa y Liquidación de reclamos Cláusulas de Ejemplo

Defensa y Liquidación de reclamos. Los Asegurados tienen el derecho y el deber de defenderse y oponerse a cualquier Reclamo presentado en su contra, y QBE Seguros S.A. no asume obligación alguna de defender a los Asegurados. QBE Seguros S.A. podrá participar plenamente en la defensa y en la negociación de cualquier acuerdo transaccional que dé lugar o pueda razonablemente dar lugar al pago de cualquier suma o cantidad bajo esta Póliza. QBE Seguros S.A. aceptará como razonable y necesaria la designación de distintos Abogados o Firmas de Abogados para la defensa de los Asegurados, si ello fuera requerido debido a la concurrencia de un conflicto de intereses entre los Asegurados. El Asegurado únicamente incurrirá en Gastos de Defensa con el previo consentimiento por escrito de QBE Seguros S.A., no pudiendo ser el mismo denegado o retrasado de forma injustificada. Los Asegurados deben tomar todas las medidas a su alcance para mitigar cualquier Pérdida y brindarán a QBE Seguros S.A. toda la cooperación e información que ésta requiera. Los Asegurados no aceptarán ni admitirán responsabilidad alguna, negociarán o celebrarán contrato de transacción alguno, consentirán sentencia alguna y/o se abstendrán de incurrir en cualesquiera gastos o importes cubiertos en la presente Póliza o derivados de un Reclamo, sin el consentimiento previo por escrito de QBE Seguros S.A., no pudiendo ser el mismo denegado o retrasado de forma injustificada. Únicamente, aquellas responsabilidades, acuerdos o liquidaciones, sentencias, gastos o importes cubiertos bajo la presente Póliza, aprobados previamente y por escrito por QBE Seguros S.A. serán indemnizables con arreglo a los términos del presente contrato. QBE Seguros S.A. no denegará sin motivo justificado su consentimiento a cualquier acuerdo o fallo estipulado, siempre y cuando haya podido intervenir efectivamente en la defensa del Reclamo y en la negociación de cualquier acuerdo o liquidación. QBE Seguros S.A. se reserva el derecho de investigar, dirigir las negociaciones, y, con el consentimiento por escrito del Xxxxxxxxx (quien no podrá denegarlo de forma injustificada), liquidar o transar cualquier Reclamo. Si el Asegurado rehusase aceptar alguna transacción recomendada por QBE Seguros S.A., entonces la responsabilidad de QBE Seguros S.A. por todas las Pérdidas a causa de tal Xxxxxxx no excederá la suma o cantidad por la cual el Reclamo podría haberse transado, incluyendo los costos y Gastos de Defensa en que se haya incurrido desde la fecha en que la transacc...

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