Descripción De Las Areas Cláusulas de Ejemplo

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  • DESCRIPCIÓN DE LA COBERTURA Las especialidades, prestaciones sanitarias y otros servicios cubiertos por esta póliza son los siguientes: 1. MEDICINA DE LA FAMILIA

  • DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia es una entidad descentralizada creada mediante el Decreto Ordenanza No. 494 de 2011, modificado posteriormente por los Decretos Ordenanzas 02120 y 02132 ambos de 2011, el cual se constituye como establecimiento público, dotado con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio autónomo, con una estructura organizacional básica que se debe fortalecer para poder lograr cumplir con eficiencia y eficacia todos y cada uno de los procesos que soportarán el pleno desarrollo de los programas y proyectos que se están ejecutando en el marco de su competencia y funciones, desde sus normas de creación se establece que le corresponde a la entidad el fomento, de las artes y las letras, la divulgación de la cultura regional en el departamento de Antioquia, teniendo como función la de diseñar estrategias y divulgación y conservación del patrimonio cultural tangible e intangible, así como garantizar la conservación, enriquecimiento de la creación y expresiones culturales del departamento, y en todo caso impulsar estrategias que garanticen el desarrollo del arte y de expresiones artísticas. En este sentido en el plan de desarrollo UNIDOS POR LA VIDA 2020 – 2023, se identifica que “los productos artísticos y culturales de alta calidad cuentan con posibilidades limitadas de circulación por el territorio. Debido a aspectos como la lejanía de algunas regiones con respecto a la capital del Departamento u otros epicentros de desarrollo, la concentración de los bienes y servicios en el Xxxxx de Aburrá, así como la carencia de escenarios debidamente acondicionados, inciden desfavorablemente en el acceso y disfrute de este tipo de manifestaciones, de manera equitativa para las poblaciones de Antioquia”. Con el fin de mitigar las problemáticas identificadas y de disminuir la inequidad entre las regiones del 1 Departamento, el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia continuará realizando procesos de intervención en el sector, para beneficiar a las subregiones de forma integral, identificando las necesidades propias del territorio en sus niveles municipal y departamental, para lograr procesos creativos y participativos que estimulen el sector cultural y artístico, ya que en la medida que se fortalezcan nuestros creadores, artistas, gestores, escuelas, casas de la cultura, entidades oficiales, particulares y asociaciones culturales de la sociedad civil, se contribuirá al desarrollo de las localidades y del Departamento. Para lograr disminuir la brecha y la inequidad en el acceso a los procesos artísticos y culturales del Departamento mediante la ampliación de la oferta de calidad con énfasis en la creación, la cultura y el patrimonio en Antioquia, se plantean dentro de la Línea estratégica 1. Nuestra gente; Componente 4: Antioquia unida por la creación y la cultura, el Programa 1: Unidos para la creación, el arte y la cultura, indicadores en el ámbito de la creación literaria, que dan cuenta de las “Publicaciones apoyadas por el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia” durante el cuatrenio, este programa promoverá la creación, continuidad y producción artística de nuevo conocimiento, que aporte al capital cultural de la región. A través de este programa se garantizará la oportunidad de acceder a la oferta institucional en 124 municipios permitiendo así el fortalecimiento del sector literario y editorial como gestores culturales activos en las subregiones del Departamento. Es de anotar también que existe un antecedente de iniciativas en el sector por parte del Instituto de cultura y Patrimonio de Antioquia, el cual bajo la resolución número 000370 de 7 de noviembre de 2017 “Por medio del cual se crea el Fondo editorial del Instituto de Cultura y patrimonio de Antioquia…” incluye en sus programas y planes de acción el apoyo y la promoción de la producción escrita por parte de los diferentes agentes culturales del Departamento mediante publicaciones que permitan la creación de una cultura editorial, soportado en línea número 3. Lectura y escritura, proyecto “Implementación Plan de lectura, escritura y biblioteca de Antioquia”, Fondo Editorial. El Instituto cuenta con diversas obras que hacen parte de la colección “VIVAN LOS CREADORES”, de acuerdo a las aprobaciones realizadas por el comité editorial según acta número 10 del 31 xx xxxxxx de 2018; colección la cual busca servir de pedagogía y de enseñanza para el sector cultural del Departamento. El comité editorial, para la impresión de la colección “VIVAN LOS CREADORES” que contienen las obras pictóricas y escultóricas de diferentes artistas antioqueños, con el fin de asegurar la difusión y promoción de éstas como legado de los antioqueños, seleccionó, evaluó y definió como parámetros en esta selección de las obras los siguientes: ✓ El aporte educativo y cultural para el departamento. ✓ Pedagogía de enseñanza para el sector cultural. ✓ La rigurosidad académica o investigativa de los contenidos de las obras ✓ La proyección como Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia respecto al Comité editorial. ✓ La valorización y optimización en términos de recursos públicos. De acuerdo a lo anterior, las decisiones del Comité han sido las siguientes: • El Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia, con el propósito de fomentar la cultura y bajo un ejercicio de dignificación y visibilidad del artista, a través del comité editorial, bajo acta número 10 del 31 xx xxxxxx del 2018, aprobó realizar una invitación a diferentes artistas plásticos reconocidos del Departamento de Antioquia, para que presenten una propuesta de un libro (Machote), bajo unas especificaciones puntuales, esto con el objetivo de que haga parte de la colección “Vivan los Creadores” y que sirva de pedagogía de enseñanza para el sector cultural. • Bajo acta de comité editorial número 12 del 22 de Febrero del 2019 se aprobó el inicio del proceso para producir la colección “VIVAN LOS CREADORES”, que luego de recibir 15 propuestas se dio como resultado la viabilizarían de 1 libros para conformar la primera edición de la colección “VIVAN LOS CREADORES” y se dio plazo a 4 artistas para hacer los ajustes pertinentes de sus libros, quedando así una colección de 15 libros. • El comité editorial bajo Acta 19 y del 10 xx xxxx de 2019, recomienda la contratación de un equipo de diseño para desarrollar la línea grafica de la colección (Anexo1 – Diseño). • En reunión del comité editorial bajo acta número 21 xx xxxxx de 2019, se presentó la línea grafica de la colección “VIVAN LOS CREADORES” y es aprobada. • Por último, bajo acta número 22 del 14 xx xxxxxx de 2019, el comité recomendó adelantar el proceso contractual, por parte del Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia, para la impresión de los libros de los 3.300libros, la colección “VIVAN LOS CREADORES” se compone de 15 libros y de cada uno de ellos se imprimirán 500. De acuerdo a lo anterior y con el propósito de formatear la cultura adelantó un proceso de contratación en el año 2019, el cual tuvo que ser cancelado, dados los incumplimientos del contratista en relación a las fechas de entrega, y número de productos entregados, alcanzando sólo cuatro de los quince títulos contratados inicialmente; es así como 11 de esas obras quedaron evaluadas y aprobadas por el comité editorial, pero sin su respectivo proceso de impresión. A la fecha del presente estudio previo, los escultores presentaron el contrato debidamente firmado, en el cual autorizan al Instituto de cultura y Patrimonio de Antioquia, para realizar la edición, diseño, e impresión, publicación y distribución de cada una de las obras, todo con fines culturales, educativos y excluyendo los fines comerciales, teniendo presente que el Instituto realizará los diseños de los libros que harán parte de la colección, los cuales serán entregados al contratista que realice la impresión de los respectivos ejemplares. De acuerdo a lo anterior, se hace necesario, adelantar un proceso de selección con miras a seleccionar una persona natural o jurídica que realice la Impresión De los 3.300 ejemplares, de las 11 obras que hacen parte de la colección “Vivan los creadores”.

  • EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS 29.1 El PNUD examinará la Propuesta a fin de confirmar que el Proponente ha aceptado todos los términos y condiciones ajustados a los Términos y Condiciones Generales del PNUD y las Condiciones Especiales, sin ninguna desviación o reserva. 29.2 El equipo de evaluación revisará y evaluará las Propuestas Técnicas sobre la base de su capacidad de respuesta a los Términos de Referencia y la restante documentación proporcionada, aplicando los criterios y subcriterios de evaluación y el sistema de puntos especificado en la Hoja de Datos (HdD, nº 32). A cada Propuesta aceptable se le asignará una puntuación técnica. Una Propuesta se considerará no aceptable en esta etapa si no responde sustancialmente a la SdP, en particular a las exigencias de los Términos de Referencia, lo que también significa que no logra alcanzar la puntuación técnica mínima indicada en la Hoja de Datos (HdD, nº 25). En ningún caso podrá el PNUD introducir cambios en los criterios, subcriterios y sistema de puntuación indicado en la Hoja de Datos (HdD, nº 32), una vez recibidas todas las Propuestas. 29.3 En la segunda etapa, sólo se abrirán con fines de revisión, comparación y evaluación las Propuestas Financieras de los Proponentes que hayan alcanzado la puntuación técnica mínima. Los sobres de Propuestas Financieras correspondientes a las Propuestas que no cumplieron con la puntuación mínima de aprobación técnica deberán ser devueltos a los respectivos Proponentes sin abrir. La puntuación general se basará o bien en una combinación de la puntuación técnica y la oferta económica, o bien en la Propuesta Financiera más baja evaluada de entre los Proponentes técnicamente calificados. El método de evaluación que se aplicará para esta SdP será el que se indique en la Hoja de Datos (HdD, nº 25). Cuando la Hoja de Datos especifique un método de puntuación combinada, la fórmula para la calificación de las Propuestas será la siguiente: Puntuación PT = (Puntuación total obtenida por la oferta/Punt. máxima obtenible por la PT) x 100 Puntuación de la Propuesta Financiera (PF) Puntuación PF = (Precio más bajo ofertado/Precio de la oferta analizada) x 100 Puntuación total combinada:

  • DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS Es objeto del contrato la defensa y representación jurídica de los intereses municipales ante las distintas Administraciones y Tribunales de Justicia, el asesoramiento en materias estrictamente jurídicas, así como la prestación de los servicios de procurador, ante los juzgados y tribunales xx Xxxxxx, Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxxxx-La Mancha con sede en Albacete y Tribunal Supremo con sede en Madrid, así como ante los juzgados y tribunales con ámbito territorial en la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx- La Mancha. Igualmente es objeto del presente contrato, la redacción de estudios económicos- financieros, el asesoramiento en la redacción de pliegos de cláusulas administrativas y técnicas, asesoramiento en la redacción de ordenanzas municipales, asesoramiento en la instrucción de expedientes informativos y disciplinarios relacionados con el personal adscrito al Ayuntamiento. A título orientativo, y al objeto de conceptuar el objeto del contrato, se indica la existencia de unos 18 procedimientos ordinarios y 4 procedimientos abreviados, 4 recursos de apelación ante el TSLCLM, sin cuantificar las jurisdicciones social y penal, en curso a fecha julio 2015. El Ayuntamiento xx Xxxxxx carece en la actualidad de un servicio jurídico propio servido por letrados municipales. Dado el volumen de la actividad municipal y, consecuentemente con ello, el elevado número de acciones que se ve obligado a deducir en defensa de sus propios intereses y de las demandas a las que ha de hacer frente ante la impugnación por terceros de sus actuaciones- actos, acuerdos, resoluciones y disposiciones de carácter general-, especialmente en el ámbito de la jurisdicción contencioso-administrativa, resulta conveniente una contratación de carácter global de estos servicios en lugar de la realización de encargos puntuales. En idéntica situación se encuentra este Ayuntamiento en relación a la inexistencia de un departamento económico capacitado para la elaboración de estudios jurídicos- financieros necesarios en las licitaciones relativas a las concesiones administrativas o a las gestiones de los servicios públicos municipales. El presente contrato tiene carácter administrativo, debiendo calificarse como contrato administrativo de servicios. De conformidad con lo dispuesto en el art. 10 del TRLCSP.

  • DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El Proyecto a desarrollar por EL BENEFICIARIO, comprende la siguiente descripción: “(Citar textualmente, entre comillas, la descripción del Proyecto, tal como aparece en el Plan de Trabajo)”.

  • DESCRIPCIÓN GENERAL 15.- DESCALIFICACIÓN DE LOS LICITANTES.

  • INTEGRACIÓN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión. Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos: Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE. Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

  • Evaluación de las propuestas técnicas Para verificar la solvencia de las propuestas técnicas presentadas, el área técnica y/o requirente será la que analizará cada uno de los documentos presentados de conformidad con los Anexos, la descripción técnica de “LOS SERVICIOS” solicitados, y en general, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 36, segundo párrafo de la Ley se procederá a evaluar técnicamente cuando menos a las dos proposiciones económicas que resulten ser las más bajas. Se verificará que la información proporcionada cumpla con cada uno de los requisitos y criterios técnicos, indicaciones, descripciones, características y especificaciones técnicas aplicables a cada uno de “LOS SERVICIOS” solicitados; así como los descritos en su caso, en la(s) acta(s) derivada(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases de la licitación. Los documentos que se solicitan en estos requisitos y criterios de evaluación técnica deben ser presentados al momento del acto de presentación y apertura de proposiciones, el incumplimiento de alguno de los requisitos expresamente solicitados por LA ENTIDAD será motivo de desechamiento de la propuesta técnica. La evaluación de las propuestas técnicas recibidas se realizará por el total de las Partidas completas en la(s) que participe; los licitantes deberán cumplir con los requisitos y criterios de evaluación técnica que a continuación se detallan: Para ser consideradas en la evaluación técnica, la(s) Partida(s) respectivas deberán cotizarse completas (100%); el incumplimiento de algún documento y/o requerimiento solicitado para la evaluación técnica, será motivo para desechar la propuesta técnica. En caso de que el licitante omitiera la entrega del algún documento o información que no desvirtué la solvencia de la proposición técnica, no será motivo de descalificación del concurso. El área técnica requirente elaborará un dictamen de análisis detallado a las proposiciones presentadas, en el cual se hará constar la solvencia de las proposiciones analizadas.

  • DESCRIPCIÓN DEL (LOS) BIEN (ES) CLAVE: CANTIDAD: UNIDAD: DESCRIPCIÓN: P R E C I O. UNITARIO: TOTAL:

  • Prescripción de las faltas Las faltas leves prescriben a los diez días; las graves, a los veinte días y las muy graves a los sesenta días a partir de la fecha en la que la empresa tuvo conocimiento de la comisión del hecho y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido.