Elección de representantes. Todo trabajador podrá ser elector y elegible para ostentar cargos sindicales, siempre que reúna los requisitos previstos en el artículo 69 del ET.
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Samples: grupos.unileon.es, Convenio Colectivo
Elección de representantes. Todo trabajador podrá ser elector y elegible para ostentar cargos sindicales, siempre que reúna los requisitos previstos en el artículo 69 del ETEstatuto de los Trabajadores.
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Samples: secretariageneral.uva.es, www.uva.es
Elección de representantes. Todo trabajador podrá ser elector y elegible para ostentar cargos sindicalessin- dicales, siempre que reúna los requisitos previstos en el artículo 69 del ETEstatuto de los Trabajadores.
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Samples: Convenio Colectivo