Especificaciones Técnicas de los materiales recuperados (ETMR). 15.1. Los residuos de envases de papel-cartón procedentes de la recogida selectiva monomaterial de papel, que entregue una Entidad local o la Comunidad Autónoma en los centros de clasificación o reciclado de papel, tendrán como referencia las ETMR del ANEXO IV del Convenio. 15.2. Los residuos de envases recuperados en las plantas de selección/tratamiento deberán cumplir las ETMR del ANEXO IV del Convenio. Con el fin de comprobar el cumplimiento de las ETMR, Ecoembes podrá llevar a cabo medidas de control de la calidad de los materiales según el procedimiento descrito en el ANEXO IV. Estos mecanismos de comprobación de la calidad se podrán desarrollar en todas las plantas, independientemente de la opción elegida por la Entidad para la designación de los recuperadores o recicladores. En el caso de que la Entidad titular de la planta de selección/tratamiento haya asignado a Ecoembes la gestión de los materiales, y existiese disconformidad por parte de un recuperador o reciclador designado por Ecoembes, la citada disconformidad se resolverá según el procedimiento del ANEXO IV. 15.3. Ecoembes podrá proponer modificar las ETMR para recoger la evolución de estas por diferentes cuestiones, como mejoras tecnológicas, necesidades xx xxxxxxx, calidad de los materiales o cumplimiento de objetivos de incorporación de material reciclado, siempre bajo criterios técnicos, de circularidad y operativos.
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Especificaciones Técnicas de los materiales recuperados (ETMR). 15.1. 12.1 Los residuos de envases de papel-cartón procedentes de la recogida selectiva monomaterial de papel, que entregue una Entidad local o la Comunidad Autónoma el Ayuntamiento de Madrid en los centros de clasificación o reciclado de papel, tendrán como referencia las ETMR del ANEXO IV Anexo III del Convenioconvenio.
15.2. 12.2 Los residuos de envases procedentes de la recogida multimaterial de envases ligeros, recuperados en las plantas de selección/tratamiento , deberán cumplir las ETMR del ANEXO IV Anexo III del Convenioconvenio. Con el fin de comprobar el cumplimiento de las ETMR, Ecoembes podrá llevar a cabo medidas de control de la calidad de los materiales según el procedimiento descrito en el ANEXO IVAnexo III. Estos mecanismos de comprobación de la calidad se podrán desarrollar en todas las plantasplantas de selección, independientemente de la opción elegida por la Entidad el Ayuntamiento de Madrid para la designación de los recuperadores o recicladores. En el caso de que la Entidad el Ayuntamiento de Madrid, como titular de la planta de selección/tratamiento selección de envases ligeros, se haya asignado acogido a Ecoembes la gestión garantía de los materialesretoma, y existiese disconformidad por parte de un recuperador o reciclador designado por Ecoembes, la citada disconformidad se resolverá según el procedimiento del ANEXO IVAnexo III.
15.3. Ecoembes podrá proponer modificar las ETMR para recoger la evolución de estas por diferentes cuestiones, como mejoras tecnológicas, necesidades xx xxxxxxx, calidad de los materiales o cumplimiento de objetivos de incorporación de material reciclado, siempre bajo criterios técnicos, de circularidad y operativos.
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