Common use of ESTABILIDAD Y SOLIDEZ DE MATERIALES Y EQUIPOS Clause in Contracts

ESTABILIDAD Y SOLIDEZ DE MATERIALES Y EQUIPOS. 1.- Deberá procurarse, de modo apropiado y seguro, la estabilidad de los materiales y equipos y, en general, de cualquier elemento que en desplazamientos pudiera afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores. 2.- Deberá verificarse, igualmente, de manera apropiada la estabilidad y la solidez, especialmente después de cual- quier modificación de la altura o de la profundidad del puesto de trabajo. 3.- Los puestos de trabajo móviles o fijos situados por encima o por debajo del nivel del suelo deberán ser sólidos y estables teniendo en cuenta: - El número de trabajadores que los ocupen. - Las cargas máximas que, en su caso, puedan tener que soportar, así como su distribución. - Los factores externos que pudieran afectarles. 4.- Los encofrados, los soportes temporales y los apuntalamientos deberán proyectarse, calcularse, montarse y mantenerse de manera que puedan soportar sin riesgo las cargas a las que sean sometidos. 5.- Las estructuras metálicas o de hormigón y sus elementos, los encofrados, las piezas prefabricadas pesadas o los soportes temporales y los apuntalamientos sólo se podrán montar o desmontar bajo vigilancia, control y dirección del personal competente. 6.- Deberán adoptarse las medidas necesarias para proteger a los trabajadores contra los peligros derivados de la fragilidad o inestabilidad temporal de la obra. 7.- El acceso a cualquier superficie que conste de materiales que no ofrezcan una resistencia suficiente sólo se auto- rizará en caso de que se proporcionen equipos o medios apropiados para que el trabajo se realice de manera segura.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo Del Sector De Industrias De La Construcción Y Obras Públicas, Convenio Colectivo

ESTABILIDAD Y SOLIDEZ DE MATERIALES Y EQUIPOS. 1.- 1. Deberá procurarse, de modo apropiado y seguro, la estabilidad de los materiales y equipos y, en general, de cualquier elemento que en desplazamientos pudiera afectar a la seguridad y la salud de los trabajadoreslas personas trabajadoras. 2.- 2. Deberá verificarse, igualmente, de manera apropiada la estabilidad y la solidez, especialmente después de cual- quier cualquier modificación de la altura o de la profundidad del puesto de trabajo. 3.- 3. Los puestos de trabajo móviles o fijos situados por encima o por debajo del nivel del suelo deberán ser sólidos y estables teniendo en cuenta: - El número de trabajadores personas trabajadoras que los ocupen. - Las cargas máximas que, en su caso, puedan tener que soportar, así como su distribución. - Los factores externos que pudieran afectarles. 4.- 4. Los encofrados, los soportes temporales y los apuntalamientos deberán proyectarse, calcularse, montarse y mantenerse de manera que puedan soportar sin riesgo las cargas a las que sean sometidos. 5.- 5. Las estructuras metálicas o de hormigón y sus elementos, los encofrados, las piezas prefabricadas pesadas o los soportes temporales y los apuntalamientos sólo solo se podrán montar o desmontar bajo vigilancia, control y dirección del personal competente. 6.- 6. Deberán adoptarse las medidas necesarias para proteger a los trabajadores las personas trabajadoras contra los peligros derivados de la fragilidad o inestabilidad temporal de la obra. 7.- 7. El acceso a cualquier superficie que conste de materiales que no ofrezcan una resistencia suficiente sólo solo se auto- rizará autorizará en caso de que se proporcionen equipos o medios apropiados para que el trabajo se realice de manera segura.

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Samples: Vii Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción, Vii Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción, Vii Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción

ESTABILIDAD Y SOLIDEZ DE MATERIALES Y EQUIPOS. 1.- 1. Deberá procurarse, de modo apropiado y seguro, la estabilidad de los materiales y equipos y, en general, de cualquier elemento que en desplazamientos pudiera afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores. 2.- 2. Deberá verificarse, igualmente, de manera apropiada la estabilidad y la solidez, especialmente después de cual- quier cualquier modificación de la altura o de la profundidad del puesto de trabajo. 3.- 3. Los puestos de trabajo móviles o fijos situados por encima o por debajo del nivel del suelo deberán ser sólidos y estables teniendo en cuenta: - El número de trabajadores que los ocupen. - Las cargas máximas que, en su caso, puedan tener que soportar, así como su distribución. - Los factores externos que pudieran afectarles. 4.- 4. Los encofrados, los soportes temporales y los apuntalamientos deberán proyectarse, calcularse, montarse y mantenerse de manera que puedan soportar sin riesgo las cargas a las que sean sometidos. 5.- 5. Las estructuras metálicas o de hormigón y sus elementos, los encofrados, las piezas prefabricadas pesadas o los soportes temporales y los apuntalamientos sólo se podrán montar o desmontar bajo vigilancia, control y dirección del personal competente. 6.- 6. Deberán adoptarse las medidas necesarias para proteger a los trabajadores contra los peligros derivados de la fragilidad o inestabilidad temporal de la obra. 7.- 7. El acceso a cualquier superficie que conste de materiales que no ofrezcan una resistencia suficiente sólo se auto- rizará autorizará en caso de que se proporcionen equipos o medios apropiados para que el trabajo se realice de manera segura.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo

ESTABILIDAD Y SOLIDEZ DE MATERIALES Y EQUIPOS. 1.- 1. Deberá procurarse, de modo apropiado y seguro, la estabilidad de los materiales y equipos y, en general, de cualquier elemento que en desplazamientos pudiera afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores. 2.- 2. Deberá verificarse, igualmente, de manera apropiada la estabilidad y la solidez, especialmente después de cual- quier cualquier modificación de la altura o de la profundidad del puesto de trabajo. 3.- 3. Los puestos de trabajo móviles o fijos situados por encima o por debajo del nivel del suelo deberán ser sólidos y estables teniendo en cuenta: - El número de trabajadores que los ocupen. - Las cargas máximas que, en su caso, puedan tener que soportar, así como su distribución. - Los factores externos que pudieran afectarles. 4.- 4. Los encofrados, los soportes temporales y los apuntalamientos deberán proyectarse, calcularse, montarse y mantenerse de manera que puedan soportar sin riesgo las cargas a las que sean sometidos. 5.- 5. Las estructuras metálicas o de hormigón y sus elementos, los encofrados, las piezas prefabricadas pesadas o los soportes temporales y los apuntalamientos sólo se podrán montar o desmontar bajo vigilancia, control y dirección del personal competente. 6.- 6. Deberán adoptarse las medidas necesarias para proteger a los trabajadores contra los peligros derivados de la fragilidad o inestabilidad temporal de la obra. 7.- 7. El acceso a cualquier superficie que conste de materiales que no ofrezcan una resistencia suficiente sólo se auto- rizará autorizará en caso de que se proporcionen equipos o medios apropiados para que el trabajo se realice de manera segura.

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Samples: Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción

ESTABILIDAD Y SOLIDEZ DE MATERIALES Y EQUIPOS. 1.- 1. Deberá procurarse, de modo apropiado y seguro, la estabilidad de los materiales y equipos y, en general, de cualquier elemento que en desplazamientos pudiera afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores. 2.- 2. Deberá verificarse, igualmente, de manera apropiada la estabilidad y la solidez, especialmente después de cual- quier cualquier modificación de la altura o de la profundidad del puesto de trabajo. 3.- 3. Los puestos de trabajo móviles o fijos situados por encima o por debajo del nivel del suelo deberán ser sólidos y estables teniendo en cuenta: - El número de trabajadores que los ocupen. - Las cargas máximas que, en su caso, puedan tener que soportar, así como su distribución. - Los factores externos que pudieran afectarles. 4.- 4. Los encofrados, los soportes temporales y los apuntalamientos deberán proyectarse, calcularse, montarse y mantenerse de manera que puedan soportar sin riesgo las cargas a las que sean sometidos. 5.- 5. Las estructuras metálicas o de hormigón y sus elementos, los encofrados, las piezas prefabricadas pesadas o los soportes temporales y los apuntalamientos sólo se podrán montar o desmontar bajo vigilancia, control y dirección del personal competente. 6.- 6. Deberán adoptarse las medidas necesarias para proteger a los trabajadores contra los peligros derivados de la fragilidad o inestabilidad temporal de la obra. 7.- 7. El acceso a cualquier superficie que conste de materiales que no ofrezcan una resistencia suficiente sólo se auto- rizará autorizará en caso de que se proporcionen equipos o medios apropiados para que el trabajo se realice de manera segura.

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Samples: Convenio Colectivo

ESTABILIDAD Y SOLIDEZ DE MATERIALES Y EQUIPOS. 1.- 1. Deberá procurarse, de modo apropiado y seguro, la estabilidad de los materiales y equipos y, en general, de cualquier elemento que en desplazamientos pudiera afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores. 2.- 2. Deberá verificarse, igualmente, de manera apropiada la estabilidad y la solidez, especialmente después de cual- quier cualquier modificación de la altura o de la profundidad del puesto de trabajo. 3.- 3. Los puestos de trabajo móviles o fijos situados por encima o por debajo del nivel del suelo deberán ser sólidos y estables teniendo en cuenta: - El número de trabajadores que los ocupen. - Las cargas máximas que, en su caso, puedan tener que soportar, así como su distribución. - Los factores externos que pudieran afectarles. 4.- 4. Los encofrados, los soportes temporales y los apuntalamientos deberán proyectarse, calcularse, montarse y mantenerse de manera que puedan soportar sin riesgo las cargas a las que sean sometidos. 5.- 5. Las estructuras metálicas o de hormigón y sus elementos, los encofrados, las piezas prefabricadas pesadas o los soportes temporales y los apuntalamientos sólo solo se podrán montar o desmontar bajo vigilancia, control y dirección del personal competente. 6.- 6. Deberán adoptarse las medidas necesarias para proteger a los trabajadores contra los peligros derivados de la fragilidad o inestabilidad temporal de la obra. 7.- 7. El acceso a cualquier superficie que conste de materiales que no ofrezcan una resistencia suficiente sólo solo se auto- rizará autorizará en caso de que se proporcionen equipos o medios apropiados para que el trabajo se realice de manera segura.

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Samples: Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción

ESTABILIDAD Y SOLIDEZ DE MATERIALES Y EQUIPOS. 1.- 1. Deberá procurarse, de modo apropiado y seguro, la estabilidad de los materiales y equipos y, en general, de cualquier elemento que en desplazamientos pudiera afectar a la seguridad y la salud de los trabajadoreslas personas trabajadoras. 2.- 2. Deberá verificarse, igualmente, de manera apropiada la estabilidad y la solidez, especialmente después de cual- quier cualquier modificación de la altura o de la profundidad del puesto de trabajo. 3.- 3. Los puestos de trabajo móviles o fijos situados por encima o por debajo del nivel del suelo deberán ser sólidos y estables teniendo en cuenta: - El número de trabajadores personas trabajadoras que los ocupen. - Las cargas máximas que, en su caso, puedan tener que soportar, así como su distribución. - Los factores externos que pudieran afectarles. 4.- 4. Los encofrados, los soportes temporales y los apuntalamientos deberán proyectarse, calcularse, montarse y mantenerse de manera que puedan soportar sin riesgo las cargas a las que sean sometidos. 5.- 5. Las estructuras metálicas o de hormigón y sus elementos, los encofrados, las piezas prefabricadas pesadas o los soportes temporales y los apuntalamientos sólo se podrán montar o desmontar bajo vigilancia, control y dirección del personal competente. 6.- 6. Deberán adoptarse las medidas necesarias para proteger a los trabajadores contra los peligros derivados de la fragilidad o inestabilidad temporal de la obra. 7.- 7. El acceso a cualquier superficie que conste de materiales que no ofrezcan una resistencia suficiente sólo se auto- rizará autorizará en caso de que se proporcionen equipos o medios apropiados para que el trabajo se realice de manera segura.

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Samples: Convenio Colectivo