Common use of EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Clause in Contracts

EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. Una vez concluido el acto de presentación y apertura de PROPOSICIONES, el ÁREA CONVOCANTE pondrá las PROPOSICIONES presentadas por los LICITANTES a disposición del AREA TÉCNICA/ REQUIRENTE, las cuales tendrán la responsabilidad de analizar toda la documentación de las proposiciones técnicas y demás información solicitada para la evaluación técnica, siendo el área responsable de laborar el “Criterio de Puntos y Porcentajes” el cual deberá especificar que cumplen o no con lo solicitado en la CONVOCATORIA y las causas sobre el desechamiento de aquellas que no aprobaron la evaluación, considerando que la documentación correspondiente a las condiciones legales, será evaluada por el área que designe la CONVOCANTE. El resultado de todo lo anterior, servirá como base a la CONVOCANTE para la elaboración del dictamen a que se refiere el artículo 36 Bis de la LAASSP y, para la emisión del fallo a que se refiere el artículo 37 de la LAASSP. Si resultare un empate de dos o más propuestas, la adjudicación se efectuará conforme a los siguientes supuestos: Se dará preferencia a las empresas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales según lo estipulado en el artículo 36 Bis penúltimo y último párrafo de la LAASSP y en el orden que señala el primer párrafo del artículo 54 del REGLAMENTO. En el caso, subsistir el empate de dos o más propuestas la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre el INP en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna o recipiente transparente, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del LICITANTE y posteriormente los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones, de acuerdo a lo señalado en el artículo 54 del REGLAMENTO.

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EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. Una vez concluido Las proposiciones se evaluarán en dos formas: una cuantitativa, donde para la recepción de las mismas sólo bastará verificar la presentación de los documentos, sin entrar a la revisión de su contenido; y otra cualitativa, donde se realizará el acto de presentación y apertura de PROPOSICIONES, el ÁREA CONVOCANTE pondrá las PROPOSICIONES presentadas por los LICITANTES a disposición del AREA TÉCNICA/ REQUIRENTE, las cuales tendrán la responsabilidad de analizar toda la documentación estudio detallado de las proposiciones técnicas y demás información solicitada presentadas, a efecto de que el SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO tenga los elementos necesarios para determinar la evaluación técnica, siendo el área responsable solvencia de laborar el “Criterio de Puntos y Porcentajes” el cual deberá especificar que cumplen o no con lo solicitado en la CONVOCATORIA y las causas sobre el desechamiento de aquellas que no aprobaron la evaluación, considerando que la documentación correspondiente a las condiciones legales, será evaluada por el área que designe la CONVOCANTEtécnicas y económicas requeridas. El resultado SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO procederá con el análisis cualitativo de todo las proposiciones aceptadas, debiendo elaborar un fallo en que conste lo anterior, servirá como base a la CONVOCANTE para la elaboración del dictamen a que se refiere el artículo 36 Bis de la LAASSP y, para la emisión del fallo a que se refiere el artículo 37 de la LAASSP. Si resultare un empate de dos o más propuestas, la adjudicación se efectuará conforme a los siguientes supuestos: Se dará preferencia a las empresas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales según lo estipulado dispuesto en el artículo 36 Bis penúltimo y último párrafo 39 de la LAASSP Ley de Obras Públicas y en Servicios Relacionados con las Mismas, dando a conocer el orden que señala el primer párrafo del artículo 54 del REGLAMENTO. En el caso, subsistir el empate de dos o más propuestas la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre el INP en el propio acto de fallo, el cual consistirá resultado a los licitantes en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna o recipiente transparente, de la junta pública que se extraerá llevará cabo para este efecto, en primer la fecha, hora y lugar señalados en punto 5.9 de este documento. El SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, para hacer el boleto del LICITANTE estudio, análisis y posteriormente los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales evaluación de las proposiciones, de acuerdo se apegará a lo señalado dispuesto en el artículo 54 del REGLAMENTO.38 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en los artículos 64, 65, 66, y 67 de su Reglamento, considerando que los recursos propuestos por el licitante sean los necesarios para ejecutar satisfactoriamente, conforme al programa general de ejecución de los trabajos, las cantidades de trabajo establecidas y que el análisis, calculo e integración de los precios unitarios sean acordes con las condiciones de costos vigentes en la zona o región donde se ejecuten los trabajos a efecto de que se tengan los elementos necesarios para determinar la solvencia de las condiciones legales, técnicas, financieras y administrativas requeridas en esta invitación a licitación. El SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, en caso de considerarlo conveniente, podrá solicitar a los licitantes las aclaraciones pertinentes, o la aportación de información adicional para realizar la correcta evaluación de las proposiciones, siempre y cuando no implique alteración alguna a la parte técnica o económica de su proposición. El SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, hará el estudio, análisis y evaluación de las proposiciones en los siguientes términos:

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EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. Una vez concluido La convocante podrá evaluar al menos las dos propuestas más bajas que se presenten. En el acto dictamen de presentación adjudicación y apertura en el fallo respectivo, se indicarán las proposiciones que no fueron evaluadas en razón de PROPOSICIONESque sus precios no resultaron los más bajos, verificando que los licitantes cumplan con todas y cada una de las condiciones y requerimientos de esta convocatoria. Los requerimientos técnicos establecidos en el ÁREA CONVOCANTE pondrá Anexo Técnico están perfectamente determinados y los posibles licitantes ofertarán únicamente lo solicitado en dicho Anexo, por tal razón la experiencia, capacidad profesional, y la manera de integrar la proposición, por parte de los licitantes, no es materia de evaluación. Por lo anterior, para efectos de la evaluación en la presente Licitación se aplicará el sistema binario (cumple o no cumple) verificando que los licitantes cumplan con todos los requisitos de esta convocatoria y los que deriven de la o las PROPOSICIONES presentadas juntas de aclaraciones. La convocante se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información presentada por el licitante, en caso, de que licitante haya proporcionado información o declaración falsa, o que actúe con dolo o mala fe, su propuesta será desechada y en su caso procederá a las sanciones que indican los LICITANTES artículos 59 y 60 de la ley. La convocante evaluará si los precios son aceptables o no para lo cual deberá considerarse lo dispuesto en el artículo 2, fracción XI de la Ley, lo cual se tiene por reproducido para todos los efectos legales procedentes y que en síntesis define: precio no aceptable: Cuando se presente un error de cálculo, solo habrá lugar a disposición su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, en caso de discrepancias entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados éstos podrán corregirse lo que se hará constar en el fallo. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechará la misma. Lo anterior, con fundamento en el artículo 55 del AREA TÉCNICA/ REQUIRENTEReglamento de la Ley. En ningún caso, distinto a lo previsto en este numeral, se podrán suplir o corregir las cuales tendrán la responsabilidad de analizar toda la documentación deficiencias de las proposiciones técnicas y demás información solicitada para presentadas. Una vez hecha la evaluación técnicade las propuestas, siendo el área responsable de laborar el “Criterio de Puntos se determinarán solventes aquéllas que reúnan todos los requisitos establecidos en esta convocatoria y Porcentajes” el cual deberá especificar que cumplen o no cumplan con lo solicitado en la CONVOCATORIA y las causas sobre el desechamiento de aquellas que no aprobaron la evaluación, considerando que la documentación correspondiente a las condiciones legales, será evaluada técnicas y económicas requeridas por la convocante y por lo tanto garantiza el área que designe la CONVOCANTE. El resultado cumplimiento de todo lo anterior, servirá como base a la CONVOCANTE para la elaboración del dictamen a las obligaciones que se refiere el artículo 36 Bis deriven de la LAASSP y, para la emisión del fallo a que se refiere el artículo 37 de la LAASSP. Si resultare un empate de dos o más propuestas, la adjudicación se efectuará conforme a los siguientes supuestos: Se dará preferencia a las empresas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales según lo estipulado en el artículo 36 Bis penúltimo y último párrafo de la LAASSP y en el orden que señala el primer párrafo del artículo 54 del REGLAMENTO. En el caso, subsistir el empate de dos o más propuestas la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre el INP en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna o recipiente transparente, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del LICITANTE y posteriormente los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposicionespresente contratación, de acuerdo a lo señalado en dispuesto por el artículo 54 del REGLAMENTO36 bis de la Ley.

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EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. Una vez concluido el acto de presentación y apertura de PROPOSICIONES, el ÁREA CONVOCANTE llevará a cabo la evaluación cuantitativa y pondrá las PROPOSICIONES presentadas por los LICITANTES a disposición del AREA TÉCNICA/ REQUIRENTEÁREA SOLICITANTE, las cuales tendrán para que ésta y/o el ÁREA TÉCNICA lleven a cabo la responsabilidad de analizar toda la documentación revisión cualitativa de las proposiciones técnicas y demás información solicitada para la evaluación técnicamismas, siendo el área responsable de laborar el “Criterio de Puntos y Porcentajes” el cual deberá especificar que cumplen o no con conforme a lo solicitado en la CONVOCATORIA y elaboren el documento de evaluación técnico, el cual deberá especificar las partidas y/o agrupación de partidas y las causas sobre el desechamiento la descalificación de aquellas partidas o agrupación de partidas que no aprobaron la evaluación, considerando que la documentación correspondiente a las condiciones legales, será evaluada por el área que designe la CONVOCANTE. El resultado de todo lo anterior, servirá como base a la CONVOCANTE para la elaboración del dictamen a que se refiere el artículo 36 Bis de la LAASSP y, para la emisión del fallo Fallo a que se refiere el artículo 37 de la LAASSPLEY. Si resultare un empate De conformidad con lo establecido en los artículos 36 y 36 Bis de dos o más propuestasla LEY, una vez efectuada la adjudicación evaluación de las PROPOSICIONES, el CONTRATO se efectuará conforme a adjudicará al LICITANTE cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en esta CONVOCATORIA y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y haya obtenido el mejor resultado en la evaluación de PUNTOS Y PORCENTAJES, de conformidad con los siguientes supuestosrubros y subrubros: Se dará preferencia a las empresas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales según lo estipulado en el artículo 36 Bis penúltimo y último párrafo de la LAASSP y en el orden que señala el primer párrafo del artículo 54 del REGLAMENTO. En el caso, subsistir el empate de dos o más propuestas la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre el INP en el propio acto de fallo, el cual consistirá La calificación mínima requerida en la participación evaluación para la PROPUESTA TÉCNICA será de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna o recipiente transparente, de la 45 PUNTOS DE 60 MÁXIMOS que se extraerá pueden obtener en primer lugar el boleto del LICITANTE y posteriormente los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposicionesla misma, de acuerdo a lo señalado en el artículo 54 del REGLAMENTO.siguiente:

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Samples: Contrato De Prestación Del , Que Celebran Por Una Parte El Ejecutivo Federal Por Conducto De El Instituto Nacional De Neurología Y Neurocirugía Manuel Velasco

EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. Una vez concluido el acto de presentación y apertura de PROPOSICIONESproposiciones, el ÁREA CONVOCANTE área convocante pondrá las PROPOSICIONES proposiciones presentadas por los LICITANTES licitantes a disposición del AREA TÉCNICA/ REQUIRENTEárea requirente, las cuales tendrán para que ésta y/o el área técnica lleven a cabo la responsabilidad de analizar toda la documentación evaluación cualitativa de las proposiciones técnicas mismas, conforme a lo dispuesto en la presente convocatoria y demás información solicitada para la evaluación técnicaelaboren el dictamen, siendo el área responsable de laborar el “Criterio de Puntos y Porcentajes” el cual deberá especificar las partidas y/o agrupación de partidas que cumplen o no con lo solicitado en la CONVOCATORIA y las causas sobre el desechamiento de aquellas partidas o agrupación de partidas que no aprobaron la evaluación, considerando que la documentación correspondiente a las condiciones legales, será evaluada por el área que designe la CONVOCANTEconvocante. El resultado de todo lo anterior, servirá como base a la CONVOCANTE convocante para la elaboración del dictamen a que se refiere el artículo 36 Bis 37 de la LAASSP Ley y, para la emisión del fallo a que se refiere el artículo 37 respectivo. No. Factor de la LAASSPEvaluación Forma de Acreditación Evaluación 1 Formato de “Descripción del SERVICIO” Formato del anexo 9 debidamente llenado Cumple / No Cumple 2 Original (para su cotejo) y copia simple de Licencia Sanitaria como Fábrica o Laboratorio de medicamentos o productos biológicos para uso humano con línea de fabricación de mezclas para nutrición parenteral, así como Autorización del Responsable Sanitario de los servicios ofertados. Si resultare un empate Licencia Sanitaria con línea de dos o más propuestas, la adjudicación se efectuará conforme a los siguientes supuestos: Se dará preferencia a las empresas que integren el sector fabricación de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales según lo estipulado mezclas para NPT Cumple / No Cumple 3 Manifiesto en el artículo 36 Bis penúltimo y último párrafo de la LAASSP y en el orden que señala el primer párrafo del artículo 54 del REGLAMENTO. En el caso, subsistir el empate de dos o más propuestas la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre el INP en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna o recipiente transparente, de la que se extraerá compromete a proporcionar los insumos requeridos para la prestación del servicio integral de nutrición parenteral conforme a la información y requisitos solicitados en primer lugar el boleto del LICITANTE y posteriormente los demás boletos empatados, con lo Anexo Técnico. Manifiesto firmado por representante legal Cumple / No Cumple 4 Manifiesto en el que se determinarán compromete a que las mezclas que está ofertando cumplen con los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposicionesestándares y requisitos de estabilidad, compatibilidad y preparación aséptica basándose en las recomendaciones formuladas por la United States Pharmacopeia (USP), la American Society of Health System Pharmacists (ASHP) y la Farmacopea de acuerdo a lo señalado en el artículo 54 del REGLAMENTO.los Estados Unidos Mexicanos (FEUM). Manifiesto firmado por representante legal Cumple / No Cumple

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Samples: Contrato Abierto Para La Prestación De Los Servicios Integrales De Hemodialisis

EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. Una vez concluido terminado el acto plazo de presentación recepción, comenzará la fase de determinación, por la Mesa de Contratación, de la admisibilidad, análisis, evaluación y apertura comparación de PROPOSICIONESlas proposiciones, con el ÁREA CONVOCANTE pondrá fin de formular la Propuesta de Adjudicación. En esta fase del procedimiento se deberán seguir los siguientes pasos: - Recepción y registro de las PROPOSICIONES presentadas por los LICITANTES proposiciones: La Mesa de Contratación realizará una relación de las proposiciones recibidas o de la ausencia de licitadores.1 - Verificación de las condiciones de aptitud del licitador: Posteriormente, se procederá a disposición del AREA TÉCNICA/ REQUIRENTE, las cuales tendrán la responsabilidad de analizar toda la documentación de las proposiciones técnicas acreditativas de la personalidad y demás información solicitada para la evaluación capacidad de obrar de los licitadores así como los documentos acreditativos de la solvencia técnica, siendo económica y financiera de los candidatos. Se admitirá para esta acreditación el área responsable Documento Europeo Único de laborar el “Criterio de Puntos y Porcentajes” el cual deberá especificar que cumplen o no con lo solicitado en la CONVOCATORIA y las causas sobre el desechamiento de aquellas que no aprobaron la evaluación, considerando que la documentación correspondiente a las condiciones legales, será evaluada por el área que designe la CONVOCANTE. El resultado de todo lo anterior, servirá como base a la CONVOCANTE para la elaboración del dictamen a Contratación al que se refiere la LCSP. En este momento, se constatará que los licitadores han incluido en el artículo 36 Bis Sobre correspondiente todos los documentos previstos en los Pliegos o en las normas aplicables para poder concurrir al procedimiento. En el caso de que se aprecie un defecto subsanable, se otorgará el plazo que se estime pertinente para dicha subsanación que será, como mínimo, de 3 días. - Análisis, evaluación y comparación de las proposiciones: Una vez realizada la verificación de las condiciones de aptitud del licitador, la Mesa de Contratación procederá a analizar, evaluar y comparar las proposiciones admitidas de conformidad con los criterios de valoración de las ofertas establecidos en los Pliegos y, en el caso de contratos cuyo objeto esté vinculado a criterios sociales en alguno de los aspectos o fases de los ciclos de vida del mismo, con las cláusulas sociales establecidas en los Pliegos de conformidad con lo previsto en el apartado 5.3. Fase de adjudicación del contrato, de la LAASSP y, Instrucción 1/2016 del Ayuntamiento de Madrid. Las ofertas serán secretas hasta el momento de su apertura y se arbitrarán los medios para la emisión del fallo a que se refiere el artículo 37 tengan tal carácter. La Mesa de contratación abrirá en acto público las ofertas técnicas para que su valoración quede fundada en tales criterios técnicos. La apertura de la LAASSP. Si resultare un empate de dos o más propuestas, la adjudicación oferta económica se efectuará conforme a los siguientes supuestos: Se dará preferencia a las empresas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales según lo estipulado realizará en acto público siempre en el artículo 36 Bis penúltimo y último párrafo de la LAASSP Procedimiento Abierto. Se indicará en los Pliegos y en el orden que señala el primer párrafo del artículo 54 del REGLAMENTO. En el caso, subsistir el empate de dos o más propuestas la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre el INP en el propio acto de falloanuncio, el cual consistirá lugar y la fecha y hora en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna o recipiente transparente, de la que se extraerá producirá la apertura de la oferta económica. La Mesa de Contratación, una vez abierto y valorado el Sobre correspondiente a la oferta económica, unirá esta valoración a la que se realizó, en primer lugar el boleto del LICITANTE y posteriormente su caso, de los demás boletos empatadosaspectos técnicos y, con lo que la suma, elevará la propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación competente. Los contratos se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones, adjudicarán de acuerdo con el criterio de la mejor relación calidad- precio, para cuya determinación deberán atenderse a lo señalado en criterios directamente vinculados al objeto del contrato, tales como la calidad, el artículo 54 del REGLAMENTO.precio, el plazo de ejecución

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Samples: www.ccvm.es

EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. Una vez concluido el acto de presentación y apertura de PROPOSICIONES, el ÁREA CONVOCANTE pondrá las PROPOSICIONES presentadas por los LICITANTES “LICITANTES” a disposición del AREA TÉCNICA/ REQUIRENTEREQUIRENTE y ÁREA TECNICA , las cuales tendrán para que éstas lleven a cabo la responsabilidad de analizar toda la documentación evaluación cualitativa de las proposiciones técnicas mismas, conforme a lo dispuesto en CONVOCATORIA y demás información solicitada para la evaluación técnicaelaboren el Dictamen, siendo el área responsable de laborar el “Criterio de Puntos y Porcentajes” el cual deberá especificar el bien que cumplen o no con lo solicitado en la CONVOCATORIA y las causas sobre el desechamiento de aquellas aquellos bienes que no aprobaron la evaluación, considerando que la documentación correspondiente a las condiciones legales, será evaluada por el área que designe la CONVOCANTE. El resultado de todo lo anterior, servirá como base a la CONVOCANTE para la elaboración del dictamen a que se refiere el artículo 36 Bis de la LAASSP “LAASSP” y, para la emisión del fallo a que se refiere el artículo 37 de la LAASSP. Si resultare un empate de dos o más propuestas, la adjudicación se efectuará conforme a los siguientes supuestos: Se dará preferencia a las empresas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales según lo estipulado en el artículo 36 Bis penúltimo y último párrafo de la LAASSP “La LAASSP” y en el orden que señala el primer párrafo del artículo 54 del REGLAMENTO“Reglamento”. En el caso, subsistir el empate de dos o más propuestas la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre el INP “INP” en el propio acto de fallo, ,el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna o recipiente transparente, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del LICITANTE “LICITANTE” y posteriormente los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones, de acuerdo a lo señalado en el artículo 54 del REGLAMENTO“Reglamento”.

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Samples: Convenio Privado De Propuesta Conjunta