FALLO. El fallo se celebrará el día y hora indicado en la página 3 de esta convocatoria y podrá reducirse o diferirse por una sola vez, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. En junta pública, se dará a conocer el fallo de la Licitación; se levantará el acta de fallo de Licitación en la que “LA CONVOCANTE” establecerá la información que señala en Articulo 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico Dicha acta será firmada por los funcionarios asistentes al acto, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a la misma. Concluido el evento se publicar el acta respectiva a través de COMPRAENT con lo cual los licitantes participantes se tendrán por notificados, de la misma forma a los licitantes, se les enviara por correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en COMPRANET. De conformidad con el Articulo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en esta convocatoria por lo que el(los) licitante(s) adjudicado(s) podrá iniciar en forma inmediata la entrega de los bienes y/o servicios objeto del presente procedimiento, lo anterior no modificara la obligación del proveedor de asistir a la firma del pedido y/o contrato. Derivado de lo anterior, y con fundamento en el Artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, la entrega de los bienes o servicios objeto de la presente licitación podrá realizarse a partir del día siguiente de la fecha de notificación del fallo de la presente licitación.
FALLO. EL ACTO SE CELEBRARÁ EN JUNTA PÚBLICA EL DÍA Y HORA SEÑALADOS EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS, EN LA SALA DE JUNTAS DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS UBICADA EN AV. XXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXX SIN NUMERO, ESQUINA CON XXXXXX XXXXXXX, COL. RESIDENCIAL LA ESCALERA, XXXXXXXXX, DELEG. XXXXXXX X. XXXXXX, C.P. 07738, MÉXICO, D.F; EDIFICIO DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN. EL ACTO DE FALLO, SE LLEVARÁ A CABO CONFORME A LO SIGUIENTE: EL SERVIDOR PÚBLICO FACULTADO PARA PRESIDIR EL ACTO DECLARARÁ INICIADO ÉSTE. SE PASARÁ LISTA DE ASISTENCIA A LOS LICITANTES REGISTRADOS, SERVIDORES PÚBLICOS Y A TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE ASISTIEREN. SE DARÁ A CONOCER EL FALLO DE LA LICITACIÓN, A LA QUE LIBREMENTE PODRÁN ASISTIR LOS LICITANTES QUE HUBIEREN PARTICIPADO EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES. LA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE AL FALLO ESTARÁ A SU DISPOSICIÓN EL MISMO DÍA, CONCLUIDO EL EVENTO, Y EL ACTA SE FIJARÁ EN LOS ESTRADOS DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS, UBICADA EN AVENIDA XXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXX SIN NÚMERO EDIFICIO DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN PLANTA BAJA COLONIA LA ESCALERA DELEGACIÓN XXXXXXX X. XXXXXX, CÓDIGO POSTAL 07738, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, DURANTE CINCO DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA CONCLUSIÓN DEL EVENTO RESPECTIVO, PARA EFECTOS DE SU NOTIFICACIÓN. CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE CONTENGA EL FALLO NO PROCEDERÁ RECURSO ALGUNO, SIN EMBARGO PROCEDERÁ LA INCONFORMIDAD EN TÉRMINOS DEL TÍTULO SEXTO CAPÍTULO PRIMERO DE LA “LEY”. CUANDO SE DETECTE UN ERROR DE CÁLCULO EN ALGUNA PROPOSICIÓN, LA CONVOCANTE LLEVARÁ A CABO SU RECTIFICACIÓN CUANDO SU CORRECCIÓN NO IMPLIQUE LA MODIFICACIÓN DEL PRECIO UNITARIO, EN CASO DE DISCREPANCIA ENTRE LAS CANTIDADES ESCRITAS CON LETRA Y NÚMERO PREVALECERÁ LA PRIMERA, POR LO QUE DE PRESENTARSE ERRORES EN LAS CANTIDADES Y VOLÚMUNES SOLICITADOS, ÉSTOS PODRÁN CORREGIRSE.. ARTÍCULO 55 DEL REGLAMENTO DE LA “LEY”. EN LOS CASOS PREVISTOS EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, NO SE DESECHARÁN LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS Y SE DEJARÁ CONSTANCIA DE LA CORRECCIÓN EFECTUADA EN LA DOCUMENTACIÓN SOPORTE UTILIZADA PARA EMITIR EL FALLO QUE SE INTEGRARÁ AL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN RESPECTIVA. LAS CORRECCIONES SE HARÁN CONSTAR EN EL FALLO Y SI LA PROPUESTA ECONÓMICA DEL LICITANTE A QUIEN SE LE ADJUDIQUE EL CONTRATO FUE OBJETO DE CORRECCIONES Y ÉSTE NO ACEPTA LAS MISMAS, SE APLICARÁ LO DISPUESTO EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 46 DE LA “LEY” RESPECTO DEL CONTRATO O, EN SU CASO, SÓLO...
FALLO. La fecha del fallo se efectuará a la hora y en el lugar señalado en el apartado 3.2 “Calendario de actos y lugar donde se desarrollarán”, del numeral 3. “Forma y términos que regirán los diversos actos de este procedimiento” de la presente CONVOCATORIA, y se llevará a cabo conforme lo siguiente:
a) El servidor público de la SHCP facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto.
b) Se dará a conocer el fallo de la Licitación a los LICITANTES registrados, servidores públicos y a todas aquellas personas asistentes, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP.
c) Se levantará el acta correspondiente a la celebración del acto de fallo de LA LICITACIÓN. El acta será firmada por los servidores públicos, el testigo social y en su caso por los observadores, así mismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes. Al finalizar cada acto (Junta(s) de aclaraciones, Presentación y Apertura de Proposiciones y Fallo) se pondrá una copia del acta correspondiente, en los estrados de LA CONVOCANTE que se encontrarán en el en el mural de comunicación ubicado en Calzada de La Virgen Número 2799, Colonia C.T.M. Culhuacán, Demarcación Territorial Coyoacán, C.P. 04480, Ciudad de México, por un término no menor de cinco días hábiles, siendo responsabilidad exclusiva de los LICITANTES acudir a enterarse de Convocatoria / NO. LA-006000993-E9-2022 su contenido y en su caso, obtener copia de dichas actas en el ÁREA CONSOLIDADORA CONTRATANTE ubicada en el domicilio antes citado, durante el mismo plazo señalado anteriormente, de 09:00 a 14:00 horas en días hábiles. Asimismo, las actas correspondientes se difundirán en CompraNet. Este procedimiento sustituye a la notificación personal. Los LICITANTES que presentaron proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica, aceptarán que se tendrán por notificados de las actas que se levanten, cuando éstas se encuentren a su disposición a través del sistema CompraNet, en la dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx a más tardar el día hábil siguiente en que se celebre cada evento, sin menoscabo de que puedan acudir a recoger copias de las actas en el domicilio de LA CONVOCANTE. Con fundamento en el artículo 46, primer párrafo, de la LAASSP, con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el CONTRATO en la fecha y términos señalados en la presente CONVOCATORIA.
FALLO. Por todo lo expuesto, en nombre xxx Xxx y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo nº 4890/2016, interpuesto por el Procurador de los Tribunales don (…), en nombre y representación de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, contra el acuerdo de 23 xx xxxxx de 2015, de la Junta Arbitral del Convenio Económico xx Xxxxxxx, por el que se resuelve el conflicto n° 68/2013, promovido por el Director General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en relación con la determinación del domicilio fiscal de don AAA, condenando a la Administración recurrente al pago de las costas procesales devengadas en este proceso, en los términos y hasta el límite cuantitativo establecido en el último fundamento jurídico. Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa. Así se acuerda y firma. PUBLlCACIÓN.- Xxxxx y publicada fue la anterior sentencia por el Magistrado Ponente, Excmo. Sr. Don. (…), estando constituida la Sala en Audiencia Pública, de lo que certifico. Conflicto: 65/2013 Promotor: Administración General del Estado Administraciones en conflicto: Administración General del Estado y Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx Objeto: IRPF. Cambio de domicilio fiscal de contribuyente Fecha de la resolución: 17 de diciembre de 2015
FALLO. En el fallo se informo de la resolución técnica y económica emitida por el área requirente de los servicios conforme a la Convocatoria y junta de aclaraciones del procedimiento. Así mismo se elaboró dictamen de fallo, donde se especificaron los motivos y el fundamento que sustenta la determinación de los proveedores adjudicados y los que no resultaron adjudicados,
FALLO. Se dará a conocer a los participantes en la sala de juntas de la Dirección de Servicios Generales, ubicada en Xxxxxxxxx Xxxx-Xxxxx Xxxx Xxxx xx Xxxxx Km. 1, León, Gto., (a un costado del Taller Mecánico Municipal) el día 25 de Octubre del 2007 a las 11:00 hrs. El Comité podrá diferir la fecha de fallo hasta por quince días hábiles mas, previa notificación por escrito a los participantes, cuando menos 3 días antes de la fecha.
FALLO. El fallo se emitirá de conformidad con el artículo 37 de la LAASSP, el cual contendrá el lugar y horario para la firma del instrumento contractual en la fecha y hora establecida en el numeral 3.2 de la presente Convocatoria, en caso de que en la fecha originalmente prevista no se pueda emitir, el mismo podrá ser diferido en los términos del artículo 35 fracción III de la LAASSP. El contenido de dicho fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita, en el entendido de que esta publicación sustituye a la notificación personal, asimismo, podrá ser consultado en el mural de comunicación ubicado en el domicilio de la Convocante, en donde se fijará copia de un ejemplar del acta por un término no menor de cinco días hábiles.
FALLO. 14.1.- La Dirección de Adquisiciones de Bienes y Servicios, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 88 y 90 de la Ley, comunicará vía correo electrónico (el establecido por el licitante en el ANEXO G), el acta de fallo a los licitantes cuyas propuestas fueron susceptibles de evaluarse técnicamente, a partir del plazo señalado en el PUNTO 8 del calendario establecido al inicio de las bases que rigen el presente procedimiento de licitación pública Y HASTA CINCO DÍAS NATURALES SIGUIENTES.
14.2.- Si resultare que 2 o más propuestas satisfacen la totalidad de los requerimientos de la Convocante, y exista un empate en el precio, se adjudicará el servicio a aquel licitante que, siendo persona física o moral, tenga establecido su domicilio fiscal dentro del territorio del Estado de Puebla; entendido como tal, el que se haya manifestado ante el registro federal de contribuyentes para los efectos fiscales.
14.3.- Si una vez verificado lo establecido en el punto anterior, apareciere que más de un licitante tiene su domicilio fiscal dentro del territorio del Estado de Puebla, la partida o partidas se dividirán entre los participantes empatados y en caso de que no sea susceptible de ser dividido, se establecerá el procedimiento de puja a la baja, en el cual todos los Licitantes en empate, podrán en ese mismo acto reevaluar sus propuestas y otorgar un nuevo precio mismo que por ningún motivo deberá ser superior al originalmente presentado, de conformidad con el Artículo 89 de la Ley en la materia.
14.4.- Una vez que el Acta de Xxxxx es enviada, es responsabilidad del licitante adjudicado confirmar la recepción de la misma, de no hacerlo, se da por entendido que fue recibida y comunicada para cualquier efecto.
FALLO. La Convocante con base a la revisión de las Propuestas Técnicas y Económicas presentadas, determinará cuál de ellas es la más conveniente para el Municipio xx Xxxx, Guanajuato, elaborando una tabla comparativa relativa a aspectos técnicos específicos y una tabla comparativa de precios, mismas que servirán para determinar el Fallo, conforme a lo establecido en los artículos 87 y 88 del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Comodatos y Contratación de Servicios para el Municipio xx Xxxx, Guanajuato. El Fallo se dará a conocer a los participantes en la Sala de Juntas de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicadas en Xxxxx Xxxxxxxx #000 xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx el día 12 de Septiembre de 2019 a las 10:00 horas. En apego al Artículo 93 del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Comodatos y Contratación de Servicios para el Municipio xx Xxxx, Guanajuato, el Comité podrá diferir la fecha de fallo hasta por quince días hábiles más, previa notificación por escrito a los participantes, cuando menos con dos días naturales antes de la fecha fijada.
FALLO. El fallo que emita la convocante se apegará a lo establecido en el artículo 37 de “La Ley”.