FALLO. El fallo se celebrará el día y hora indicado en la página 3 de esta convocatoria y podrá reducirse o diferirse por una sola vez, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. En junta pública, se dará a conocer el fallo de la Licitación; se levantará el acta de fallo de Licitación en la que “LA CONVOCANTE” establecerá la información que señala en Articulo 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico Dicha acta será firmada por los funcionarios asistentes al acto, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a la misma. Concluido el evento se publicar el acta respectiva a través de COMPRAENT con lo cual los licitantes participantes se tendrán por notificados, de la misma forma a los licitantes, se les enviara por correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en COMPRANET. De conformidad con el Articulo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en esta convocatoria por lo que el(los) licitante(s) adjudicado(s) podrá iniciar en forma inmediata la entrega de los bienes y/o servicios objeto del presente procedimiento, lo anterior no modificara la obligación del proveedor de asistir a la firma del pedido y/o contrato. Derivado de lo anterior, y con fundamento en el Artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, la entrega de los bienes o servicios objeto de la presente licitación podrá realizarse a partir del día siguiente de la fecha de notificación del fallo de la presente licitación.
FALLO. EL FALLO DE LA PRESENTE LICITACIÓN SE DARÁ A CONOCER DE MANERA ELECTRÓNICA, EL DÍA 00 XX XXXXX XX 0000, X XXX 17:00 HORAS CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 35 FRACCIÓN III Y 37 DE “LA LEY” ASÍ COMO 39 FRACCIÓN III INCISO “X” XX “XX XXXXXXXXXX”, XX DICHO EVENTO SE LEVANTARÁ UN ACTA EN LA CUAL SE CONTENDRÁ LA INFORMACIÓN CONFORME A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 37 DE “LA LEY”. DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 37 ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE “LA LEY” CONTRA EL FALLO NO PROCEDERÁ RECURSO ALGUNO, SIN EMBARGO PROCEDERÁ LA INCONFORMIDAD EN TÉRMINOS DEL TÍTULO SEXTO, CAPÍTULO PRIMERO DE “LA LEY”. EL PLAZO PARA LA EMISIÓN DEL FALLO PODRÁ DIFERIRSE, SIEMPRE Y CUANDO NO EXCEDA DE 20 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DEL PLAZO ESTABLECIDO ORIGINALMENTE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 35, FRACCIÓN III, DE “LA LEY” Y 48 ÚLTIMO PÁRRAFO DE “EL REGLAMENTO”. LAS PROPOSICIONES QUE FUERON DESECHADAS CONFORME A LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 56 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE “LA LEY” PODRÁN SER DEVUELTAS A LOS LICITANTES QUE LO SOLICITEN, UNA VEZ TRANSCURRIDOS SESENTA DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE DE A CONOCER EL FALLO RESPECTIVO, EXCEPTO QUE EXISTA ALGUNA INCONFORMIDAD EN TRÁMITE, EN CUYO CASO LAS PROPOSICIONES DEBERÁN CONSERVARSE HASTA LA TOTAL CONCLUSIÓN DE LA INCONFORMIDAD E INSTANCIAS SUBSECUENTES; AGOTADOS DICHOS TÉRMINOS “LA CONVOCANTE” PODRÁ PROCEDER A SU DEVOLUCIÓN O DESTRUCCIÓN. PARA SOLICITAR A “LA CONVOCANTE” LA DEVOLUCIÓN DE PROPOSICIONES DESECHADAS ASÍ COMO, DE SER EL CASO, LAS MUESTRAS PRESENTADAS, LOS LICITANTES CONTARÁN CON UN PLAZO DE HASTA TREINTA DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DEL PLAZO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 56 ÚLTIMO PÁRRAFO DE “LA LEY”, CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 104 DE “EL REGLAMENTO”.
FALLO. El Fallo de la Licitación se llevará a cabo en junta pública el día 10 de Diciembre de 2008, a las 10:00 horas, en el Auditorio del ISSFAM, sito en Avenida Industria Militar Número 1053, Sexto piso, Colonia Xxxxx xx Xxxxxx, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 11200, México, Distrito Federal Para emitir el fallo correspondiente, EL ISSFAM, teniendo en cuenta además del monto económico, todas las circunstancias que a juicio de la convocante debieron tomarse en consideración, para garantizar debidamente los intereses de la convocante, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 36 y 36 Bis de la Ley, el cual establece que: La convocante emitirá un dictamen que sirva como base para el fallo, en el que se hará constar una reseña cronológica de los actos del procedimiento, el análisis de las proposiciones y las razones para admitirlas o desecharlas. En caso de ser necesario el acto de fallo se prorrogará, conforme a lo estipulado en el Artículo 35 fracción IV de la Ley. Se levantará acta circunstanciada, en el que se hará constar el fallo obtenido como resultado del análisis realizado de las propuestas presentadas y se proporcionará copia del acta a los participantes; la omisión de la firma de los concursantes, no invalidara el contenido del acta (Artículo 37 párrafo primero de la Ley), poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de su notificación, este procedimiento sustituye a la notificación personal. Para este efecto se fijaran copias de dicha acta o el aviso del lugar donde serán proporcionadas, en el tablero de avisos de la Dirección Administrativa, sito en Avenida Industria Militar Número 1053, Séptimo piso, Colonia Xxxxx xx Xxxxxx, Código Postal 11200, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, Distrito Federal, por un término no menor a 5 días hábiles a partir de que finalice dicho acto, siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma. Se difundirá la identidad de los licitantes ganadores el día hábil siguiente a la emisión del fallo, a través de compranet. El licitante o licitantes ganadores deberán entregar carta cobertura de la póliza o pólizas que se le adjudiquen al siguiente día hábil al del fallo.
FALLO. Por todo lo expuesto, en nombre xxx Xxx y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo nº 4890/2016, interpuesto por el Procurador de los Tribunales don (…), en nombre y representación de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, contra el acuerdo de 23 xx xxxxx de 2015, de la Junta Arbitral del Convenio Económico xx Xxxxxxx, por el que se resuelve el conflicto n° 68/2013, promovido por el Director General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en relación con la determinación del domicilio fiscal de don AAA, condenando a la Administración recurrente al pago de las costas procesales devengadas en este proceso, en los términos y hasta el límite cuantitativo establecido en el último fundamento jurídico. Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa. Así se acuerda y firma. PUBLlCACIÓN.- Xxxxx y publicada fue la anterior sentencia por el Magistrado Ponente, Excmo. Sr. Don. (…), estando constituida la Sala en Audiencia Pública, de lo que certifico. Conflicto: 65/2013 Promotor: Administración General del Estado Administraciones en conflicto: Administración General del Estado y Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx Objeto: IRPF. Cambio de domicilio fiscal de contribuyente Fecha de la resolución: 17 de diciembre de 2015
FALLO. En el fallo se informo de la resolución técnica y económica emitida por el área requirente de los servicios conforme a la Convocatoria y junta de aclaraciones del procedimiento. Así mismo se elaboró dictamen de fallo, donde se especificaron los motivos y el fundamento que sustenta la determinación de los proveedores adjudicados y los que no resultaron adjudicados,
FALLO. Se dará a conocer a los participantes en la sala de juntas de la Dirección de Servicios Generales, ubicada en Xxxxxxxxx Xxxx-Xxxxx Xxxx Xxxx xx Xxxxx Km. 1, León, Gto., (a un costado del Taller Mecánico Municipal) el día 25 de Octubre del 2007 a las 11:00 hrs. El Comité podrá diferir la fecha de fallo hasta por quince días hábiles mas, previa notificación por escrito a los participantes, cuando menos 3 días antes de la fecha.
FALLO. El fallo se emitirá de conformidad con el artículo 37 de la LAASSP, el cual contendrá el lugar y horario para la firma del instrumento contractual en la fecha y hora establecida en el numeral 3.2 de la presente Convocatoria, en caso de que en la fecha originalmente prevista no se pueda emitir, el mismo podrá ser diferido en los términos del artículo 35 fracción III de la LAASSP. El contenido de dicho fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita, en el entendido de que esta publicación sustituye a la notificación personal, asimismo, podrá ser consultado en el mural de comunicación ubicado en el domicilio de la Convocante, en donde se fijará copia de un ejemplar del acta por un término no menor de cinco días hábiles.
FALLO. Por tratarse de un procedimiento de contratación realizado de conformidad con lo previsto en el artículo 26Bis, fracción II de la LAASSP, el acto de fallo se difundirá a través de la plataforma Compranet. Con fundamento en el artículo 37 de la LAASSP, con la notificación del fallo antes señalado, por el que se adjudicará el (los) contrato (s), las obligaciones derivadas de este (s), serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en los términos señalados en el fallo y la fecha indicada en la presente convocatoria. Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo se difundirán en COMPRANET 5.0, independientemente de lo anterior, el contenido de dichas actas podrá ser consultado en el Portal del HOSPITAL. El(los) LICITANTE(S) adjudicado(s) deberá(n) firmar el CONTRATO o PEDIDO correspondiente, dentro de los 15 días naturales posteriores a la notificación del fallo y el mismo tendrá una vigencia: X 16 de febrero de 2013. 31 de diciembre de 2013. Para elaboración, formalización y trámite del CONTRATO o PEDIDO el (los) LICITANTE(S) ADJUDICADO(S) habrá(n) de presentar los siguientes documentos:
FALLO. La Convocante con base a la revisión de las Propuestas Técnicas y Económicas presentadas, determinará cuál de ellas es la más conveniente para el Municipio xx Xxxx, Guanajuato, elaborando una tabla comparativa relativa a aspectos técnicos específicos y una tabla comparativa de precios, mismas que servirán para determinar el Fallo, conforme a lo establecido en los artículos 87 y 88 del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Comodatos y Contratación de Servicios para el Municipio xx Xxxx, Guanajuato. El Fallo se dará a conocer a los participantes en la Sala de Juntas de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicadas en Xxxxx Xxxxxxxx #000 xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx el día 12 de Septiembre de 2019 a las 10:00 horas. En apego al Artículo 93 del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Comodatos y Contratación de Servicios para el Municipio xx Xxxx, Guanajuato, el Comité podrá diferir la fecha de fallo hasta por quince días hábiles más, previa notificación por escrito a los participantes, cuando menos con dos días naturales antes de la fecha fijada.
FALLO. El fallo que emita la convocante se apegará a lo establecido en el artículo 37 de “La Ley”.